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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEn22

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Título del test:
n22

Descripción:
TEMA 22 COMÚN: PATRIMONIO

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
20/09/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 34
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Temario:
El uso común de los bienes demaniales es: Es el que origina una ocupación de bien intensa y tendente a permanecer, de forma que se impida su libre uso a otras personas. Es aquel que corresponde por igual a todas las personas, sin que la utilización por parte de unas impida la de otras. Es el que origina una ocupación de bien intensa y tendente a permanecer, de forma que se posibilite su libre uso a otras personas. Es aquel que corresponde por igual a todas las personas, y la utilización por parte de unas impide la de otras.
El uso común de los bienes demaniales puede ser: 1 General. . 2 Especial. 1 y 2 son correctas absoluta.
El uso de los bienes de dominio público podrá ser: Común y privativo. Común, privativo y compartido. Común y exclusivo. Común y regular.
En el ámbito de aplicación de la presente Ley, podrá ser titular de bienes y derechos de dominio público: La Comunidad Autónoma de Andalucía y sus entidades instrumentales. Sólo la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Comunidad Autónoma de Andalucía cuando así se establezca para cada uno de los bienes demaniales. La Comunidad Autónoma de Andalucía y sus Entidades de Derecho Público.
En el uso por terceros de los bienes de derecho privado, NO es cierto que: Se someterá al régimen general previsto en Derecho privado, con las especialidades establecidas en la presente Ley. La adjudicación de los contratos se hará respetando los principios de publicidad y concurrencia, excepto cuando por las peculiaridades de la necesidad a satisfacer, las limitaciones del mercado o la urgencia se considere preciso autorizar la adquisición directa (por resolución motivada). La competencia para adjudicar contratos relativos a bienes inmuebles corresponde a la Consejería de Hacienda. Si se trata de bienes muebles será competente el Consejero que los tenga adscritos. El arrendamiento de bienes inmuebles pertenecientes a Entidades públicas que dependan de la Comunidad Autónoma corresponde a la Consejería de Hacienda. Será necesaria autorización del Consejero a que esté adscrito el Organismo cuando se trate de arrendar bienes muebles.
En la competencia para enajenar los bienes inmuebles, es incorrecta: Corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda si su valor no excede de seis millones de euros. Si supera la cantidad de ocho millones de euros no será necesaria autorización del Consejo de Gobierno. Si el precio es superior a veinte millones de euros requerirá autorización por Ley. Todas las respuestas son correctas.
En la disponibilidad de los bienes de dominio privado, se deberán cumplir los siguientes requisitos: Toda enajenación o gravamen de bienes propiedad de la Comunidad Autónoma o de cualesquiera de las Entidades públicas de ella dependientes deberá ir precedida de una depuración de la situación física o jurídica de las mismas, si es que resulta necesario No podrán enajenarse bienes que se hallaren en litigio, salvo que el adquiriente asuma voluntariamente el riesgo del resultado del mismo. Igualmente, si llega el caso, deberán suspenderse los procedimientos de adjudicación que estuvieren en trámite. La enajenación de bienes inmuebles de dominio privado pertenecientes a la Comunidad Autónoma requerirá previa declaración de alienabilidad por la Consejería de Hacienda en expediente en el que se acredite que el bien no tiene la condición de dominio público. En su caso, se requerirá informe del Órgano que tenga encomendada la administración de dicho bien. Todas las respuestas son correctas.
En la responsabilidad y sanciones cuando los hechos pudieran ser constitutivos de delito o falta: La Administración no suspenderá la tramitación de los procedimientos sancionadores dimanantes de los mismos. Pondrá el hecho en conocimiento de la jurisdicción penal. No obstante no se producirá resolución administrativa definitiva hasta tanto exista pronunciamiento judicial. Todas las respuestas son correctas.
En las adquisiciones de bienes inmuebles a título oneroso, NO es cierto que: Respetarán los principios de publicidad y concurrencia. Se autorizará por adquisición directa cuando por las peculiaridades de la necesidad a satisfacer, las limitaciones del mercado o la urgencia se considere preciso. La Consejería correspondiente del bien inmueble será competente para perfeccionar este tipo de negocios. Todas las respuestas son correctas.
