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20.diligencias

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Título del Test:
20.diligencias

Descripción:
penal diligencias de instrucción (no cap. 5,6 y7)

Fecha de Creación: 2025/02/18

Categoría: Otros

Número Preguntas: 56

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Las diligencias de instrucción penal se dividen en dos grupos, relaciona. MEDIDAS de AVERIGUACIÓN DEL DELITO. MEDIDAS PERSONALES.

Las diligencias de instrucción penal se dividen en dos grupos, relaciona. MEDIDAS de AVERIGUACIÓN DEL DELITO. MEDIDAS PERSONALES.

Las diligencias de instrucción penal se dividen en dos grupos, relaciona. MEDIDAS de AVERIGUACIÓN DEL DELITO. MEDIDAS PERSONALES.

326 y ss. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. De la inspección ocular Cuando el delito que se persiga haya dejado vestigios o pruebas materiales de su perpetración................(indica la incorrecta). el Juez instructor o el que haga sus veces ordenará que se recojan y conserven para el juicio oral si fuere posible. hará consignar en los autos la descripción del lugar del delito, el sitio y estado en que se hallen los objetos que en él se encuentren. procediendo al efecto a la inspección ocular y a la descripción de todo aquello que pueda tener relación con la existencia y naturaleza del hecho. el LAJ consignará los accidentes del terreno o situación de las habitaciones y todos los demás detalles que puedan utilizarse, tanto para la acusación como para la defensa.

326 y ss. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. De la inspección ocular El Juez de Instrucción adoptará u ordenará .................... que adopte las medidas necesarias para que la recogida, custodia y examen de aquellas muestras ................... sin perjuicio de lo establecido en el artículo 282..................(indica la incorrecta).. Cuando se pusiera de manifiesto la existencia de huellas o vestigios cuyo análisis biológico pudiera contribuir al esclarecimiento del hecho investigado. se verifique en condiciones que garanticen su autenticidad. a la Policía Judicial o al médico forense. a la Policía Judicial o al LAJ.

326 y ss. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. De la inspección ocular 327. Cuando fuere conveniente para mayor claridad o comprobación de los hechos..(indica la incorrecta). se levantará el plano del lugar suficientemente detallado. se hará el retrato de las personas que hubiesen sido responsables del delito. se hará la copia o diseño de los efectos o instrumentos del mismo que se hubiesen hallado. Son todas correctas.

326 y ss. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. De la inspección ocular 328. Si se tratare de un robo o de cualquier otro delito cometido....................el Juez instructor deberá................ con fractura, escalamiento o violencia. describir los vestigios que haya dejado y consultará el parecer de peritos sobre la manera, instrumentos, medios o tiempo de la ejecución del delito. describir los vestigios que haya dejado y consultará el parecer de peritos sobre instrumentos o medios de la ejecución del delito. Son todas correctas y además consultará el parecer de peritos sobre la manera o tiempo de la ejecución del delito.

326 y ss. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. De la inspección ocular. 332. Todas las diligencias comprendidas en este capítulo. 329. Para llevar a efecto lo dispuesto en los artículos anteriores, podrá ordenar el Juez instructor.

326 y ss. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. De la inspección ocular. 331. Cuando el delito fuere de los que no dejan huellas de su perpetración, el Juez instructor. 330. Cuando no hayan quedado huellas o vestigios del delito que hubiese dado ocasión al sumario, el Juez instructor.

326 y ss. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. De la inspección ocular 333. Cuando al practicarse las diligencias enumeradas en los artículos anteriores hubiese alguna persona declarada procesada como presunta autora del hecho punible..............(indica la incorrecta). podrá presenciarlas, ya sola, ya asistida del defensor que eligiese o le fuese nombrado de oficio, si así lo solicitara. el Juez Instructor pondrá en conocimiento del procesado el acuerdo relativo a la práctica de la diligencia con la anticipación que permita su índole. la persona declarada procesada y su defensor podrán hacer en el acto las observaciones que estimen pertinentes, las cuales se consignarán por diligencia si no fuesen aceptadas. la práctica de la diligencia no se suspenderá por la falta de comparecencia del procesado o de su defensor. Igual derecho asiste a quien se halle privado de libertad en razón de estas diligencias.

334 y ss. Del cuerpo del delito 1. .....................ordenará recoger en los primeros momentos las armas, instrumentos o efectos de cualquiera clase que puedan tener relación con el delito y se hallen en el lugar en que éste se cometió, o en sus inmediaciones, o en poder del reo, o en otra parte conocida. 2...................... extenderá diligencia expresiva ................................ para que se pueda formar idea cabal de los mismos y de las circunstancias de su hallazgo. 3. La diligencia será firmada ............................... notificándose a la misma el auto en que se mande recogerlos. 4. La persona afectada por la incautación ......................... la medida ante el Juez de Instrucción. Este recurso no requerirá de la intervención de abogado cuando sea presentado por terceras personas diferentes del imputado. 5. El recurso se entenderá interpuesto cuando la persona afectada por la medida o un familiar suyo mayor de edad ..................... El Juez instructor. El Secretario judicial. del lugar, tiempo y ocasión en que se encontraren, describiéndolos detalladamente. por el LAJ. podrá recurrir en el término de 24 horas. hubieran expresado su disconformidad en el momento de la misma.

