121- Reglamento 35/2019 PARTE I
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Título del Test:![]() 121- Reglamento 35/2019 PARTE I Descripción: De los Estudios de Máster Universitario. |




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Título Preliminar (Ppios Generales). Objeto y ámbito de aplicación. El presente reglamento tiene por objeto: La regulación de las directrices complementarias para la organización y desarrollo de las enseñanzas de Máster universitario oficial de la Universidad de Córdoba. La regulación de las directrices básicas para la organización y desarrollo de las enseñanzas de Máster universitario oficial de la Universidad de Córdoba. La regulación de las directrices básicas para la organización y desarrollo de las enseñanzas de Máster universitario oficial de la Universidad de Córdoba. La regulación de las directrices adicionales para la organización y desarrollo de las enseñanzas de Máster universitario oficial de la Universidad de Córdoba. El presente Reglamento se aplica a: Todo el estudiantado de la Universidad de Córdoba que curse estudios conducentes a la obtención de un título de Máster. A todo el profesorado de la Universidad de Córdoba que imparta docencia en dichos estudios. Todo el estudiantado de la Universidad de Córdoba y Andalucía que curse estudios conducentes a la obtención de un título de Máster y a todo el profesorado de la Universidad de Córdoba que imparta docencia en dichos estudios. Todo el estudiantado de la Universidad de Córdoba que curse estudios conducentes a la obtención de un título de Máster y a todo el profesorado de la Universidad de Córdoba que imparta docencia en dichos estudios. Las enseñanzas de Máster tienen como finalidad: La obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional. La formación avanzada del estudiante en las técnicas de investigación, podrán incorporar cursos, seminarios u otras actividades orientadas a la formación investigadora. La adquisición por el/la estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientadas a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras. Ninguna es correcta. Las enseñanzas de Máster universitario de la Universidad de Córdoba se regirán por: El presente Reglamento, los Estatutos de la Universidad de Córdoba, la normativa propia de la Universidad aplicable y por el resto del ordenamiento jurídico que le sea de aplicación. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba, la normativa propia de la Universidad aplicable y por el resto del ordenamiento jurídico que le sea de aplicación. Por el ordenamiento jurídico que le sea de aplicación. Por la normativa Andaluza. El Instituto de Estudios de Posgrado (IdEP) de la Universidad de Córdoba es: Una estructura de gestión universitaria, creada mediante acuerdo de Consejo Social de la Universidad de Córdoba. Una estructura de gestión universitaria, creada mediante acuerdo del Claustro de la Universidad de Córdoba. Todas son correctas. Una estructura de gestión universitaria, creada mediante acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba. El Instituto de Estudios de Posgrado (IdEP) de la Universidad de Córdoba se encarga de: Los procesos académicos conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster, sin incluir los habilitantes que determine el Consejo de Gobierno. La expedición de los correspondientes títulos y de cualquier otra función que en un futuro le pueda ser atribuida por el Consejo de Gobierno en relación con los estudios de posgrado.*. Las dos marcadas con * son correctas. Los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster, incluyendo a todos aquellos habilitantes que determine el Consejo de Gobierno, títulos de Doctorado y de aquellos títulos propios que le sean encomendados por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba. *. Los másteres que habilitan para profesiones reguladas: Podrán ser gestionados académica y administrativamente por los Centros, según lo marcado en su Reglamento de Funcionamiento Interno. *. Deberá ser informado por la Comisión de Másteres y Doctorado y aprobado por el Consejo de Gobierno.*. Las dos marcadas con* son correctas. No podrán ser gestionados académica y administrativamente por los Centros, según lo marcado en su Reglamento de Funcionamiento Interno. La Comisión de Másteres y Doctorado será: Competente en lo concerniente a los estudios de másteres universitarios, másteres propios y doctorado, con competencias en investigación y aquellos habilitantes y profesionales determinados por el Consejo de Gobierno y elaborará la normativa referente a estos estudios, que será sometida al Consejo Social para su aprobación. Incompetente en lo concerniente a los estudios de másteres universitarios, másteres propios y doctorado, y aquellos habilitantes y profesionales determinados por el Consejo de Universidades y elaborará la normativa referente a estos estudios, que será sometida al Consejo de Gobierno para su aprobación. Incompetente en lo concerniente a los estudios de másteres universitarios, másteres propios y doctorado, con competencias en investigación, éstos serán sometidos al Consejo de Gobierno para su aprobación. Competente en lo concerniente a los estudios de másteres universitarios, másteres propios y doctorado, con competencias en investigación y aquellos habilitantes y profesionales determinados por el Consejo de Gobierno y elaborará la normativa referente a estos estudios, que será sometida al Consejo de Gobierno para su aprobación. La Comisión de Másteres y Doctorado de la Universidad de Córdoba estará presidida por: El Presidente o Presidenta con competencias en los estudios de posgrado y su composición será regulada por Consejo de Gobierno. El vicerrector o vicerrectora con competencias en los estudios de posgrado y su composición será regulada por Consejo