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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE16/91

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Título del test:
16/91

Descripción:
GENERAL

Autor:
MAXIMO
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Fecha de Creación:
11/07/2019

Categoría:
Otros

Número preguntas: 90
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Temario:
Que artículo del Estatuto de Autonomía de Cataluña atribuye a la Generalidad la competencia exclusiva en materia de régimen local? 9.8 64.2 12.5 11.5.
Las Policías Locales son.. institutos armados de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizadas. Cuerpos con competencias, funciones y servicios relativos a Policía y seguridad ciudadana que dependen de los municipios y de la generalitat. Cuerpos de seguridad vinculados al estatuto de autonomia y a la constitucion española Cuerpos de seguridad independientes,municipales y jerarquizados.
En los municipios de menos de 10.000 habitantes puede existir Policía local? si acuerda su creación la mayoría absoluta del número legal de miembros de la correspondiente Corporación local si lo autoriza el Consejero de Gobernación, previo informe de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales. si puede exisitir no, ya que el minimo para poder tener policia local, es de 10.000 habitantes.
Quien ejerce el mando de la Policía Local? el alcalde el jefe de la policia local el regidor y en su defecto el jefe de la policia local el jefe de la policia local y el alcalde.
Las policias locales,pueden actuar fuera de su ámbito territorial? en situaciones de emergencia y previa autorización de las autoridades competentes no,solamente en su territorio si, si se lo solicitan otros ayuntamientos u otros cuerpos de seguridad y previa autorizacion de las autoridades competentes en situaciones de emergencia y previa solicitud de las autoridades competentes.
Antes de tomar posesión del cargo, los Policías Locales jurarán o prometerán acatar la Constitución, como norma fundamental del Estado, y respetar y observar el Estatuto de Autonomía, como norma institucional básica de Cataluña. jurarán acatar la Constitución, como norma fundamental del Estado. prometerán acatar la Constitución, como norma fundamental del Estado, y respetar y observar el Estatuto de Autonomía, como norma institucional básica de Cataluña. jurarán o prometerán acatar la Constitución, como norma fundamental del Estado y observar el Estatuto de Autonomía, como norma institucional básica de Cataluña.
Quien determinará, los servicios en que no se llevarán armas de fuego los policias locales? El alcalde El regidor en consenso con el alcalde El alcalde en consenso con el jefe de la policia El jefe de la policia.
En cuanto a la adecuación al ordenamiento jurídico, los Policías locales deben: Ejercer sus funciones con absoluto respeto a la constitución, al Estatuto de Autonomía y al resto del ordenamiento jurídico. Actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Atenerse, en su actuación profesional, a los principios de jerarquía y subordinación; Todas son correctas.
Impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria,indique la incorrecta. Impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria Actuar, en el ejercicio de sus funciones, con la decisión necesaria sin demora Utilizar las armas solamente en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida o su integridad física o las de terceras personas y en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana Observar en todo momento un trato correcto y esmerado con los ciudadanos, a quienes procurarán auxiliar y proteger siempre que las circunstancias lo aconsejen o sean requeridos para ello,excepto cuando su vida dependa de ello.
En cuanto al tratamiento de detenidos, los Policías locales deben: Identificarse debidamente como Agentes en el momento de efectuar una detención. Velar por la vida e integridad física de las personas que estén detenidas o bajo su custodia y respetar sus derechos, su honor y su dignidad. Velar por la vida e integridad física de las personas que estén detenidas o bajo su custodia y respetar sus derechos, su honor y su dignidad. Todas son correctas.
Corresponden a las Policías locales, en su ámbito de actuación, las siguientes funciones: Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el núcleo urbano Ejercer como Policía administrativa y como Policía judicial según el estatuto de autonomia Vigilar los espacios públicos de pertenecientes a la comunidad autonoma Cualquier otra función de Policía y de seguridad que, de acuerdo con la legislación vigente, les sea encomendada por la CE.
