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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE1521

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Título del test:
1521

Descripción:
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Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
04/12/2021

Categoría:
Otros

Número preguntas: 42
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Temario:
Según el artículo 59 de la LGT las deudas tributarias podrán extinguirse: por pago por prescripción por compensación o condonación todas son correctas.
De acuerdo con el Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, en su artículo 33 Puede efectuar el pago, en periodo voluntario cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación, ya lo conozca y lo apruebe, ya lo ignore el obligado al pago Puede efectuar el pago, en periodo voluntario o periodo ejecutivo, cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación, ya lo conozca y lo apruebe, con el consentimiento del obligado al pago Puede efectuar el pago, en periodo voluntario o periodo ejecutivo, cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación, ya lo conozca y lo apruebe, ya lo ignore el obligado al pago ninguna es correcta.
El pago de las deudas podrá realizarse todas son correctas preferentemente por vía telemática exclusivamente, en las entidades que presten el servicio de caja, en las cajas de los órganos competentes, en las entidades que, en su caso, presten el servicio de caja, en las entidades colaboradoras y demás personas o entidades autorizadas para recibir el pago, directamente o por vía telemática, cuando así esté previsto en la normativa vigente.
Los pagos realizados a órganos no competentes para recibirlos o a personas no autorizadas para ello no liberarán al deudor de su obligación de pago, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden en que incurra el perceptor que admita indebidamente el pago liberarán al deudor de su obligación de pago liberarán al deudor de su obligación de pago, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden en que incurra el perceptor que admita indebidamente el pago todas son correctos.
El pago de las deudas podrá realizarse en efectivo, mediante efectos timbrados y en especie. verdadero falso.
Podrá admitirse el pago en especie de la deuda tributaria en período voluntario cuando en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente en período voluntario o ejecutivo cuando una Ley lo disponga expresamente y en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente en período voluntario cuando una Ley lo disponga expresamente y en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente en período voluntario o ejecutivo cuando en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 LGT NO podrá admitirse el pago en especie en aquellos supuestos en los que: las deudas tributarias tengan la condición de aplazables las deudas tributarias tengan la condición de inaplazables. las dos son incorrectas las dos son correctas.
Los pagos que se realicen en las entidades de crédito que presten el servicio de caja podrán efectuarse mediante cheque que deberá reunir además de los requisitos exigidos por la legislación mercantil, los siguientes: Ser nominativo a favor del Tesoro público y cruzado Estar confirmado por la entidad librada, en fecha y forma Ser nominativo a favor del Tesoro público Todas son correctas.
Los pagos que se realicen en las entidades de crédito que presten el servicio de caja podrán efectuarse mediante cheque que deberá reunir además de los requisitos exigidos por la legislación mercantil, los siguientes: Ser nominativo a favor del Tesoro público y cruzado Estar conformado o certificado por la entidad librada, en fecha y forma ninguna de las dos son correctas las dos son correctas.
Tienen la condición de efectos timbrados: SEÑALA LA INCORRECTA El papel timbrado común El papel timbrado de pagos al Estado El papel documentos timbrado especial Los timbres móviles.
Respecto a la solicitud de pago en especie, dispone el artículo 40 del RGR que: La solicitud de pago en especie presentada en periodo voluntario junto con los documentos necesarios impedirá el inicio del periodo ejecutivo pero no el devengo del interés de demora que corresponda. La solicitud de pago en especie presentada en periodo ejecutivo junto con los documentos necesarios impedirá el devengo del interés de demora que corresponda. La solicitud de pago en especie presentada en periodo voluntario junto con los documentos necesarios impedirá el inicio del periodo ejecutivo y el devengo del interés de demora que corresponda. ninguna es correcta.
En cuanto al pago en especie en periodo ejecutivo La solicitud podrá presentarse en cualquier momento antes de que se notifique al obligado el acuerdo de enajenación de los bienes embargados o sobre los que se hubiese constituido garantía de cualquier naturaleza y no tendrá efectos suspensivos La solicitud podrá presentarse hasta el momento en que se notifique al obligado el acuerdo de enajenación de los bienes embargados o sobre los que se hubiese constituido garantía de cualquier naturaleza y tendrá efectos suspensivos La solicitud podrá presentarse hasta el momento en que se notifique al obligado el acuerdo de enajenación de los bienes embargados o sobre los que se hubiese constituido garantía de cualquier naturaleza y no tendrá efectos suspensivos La solicitud podrá presentarse en cualquier momento antes de que se notifique al obligado el acuerdo de enajenación de los bienes embargados o sobre los que se hubiese constituido garantía de cualquier naturaleza y tendrá efectos suspensivos.
