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Test 2 específico Marcos

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Test 2 específico Marcos

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Test 2 específico Marcos

Fecha de Creación: 2019/03/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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(PLATERGA). PLAN TERRITORIAL DE EMERGENCIAS DE GALICIA. PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS DE GALICIA. PLAN ESPECÍFICO DE EMERGENCIAS DE GALICIA. PLAN AUTOPROTECCIÓN DE EMERGENCIAS DE GALICIA.

(PLATERGA) está fechado en. Enero 2009. Enero 2010. Enero 2008. Enero 2007.

(CAPÍTULO I. DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y MARCO LEGAL. OBJETIVOS. MARCOS LEGAL. DEFINICIÓN.

El PLATERGA es un instrumento de carácter. técnico. táctico. práctico. total.

Para la elaboración del PLATERGA se tuvieron en cuenta los criterios y directrices de. la norma básica de Protección Civil,. la ley de emergencias. la norma fundamental de protección civil. La ley de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.

PLATERGA la lista de personas que para cada momento ostenten alguna función en el plan. Será no publicable. Deberá publicarse. Será una lista accesible. Se publicará en el DOGA.

Plan Territorial de la Comunidad Autónoma podrá tener carácter de. Plan Director. Plan Dirigido. Plan Dirigible. Plan Directo.

el PLATERGA tiene carácter de. Plan Director. Plan Dirigido. Plan Dirigible. Plan Directo.

Los planes de ámbito inferior al PLATERGA, para integrarse en éste,. deberán ser aprobados u homologados, si es el caso, por el órgano competente que se determine reglamentariamente, y publicada la aprobación u homologación en los diarios oficiales correspondientes. No deberán ser aprobados u homologados, si es el caso, por el órgano competente que se determine reglamentariamente, y publicada la aprobación u homologación en los diarios oficiales correspondientes. podrán ser aprobados u homologados, si es el caso, por el órgano competente que se determine reglamentariamente, y publicada la aprobación u homologación en los diarios oficiales correspondientes. No podrán ser aprobados u homologados, si es el caso, por el órgano competente que se determine reglamentariamente, y publicada la aprobación u homologación en los diarios oficiales correspondientes.

todos los planes de Protección Civil no recogidos en la norma básica de Protección Civil y de ámbito territorial no superior a la Comunidad Autónoma de Galicia, quedarán integrados en. el PLATERGA. el DOGA. la xunta. la FEGAMP.

La estructura y el contenido mínimo que deban contener los planes de ámbito inferior de la comunidad autónoma deberán ajustar al. el PLATERGA. el DOGA. la xunta. la FEGAMP.

El objetivo fundamental del PLATERGA es. obtener la máxima protección para las personas, medio ambiente y los bienes que resulten o puedan resultar afectados en cualquier situación de emergencia y planificar las actuaciones con el fin de poder dar una respuesta rápida y eficaz ante cualquiera de dichas emergencias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, como consecuencia de los riesgos identificados en este plan. obtener una mínima protección para las personas, medio ambiente y los bienes que resulten o puedan resultar afectados en cualquier situación de emergencia y planificar las actuaciones con el fin de poder dar una respuesta rápida y eficaz ante cualquiera de dichas emergencias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, como consecuencia de los riesgos identificados en este pl. obtener alguna protección para las personas, medio ambiente y los bienes que resulten o puedan resultar afectados en cualquier situación de emergencia y planificar las actuaciones con el fin de poder dar una respuesta rápida y eficaz ante cualquiera de dichas emergencias en el ámbito territorial de la Comunidad. No obtener una mínima protección para las personas, medio ambiente y los bienes que resulten o puedan resultar afectados en cualquier situación de emergencia y planificar las actuaciones con el fin de poder dar una respuesta rápida y eficaz ante cualquiera de dichas emergencias en el ámbito territorial de la Comunidad.

Alarma: detección y aviso de un peligro. detección de un peligro. aviso de un peligro. detección y aviso de un riesgo.

Cecop: Centro de Coordinación Operativo. Está compuesto por el comité de dirección, comité asesor y los medios técnicos del Cetra, Sacop y el Cin. Centro de Cooperación Operativo. Está compuesto por el comité de dirección, comité asesor y los medios técnicos del Cetra, Sacop y el Cin. Centro de Coordinación Operacional. Está compuesto por el comité de dirección, comité asesor y los medios técnicos del Cetra, Sacop y el Cin. Central de Coordinación Operativo. Está compuesto por el comité de dirección, comité asesor y los medios técnicos del Cetra, Sacop y el Cin.