Las funciones de Policía judicial a que se refiere el artículo 11.e) de la ley 16/91 de las policias locales son las siguientes: Auxiliar a los Jueces, a los Tribunales y al Ministerio Fiscal en la investigación de los delitos y en el descubrimiento y detención de los delincuentes, cuando sean requeridas para ello. Practicar, por iniciativa propia sin requerimiento de la autoridad judicial, del Ministerio Fiscal o de los superiores jerárquicos las primeras diligencias de prevención y custodia de detenidos, y la prevencion y custodia de los objetos provenientes de un delito o relacionados con su ejecución, de cuyas actuaciones se dará cuenta, en los plazos legalmente establecidos, a la autoridad judicial o al Ministerio Fiscal, de acuerdo con la normativa vigente. Las funciones señaladas en el apartado 1 se cumplirán de acuerdo con los principios de cooperación mutua y de colaboración recíproca con las demás Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre bajo la autorizacion del juzgado del partido judicial al que pertenezca Las policias locales, no pueden ejercer de policias judiciales,ya que esa funcion, esta asignada a la policia autonomica.
Los Vigilantes a que se refiere el artículo 1.2 pueden realizar únicamente las actuaciones siguientes Custodiar y vigilar bienes, servicios, instalaciones y dependencias municipales y ordenar y regular el tráfico en el núcleo urbano, de acuerdo con las normas de circulación. Realizar tareas judiciales encomendadas por la autoridad judicial Coordinarse exclusivamente con las policias locales de los municipios limitrofes Todas son incorrectas.
La coordinación de la actividad de las Policías locales puede extenderse, en cualquier caso, a las siguientes funciones Establecer los instrumentos y medios que posibiliten un sistema, de información recíproca. Establecer las normas esenciales de estructura y de organización externa a que deben ajustarse las Policías locales, así como la normativa de acceso, formación y promoción de sus miembros. Realizar actuaciones comunes en orden judicial a mejorar la seguridad vial en la junta local de seguridad bajo el mandato del alcalde bajo el mandato del delegado de la generalitat en competencias exclusivas de Proteccion civil, Coordinar las actuaciones de emergencia que se produzcan en el municipio.
fijará las características comunes de uniformes, insignias, distintivos, equipo, vehículos y demás complementos de las Policías Locales que puedan ser uniformados. El Departamento de Gobernación, La generalitat en coordinacion con el departamento de gobernacion la Comisión de Coordinación de las Policías Locales la comision de informacion de cada ayuntamiento,bajo el mandato y supervision del alcalde.
Los municipios que no disponen de Policía Local pueden establecer convenios de cooperación con el Departamento de Gobernación para que la Policía Autonómica ejerza en su ámbito pueden solicitar al Departamento de Gobernación del estado, el apoyo de la Policía Autonómica para los servicios temporales o concretos que, debido a su volumen o especialización, no puedan ser asumidos por la respectiva Policía Local. En casos de necesidad, los municipios limítrofes, previa autorización del alcalde de los municipios afectados, pueden suscribir acuerdos de cooperación entre sus Policías. pueden establecer convenios de cooperación con el Departamento de Gobernación para que las policias locales de los muncipios limitrofes ejerzan en su ámbito.
Escala superior, que comprende las categorías de Superintendente, de Intendente Mayor y de Intendente, está comprendida en la categoria... A la escala superior, el grupo A A la escala superior, el grupo B A la escala superior, el grupo C A la escala superior, el grupo D.
Escala básica, que comprende las categorías de Cabo y de Agente, está comprendida en la categoria... A la escala intermedia, el grupo C A la escala intermedia, el grupo D A la escala intermedia, el grupo A A la escala intermedia, el grupo B.
La categoría de Superintendente solamente puede crearse en los municipios que tienen más de 200.000 habitantes que tienen 200.000 habitantes o si el número de Agentes excede de 250 o de 100, respectivamente, y las características especiales del municipio lo aconsejan. solamente pueden crearse en los municipios que tienen más de 100.000 habitantes solamente pueden crearse en los municipios que tienen más de 100.000 habitantes o si el número de Agentes excede de 250 o de 100, respectivamente, y las características especiales del municipio lo aconsejan.
Es Jefe del Cuerpo el miembro de la plantilla de mayor graduación; en caso de igualdad, corresponde al Alcalde realizar el nombramiento, de acuerdo con los principios de objetividad, mérito, capacidad e igualdad de oportunidades los principios de mérito, capacidad e igualdad de oportunidades y antigüedad El Alcalde designará entre los miembros de mayor graduación a la persona que sustiturá al Jefe del Cuerpo por merito y capacidad debe pertenecer, como mínimo, a la escala ejecutiva y el Alcalde designará entre los miembros de mayor graduación a la persona que sustiturá al Jefe del Cuerpo por merito y capacidad.
Por que ley se rigen los Policías Locales? Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero,.