Procederá la inadmisión de la solicitud de pago en especie en los siguientes casos: Cuando a la misma se acompañe la documentación acreditativa de la inscripción de los bienes en el Registro General de Bienes de Interés Cultural o de su inclusión en el Inventario General y se considere que el bien ofrecido, por su propia naturaleza, no comporta las características más básicas para poder formar parte del Patrimonio Histórico Español, calificándose la solicitud en estos casos como manifiestamente carente de fundamento Cuando la autoliquidación no haya sido presentada habiéndose iniciado con anterioridad un procedimiento de inspección Cuando la deuda deba ser declarada mediante autoliquidación y esta última no haya sido objeto de presentación con anterioridad o conjuntamente con la solicitud de pago en especie La presentación de solicitudes de pago en especie reiterativas de otras anteriores que hayan sido objeto de denegación previa implicará su inadmisión cuando no contengan modificación sustancial respecto de la solicitud previamente denegada y, en general, cuando dicha reiteración tenga por finalidad dilatar, dificultar o impedir el desarrollo de la gestión recaudatoria.
Según el artículo 63 LGT Las deudas tributarias son autónomas Las deudas tributarias son independientes Las deudas tributarias son soberanas todas son correctas.
Según el artículo 63 LGT El cobro de un débito de vencimiento posterior extingue el derecho de la Administración tributaria a percibir los anteriores en descubierto El cobro de un débito de vencimiento posterior no extingue el derecho de la Administración tributaria a percibir los anteriores en descubierto El cobro de un débito de vencimiento anterior no extingue el derecho de la Administración tributaria a percibir los anteriores en descubierto El cobro de un débito de vencimiento anterior extingue el derecho de la Administración tributaria a percibir los anteriores en descubierto.
Según el artículo 63 LGT ninguna es correcta En los casos de ejecución forzosa en que se hubieran acumulado varias deudas tributarias del mismo obligado tributario y no pudieran extinguirse totalmente, la Administración tributaria aplicará el pago a la deuda que estime conveniente En los casos de ejecución forzosa en que se hubieran acumulado varias deudas tributarias del mismo obligado tributario y no pudieran extinguirse totalmente, la Administración tributaria aplicará el pago a la deuda más reciente. Su antigüedad se determinará de acuerdo con la fecha en que cada una fue exigible En los casos de ejecución forzosa en que se hubieran acumulado varias deudas tributarias del mismo obligado tributario y no pudieran extinguirse totalmente, la Administración tributaria aplicará el pago a la deuda más antigua. Su antigüedad se determinará de acuerdo con la fecha en que cada una fue exigible.
Cuando se hubieran acumulado varias deudas tributarias a favor de una Administración y de otras entidades de derecho público dependientes de la misma, tendrán preferencia para su cobro las primeras tendrán preferencia para su cobro las segundas ninguna es correcta.
De acuerdo con el artículo 64 LGT Los obligados tributarios podrán consignar el importe de la deuda tributaria y, en su caso, de las costas reglamentariamente devengadas en la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones públicas, o en alguna de sus sucursales, con los efectos liberatorios o suspensivos que las disposiciones legales determinen. Los obligados tributarios consignarán el importe de la deuda tributaria y, en su caso, de las costas reglamentariamente devengadas en la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones públicas, o en alguna de sus sucursales, con los efectos liberatorios o suspensivos que las disposiciones reglamentarias determinen. Los obligados tributarios podrán consignar el importe de la deuda tributaria y, en su caso, de las costas reglamentariamente devengadas en la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones públicas, o en alguna de sus sucursales, con los efectos liberatorios o suspensivos que las disposiciones reglamentarias determinen. ninguna es correcta.
