103- Reglamento para el ingreso de Profesorado Contratado
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Título del Test:![]() 103- Reglamento para el ingreso de Profesorado Contratado Descripción: No estable de la Univ de Córdoba. |




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Art.1. El objeto del presente reglamento es regular los procedimientos de selección para la contratación del personal docente e investigador contratado de la/s categoría/s: Profesores Ayudantes Doctores. Todas son correctas. Ayudantes. Profesores Asociados. Art.3. Estando dotada presupuestariamente una plaza de Ayudante o Profesor Ayudante Doctor, los Departamentos solicitarán la convocatoria la convocatoria a concurso público para su provisión. A estos efectos, deberán comunicar el Área de Conocimiento y las actividades investigadoras y docentes que deberá realizar quien obtenga la plaza. Esta convocatoria se la solicitarán a: Al Consejo de Gobierno, a través del Vicerrector con competencias en materia de Profesorado. Al Consejo de Universidades, a través del Rector. Al Consejo de Gobierno, a través del Rector. Al Rector, a través del Vicerrector con competencias en materia de Profesorado. Art.4. Cuando la plaza dotada presupuestariamente sea de Profesor Asociado, los Departamentos solicitarán la convocatoria a concurso público para su provisión. A estos efectos, deberán comunicar el Área de Conocimiento y las actividades docentes que deberá realizar quien obtenga la plaza. Asimismo, indicarán si la docencia se impartirá en turno de mañana o tarde. Dicha convocatoria la solicitarán a: Al Vicerrector con competencias en materia de Profesorado, a través del Consejo de Gobierno. Al Consejo de Gobierno, a través del Vicerrector con competencias en materia de Profesorado. Al Rectorado, a través del Vicerrector con competencias en materia de Profesorado. Ninguna es correcta. Art.5. Aprobada la convocatoria por el Consejo de Gobierno, se procederá a publicarla en: Boletín Oficial del Estado (BOE), Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO). Boletín Oficial del Estado (BOE) y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Boletín Oficial del Estado (BOE) y Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO). Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO). Art.6. Los candidatos acompañarán a la solicitud: Escoge las correctas. Documentación justificativa de que se reúnen los requisitos exigidos. Currículum comprensivo de los méritos que aleguen. Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. La documentación que justifique todos los méritos alegados por los candidatos, debidamente compulsada. Las Comisiones de Contratación y Técnicas: Podrán requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación presentada, siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento. No podrán requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación presentada, siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento. La convocatoria de cada plaza podrá establecer que el procedimiento se tramite electrónicamente: Lo que no implicará para los interesados la obligación de relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, tampoco tendrán la obligación de presentar determinados documentos por tales medios. Lo que implicará para los interesados la obligación de relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, incluyendo la obligación de presentar determinados documentos por tales medios. El Rector dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que se harán públicas en la forma y a los efectos previstos en los apartados siguientes, sin perjuicio de que pueda facilitarse la información de los aspirantes a través de los medios que se consideren oportunos. Dentro de los treinta días siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Contra esta resolución: Los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de cinco días siguientes a la publicación de las listas en el boletín oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO). Transcurrido este plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a definitivas las listas de aspirantes. Los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de tres días siguientes a la publicación de las listas en el boletín oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO). Transcurrido este plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a definitivas las listas de aspirantes. Los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días siguientes a la publicación de las listas en el boletín oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO). Transcurrido este plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a definitivas las listas de aspirantes. Los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de dos días siguientes a la publicación de las listas en el boletín oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO). Transcurrido este plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a definitivas las listas de aspirantes. Art.9. La selección de Ayudantes y Profesores Ayudantes Doctores se resolverá, de conformidad con lo establecido en los Estatutos, por la Comisión de Contratación, mediante la aplicación del Baremo General de Méritos para concursos de PDI Contratado de la Universidad de Córdoba. En un plazo: No superior a diez días hábiles a partir de la recepción de la documentación, la Comisión de Contratación enviará y pondrá a disposición de las diferentes Comisiones Técnicas, comisiones asesoras de la Comisión de Contratación, la documentación de los candidatos para su valoración, junto con las instrucciones que consideren necesarias para el buen desarrollo del proceso selectivo. Superior a siete días hábiles a partir de la recepción de la documentación, la Comisión de Contratación enviará y pondrá a disposición de las diferentes Comisiones Técnicas, comisiones asesoras de la Comisión de Contratación, la documentación de los candidatos para su valoración, junto con las instrucciones que consideren necesarias para el buen desarrollo del proceso selectivo. No superior a siete días hábiles a partir de la recepción de la documentación, la Comisión de Contratación enviará y pondrá a disposición de las diferentes Comisiones Técnicas, comisiones asesoras de la Comisión de Contratación, la documentación de los candidatos para su valoración, junto con las instrucciones que consideren necesarias para el buen desarrollo del proceso selectivo. Superior a diez días hábiles a partir de la recepción de la documentación, la Comisión de Contratación enviará y pondrá a disposición de las diferentes Comisiones Técnicas, comisiones asesoras de la Comisión de Contratación, la documentación de los candidatos para su valoración, junto con las instrucciones que consideren necesarias para el buen desarrollo del proceso selectivo. Existirá una Comisión Técnica por cada una de las cinco macroáreas de conocimiento, según el Art. 4, punto 2. RD 1312/2007 de 5 de octubre de 2007: Arte y Humanidades; Ciencias; Ciencias de la Salud; Ciencias Sociales y Jurídicas; e Ingeniería y Arquitectura, constituida por: 2 miembros del PDI de la Universidad de Córdoba en los que concurran los requisitos señalados en los Estatutos de la Universidad para ser miembro de la Comisión de Contratación, que serán nombrados por el Rector a propuesta del Vicerrector con competencias en la materia. Las Comisiones serán coordinadas por el Director adjunto con competencias en la materia. 1 miembro de la Comisión de Contratación. Un miembro del Personal de Administración y Servicios del Servicio de Personal actuará como Secretario de ellas. Los miembros de PDI que formen parte de las Comisiones Técnicas sin ser miembros natos de la Comisión de Contratación actuarán como asesores de la misma. 2 miembro de la Comisión de Contratación. 3 miembros del PDI de la Universidad de Córdoba en los que concurran los requisitos señalados en los Estatutos de la Universidad para ser miembro de la Comisión de Contratación, que serán nombrados por el Rector a propuesta del Vicerrector con competencias en la materia. Excepcionalmente y cuando entre los miembros natos de la Comisión de Contratación no se encuentre representada alguna de las macroáreas de conocimiento, se constituirá en este caso la Comisión Técnica correspondiente con: 5 miembros del PDI de la Universidad de Córdoba en los que concurran los requisitos señalados en los Estatutos de la Universidad para ser miembro de la Comisión de Contratación, que serán nombrados por el Rector a propuesta del Vicerrector con competencias en la materia, actuando este último como coordinador de la misma. 3 miembros del PDI de la Universidad de Córdoba en los que concurran los requisitos señalados en los Estatutos de la Universidad para ser miembro de la Comisión de Contratación, que serán nombrados por el Rector a propuesta del Vicerrector con competencias en la materia, actuando este último como coordinador de la misma. 2 miembros del PDI de la Universidad de Córdoba en los que concurran los requisitos señalados en los Estatutos de la Universidad para ser miembro de la Comisión de Contratación, que serán nombrados por el Rector a propuesta del Vicerrector con competencias en la materia, actuando este último como coordinador de la misma. 