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2º Parcial Mayores

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Título del Test:
2º Parcial Mayores

Descripción:
Universidad_ Tema 4

Fecha de Creación: 2025/12/18

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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El modelo de Nagi (1976, 1991) se caracteriza por: Identificar la discapacidad exclusivamente con la minusvalía. Establecer una secuencia entre patología, deficiencia, limitación funcional y discapacidad. Incorporar factores ambientales y sociales como eje central. Sustituir el modelo médico por el social.

La Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías (CIDDM) responde principalmente a: Un paradigma social y relacional. Un enfoque de derechos humanos. Un modelo médico y lineal. Un modelo de diversidad funcional.

En la CIDDM, la minusvalía se define como: Una deficiencia corporal. Una limitación funcional. Una situación de desventaja social. Una patología activa.

Según la CIF (2001), la actividad se entiende como: El desempeño esperado por la sociedad. La realización de una tarea por una persona. La pérdida de una función corporal. La interferencia con procesos normales.

En la CIF, la restricción en la participación hace referencia a: Problemas en funciones corporales. Dificultades para realizar una acción. Problemas para involucrarse en situaciones vitales. Alteraciones anatómicas.

La principal diferencia entre la CIDDM y la CIF es que esta última: Elimina el concepto de deficiencia. Se centra exclusivamente en el diagnóstico médico. Introduce la interacción entre persona y entorno. Sustituye el concepto de discapacidad por enfermedad.

El concepto actual de discapacidad se define como: Una característica individual permanente. Una deficiencia clínica reconocida. El resultado de la interacción entre la persona y las barreras sociales. Una situación de dependencia económica.

El cambio en el lenguaje (“minusválido” → “persona con discapacidad”) refleja: Una cuestión meramente terminológica. Un cambio administrativo sin impacto social. Una evolución social, política y cultural. Una exigencia exclusivamente médica.

La Ley 39/2006 establece que: El término “minusválido” es técnicamente correcto. El lenguaje administrativo es neutro. Debe usarse siempre la expresión “persona con discapacidad”. El grado de discapacidad sustituye al concepto social.

Legalmente, en España, se considera persona con discapacidad a quien tiene reconocido: Cualquier tipo de deficiencia. Un grado igual o superior al 33 %. Exclusivamente una pensión no contributiva. Una situación de dependencia.

La Orden de 8 de mayo de 1970 refleja un modelo: Social e inclusivo. De derechos humanos. Médico-asistencial. Relacional.

La LISMI (Ley 13/1982) supuso un avance porque: Eliminó el término minusválido. Introdujo la integración social y la eliminación de barreras. Implantó el modelo de diversidad funcional. Abolió la perspectiva médica.

La Ley 15/1995 se centra principalmente en: Prestaciones económicas. Empleo protegido. Eliminación de barreras arquitectónicas. Reconocimiento administrativo.

Un estereotipo sobre la discapacidad se define como: Una experiencia individual. Una creencia simplificada y negativa. Una conducta discriminatoria directa. Una norma jurídica.

La discriminación aparece cuando: Existen diferencias individuales. Se reconocen necesidades específicas. Los estereotipos se traducen en comportamientos injustos. Se aplican medidas de apoyo.

El paradigma de la prescindencia se caracteriza por: Promover la inclusión social. Considerar que las personas con discapacidad no aportan a la sociedad. Defender la rehabilitación médica. Reconocer derechos humanos.

El paradigma individual incluye: El modelo social británico. El modelo de derechos humanos. El modelo caritativo y biomédico. El modelo de diversidad funcional.

El paradigma social entiende que: El problema está en la persona. La solución es médica. La discapacidad surge por barreras sociales. La dependencia es inevitable.

El modelo de diversidad funcional destaca por: Priorizar la rehabilitación. Centrarse en la normalización. Reivindicar la dignidad y la vida independiente. Clasificar grados de discapacidad.

El concepto de vida independiente implica: Vivir sin apoyos. Residir en instituciones especializadas. Decidir y controlar la propia vida con apoyos. Ser autosuficiente económicamente.

El asistente personal, según el modelo de diversidad funcional: Sustituye la voluntad de la persona. Decide las actividades diarias. Apoya según las decisiones de la persona. Actúa como tutor legal.

La CIF fue aprobada en 2001 por la: Unión Europea. Organización Mundial de la Salud. ONU. UNESCO.

En la CIF, las funciones y estructuras corporales: Solo tienen un aspecto negativo. Se valoran únicamente desde la patología. Incluyen aspectos positivos y negativos. Sustituyen la participación social.

El modelo de tránsito plantea que: Los modelos antiguos han desaparecido. Solo existe el paradigma social. Conviven modelos antiguos y nuevos. El modelo médico ha sido superado totalmente.

Desde el enfoque actual del Trabajo Social, la discapacidad debe entenderse: Como un déficit individual. Como una desviación de la normalidad. Desde una perspectiva social, inclusiva y de derechos. Exclusivamente desde la clasificación médica.

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