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NTI

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Título del Test:
NTI

Descripción:
varias especificaciones

Fecha de Creación: 2026/02/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 21

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Dentro de conjunto de NTI, cual es el que persigue facilitar que los servicios de Administración Electrónica puedan prestarse en condiciones que permitan la independencia en la elección de alternativas tecnológicas por los ciudadanos y las Administraciones públicas, así como la adaptabilidad al progreso de las técnicas y sistemas de comunicaciones descrito en la Ley 11/2007. Catálogo de estándares. Digitalización de documentos. Procedimientos de copiado auténtico y conversión. Política de firma electrónica y certificados de la Administración.

Dentro de conjunto de NTI, cual es el que persigue establecer los requisitos a cumplir en la digitalización de documentos en soporte papel o en otro soporte no electrónico susceptible de digitalización a través de medios fotoeléctricos. Catálogo de estándares. Digitalización de documentos. Procedimientos de copiado auténtico y conversión. Política de firma electrónica y certificados de la Administración.

Dentro de conjunto de NTI, cual es el que persigue establecer las reglas para la generación de copias electrónicas auténticas, copias papel auténticas de documentos públicos administrativos electrónicos y para la conversión de formato de documentos electrónicos. Catálogo de estándares. Digitalización de documentos. Procedimientos de copiado auténtico y conversión. Política de firma electrónica y certificados de la Administración.

Dentro de conjunto de NTI, cual es el que persigue establecer el conjunto de criterios comunes asumidos por la Administración pública en relación con la autenticación y el reconocimiento mutuo de firmas electrónicas y sellos electrónicos basados en certificados electrónicos cualificados o reconocidos y que, como tales, serán desarrollados y consolidados a través de las políticas de firma y sello electrónicos basados en certificados. Catálogo de estándares. Digitalización de documentos. Procedimientos de copiado auténtico y conversión. Política de firma electrónica y certificados de la Administración.

El ENI y sus normas de desarrollo serán de aplicación, entre otros, en el sector público institucional. V. F.

NTI_ CATÁLOGO DE ESTÁNDARES. Valores aplicables para cada estándar sobre el estado que le corresponde dentro del ciclo de vida: Admitido y En abandono. Admitido, En abandono y Abandonado. En curso y En abandono. En curso y Abandonado.

NTI_ CATÁLOGO DE ESTÁNDARES. De las siguientes afirmaciones, marca la que NO ES CORRECTA: Es un procedimiento de homologación de estándares a utilizar para el intercambio de información entre administraciones y con el ciudadano. Consiste en un conjunto completo de los estándares actualmente utilizados por las Administraciones públicas o por los ciudadanos. Constituye una serie de restricciones sobre aplicaciones y herramientas concretas que cada administración utiliza para su gestión interna. Ninguna es correcta.

NTI_ CATÁLOGO DE ESTÁNDARES. De las siguientes afirmaciones, marca la que NO ES CORRECTA: Define tecnologías para el desarrollo de herramientas para la interoperabilidad y para la implementación del resto de Normas Técnicas de Interoperabilidad. Cada órgano de la Administración o Entidad de Derecho Público vinculada o dependiente de aquella seleccionará, entre los establecidos en esta norma, el estándar o estándares que mejor se ajuste a sus necesidades, en base a su especificidad para la tarea o funcionalidad a cubrir, para los documentos y servicios que pongan a disposición de los ciudadanos o de otras Administraciones públicas. Cada órgano de la Administración o Entidad de Derecho Público vinculada o dependiente de aquella atenderá a los estándares seleccionados por el emisor del documento solicitado o responsable del servicio al que se desea acceder, para la interacción con otras administraciones. Cada órgano de la Administración o Entidad de Derecho Público vinculada o dependiente de aquella publicará, según lo establecido en la normativa aplicable en cada caso, los estándares seleccionados para los servicios o trámites que ponga a disposición del ciudadano.

NTI_ CATÁLOGO DE ESTÁNDARES. Entre las categorías de estándares, se encuentra la categoría Gestión Documental y Archivística, y como estándar admitidos está ISAAR(CPF). V. F.

NTI_ CATÁLOGO DE ESTÁNDARES. Entre las categorías de estándares, se encuentra la categoría Gestión Documental y Archivística, y como estándar admitidos está RIC-0. V. F.

NTI_ CATÁLOGO DE ESTÁNDARES. Si una determinada funcionalidad o necesidad no quedara cubierta por ningún estándar de los recogidos en esta norma, los órganos de la Administración o Entidades de Derecho Público: podrán seleccionar el estándar no abierto más adecuado para la tarea sin que se ofrezca una alternativa basada en un estándar abierto. se atenderá a los estándares seleccionados por el emisor del documento solicitado o responsable del servicio al que se desea acceder. ninguna es correcta.