4 miembros del PDI de la Universidad de Córdoba en los que concurran los requisitos señalados en los Estatutos de la Universidad para ser miembro de la Comisión de Contratación, que serán nombrados por el Rector a propuesta del Vicerrector con competencias en la materia, actuando este último como coordinador de la misma. Las Comisiones Técnicas, configuradas como comisiones asesoras de la Comisión de Contratación, elaborarán informes/propuestas de baremación que serán elevadas a la Comisión de Contratación para su ratificación si procede. La Comisión de Contratación procederá a remitirla al Departamento correspondiente la documentación y propuesta de candidatos para: La aplicación del incremento del 20 % de puntuación por afinidad, según lo establecido en el baremo general de méritos para todas las plazas de personal docente e investigador contratado que se convoquen a concurso público en la Universidad de Córdoba en vigor, a aquellos candidatos que así lo estipulase, para las figuras PDI-Laboral de Ayudante y Profesor Ayudante Doctor según criterio de Afinidad. La aplicación del incremento del 15 % de puntuación por afinidad, según lo establecido en el baremo general de méritos para todas las plazas de personal docente e investigador contratado que se convoquen a concurso público en la Universidad de Córdoba en vigor, a aquellos candidatos que así lo estipulase, para las figuras PDI-Laboral de Ayudante y Profesor Ayudante Doctor según criterio de Afinidad. La aplicación del incremento del 10 % de puntuación por afinidad, según lo establecido en el baremo general de méritos para todas las plazas de personal docente e investigador contratado que se convoquen a concurso público en la Universidad de Córdoba en vigor, a aquellos candidatos que así lo estipulase, para las figuras PDI-Laboral de Ayudante y Profesor Ayudante Doctor según criterio de Afinidad. La aplicación del incremento del 5 % de puntuación por afinidad, según lo establecido en el baremo general de méritos para todas las plazas de personal docente e investigador contratado que se convoquen a concurso público en la Universidad de Córdoba en vigor, a aquellos candidatos que así lo estipulase, para las figuras PDI-Laboral de Ayudante y Profesor Ayudante Doctor según criterio de Afinidad. El Departamento en un plazo: No superior a diez días hábiles desde la recepción de la documentación, debe remitir al Vicerrector con competencias en la materia la documentación con la aplicación del incremento de puntuación por afinidad aplicado según el baremo vigente en su momento, si hubiese estimado su aplicación, así como la argumentación/justificación de dicha aplicación o no, aprobada por Consejo de Departamento. No superior a cinco días naturales desde la recepción de la documentación, debe remitir al Vicerrector con competencias en la materia la documentación con la aplicación del incremento de puntuación por afinidad aplicado según el baremo vigente en su momento, si hubiese estimado su aplicación, así como la argumentación/justificación de dicha aplicación o no, aprobada por Consejo de Departamento. No superior a diez días naturales desde la recepción de la documentación, debe remitir al Vicerrector con competencias en la materia la documentación con la aplicación del incremento de puntuación por afinidad aplicado según el baremo vigente en su momento, si hubiese estimado su aplicación, así como la argumentación/justificación de dicha aplicación o no, aprobada por Consejo de Departamento. No superior a cinco días hábiles desde la recepción de la documentación, debe remitir al Vicerrector con competencias en la materia la documentación con la aplicación del incremento de puntuación por afinidad aplicado según el baremo vigente en su momento, si hubiese estimado su aplicación, así como la argumentación/justificación de dicha aplicación o no, aprobada por Consejo de Departamento. Art.10. La selección de Profesores Asociados se resolverá, de conformidad con lo establecido en los Estatutos, por la Comisión de Contratación, mediante la aplicación del Baremo para las plazas de Profesorado Asociado que se convoquen a concurso público en la Universidad de Córdoba. Finalizada la fase de selección la Comisión de Contratación comunicará: Al Rector el resultado del proceso de selección. Al Consejo de Gobierno el resultado del proceso de selección. Al Consejo de Universidades el resultado del proceso de selección. Al Vicerrector especialista en la materia el resultado del proceso de selección. Sin perjuicio de lo establecido en el art. 6.2, los aspirantes a Profesores Asociados deberán unir a su solicitud: La documentación justificativa de su condición de especialistas en la/s materia/s convocada/s. Declaración en la que expresen la relación de especialidad que existe entre la actividad profesional que desarrollan y la docente para la que concursan. Las dos son correctas. Las dos son incorrectas. Recibida la documentación procedente del departamento, se procederá a la revisión de la documentación y publicación de la resolución correspondiente por parte de la Comisión de Contratación en un plazo: Mínimo de cinco días hábiles, así como a la comunicación de la resolución al Consejo de Gobierno. Máximo de cinco días hábiles, así como a la comunicación de la resolución al Consejo de Gobierno. Máximo de tres días hábiles, así como a la comunicación de la resolución al Consejo de Gobierno. Mínimo de tres días hábiles, así como a la comunicación de la resolución al Consejo de Gobierno. |