de Gobierno. El Rector/a. El Gerente o Decano. La Comisión de Másteres y Doctorado se reunirá: Con carácter ordinario durante el periodo lectivo, y con carácter extraordinario cuando sea convocada por su presidente o presidenta, o cuando se lo soliciten al un 40 % de los miembros. Con carácter ordinario durante el periodo lectivo, y con carácter extraordinario cuando sea convocada por su presidente o presidenta, o cuando se lo soliciten al un 50 % de los miembros. Con carácter ordinario durante el periodo lectivo, y con carácter extraordinario cuando sea convocada por su presidente o presidenta, o cuando se lo soliciten al un 20 % de los miembros. Con carácter ordinario durante el periodo lectivo, y con carácter extraordinario cuando sea convocada por su presidente o presidenta, o cuando se lo soliciten al un 70 % de los miembros. La estructura de un Máster estará constituida por: Un/a Presidente/a y una Unidad de Control del Máster. Un Consejo Académico de Máster, un/a Director/a, y una Unidad de Garantía de Calidad del Máster. Un Consejo de Gobierno, un/a Vicerrector/a, y una Unidad de Convivencia del Máster. Ninguna es correcta. El Consejo Académico de Máster (CAM) será el responsable de la coordinación académica del Máster. Estará compuesto por: Un mínimo de 4 personas y un máximo de 8, sin incluir a la dirección del Máster, que ejercerá la presidencia del mismo. Excepcionalmente podrá estar formado por hasta 12 personas en el caso de que participen en el Máster más de 8 departamentos y/o áreas de conocimiento. Se incluirá un representante del estudiantado del Máster. Un mínimo de 8 personas y un máximo de 12, incluyendo a la dirección del Máster, que ejercerá la presidencia del mismo. Excepcionalmente podrá estar formado por hasta 16 personas en el caso de que participen en el Máster más de 12 departamentos y/o áreas de conocimiento. Se incluirá un representante del estudiantado del Máster. Un mínimo de 4 personas y un máximo de 8, incluyendo a la dirección del Máster, que ejercerá la presidencia del mismo. Excepcionalmente podrá estar formado por hasta 12 personas en el caso de que participen en el Máster más de 8 departamentos y/o áreas de conocimiento. Se incluirá un representante del estudiantado del Máster. Un mínimo de 3 personas y un máximo de 6, sin incluir a la dirección del Máster, que ejercerá la presidencia del mismo. Excepcionalmente podrá estar formado por hasta 12 personas en el caso de que participen en el Máster más de 6 departamentos y/o áreas de conocimiento. Se incluirá un representante del estudiantado del Máster. Deberán estar representados todos los departamentos y/o áreas de conocimiento que tengan, al menos, una actividad docente del: 45% de los créditos ofertados por el Máster considerando el Trabajo Fin de Máster. 30% de los créditos ofertados por el Máster considerando el Trabajo Fin de Máster. 20% de los créditos ofertados por el Máster sin considerar el Trabajo Fin de Máster. 10% de los créditos ofertados por el Máster sin considerar el Trabajo Fin de Máster. Todo el profesorado del CAM (Consejo Académico de Máster) deberá: Impartir docencia en el título, tener dedicación a tiempo parcial y vinculación permanente con la Universidad de Córdoba. Serán designados por los Departamentos entre el profesorado del Máster. Impartir docencia en el título, tener dedicación a tiempo completo y vinculación permanente con la Universidad de Córdoba. Serán designados por los Departamentos entre el profesorado del Máster. Impartir docencia en el título, tener dedicación a tiempo completo y vinculación no permanente con la Universidad de Córdoba. Serán designados por los Departamentos entre el profesorado de la Universidad.. Impartir docencia en el título, tener dedicación a tiempo completo y vinculación semipermanente con la Universidad de Córdoba. Serán designados por los Departamentos entre el profesorado de la Universidad. El presidente de la Unidad de Garantía de Calidad del Máster: No podrá formar parte del CAM. Podrá formar parte del CAM. En caso de ser necesario, se podrá nombrar un Secretario/a Académico/a, que colabore con la gestión académica del Máster: No debe ser miembro del CAM y la propuesta debe ser aprobada por la Comisión de Másteres y Doctorado. Debe ser miembro del CAM y la propuesta debe ser aprobada por la Comisión de Másteres y Doctorado. Debe ser miembro del CAM y la propuesta debe ser aprobada por el Consejo de Gobierno. No debe ser miembro del CAM y la propuesta debe ser aprobada por el Consejo de Gobierno. La composición del CAM deberá ser ratificada por la Comisión de Másteres y Doctorado y su renovación se hará: Cada dos años, a excepción del estudiantado, que se hará anualmente. Cada cuatro años, a excepción del estudiantado, que se hará cada dos. Cada año, al igual que el estudiantado. Cada tres años, a excepción del estudiantado, que se hará anualmente. Las funciones que desarrollará el CAM serán las siguientes: Proponer los criterios de prelación de los/las estudiantes que hayan solicitado acceder al Máster. Proponer la distribución de los fondos de los másteres. Asignar a cada estudiante admitido/a un tutor/a para la realización del TFM o de las prácticas. Velar por el funcionamiento de las actividades académicas del Máster. Realizar la planificación anual de la organización de las enseñanzas (PAOE) de cada edición del Máster. Aprobar la participación de profesorado externo, que será incluido en la PAOE correspondiente. Promover y apoyar la movilidad de estudiantes y profesorado. Informar sobre las solicitudes de reconocimiento a la Comisión de Másteres y Doctorado. Mantener actualizada la información referente al Máster, disponible fundamentalmente en la página web del mismo. Velar por el correcto cumplimiento de los procesos de seguimiento y acreditación del Máster. |