334 y ss. Del cuerpo del delito Los efectos que pertenecieran a la víctima del delito serán restituidos.............(indica la incorrecta). inmediatamente a la misma, salvo que excepcionalmente debieran ser conservados como medio de prueba o para la práctica de otras diligencias, y sin perjuicio de su restitución tan pronto resulte posible. Los efectos serán también restituidos inmediatamente cuando deban ser conservados como medio de prueba o para la práctica de otras diligencias, pero su conservación pueda garantizarse imponiendo al propietario el deber de mantenerlos a disposición del Juez o Tribunal. tan pronto como sea posible, salvo que excepcionalmente debieran ser conservados como medio de prueba o para la práctica de otras diligencias, y sin perjuicio de su restitución tan pronto resulte posible. La víctima podrá, en todo caso, recurrir esta decisión conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.

334 y ss. Del cuerpo del delito. 337. Cuando en el acto de describir la persona o cosa objeto del delito, lugares o efectos, esten presentes o fueren conocidas personas que puedan declarar acerca del modo y forma con que fue cometido y de las causas de las alteraciones que se observaren o estado anterior. 338. Los instrumentos, armas y efectos del 334 se recogerán de tal forma. 339. Si fuere conveniente recibir algún informe pericial sobre los medios empleados para la desaparición. 340. Si la instrucción tuviere lugar por causa de muerte violenta o sospechosa de criminalidad.

334 y ss. Del cuerpo del delito. 341. No habiendo testigos de conocimiento. 342. Cuando a pesar de tales prevenciones no fuere el cadáver reconocido,ordenará el Juez.

368 y ss. De la identidad del delincuente y de sus circunstancias personales 368. Cuantos dirijan cargo a determinada persona deberán reconocerla judicialmente....................(indica la correcta). si el Juez instructor o el mismo inculpado conceptúan fundadamente precisa la diligencia para la identificación de este último, con relación a los designantes, a fin de que no ofrezca duda quién es la persona a que aquéllos se refieren. si el Juez instructor o los acusadores conceptúan fundadamente precisa la diligencia para la identificación de este último, con relación a los designantes, a fin de que no ofrezca duda quién es la persona a que aquéllos se refieren. si el Juez instructor, los acusadores o el mismo inculpado conceptúan fundadamente precisa la diligencia para la identificación de este último, con relación a los designantes, a fin de que no ofrezca duda quién es la persona a que aquéllos se refieren. en todo caso, a fin de que no ofrezca duda quién es la persona a que aquéllos se refieren.

368 y ss. De la identidad del delincuente y de sus circunstancias personales 369. La diligencia de reconocimiento se practicará.............. .Indica la incorrecta. poniendo a la vista del que hubiere de verificarlo la persona que haya de ser reconocida, haciéndola comparecer en unión con otras de circunstancias exteriores semejantes. el que deba practicar el reconocimiento manifestará si se encuentra en la rueda o grupo la persona a quien hubiese hecho referencia en sus declaraciones, designándola, en caso afirmativo, clara y determinadamente. En la diligencia que se extienda se harán constar todas las circunstancias del acto, así como los nombres de todos los que hubiesen formado la rueda o grupo. A presencia de todas ellas, o desde un punto en que no pudiere ser visto, según al LAJ pareciere más conveniente,.

368 y ss. De la identidad del delincuente y de sus circunstancias personales. 371. El que detuviere o prendiere a algún presunto culpable. 372. Análogas precauciones deberán tomar los Alcaides de las cárceles y los Jefes de los depósitos de detenidos. 373. Si se origina duda sobre la identidad del procesado. 374. El Juez hará constar, con la minuciosidad posible.

368 y ss. De la identidad del delincuente y de sus circunstancias personales 384. Desde que resultare del sumario algún indicio racional de criminalidad contra determinada persona, se dictará auto declarándola procesada y mandando que se entiendan con ella las diligencias en la forma y del modo dispuesto en este título y en los demás de esta Ley. No es correcto en relación a esto.............. El procesado podrá, desde el momento de serlo, aconsejarse de Letrado, mientras no estuviere incomunicado, y valerse de él, bien para instar la pronta terminación del sumario, bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen, y para formular pretensiones que afecten a su situación. Si el Juez instructor no accediese a instar la pronta terminación del sumario podrán recurrir en queja a la Audiencia. Si el Juez instructor no accediese a la práctica de diligencias o pretensiones podrá apelar. Estas apelaciones no serán admisibles más que en un solo efecto. Para cumplir lo determinado en este artículo, el Juez instructor dispondrá que el procesado mayor de edad sea habilitado de Procurador y Abogado, a no ser que él mismo o su representante legal designen personas que merezcan su confianza para dicha representación y defensa.

