17.3 IMPUESTOS - TASAS
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() 17.3 IMPUESTOS - TASAS Descripción: contribuciones especiales |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
1. Según la Ley, ¿cuándo una contraprestación patrimonial tiene la naturaleza de tasa?. a) Cuando se paga por servicios públicos voluntarios prestados por entidades privadas. b) Cuando se paga por la utilización común de bienes de dominio público local. c) Cuando se paga por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local o por servicios administrativos obligatorios de competencia local. 2¿Qué regla especial fija la Ley para calcular la cuantía de la tasa en favor de empresas explotadoras de servicios de suministro sobre vías públicas municipales?. a) Un porcentaje fijo del 2 % de sus beneficios netos anuales. b) El 1,5 % de los ingresos brutos procedentes de la facturación anual en cada término municipal. c) Un canon anual pactado en contrato privado con el Ayuntamiento. 3 . ¿Cuál de los siguientes servicios no puede ser objeto de tasa según el artículo 21?. a) Recogida domiciliaria de basuras. b) Alumbrado de vías públicas. c) Licencias urbanísticas. 4. En los precios públicos, ¿cuál es la regla general sobre su cuantía mínima?. a) Deben cubrir al menos el coste del servicio prestado o de la actividad realizada. b) No pueden superar el coste real o previsible del servicio. c) Se fijan por referencia al valor de mercado de bienes privados equivalentes. 5 Si un servicio de competencia local se presta por una entidad mixta (público-privada) en régimen de concesión, las contraprestaciones económicas exigidas se consideran: a) Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. b) Tasas ordinarias. c) Precios públicos con recargo. 6. En materia de tasas, ¿cuándo puede exigirse el depósito previo de su importe total o parcial?. a) Solo cuando se trate de utilización privativa y así lo establezca un reglamento estatal. b) Cuando así lo determine la respectiva ordenanza fiscal, ya sea antes del inicio del uso o en el momento de la solicitud. c) Nunca, por ser contrario al principio de legalidad tributaria. 7 las entidades podrán exigir el depósito previo de su importe total o parcial por. los precios públicos. las tasas por el uso privativo o el aprovechamiento especial. todas son correctas. 8 podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio las deudas por precios públicos. Sí. No, solo las tasas. No, solo las tasas y contribuciones especiales. 9 Las entidades locales podrán exigir en régimen de autoliquidación. Los precios públicos. Las tasas. Ambas son correctas. 10 señala la incorrecta. Cuando se trate de tasas por utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario,. el importe de aquéllas consistirá, en todo caso y sin excepción alguna, en el 1,5 por ciento de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en cada término municipal las referidas empresas. se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de estos. se incluirán en este régimen especial de cuantificación de la tasa los servicios de telefonía móvil. ninguna es incorrecta. 11 señala la incorrecta. Cuando se trate de tasas por utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario,. Este régimen especial de cuantificación no se aplicará a las empresas que no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o interconexión a estas. A efectos de lo dispuesto en este párrafo, se entenderá por ingresos brutos procedentes de la facturación aquellos que, siendo imputables a cada entidad, hayan sido obtenidos por esta como contraprestación por los servicios prestados en cada término municipal. No se incluirán entre los ingresos brutos, a estos efectos, los impuestos indirectos que graven los servicios prestados ni las partidas o cantidades cobradas por cuenta de terceros que no constituyan un ingreso propio de la entidad a la que se aplique este régimen especial de cuantificación de la tasa. ninguna es incorrecta. 12 En el devengo periódico de una tasa, ¿qué fecha marca el inicio del período impositivo salvo excepciones?. a) La fecha de aprobación de la ordenanza fiscal. b) El 1 de enero de cada año. c) La fecha de la solicitud del interesado. 13. Si una empresa distribuidora deduce de sus ingresos brutos cantidades pagadas por interconexión a redes ajenas, ¿qué debe hacer la titular de esas redes?. a) No computarlas en ningún concepto. b) Computar esas cantidades percibidas como ingresos brutos de facturación. c) Solicitar autorización especial al Ayuntamiento. 14. ¿Qué modalidad de cuota puede adoptar una tasa según la ordenanza fiscal?. Tarifa, cantidad fija o combinación de ambas. Tarifa. Cantidad fija. |