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Título del Test:
TAM

Descripción:
CASO PRÁCTICO

Fecha de Creación: 2026/07/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 17

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Temario:

Imán, de 14 años y su hermano Omar, de 9 años y nacionalidad marroqui llegaron a España junto a su familia cuando Imán tenia seis años. Ambos menores profesan la religión islámica. Su padre utiliza el castigo con ella y con su hermano. En un momento determinado, en el centro escolar se observaron heridas, moratones y rasguños en los menores, lo que motivó la notificación por la Dirección del mismo a la Sección de protección a la Infancia. Ambos hermanos fueron tutelados de manera inmediata y urgente, acordándose el ingreso en el centro de protección de su lugar de residencia, con fecha 30 de octubre de 2025. Se estableció un régimen de visitas inicial entre los menores y sus progenitores, en virtud del cual se podrían celebrar visitas supervisadas, una vez a la semana, en el centro de protección. En una de las visitas realizada por el padre, éste acude con sítomas de embriaguez, mostrandose alterado y dando mensajes inadecuados a sus hijos. El Director del centro donde ingresan ordena a un técnico de apoyo al menor la elaboración del plan de intervención individualizado de Imán y Omar. Durante el transcurso de una cena en el centro, Imán discute con una compañera de mesa pegándole un ligero empujón y negándose a disculparse, por lo que la técnica de apoyo al menor decide acordar una corrección inmediata. Por la sección de protección a la infancia se va a proceder a la revisión del caso de Imán y su hermano, que se presentará en la siguiente comisión de valoración, teniendo presentes los siguientes aspectos: Imán ha presentado en el centro conductas agresivas hacia compañeros y personal de atención directa, requiriendo la intervención policial en algunas ocasiones. Como consecuencia de lo anterior se ha convocado la comisión interdiciplinar a petición de la dirección del centro, revisandose los programas de intervención complementarios y medidas correctora que se estan llevando acabo en esta comisión, dado que las conductas de la menor cada vez son más peligrosas para sus compañeros y personal del centro, se propone la derivación de Imán al área de intervención para la socialización del centro autonómico zambrana. Los menores se encuentran en el programa de separación-reunificación con la medida de programa de intervención familiar. sólo leer. .

1. ¿Qué nivel de prioridad de respuesta se determinará para el caso que nos ocupa en función de la información disponible en el supuesto?. Nivel de prioridad 1. Nivel de prioridad 2. Nivel de prioridad 3. Nivel de prioridad 4.

2. Indique si el orden del Director del centro al técnico de apoyo al menor tras el ingreso de los menores es correcta: Sí, es correcta. No es correcta, ya que la tarea corresponde al técnica de la sección de protección. No es correcta, ya que la tarea corresponde al educador/técnico del menor de referencia. No es correcta, ya que la tarea corresponde a la comisión de valoración.

3.¿Qué afirmación no es correcta respecto a la información que debe facilitarse a Imán y Omar al ingresar en el centro?. La información les será facilitada, exclusivamente, de forma verbal. Ambos menores en el momento de ingresar en el centro, en el marco de una entrevista perosnal, serán informados de las caracteristicas del centro y en su caso las de la unidad asignada. La información deberá procurar la adaptación positiva al entorno residencial, así como su particpación activa en la toma de decisones y en la vida del centro. La información se les proporionará durante su estancia, siempre que la demanden o se entienda necesario, en relación con su personal y su expediente, o con las decisiones que les afecten.

4. Durante el desarrollo de la visita del padre a los menores en el centro, teniendo en cuenta el episodio ocurrido, ¿cómo actuaría usted si fuera la persona responsable de supervisar la misma?. Esperaría a que termine el horario establecido para la visita en el correspondiente plan de caso,sin poder interrumpir la misma. Esperaría a qie termine, informando posteriormente el órgano competente de los hechos ocurridos. Podría suspenderla provisionalmente, dando cuenta al director o responsable del centro. Debería suspenderla inmediatamente, con modificación previa del plan de caso.

