Test 2 Ley 40/2015 - Título 1
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![]() Test 2 Ley 40/2015 - Título 1 Descripción: Test 2 Ley 40/2015 - Titulo 1 |



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Se establecen mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno (señala la incorrecta): la determinación del número de los Ministerios. la denominación y el ámbito de competencia de los Ministerios. la denominación y el ámbito de competencia de las Secretarías de Estado. la denominación y el ámbito de competencia de las Subsecretarías. En los Ministerios pueden existir (señala la incorrecta): Secretarías de Estado. Secretarías Generales. Secretarías Autonómicas. todas son correctas. Los Ministerios contarán, en todo caso, con: una Secretaría, y dependiendo de ella una Subsecretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes previstos en este Título. una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Subsecretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes previstos en este Título. una Secretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes previstos en este Título. una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes previstos en este Título. Los órganos de gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas son: las Secretarías. las Direcciones Generales. las Subscretarías. las Subdirecciones Generales. Las Direcciones Generales se organizan en Subdirecciones Generales para: la distribución de las competencias encomendadas a aquéllas. la realización de las actividades que les son propias. la asignación de objetivos y responsabilidades. todas son correctas. Podrán adscribirse directamente Subdirecciones Generales a: otros órganos directivos de menor nivel o a órganos superiores del Ministerio. otros órganos directivos de mayor nivel o a órganos inferiores del Ministerio. otros órganos directivos de menor nivel o a órganos inferiores del Ministerio. otros órganos directivos de mayor nivel o a órganos superiores del Ministerio. Las Subsecretarías, las Secretarías Generales, las Secretarías Generales Técnicas, las Direcciones Generales, las Subdirecciones Generales, y órganos similares a los anteriores se crean, modifican y suprimen por: Ley de las Cortes Generales, a iniciativa del Ministro interesado y a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro interesado y a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. Ley de las Cortes Generales, a iniciativa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y a propuesta del Ministro interesado. Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y a propuesta del Ministro interesado. Los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean, modifican y suprimen: por Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro interesado. por orden del Ministro respectivo, previa autorización del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. por orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, previa autorización del Ministro respectivo. a través de las relaciones de puestos de trabajo. Las unidades que no tengan la consideración de órganos se crean, modifican y suprimen: por Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro interesado. por orden del Ministro respectivo, previa autorización del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. por orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, previa autorización del Ministro respectivo. a través de las relaciones de puestos de trabajo. Los jefes superiores del Departamento son: los Secretarios de Estado. los Ministros. los Subsecretarios. los Directores Generales. Señala la correcta: los Ministros son superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado y Subsecretarios. los Secretarios de Estado son superiores jerárquicos directos de los Ministros y Secretarios de Estado. los Secretarios generales son superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado y Subsecretarios. los Ministros son superiores jerárquicos directos de los Secretarios generales y Subsecretarios. Los órganos directivos se ordenan jerárquicamente entre sí de la siguiente forma: Director general, Subsecretario y Subdirector general. Director general, Subdirector general y Subsecretario. Subsecretario, Subdirector general y Director general. Subsecretario, Director general y Subdirector general. 13. Los Secretarios generales tienen categoría de: Director general y los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Subsecretario. Subsecretario y los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Director general. Subdirector general y los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Director general. Subsecretario y los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Subdirector general. Los Ministros, como titulares del departamento sobre el que ejercen su competencia: dirigen los sectores de actividad administrativa integrados en su Ministerio. asumen la responsabilidad inherente a dicha dirección. "dirigen los sectores de actividad administrativa integrados en su Ministerio" y "asumen la responsabilidad inherente a dicha dirección" son correctas. "dirigen los sectores de actividad administrativa integrados en su Ministerio" y "asumen la responsabilidad inherente a dicha dirección" son incorrectas. A los Ministros, les corresponde (señala la incorrecta): ejercer la potestad reglamentaria en las materias ajenas a su Departamento. fijar los objetivos del Ministerio. aprobar los planes de actuación del Ministerio y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las dotaciones presupuestarias correspondientes. determinar y, en su caso, proponer la organización interna de su Ministerio, de acuerdo con las competencias que le atribuye esta Ley. A los Ministros, les corresponde: elaborar las propuestas de los estados de gastos del Ministerio, y de los presupuestos de los Organismos públicos dependientes y remitirlas a las Cortes Generales para su aprobación. aprobar las propuestas de los estados de gastos del Ministerio, y de los presupuestos de los Organismos públicos dependientes y remitirlas al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. aprobar las propuestas de los estados de gastos del Ministerio, y de los presupuestos de los Organismos públicos dependientes y remitirlas a las Cortes Generales. elaborar las propuestas de los estados de gastos del Ministerio, y de los presupuestos de los Organismos públicos dependientes y remitirlas al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su aprobación. A los Ministros, les corresponde: evaluar la realización de los planes de actuación del Ministerio por parte de los órganos superiores y órganos directivos y ejercer el control de eficacia respecto de la actuación de dichos órganos y de los Organismos públicos dependientes. nombrar y separar en todo caso a los titulares de los órganos directivos del Ministerio y de los Organismos públicos o entidades de derecho público dependientes del mismo. elevar al Congreso de los Diputados las propuestas de nombramientos que le estén reservadas de órganos directivos del Ministerio y de los Organismos Públicos dependientes del mismo. autorizar las comisiones de servicio sin derecho a indemnización para altos cargos dependientes del Ministro. A los Ministros, les corresponde: mantener las relaciones con las Comunidades Autónomas y convocar las Conferencias sectoriales y los órganos de cooperación en el ámbito de las competencias atribuidas a su Departamento. dirigir la actuación de los titulares de los órganos superiores y directivos del Ministerio, impartirles instrucciones concretas y delegarles competencias propias. revisar de oficio los actos administrativos y resolver los conflictos de atribuciones cuando les corresponda, así como plantear los que procedan con otros Ministerios. todas son correctas. A los Ministros, les corresponden (señala la incorrecta): administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio. aprobar y comprometer los gastos que sean de la competencia del Consejo de Ministros. aprobar las modificaciones presupuestarias que sean de su competencia. reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en el marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público. Respecto a las competencias de la pregunta anterior, a los Ministros les corresponde: fijar los límites por encima de los cuales estas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a los Secretarios generales y Subsecretario del departamento. fijar los límites por debajo de los cuales estas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a los Secretarios generales y Subsecretario del departamento. fijar los límites por encima de los cuales estas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a los Secretarios de Estado y Subsecretario del departamento. fijar los límites por debajo de los cuales estas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a los Secretarios de Estado y Subsecretario del departamento. |