Pueden ejercer los policias locales otr actividad fuera de su horario de trabajo? Si, ya que siendo en sus horas libres, no afecta No,bajo ningun concepto, son funcionarios de carrera y se deben a la administracion Pueden en las actividades no incluidas en la legislación reguladora de las incompatibilidades Pueden en las actividades no incluidas en la legislación reguladora de las incompatibilidades, bajo la autorizacion del alcalde o jefe de la policia de su ayuntamiento.
Los Policías locales que tienen disminuida su capacidad para cumplir el servicio ordinario pueden pasar a segunda actividad, de acuerdo con lo dispuesto en el respectivo Reglamento municipal que en ningún caso será inferior a cincuenta y siete años que en ningún caso será inferior a cincuenta y siete años y con veinte años de servicio en la corporacion que en ningún caso será inferior a cincuenta y cinco años que en ningún caso será inferior a sesenta y dos años y con veinte años de servicio en cualquier corporacion municipal.
Son faltas muy graves: Cualquier conducta o actuación constitutiva de delito doloso. Originar enfrentamientos en el servicio o en el puesto de trabajo y tomar parte en los mismos. El incumplimiento por negligencia grave de los deberes derivados de la propia función. El incumplimiento por negligencia grave de los deberes derivados de la propia función.
La desobediencia a los superiores en el desempeño de las funciones y el incumplimiento de las órdenes recibidas es falta grave muy grave leve.
Las faltas de respeto o consideración graves y manifiestas hacia los superiores, los compañeros, los subordinados o los ciudadanos es falta grave muy grave leve.
Los actos y las conductas que atentan contra el decoro y la dignidad de los funcionarios, contra la imagen del cuerpo y contra el prestigio y la consideración debidos a la corporación, es falta graves muy grave leve.
Causar, por negligencia o mala fe, daños graves en el patrimonio y los bienes de la Corporación es falta grave muy grave leve.
Originar enfrentamientos en el servicio o en el puesto de trabajo y tomar parte en los mismos es falta grave muy grave leve.
El incumplimiento de la obligación de dar cuenta a los superiores de los asuntos que éstos deban conocer es falta muy grave grave leve.
El incumplimiento del deber de reserva profesional en relación con los asuntos que conozcan por razón del desempeño de las funciones es falta muy grave leve grave.
La intervención a un procedimiento administrativo si existen motivos de abstención legalmente establecidos es falta grave muy grave leve.
La actuación con abuso de atribuciones en perjuicio de los ciudadanos si no constituye una falta muy grave. muy grave grave leve.
El consumo de bebidas alcohólicas durante el servicio, así como negarse a las pertinentes comprobaciones técnicas. muy grave grave leve.
La pérdida de las credenciales, así como permitir su sustracción por negligencia inexcusable. muy grave grave leve.
La reincidencia en la comisión de faltas leves grave muy grave leve.
La pérdida de las armas, así como permitir su sustracción por negligencia simple. muy grave grave leve.
El incumplimiento por negligencia grave de los deberes derivados de la propia función. grave muy grave leve.
Las conductas que contravengan a la Ley orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares públicos, y que no estén ya tipificadas como infracciones muy graves. grave muy grave leve.
El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución o al Estatuto de Autonomía de Cataluña en el ejercicio de las funciones. muy grave grave leve.
Toda actuación que signifique discriminación por razón de raza, sexo, orientación sexual, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento, vecindad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. grave muy grave leve.
La obstaculización del ejercicio de las libertades públicas y de los derechos sindicales. grave muy grave leve.
El infligir torturas, maltratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, la instigación a cometer estos actos o su tolerancia o colaboración, así como cualquier actuación abusiva, arbitraria o discriminatoria que implique violencia física, psíquica o moral. muy grave grave leve.
Cualquier conducta o actuación constitutiva de delito doloso. grave muy grave leve.
Cualquier acto de prevaricación o soborno, así como no evitarlo o no denunciarlo. grave leve muy grave.
El abandono del servicio. grave muy grave leve.
La insubordinación individual o colectiva para con las autoridades o los mandos de quien se depende, así como la desobediencia de las instrucciones legítimas dadas por éstos. grave muy grave leve.
La denegación de auxilio y la falta de intervención urgente en cualquier suceso en que su actuación sea obligada o conveniente. grave muy grave leve.
La pérdida de las armas, así como permitir su sustracción por negligencia inexcusable. grave muy grave leve.