5. Tras el ingreso en el centro, ¿en cuál de las siguientes fechas se podría reunir la comisión interdisciplinar para llevar a cabo la evaluación definitiva del caso Imán y Omar?. El 28 de noviembre de 2025. El 28 de diciembre de 2025. El 28 de enero de 2026. El 28 de abril de 2026.

6. Ante el incidente durante la cena, ¿cuál de las siguientes correciones no podrá acordar la técnica de apoyo al menor a fin de procurar que el reproche sea inmediato y con una finalidad educativa?. Amonestación. Prohibición de participar en una actividad de ocio. Reducción de la asignación de dinero de bolsillo. Prohibición de realizar salidas del centro.

7. Imán solicita asistir a a comisión interdiciplinar y el director del centro le solicita a usted que informe sobre la petición de la menor. ¿Cuál sería el sentido de su informe?. No puede asistir en ningún caso. Si puede asistir, siempre que se entienda aconsejable. Debe asistir obligatoriamente. No puede asistir, porque debe asistir su representante legal.

8. En el caso de Imán se están trabajando desde el centro de protección diversos programas de intervención complementarios, acordes a su perfil y la problemática que presenta. Señale cuál de ellos no es adecuado teniendo presente las carácteristicas del caso: Los de prolongación de estancias o actuaciones. Los de atención terapéutica o rehabilitación de las secuelas emocionales. Los de apoyo conductual e intervención en crisis. Los de socialización.

9. Imán y Omar, ¿podrían tener en el centro de protección una manutención acorde su religión?. No, la manutención es igual para todos los menores. Sí y se respetará siempre que sea posible. No, porque solo varía si es necesario por condiciones de salud. No, porque solo varía por condiciones de edad.

10. Con ambos menores se está llevando a cabo un programa de intervención familiar y desde el centro de protección hay una colaboración y coordinación con los profesionales que tienen encomendada la intervención familiar, con la siguiente finalidad: El retorno de Imán y Omar con su familia de origen. Preparar a Imán para la vida independiente. Búsqueda de un recurso alternativo y definitivo para los menores fuera de su familia biológica. Promover la adopción de Omar.

11. El régimen de visitas y comunicaciones de Imán y Omar con sus progenitores, ha debido ser autorizado por: Sus progenitores. El órgano al que corresponde el ejercicio de la tutela. El guardador. Los profesionales de la intervención familiar.

12. El régimen de visitas entre los menores y sus progenitores en el centro se realiza bajo la supervisión de: Personal de atención directa del centro. Personal de sección de protección. Personal del CEAS. Personal voluntario previamente autorizado.

13.Las conductas desajustadas que presenta Imán, ¿se consideran conductas merecedoras de corrección?. Sí, porque es un acto de indisciplina o incumplimiento de normas que pone en riesgo segiridad de sus compañeros del centro y otras personas. No, ya que la menor no presenta ausencias no autorizadas del centro. No, porque no se menciona nada referente a que tenga algún objeto prohibido. Sí, pero solo si agrede directamente al personal del centro.

14. ¿Cuál de los siguientes requisitos no es exigeble para autorizar el ingreso de Imán en el área de intervención para la socialización?. Que se trate de una menor con expedientede protección. Haber cumplido la edad de doce años. Que presente graves problemas de socialización, inadaptación o desajuste social. Que esté incluida en el programa de intervención familiar.

15. La progenitora de los menores acude al centro de protección para visitar a sus hijos. Señale cómo actuaría teniendo en cuenta la situación familiar actual: Facilitaría que los menores puedan salir del centro con su progenitora. Actuaría de acuerdo con lo previsto en el régimen de visitas. No permitir el desarrollo de la visita ya que los menores están en el programa de separación difinitiva. Facilitaría el encuentro siempre, aunque no haya un régimen de visitas regulado por medio de resolución administrativa.

16.Ante los incidentes y conducatas agresivas que presenta Imán, señale cuálde las siguientes es una actuación que usted podría realizar como técnico de apoyo al menor: . . . .

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