A POR EL 18_PROMOCION.PROF._02
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Título del Test:![]() A POR EL 18_PROMOCION.PROF._02 Descripción: A POR EL 18_02 |




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agrupación profesionales. nivel minimo CANARIAS. 7. 9. 12. 14. C2. nivel minimo CANARIAS. 7. 9. 14. 18. C1. nivel minimo canarias. 11. 16. 18. 14. A2. nivel MINIMO CANARIAS. 18. 20. 22. 24. A1. NIVEL MAXIMO ESTADO Y CCAA. 18. 22. 26. 30. C1. NIVEL MAXIMO ESTADO Y CCAA. 14. 18. 22. 26. 30. C2. NIVEL MAXIMO ESTADO Y CCAA. 14. 18. 22. 26. 30. AGRUPACIONES PROF. NIVEL MAXIMO ESTADO Y CCAA. 14. 18. 22. Los funcionarios consolidarán como grado personal inicial el correspondiente al nivel del puesto de trabajo adjudicado tras la superación del proceso selectivo,. se podrá desempeñar un puesto de nivel inferior y consolidar por el mismo. esto no esta permitido. Los funcionarios que obtengan un puesto de trabajo superior en más de dos niveles al correspondiente a su grado personal,. consolidarán cada 2 años de servicios continuados el grado superior en 2 niveles al que poseyesen. consolidarán cada 2 años de servicios continuados el grado superior en 1 nivel al que poseyesen. Cuando un funcionario obtenga destino de nivel superior al del grado en proceso de consolidación,. el tiempo de servicios prestados en aquél (nivel superior) será computado para la referida consolidación. el tiempo de servicios prestados en aquél (nivel superior) no será computado para la referida consolidación. Cuando un funcionario obtenga destino de nivel inferior al del grado en proceso de consolidación, el tiempo de servicios prestados en puestos de nivel superior. podrá computarse, a su instancia, para la consolidación del grado correspondiente al nivel superior. podrá computarse, a su instancia, para la consolidación del grado correspondiente a aquél al nivel inferior. Si durante el tiempo en que el funcionario desempeña un puesto se modificase el nivel del mismo, el tiempo de desempeño se computará con el nivel más bajo en que dicho puesto hubiera estado clasificado. verdadero. falso. Una vez consolidado el grado inicial, el tiempo prestado en comisión de servicios será computable para consolidar el grado correspondiente al puesto desempeñado. mientras se desempeñe tal puesto con carácter temporal. siempre que se obtenga con carácter definitivo dicho puesto u otro de igual o superior nivel. Si el puesto obtenido con carácter definitivo fuera de nivel inferior al del desempeñado en comisión y superior al del grado consolidado,. el tiempo de desempeño en esta situación se computará para la consolidación del grado correspondiente al nivel del puesto obtenido. el tiempo de desempeño en esta situación no se computará para la consolidación del grado correspondiente al nivel del puesto obtenido. No se computará el tiempo de desempeño en comisión de servicios cuando el puesto fuera de nivel inferior al correspondiente al grado en proceso de consolidación. verdadero. falso. No se computará el tiempo de desempeño en comisión de servicios cuando el puesto. fuera de nivel superior al correspondiente al grado en proceso de consolidación. fuera de nivel inferior al correspondiente al grado en proceso de consolidación. Los funcionarios de carrera que se encuentren en adscripción provisional y que no tengan consolidado ningún grado, mientras permanezcan con ese carácter de provisionalidad,. no podrán consolidar el grado personal por el transcurso del tiempo preciso para ello. podrán consolidar el grado personal por el transcurso del tiempo preciso para ello. Los funcionarios de carrera que se encuentren en adscripción provisional y que no tengan consolidado ningún grado, mientras permanezcan con ese carácter de provisionalidad, podrán consolidar el grado personal por el transcurso del tiempo preciso para ello,. siendo el primero de los grados que consoliden, independientemente del nivel de complemento de destino del puesto que efectivamente ocupen, el correspondiente al nivel mínimo establecido para el Grupo de clasificación al que pertenezcan. siendo el primero de los grados que consoliden, independientemente del nivel de complemento de destino del puesto que efectivamente ocupen, el correspondiente al nivel máximo establecido para el Grupo de clasificación al que pertenezcan. atribuido provisionalmente un puesto de trabajo como consecuencia de haber sido cesados en puestos de libre designación,removidos en los obtenidos por concurso, o por supresión de su anterior puesto cuando hubiera sido obtenido por concurso o libre designación,. no podrán computar el tiempo de servicios restados con ese carácter para la consolidación del grado correspondiente del puesto que ocupaban, . podrán computar el tiempo de servicios restados con ese carácter para la consolidación del grado correspondiente del puesto que ocupaban,. ATRIBUCION TEMPORAL de un puesto de trabajo como consecuencia de haber sido cesados en puestos de libre designación, removidos en los obtenidos por concurso, o por supresión de su anterior puesto cuando hubiera sido obtenido por concurso o libre designación, podrán computar el tiempo de servicios restados con ese carácter para la consolidación del grado correspondiente del puesto que ocupaban,. siempre que con posterioridad obtengan un puesto definitivo del mismo o superior nivel del que desempeñaban con anterioridad. siempre que con anterioridad obtengan un puesto definitivo del mismo o inferior nivel del que desempeñaban con anterioridad. 