La participación en huelgas, en acciones sustitutivas de éstas o en actuaciones concertadas con la finalidad de alterar el funcionamiento normal de los servicios. grave muy grave leve.
La publicación o la utilización indebida de secretos declarados oficiales por ley o calificados como tales, así como la violación del secreto profesional. grave muy grave leve.
La falta notoria de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas. grave muy grave leve.
El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. grave muy grave leve.
Causar, por negligencia o mala fe, daños muy graves en el patrimonio y los bienes de la Corporación. grave muy grave leve.
La ocultación o alteración de una prueba con la finalidad de perjudicar o ayudar al encausado. grave leve muy grave.
La falsificación, sustracción, simulación o destrucción de documentos del servicio bajo custodia propia o de cualquier otro funcionario. grave muy grave leve.
Embriagarse o consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas durante el servicio o habitualmente, así como negarse, en situación de anormalidad física o psíquica evidente, a las pertinentes comprobaciones técnicas. grave muy grave leve.
La conculcación de los derechos de los detenidos o presos custodiados, así como suministrarles drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas. grave muy grave leve.
La exhibición del arma reglamentaria o de los distintivos del cargo sin causa que lo justifique, así como su mal uso. grave muy grave leve.
La reincidencia en la comisión de faltas graves. grave muy grave leve.
La manifiesta falta de colaboración con los demás miembros de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en aquellos casos en que, de conformidad con la legislación vigente, deba prestarse. grave leve muy grave.
La alteración, manipulación o destrucción de imágenes y sonidos grabados, siempre que no constituyan delito. grave muy grave leve.
La cesión, la transmisión, la revelación o el facilitar el acceso a terceras personas no autorizadas, por cualquier medio y con cualquier ánimo y finalidad, de los soportes originales de las grabaciones o sus copias, de forma íntegra o parcial. grave muy grave leve.
La reproducción de imágenes y sonidos grabados con finalidades distintas de las establecidas en la Ley orgánica 4/1997. grave muy grave leve.
La utilización de las imágenes y los sonidos grabados o de los medios técnicos de grabación afectos al servicio para finalidades distintas de las establecidas en la Ley orgánica 4/1997. grave muy grave leve.
La incorrección para con los superiores, los compañeros, los subordinados o los ciudadanos. leve grave muy grave.
La demora, la negligencia y el olvido en el cumplimiento de las funciones o de las órdenes recibidas. grave leve muy grave.
El descuido en la presentación personal. grave muy grave leve.
El descuido en la conservacion de los locales, del material y de los documentos del servicio, si no produce graves perjuicios. grave leve muy grave.
El incumplimiento de la jornada de trabajo sin causa justificada. leve muy grave grave.
La solicitud o consecución de permuta de destino o de cambio de servicios con afán de lucro o con falsedad de las condiciones para tramitarla. grave muy grave leve.
Prescindir del conducto reglamentario al formular cualquier solicitud o reclamación salvo en caso de urgencia o imposibilidad física. grave leve muy grave.
Las faltas repetidas de puntualidad en un mismo mes sin causa justificada. grave muy grave leve.
A quien pertenece,la incoación del expediente disciplinario y el nombramiento del instructor y, en su caso, del Secretario. al alcalde al alcalde y al secretario al alcalde y al regidor. al alcalde, o a la persona en quien éste delegue.
La imposición de las sanciones por faltas graves corresponde al jefe de la policia al alcalde o a quien delege en el caso de la separación del servicio, que es competencia del Regidor de la corporación. al pleno de la corporación .
En cuanto tiempo prescriben las sanciones impuestas en la policia local? Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de seis años, las impuestas por faltas graves al cabo de dos años y las impuestas por faltas leves al cabo de un mes, desde la fecha de notificación de las sanciones. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de tres años, las impuestas por faltas graves al cabo de dos años y las impuestas por faltas leves al cabo del año, desde la fecha de notificación de las sanciones. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de seis años, las impuestas por faltas graves al cabo de año años y las impuestas por faltas leves al cabo de un mes, desde la fecha de notificación de las sanciones. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescriben al cabo de seis años, las impuestas por faltas graves al cabo de tres años y las impuestas por faltas leves al cabo de un mes, desde la fecha de notificación de las sanciones.