En los arrendamientos de bienes muebles e inmuebles en favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de las entidades públicas dependientes de la misma, NO es cierto que: Se acordarán por el titular del departamento o entidad interesada. Cuando se trate de muebles, se requerirá previo informe favorable de la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Economía y Hacienda. Los referidos contratos se adjudicarán con respecto a los principios de publicidad y concurrencia, salvo cuando por las peculiaridades de la necesidad a satisfacer, las limitaciones del mercado o la urgencia se considere preciso autorizar la adquisición directa. El arrendamiento de bienes inmuebles en estos supuestos excepcionales habrá de estar precedido de resolución motivada que se hará pública. Podrá acordarse la adjudicación directa en aquellos casos en los que el bien objeto de arrendamiento sea de titularidad de una entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía.
En relación con la mutación demanial, NO es cierto que: Podrá tener lugar por Ley, por silencio o por acto expreso o tácito. La mutación demanial expresa se llevará a cabo por un procedimiento similar al de afectación, debiendo intervenir en el expediente los Órganos afectados. El acuerdo final implicará la desafectación del bien respecto al fin o destino anterior y su afectación a un fin o destino distinto. Llevará consigo también, si llega el caso, la modificación de la adscripción orgánica del bien objeto de la mutación. Producida la mutación demanial tácita, los Órganos a los que afecte podrán recabar de la Consejería de Hacienda la constatación formal de la misma. En todo caso deberá levantarse.
Entre las potestades de la Comunidad Autónoma sobre los bienes demaniales NO se encuentra: Rescate. Investigación. Deslinde y amojonamiento. Todas las respuestas son correctas.
La adquisición de bienes y derechos por las Entidades públicas dependientes de la Comunidad Autónoma se llevará a cabo, salvo que otra cosa disponga la legislación específica: Por la Consejería que lo tenga adscrita. Por el Órgano que ostente su representación legal. Por la Consejería de Hacienda. Por la Dirección General de Patrimonio.
La afectación es: Tendrá lugar cuando un bien de dominio público deje de estar destinado a un uso o servicio público, pasando a ser de dominio privado. Se produce por el cambio de afectación de un bien que ya sea de dominio público. Es el acto por el cual un bien o derecho perteneciente a l la Comunidad Autónoma de Andalucía o Entidad dependiente de ella es destinado a un uso o servicio público. Ninguna respuesta es correcta.
La afectación y desafectación podrá tener lugar mediante cualquiera de las siguientes formas: Por Ley. Por silencio. Mediante acto expreso o tácito. Todas las respuestas son correctas.
La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá recuperar la posesión de los bienes demaniales que se hallen indebidamente en posesión de terceros, con las siguientes características: En cualquier momento, una vez adoptado el oportuno acuerdo que les sirva de fundamento, ejecutorio y recurrible en vía contencioso-administrativa. La decisión de fondo sobre la titularidad del bien o derecho sólo corresponde a la jurisdicción ordinaria, a la que el interesado o la Administración pueden acudir si lo consideran oportuno. No se admitirán interdictos contra la Administración en esta materia. Todas son correctas.
La Comunidad Autónoma podrá adquirir bienes y derechos patrimoniales de la siguiente forma: Mediante expropiación, en las formas previstas en la legislación específica. Mediante negocio jurídico, oneroso o gratuito, prescripción, ocupación y demás formas previstas en derecho. Mediante traspaso del Estado, y otros Entes, en la norma regulada al efecto. Todas las opciones son correctas.
La Comunidad Autónoma y las Entidades de Derecho público de ella dependientes podrán recuperar por sí la posesión indebidamente perdida de sus bienes de dominio privado durante el plazo máximo de (a contar desde la perturbación o despojo): 3 meses. 6 meses. un año dos años.
La Dirección General de Patrimonio confeccionará un Inventario, NO siendo correcto: Será General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma y de las Entidades de Derecho público dependiente. Atendiendo, al menos, a su naturaleza, condición de dominio público o privado, destino, adscripción, forma de adquisición, contenido y valor. Asimismo, se incluirán aquellos bienes afectos a concesiones que estén sujetos a reversión. Será privado. En la Consejería de Hacienda existirá una unidad de contabilidad patrimonial.
La enajenación de los bienes inmuebles de las Entidades de Derecho Público será competencia de su representante legal, siendo obligatorio: Previa autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda en todo caso. Previa autorización del Consejo de Gobierno si supera la cantidad de seis millones de euros. Previa autorización de una Ley si el valor del bien supere la cantidad de veinte millones de euros. Todas las respuestas son correctas.