Cetra: Centro de Transmisiones. Centro de Traducciones. Centro de Tratramiento. Central de Transmisiones.

Comisión Galega de Protección Civil: órgano colegiado de coordinación en materia de Protección Civil. órgano no colegiado de coordinación en materia de Protección Civil. órgano colegiado de cooperación en materia de Protección Civil. órgano no colegiado de cooperación en materia de Protección Civil.

Comité Autonómico de Coordinación Operativa de Protección Civil de la Xunta de Galicia: órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 1, establecido en el Decreto 56/2000. órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 2, establecido en el Decreto 56/2000. órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 0, establecido en el Decreto 56/2000. órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 3, establecido en el Decreto 56/2000.

Comité Provincial de Coordinación de Coordinación Operativa de Protección Civil de la Xunta de Galicia: órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 1, establecido en el Decreto 56/2000. órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 2, establecido en el Decreto 56/2000. órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 0, establecido en el Decreto 56/2000. órgano asesor del Director/a del PLATERGA a nivel 3, establecido en el Decreto 56/2000.

CONSPC: Titular de la Consellería de la Xunta en Materia de Protección Civil. Titular de la secretaría de la Xunta en Materia de Protección Civil. Titular de la presidencia de la Xunta en Materia de Protección Civil. Titular de la subsecretaría de la Xunta en Materia de Protección Civil.

DIRAGE: Titular de la unidad de coordinación operativa de la AXEGA. Suplente de la unidad de coordinación operativa de la AXEGA. Titular de la unidad de cooperación operativa de la AXEGA. Suplente de la unidad de cooperación operativa de la AXEGA.

Director/a Técnico: persona que evalúa, dirige y coordina técnicamente la emergencia. persona que evalúa, dirige y coopera técnicamente la emergencia. persona que evalúa, dirige y coopera técnicamente la urgencia. persona que evalúa, dirige y coordina técnicamente la urgencia.

DIRPC: Titular de la Dirección Xeral de la Xunta en materia de Protección Civil. Titular de la Dirección Xeral de la Provincia en materia de Protección Civil. Titular de la Dirección Xeral de la Xunta en materia de Protección Militar. Titular de la subdirección Xeral de la Xunta en materia de Protección Civil.

Emergencia: situación en la que el riesgo se materializa en accidente y es necesario dar respuesta adecuada con intervención de medios y recursos. A efectos de este Plan, se entiende como emergencia aquella que da lugar a la activación del mismo. A efectos de este Plan, se entiende como emergencia aquella que no da lugar a la activación del mismo. A efectos de este Plan, se entiende como emergencia aquella que puede dar lugar a la activación del mismo. A efectos de este Plan, se entiende como emergencia aquella que puede no dar lugar a la activación del mismo.

Interfase: interconexiones de los planes. interconexiones de fases los planes. conexiones de los planes. desconexiones de los planes.

PAM: Plan de Actuación Municipal. Plan de Activación Municipal. Plan de Actuación supramunicipal. Plan de Activación supramunicipal.

RPE: Riesgo Potencial de Emergencia. Riesgo Posible de Emergencia. Riesgo Perpetuo de Emergencia. Riesgo Personal de Emergencia.

SMPC: Titular do servizo municipal de Protección Civil. Servizo municipal de Protección Civil. Membro do servizo municipal de Protección Civil. Vehículo do servizo municipal de Protección Civil.

SERPROVPC: Titular da unidade con competencias a nivel provincial da Xunta en materia de Protección Civil. Titular da unidade con competencias a nivel nacional da Xunta en materia de Protección Civil. Titular da unidade con competencias a nivel autonómico da Xunta en materia de Protección Civil. Titular da unidade con competencias a nivel local da Xunta en materia de Protección Civil.

XERAGE: Titular da Xerencia da AXEGA. Titular da Xefatura da AXEGA. Xefatura da Axencia Galega de Urxencias. Xerencia da Agasp.

Xunta Local de Protección Civil: comité asesor de Protección Civil a nivel local, segundo o establecido no Decreto 56/2000. comité asesor de Protección Civil a nivel autonómico, segundo o establecido no Decreto 56/2000. comité asesor de Protección Civil a nivel provincial, segundo o establecido no Decreto 56/2000. comité asesor de Protección Civil a nivel supramunicipal, segundo o establecido no Decreto 56/2000.

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