2 primeras fases de reasignación de efectivos y expectativa de destino, así supresión de puestos de trabajo o alteración de su contenido,. se les computará el tiempo transcurrido en dichas circunstancias a efectos de la adquisición del grado personal que tuviera en proceso de consolidación. no se les computará el tiempo transcurrido en dichas circunstancias a efectos de la adquisición del grado personal que tuviera en proceso de consolidación. El tiempo de permanencia en la excedencia por cuidado de familiares se computará como prestado en el puesto de trabajo del que se es titular. verdadero. falso. Los funcionarios de promoción interna no podrán conservar el grado personal que hubieran consolidado, aunque esté incluido en el intervalo de niveles correspondiente al Cuerpo o Escala a que accedan. verdadero. falso. Los funcionarios de promoción interna podrán conservar, a petición propia, el grado personal que hubieran consolidado,. en todo caso. con condiciones. El grado personal comporta el derecho a la percepción como mínimo del .........de los puestos del nivel correspondiente al mismo. complemento de destino. complemento específico. ............ los funcionarios podrán obtener puestos de trabajo no incluidos en los niveles del intervalo correspondiente al Grupo en el que figure clasificado su Cuerpo o Escala. En ningún caso. Salvo excepciones. El reconocimiento del grado personal se efectuará por el donde preste servicios el funcionario. ESTADO. Secretario de Estado. Subsecretario del Departamento. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. El reconocimiento del grado personal se efectuará en la Comunidad Autónoma de Canarias. Secretaría General Técnica de la Consejería correspondiente, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública. Director General de la Función Pública de la Consejería correspondiente, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública. La promoción interna se efectuara mediante. concuro. oposición, concurso, concurso oposicion. oposición, concurso oposicion. se reservará un mínimo del ........ de las plazas que figuren en la oferta de empleo público. CANARIAS. 10%. 25%. 50%. En los procesos selectivos de promoción interna que se convoquen conjuntamente con los de libre concurrencia, los aspirantes que participen por el citado turno ............sobre los de turno libre para escoger los puestos de trabajo de las vacantes objeto de la convocatoria. tendrán preferencia. no tendrán preferencia. En los procesos selectivos de promoción interna que se convoquen de forma independiente los temarios se reducirán en un número .............., respecto de los temarios de las convocatorias de ingreso libre. no inferior al 10% ni superior al 40%. no inferior al 15% ni superior al 75%. no inferior al 25% ni superior al 50%. Adscripción provisional. El tiempo de servicios prestado en adscripción provisional por los funcionarios removidos en puestos obtenidos por concurso o cesados en puestos de libre designación no se considerará como interrupción a efectos de consolidación del grado personal si su duración es superior a 6 meses. El tiempo de servicios prestado en adscripción provisional por los funcionarios removidos en puestos obtenidos por concurso o cesados en puestos de libre designación no se considerará como interrupción a efectos de consolidación del grado personal si su duración es inferior a 6 meses. El tiempo de servicios prestado en adscripción provisional por los funcionarios removidos en puestos obtenidos por concurso o cesados en puestos de libre designación se considerará como interrupción a efectos de consolidación del grado personal si su duración es inferior a 6 meses. ¿El personal laboral de las administraciones públicas tienen derecho a la promoción profesional?. Sí, y se hará efectivo de acuerdo a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores y en los convenios colectivos que le fueren aplicables. Solo si se prevé en el convenio colectivo que le fuere aplicable. No, es un derecho exclusivo previsto para los funcionarios de carrera. Sí. Para poder hacer efectivo este derecho habrá que llevarlo a cabo siguiendo los procedimientos previstos en el Estatuto de los Trabajadores o en los convenios colectivos. los organos de selección. no podran estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al mismo cuerpo o escala objeto de la seleccion. podran estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al mismo cuerpo o escala objeto de la seleccion. el funcionario cesado en un puesto de libre designacion. sera adscrito a un puesto de trabajo en el mismo o distinto municipio correspondiente a su cuerpo o escala, no inferior en mas de un nivel al de su grado personal, en tanto no obtenga otro con caracter definitivo, con efectos del día siguiente al de la fecha del cese. sera adscrito a un puesto de trabajo en el mismo municipio correspondiente a su cuerpo o escala, no inferior en mas de dos niveles al de su grado personal, en tanto no obtenga otro con caracter definitivo, con efectos del día siguiente al de la fecha del cese. se podrá disponer la adscripción provisional del personal funcionario en los siguientes supuestos. reingreso al servicio activo del funcionario sin reserva del puesto de trabajo, con arreglo a lo dispuesto en este reglamento. remoción o cese en un puesto de trabajo obtenido por concurso o libre designacion, con arreglo a este reglamento. todas son correctas. supresión de puestos de trabajo incluidos en la relacion de puestos de trabajo. |