La enajenación de los bienes inmuebles se hará: Mediante subasta (como regla general). Podrá realizarse mediante enajenación directa cuando el valor del bien o derecho sea inferior a 60.000 euros. Podrá realizarse mediante enajenación directa cuando el Consejo de Gobierno así lo disponga si existen razones objetivas justificadas. Todas las respuestas son correctas.
La enajenación de los bienes muebles se someterá a las mismas reglas de los inmuebles (por subasta), pero la enajenación podrá efectuarse de forma directa, NO siendo correcto: Cuando se trate de bienes muebles obsoletos, perecederos o deteriorados por el uso. Se considerarán obsoletos o deteriorados por el uso, aquellos bienes cuyo valor en el momento de su tasación para venta sea inferior al 50 por ciento del de adquisición. Si no fuese posible o no procediese su venta, podrá acordarse su destrucción, inutilización, abandono cesión gratuita a otras Administraciones Públicas o a organismos o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, exceptuándose en ese caso El acuerdo de enajenación llevará implícita la desafectación de los bienes.
Las concesiones administrativas, salvo casos especiales, podrán ser de los siguientes tipos: Concesión de dominio público (máximo 50 años, excepto 75 para el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía). Concesión de servicio público. Concesión de obras y servicios públicos. Todas las anteriores son correctas.
Las cuestiones que surjan sobre la propiedad de los bienes de dominio privado se sustanciarán y resolverán por: Tribunales de la Jurisdicción contencioso administrativa. Tribunales de la Jurisdicción constitucional. Tribunales de la Jurisdicción ordinaria. La propia Administración que entre en litigio.
Las herencias se entenderán siempre: Aceptadas a beneficio de inventario. Si las cargas que graven el bien superan el valor intrínseco del mismo. Obligadas a beneficio de inventario. Que en el caso de bienes inmuebles los acepte la Consejería correspondiente.
Los bienes de dominio privado, mientras tengan este carácter, son: Alienables, prescriptibles y embargables. Alienables, prescriptibles e inembargables. Inalienables, imprescriptibles y embargables. Inalienables, prescriptibles e inembargables.
Los bienes de dominio público como inembargables: 1 No podrá despacharse mandamiento de ejecución sobre los mismos. 2 No podrá dictarse providencia de embargo sobre los mismos. 1 y 2 son correctas. 3 Son inembargables aquellos que la ley así determine.
Los bienes de dominio público son: Inalienables, prescriptibles e inembargables. . Inalienables, imprescriptibles e inembargables. Inalienables, imprescriptibles e embargables. Alienables, imprescriptibles e inembargables.
Los bienes de dominio público, mientras conserven tal carácter, en su carácter de inalienables: No podrán ser enajenados ni gravados en forma alguna. Deberán ser enajenados y gravados en forma alguna. Podrán ser enajenados ni gravados en forma alguna. Todas las respuestas son correctas.
Ningún bien de dominio privado podrá cederse por plazo superior a: 40 años. 50 años. 60 años. 70 años.
NO se considera que existe uso común general cuando: Cuando no concurren especiales circunstancias. Cuando no sea exigible en tales casos licencia de uso Cuando concurran circunstancias especiales, sea por intensidad o multiplicidad de uso, escasez del bien, peligrosidad, o por otros motivos suficientes, cabe exigir una especial autorización para uso, imponer una tasa, limitar o incluso prohibir la utilización si las circunstancias así lo requieren. Cuando puede haber específicas reglas de policía e instrucciones dictadas para posibilitar un ordenado uso común.
Para enajenaciones de bienes que hayan sido declarados formalmente de interés cultural (BIC): Será necesaria autorización por Ley, cuando así lo disponga el competente para enajenar. Será necesaria autorización por norma con rango legal. No será necesaria autorización por ley cuando el bien enajenado tenga como destino otra Administración Pública. Todas las respuestas son correctas.
Toda donación de bienes: Queda prohibida, salvo lo previsto para compromisos o subvenciones de auxilios en la legislación especial. Se permite únicamente cuando se trate de bienes muebles obsoletos, perecederos o deteriorados por el uso si no fuese posible o no procediese su venta. Queda prohibida en todo caso. Podrá ser autorizada por ley.
Todo uso privativo de un bien demanial, sea en favor de personas públicas o privadas, exige: Previa concesión administrativa. La necesaria aceptación por el usuario. Posterior concesión administrativa. El pago del precio voluntario por parte del usuario.
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