En cuanto tiempo prescriben las sanciones cometidas en la policia local? Las faltas muy graves prescriben al cabo de seis años, las graves al cabo de dos años y las leves al cabo de un mes, desde la fecha de comisión de la falta. Las faltas muy graves prescriben al cabo de seis años, las graves al cabo de tres años y las leves al cabo de un mes, desde la fecha de comisión de la falta. Las faltas muy graves prescriben al cabo de seis años, las graves al cabo de dos años y las leves al cabo de un año, desde la fecha de comisión de la falta. Las faltas muy graves prescriben al cabo de seis años, las graves al cabo de un año y las leves al cabo de un mes, desde la fecha de comisión de la falta.
Los Policías locales que encubren las faltas muy graves y graves consumadas incurren en una falta de un grado inferior. en una falta grave de grado superior en una falta muy grave de grado inferior en una falta leve de grado superior.
El acceso a la categoría de Agente se realiza por oposición o por concurso-oposición, en convocatoria libre, en la cual solamente pueden tomar parte quienes cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, que serán, como mínimo, los siguientes El acceso a la categoría de Agente se realiza por oposición o por concurso-oposición, en convocatoria libre, en la cual solamente pueden tomar parte quienes cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, que serán, como mínimo, los siguientes Cumplir las condiciones exigidas para ejercer las funciones que les puedan ser encomendadas, de acuerdo con lo que determine la presente Ley, las disposiciones que la desplieguen y el Reglamento del Cuerpo. No estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública ni haber sido separado del servicio de ninguna Administración pública mediante expediente disciplinario. Todas son correctas.
Escala superior, que comprende las categorías Superintendente, de Intendente Mayor y de Intendente. Inspector Inspector Intendente Mayor y de Intendente.
Escala ejecutiva, que comprende la categoría de Inspector. Intendente. Subinspector Superintendente.
Escala básica, que comprende las categorías de agente cabo sargento y cabo agente y cabo.
Escala intermedia, que comprende las categorías de cabo y sargento sargento y subinspector subinspector e inspector cabo.
Corresponde al Jefe del Cuerpo de la policia local Dirigir, coordinar y supervisar las operaciones del Cuerpo, así como las actividades administrativas, para asegurar su eficacia Evaluar las necesidades de recursos humanos y materiales y formular las correspondientes propuestas. Informar al Alcalde, o al cargo en quien éste delegue, del funcionamiento del servicio. Todas son correctas.
se entiende por coordinación en las funciones de la polica local la determinación de los medios y sistemas de relación que posibilitan la acción conjunta de las Policias locales la determinación de los medios y sistemas de relación que posibilitan la acción conjunta de las Policias locales Canalizar la eventual colaboración entre las distintas Administraciones públicas implicadas, a fin de atender necesidades temporales o extraordinarias. Todas son correctas.
Los Municipios dotados de Policía Local que acuerdenla creación de la Junta Local de Seguridad prevista en el artículo 54 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, quien es el presidente de dicha junta? El alcalde El representante del Departamento de Gobernación El representante de la generalitat El jefe superior de la region policial del municipio.
Si los servicios prestados por la Policía Autonómica afectan a funciones propias de la Policía Local,quien informará al Alcalde del municipio afectado? el responsable de la Policía Autonómica el jefe de la region metropolitana el regidor el resonsable del departamento de gobernacion.
El Departamento de Gobernación creará servicios comunes de utilización supramunicipal para el conjunto de las Policías Locales, entre los cuales: Una red de transmisiones que enlace a todas las Policías Locales Un banco de datos relativo a las Policías locales, al cual puedan acceder, mediante sistemas informáticos, todos los Ayuntamientos. Una red de transmisiones que enlace a todas las Policías Locales y cuerpos de seguridad del estado Un banco de datos relativo a las Policías locales,y cuerpos de seguridad del estado al cual puedan acceder, mediante sistemas informáticos, todos los Ayuntamientos y diputaciones.
Los vigilantes a que se refiere el artículo 1.2 pueden llevar armas de fuego? El Alcalde determinará, de forma motivada, las circunstancias y los servicios en que se podran llevar armas de fuego Llevarán el armamento reglamentario que se les asigne, para los servicios especiales. Llevaran amas de fuego y asimismo, dispondrán de los demás medios técnicos y operativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. No pueden llevar armas de fuego.
Los principios básicos de actuación de los Policías locales son los siguientes: deben llevar a cabo sus funciones con total dedicación deben intervenir siempre, en cualquier momento y lugar, se hallen o no de servicio deben guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones todas son correctas.
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