NTI_ CATÁLOGO DE ESTÁNDARES. Marca los tipos de estándares aceptados: Estándar abierto. Estándar de uso generalizado. Estándar de uso inclusivo. Estándar informacional.

NTI_DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS. Tiene por objeto establecer los requisitos a cumplir en la digitalización de documentos en soporte papel o en otro soporte no electrónico susceptible de digitalización a través de medios fotoeléctricos. Requisitos de la imagen electrónica: (OJO TRAMPAS). Las imágenes electrónicas aplicarán los formatos establecidos para ficheros de imagen en la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de Estándares. El nivel de resolución mínimo para imágenes electrónicas será de 300 píxeles por pulgada, tanto para imágenes obtenidas en blanco y negro, color o escala de grises. La imagen electrónica será fiel al documento origen, para lo cual respetará la geometría del documento origen en tamaños y proporciones. La imagen electrónica podrá contener caracteres o gráficos que no figurasen en el documento origen, siempre que derive de la implementación de los metadatos al documento electrónico digitalizado.

NTI_DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS. Si procede, se puede realizar la optimización automática de la imagen electrónica para garantizar su legibilidad, de modo que todo contenido del documento origen pueda apreciarse y sea válido para su gestión (umbralización, reorientación, eliminación de bordes negros, u otros de naturaleza análoga). V. F.

NTI_DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS. La digitalización será por medio: Fotoeléctrico. Digital. Numérico. Electrónico.

NTI_DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS. Esta norma NO debe considerarse como: un procedimiento formal de digitalización. una descripción del proceso de digitalización. un desarrollo de los requisitos del documento electrónico digitalizado: formatos, nivel de resolución, garantía de imagen fiel e íntegra y metadatos asociados a la digitalización. un desarrollo de los requisitos mínimos de conservación y disponibilidad de los documentos digitalizados.

NTI_DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS. La digitalización de un documento para la generación de un documento electrónico atenderá a lo dispuesto en la Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento Electrónico y estará compuesto por: La imagen electrónica que representará el aspecto y contenido del documento en el soporte origen. Los metadatos mínimos obligatorios definidos en la Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento Electrónico. Opcionalmente los metadatos complementarios para atender a necesidades de descripción específicas del proceso de digitalización. Si procede, firma de la imagen electrónica de acuerdo con la normativa aplicable.

NTI_COPIADO AUTÉNTICO Y CONVERSIÓN ENTRE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Las copias electrónicas generadas que, por ser idénticas al documento electrónico original no comportan cambio de formato ni de contenido, tendrán la eficacia jurídica de: documento electrónico original. copia electrónica auténtica sin cambio de formato. copia electrónica auténtica. copia electrónica original.

NTI_COPIADO AUTÉNTICO Y CONVERSIÓN ENTRE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Marca la afirmación INCORRECTA: Las copias auténticas se expedirán a partir de documentos con calidad de original o copia auténtica. Las copias electrónicas auténticas serán nuevos documentos electrónicos que incluirán total o parcialmente el contenido del documento sobre el que se expiden y que cumplirán con lo establecido en la Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento electrónico. El valor de cada uno de los metadatos mínimos obligatorios del documento electrónico copia será asignado en función de las características propias de cada metadato y de las propiedades específicas del documento bajo la responsabilidad del órgano u Organismo que lo expide. La relación entre la copia electrónica auténtica y el documento origen se reflejará en los metadatos del documento electrónico copia a través del metadato «Identificador del documento origen» que tomará el valor del identificador de aquél. Las copias electrónicas auténticas serán firmadas mediante alguno de los sistemas de firma previstos en la normativa de procedimiento administrativo (Ley 39). No hay ninguna incorrecta.

NTI_COPIADO AUTÉNTICO Y CONVERSIÓN ENTRE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Tipos de copias auténticas: De electrónico a electrónico. «Copia electrónica auténtica». De electrónico a electrónico con conversión de formato. «Copia electrónica auténtica con cambio de formato». De electrónico a electrónico parcial. «Copia electrónica parcial auténtica». De electrónico a papel. De papel a electrónico. «Copia electrónica auténtica de documento papel». De audiovisual a electrónico. «Copia electrónica auténtica de documento audiovisual».

NTI_COPIADO AUTÉNTICO Y CONVERSIÓN ENTRE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Metadatos mínimos obligatorios que reflejan el carácter de copia: Órgano. Estado de elaboración. Identificador de documento origen. Fecha de copia. Formato de documento origen.

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