La presentación de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento en período voluntario impedirá el inicio del período ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora impedirá el inicio del período ejecutivo, así como el devengo del interés de demora impedirá el inicio del período ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora ni los recargos correspondientes ninguna es correcta.
Las solicitudes de aplazamiento en período ejecutivo La Administración tributaria podrá iniciar o, en su caso, continuar el procedimiento de apremio durante la tramitación del aplazamiento o fraccionamiento. podrán presentarse hasta el momento en que se notifique al obligado el acuerdo de enajenación de los bienes embargados deberán suspenderse las actuaciones de enajenación de los bienes embargados hasta la notificación de la resolución denegatoria del aplazamiento o fraccionamiento Todas son correctas.
El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación prescribirá: a los cuatro años a los dos años al año a los diez años.
El derecho de la Administración para iniciar el procedimiento de comprobación de las bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación o de deducciones aplicadas o pendientes de aplicación, prescribirá--------------a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario establecido para presentar la declaración o autoliquidación correspondiente al ejercicio o periodo impositivo en que se generó el derecho a compensar dichas bases o cuotas o a aplicar dichas deducciones a los diez años a los cinco años a los cuatro años al año.
Los obligados al pago podrán consignar en efectivo el importe de la cantidad debida y de las costas en la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones públicas o en alguna de sus sucursales, en los siguientes casos a) Cuando se interpongan las reclamaciones o recursos procedentes. b) Cuando la caja del órgano competente, entidades colaboradoras, entidades que presten el servicio de caja o demás personas o entidades autorizadas para recibir el pago no lo hayan admitido, debiendo hacerlo, o no puedan admitirlo por causa de fuerza mayor. c) Las dos son correctas d) ninguna es correcta.
Los obligados al pago podrán consignar en efectivo el importe de la cantidad debida y de las costas en la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones públicas o en alguna de sus sucursales, cuando se interpongan las reclamaciones o recursos procedentes En este caso, no tendrá los efectos liberatorios del pago desde la fecha en que haya sido efectuada y por el importe que haya sido objeto de consignación y siempre que se comunique al órgano de recaudación. En este caso, tendrá los efectos liberatorios del pago desde la fecha en que haya sido efectuada y por el importe que haya sido objeto de consignación y siempre que se comunique al órgano de recaudación. En este caso, la consignación suspenderá la ejecución del acto impugnado desde la fecha en que haya sido efectuada, cuando se realice de acuerdo con las normas que regulan los recursos y reclamaciones En este caso, la consignación no suspenderá la ejecución del acto impugnado desde la fecha en que haya sido efectuada, cuando se realice de acuerdo con las normas que regulan los recursos y reclamaciones.
Los obligados al pago podrán consignar en efectivo el importe de la cantidad debida y de las costas en la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones públicas o en alguna de sus sucursales. Cuando la caja del órgano competente, entidades colaboradoras, entidades que presten el servicio de caja o demás personas o entidades autorizadas para recibir el pago no lo hayan admitido, debiendo hacerlo, o no puedan admitirlo por causa de fuerza mayor En este caso, no tendrá los efectos liberatorios del pago desde la fecha en que haya sido efectuada y por el importe que haya sido objeto de consignación y siempre que se comunique al órgano de recaudación. En este caso, tendrá los efectos liberatorios del pago desde la fecha en que haya sido efectuada y por el importe que haya sido objeto de consignación y siempre que se comunique al órgano de recaudación. En este caso, la consignación suspenderá la ejecución del acto impugnado desde la fecha en que haya sido efectuada, cuando se realice de acuerdo con las normas que regulan los recursos y reclamaciones En este caso, la consignación no suspenderá la ejecución del acto impugnado desde la fecha en que haya sido efectuada, cuando se realice de acuerdo con las normas que regulan los recursos y reclamaciones.
El plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación comenzará a contarse: desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo para solicitar la correspondiente devolución derivada de la normativa de cada tributo o, en defecto de plazo, desde el día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo solicitarse desde el día siguiente a aquel en que se realizó el ingreso indebido o desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación si el ingreso indebido se realizó dentro de dicho plazo; o desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la sentencia o resolución administrativa que declare total o parcialmente improcedente el acto impugnado.
El plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas comenzará a contarse: desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo para solicitar la correspondiente devolución derivada de la normativa de cada tributo o, en defecto de plazo, desde el día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo solicitarse desde el día siguiente a aquel en que se realizó el ingreso indebido o desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación si el ingreso indebido se realizó dentro de dicho plazo; o desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la sentencia o resolución administrativa que declare total o parcialmente improcedente el acto impugnado.
El plazo de prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías comenzará a contarse: desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo para solicitar la correspondiente devolución derivada de la normativa de cada tributo o, en defecto de plazo, desde el día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo solicitarse desde el día siguiente a aquel en que se realizó el ingreso indebido o desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación si el ingreso indebido se realizó dentro de dicho plazo; o desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la sentencia o resolución administrativa que declare total o parcialmente improcedente el acto impugnado.
El plazo de prescripción del derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías comenzará a contarse: desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario desde el día siguiente a aquel en que finalicen los plazos establecidos para efectuar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo o desde el día siguiente a la fecha de notificación del acuerdo donde se reconozca el derecho a percibir la devolución o el reembolso del coste de las garantías desde el día siguiente a aquel en que se realizó el ingreso indebido o desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación si el ingreso indebido se realizó dentro de dicho plazo; o desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la sentencia o resolución administrativa que declare total o parcialmente improcedente el acto impugnado.
El plazo de prescripción para exigir la obligación de pago a los responsables solidarios comenzará a contarse desde el día siguiente a la finalización del plazo de pago en periodo voluntario del deudor principal desde la notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal desde la notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal o a cualquiera de los responsables solidarios desde la notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal o a cualquiera de los responsables subsidiarios.
El plazo de prescripción para exigir la obligación de pago a los responsables solidarios comenzará a contarse desde el día siguiente a la finalización del plazo de pago en periodo voluntario del deudor principal. No obstante, en el caso de que los hechos que constituyan el presupuesto de la responsabilidad se produzcan con posterioridad al plazo fijado en el párrafo anterior, dicho plazo de prescripción se iniciará a partir del momento en que se fije legalmente No obstante, en el caso de que los hechos que constituyan el presupuesto de la responsabilidad se produzcan con posterioridad al plazo fijado en el párrafo anterior, dicho plazo de prescripción se iniciará a partir del momento en que se fije reglamentariamente No obstante, en el caso de que los hechos que constituyan el presupuesto de la responsabilidad se produzcan con posterioridad al plazo fijado en el párrafo anterior, dicho plazo de prescripción se iniciará a partir del momento en que tales hechos hubieran tenido lugar. Todas son correctas.
El plazo de prescripción para exigir la obligación de pago a los responsables subsidiarios comenzará a contarse desde el día siguiente a la finalización del plazo de pago en periodo voluntario del deudor principal desde la notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal desde la notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal o a cualquiera de los responsables solidarios desde la notificación de la última actuación recaudatoria practicada al deudor principal o a cualquiera de los responsables subsidiarios.
El plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación se interrumpe: Por cualquier acción de la Administración tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario Por la interposición de reclamaciones o recursos de cualquier clase, por las actuaciones realizadas con conocimiento formal del obligado tributario en el curso de dichas reclamaciones o recursos, por la remisión del tanto de culpa a la jurisdicción penal o por la presentación de denuncia ante el Ministerio Fiscal, así como por la recepción de la comunicación de un órgano jurisdiccional en la que se ordene la paralización del procedimiento administrativo en curso Por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario conducente a la liquidación o autoliquidación de la deuda tributaria Todas son correctas.
El plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación se interrumpe: Por cualquier acción de la Administración tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario Por cualquier acción de la Administración tributaria conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario Por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario conducente a la solicitud de aplazamiento, liquidación o autoliquidación de la deuda tributaria Todas son correctas.
El plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación se interrumpe: Por cualquier acción de la Administración tributaria conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario Por la interposición de reclamaciones o recursos de cualquier clase, por las actuaciones realizadas con conocimiento formal del obligado tributario en el curso de dichas reclamaciones o recursos, por la remisión del tanto de culpa a la jurisdicción penal o por la presentación de denuncia ante el Ministerio Fiscal, así como por la recepción de la comunicación de un órgano jurisdiccional en la que se ordene la paralización del procedimiento administrativo en curso Por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario conducente a la solicitud de aplazamiento, fraccionamiento, liquidación o autoliquidación de la deuda tributaria Todas son correctas.
El plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación se interrumpe: Por cualquier acción de la Administración tributaria, conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario Por la interposición de reclamaciones o recursos de cualquier clase, por la remisión del tanto de culpa a la jurisdicción penal o por la presentación de denuncia ante el Ministerio Fiscal, así como por la recepción de la comunicación de un órgano jurisdiccional en la que se ordene la paralización del procedimiento administrativo en curso Por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario conducente a la liquidación o autoliquidación de la deuda tributaria Todas son correctas.
El plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas se interrumpe: Por cualquier acción de la Administración tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, dirigida de forma efectiva a la recaudación de la deuda tributaria Por la interposición de reclamaciones o recursos de cualquier clase, por las actuaciones realizadas con conocimiento formal del obligado en el curso de dichas reclamaciones o recursos, por la declaración del concurso del deudor o por el ejercicio de acciones civiles o penales dirigidas al cobro de la deuda tributaria, así como por la recepción de la comunicación de un órgano jurisdiccional en la que se ordene la paralización del procedimiento administrativo en curso Por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario conducente al pago o extinción de la deuda tributaria Todas son correctas.
El plazo de prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías, se interrumpe Por cualquier actuación fehaciente del obligado tributario que pretenda la devolución, el reembolso o la rectificación de su autoliquidación Por la interposición, tramitación o resolución de reclamaciones o recursos de cualquier clase Las dos son correctas ninguna es correcta.
Interrumpido el plazo de prescripción para un obligado tributario: dicho efecto se extiende a todos los demás obligados, salvo para los responsables. No obstante, si la obligación es mancomunada y solo se reclama a uno de los obligados tributarios la parte que le corresponde, el plazo no se interrumpe para los demás dicho efecto se extiende a todos los demás obligados, incluidos los responsables. No obstante, si la obligación es mancomunada y solo se reclama a uno de los obligados tributarios la parte que le corresponde, el plazo no se interrumpe para los demás dicho efecto se extiende a todos los demás obligados, salvo para los responsables. ninguna es correcta.
La suspensión del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas, por litigio, concurso u otras causas legales, respecto del deudor principal o de alguno de los responsables causa el mismo efecto en relación con el resto de los sujetos solidariamente obligados al pago, si son otros responsables o el propio deudor principal, sin perjuicio de que puedan continuar frente a ellos las acciones de cobro que procedan causa el mismo efecto en relación con el resto de los sujetos subsidiariamente obligados al pago, ya sean otros responsables o el propio deudor principal, sin perjuicio de que puedan continuar frente a ellos las acciones de cobro que procedan causa el mismo efecto en relación con el resto de los sujetos solidariamente obligados al pago, ya sean otros responsables o el propio deudor principal, sin perjuicio de que puedan continuar frente a ellos las acciones de cobro que procedan ninguna es correcta.
Extensión y efectos de la prescripción. La prescripción ganada aprovecha por igual a todos los obligados al pago de la deuda tributaria La prescripción ganada aprovecha por igual a todos los obligados al pago de la deuda tributaria salvo si la obligación es mancomunada y solo se reclama a uno de los obligados tributarios la parte que le corresponde, el plazo no se interrumpe para los demás La prescripción ganada aprovecha por igual a todos los obligados al pago de la deuda tributaria salvo si la obligación es mancomunada y solo se reclama a uno de los obligados tributarios la parte que le corresponde, el plazo se interrumpe para los demás Todas son correctas.
Extensión y efectos de la prescripción. La prescripción se aplicará de oficio, incluso en los casos en que se haya pagado la deuda tributaria, sin necesidad de que la invoque o excepcione el obligado tributario La prescripción se aplicará de oficio, salvo en los casos en que se haya pagado la deuda tributaria, sin necesidad de que la invoque o excepcione el obligado tributario La prescripción se aplicará de oficio, incluso en los casos en que se haya pagado la deuda tributaria, a solicitud del obligado tributario Ninguna es correcta.
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