385 y ss. De las declaraciones de los procesados ................... hará que los procesados presten cuantas declaraciones considere convenientes para la averiguación de los hechos.................. El Juez, de oficio o a instancia del Ministerio fiscal o del querellante particular,. sin que ni el acusador particular ni el actor civil puedan estar presentes al interrogatorio cuando así lo disponga el Juez instructor. Si el procesado estuviere detenido, se le recibirá la primera declaración dentro del término de 48 horas. Este plazo podrá prorrogarse por otras 72 horas, si mediare causa muy grave, la cual se expresará en la providencia en que se acordase la prórroga.

385 y ss. De las declaraciones de los procesados. 388. En la primera declaración será preguntado el procesado. 389. Las preguntas que se le hagan en todas las declaraciones que hubiere de prestar. Las preguntas serán directas, sin que por ningún concepto. 390. Las relaciones que hagan los procesados o respuestas que den serán orales. Sin embargo, el Juez de instrucción teniendo siempre en cuenta las circunstancias de aquéllos y la naturaleza de la causa.

410 y ss. Declaraciones de testigos. 410. Tendrán obligación de concurrir al llamamiento judicial para declarar cuanto supieren sobre lo que se les pregunte. 411. Están exentos del deber de declarar.

410 y ss. Declaraciones de testigos. 412. Estarán exentas de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito. Están exentas de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito sobre los hechos que tengan conocimiento por razón de su cargo. sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo, se tomará la misma en su domicilio o despacho oficial. Están exentos también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo en su despacho oficial o en la sede del órgano del que sean miembros.

410 y ss. Declaraciones de testigos. Están exentos también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo en su despacho oficial o en la sede del órgano del que sean miembros. sólo será aplicable la exención correspondiente respecto de las declaraciones que hubieren de recibirse en su territorio, excepción hecha de los Presidentes de las CCAA y de sus Asambleas Legislativas.

416. Están dispensados de la obligación de declarar (indica la incorrecta). Los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente. su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial. sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el cuarto grado civil. El Juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas. el Letrado de la Administración de Justicia consignará la contestación que diere a esta advertencia.

410 y ss. Declaraciones de testigos 416. No será de aplicación la dispensa, en los siguientes casos (indica la incorrecta). 1.º Cuando el testigo tenga atribuida la representación legal o guarda de hecho de la víctima menor de edad o con discapacidad necesitada de especial protección. 2.º Cuando se trate de un delito grave, el testigo sea mayor de edad y la víctima sea una persona menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección. 3.º Cuando por razón de su edad o discapacidad el testigo no pueda comprender el sentido de la dispensa. A tal efecto, el Juez oirá previamente a la persona afectada, pudiendo recabar el auxilio de peritos para resolver. 4.º Cuando el testigo esté o haya estado procesado en el procedimiento como acusación particular. 5.º Cuando el testigo haya aceptado declarar durante el procedimiento después de haber sido debidamente informado de su derecho a no hacerlo.

410 y ss. Declaraciones de testigos 417. No podrán ser obligados a declarar como testigos (indica la incorrecta). Los incapacitados física o psíquicamente. Los eclesiásticos y ministros de los cultos disidentes, sobre los hechos que les fueren revelados en el ejercicio de las funciones de su ministerio. Los funcionarios públicos tanto civiles como militares, de cualquiera clase que sean, cuando no pudieren declarar sin violar el secreto que por razón de sus cargos estuviesen obligados a guardar. Los funcionarios públicos, tanto civiles como militares, cuando, procediendo en virtud de obediencia debida, no fueren autorizados por su superior jerárquico para prestar declaración que se les pida.

545 y ss. De la entrada y registro en lugar cerrado Nadie podrá entrar en el domicilio de un español o extranjero residente en España sin su consentimiento, excepto en los casos y en la forma expresamente previstos en las leyes. Se entenderá que presta su consentimiento aquel que................. requerido por quien hubiere de efectuar la entrada y registro para que los permita, no ejecuta por su parte los actos necesarios que de él dependan para que puedan tener efecto, sin invocar la inviolabilidad que reconoce al domicilio el artículo 18. 3 de la Constitución Española. requerido por quien hubiere de efectuar la entrada y registro para que los permita, ejecuta por su parte los actos necesarios que de él dependan para que puedan tener efecto, sin invocar la inviolabilidad que reconoce al domicilio el artículo 18.2 de la Constitución Española. requerido por quien hubiere de efectuar la entrada y registro para que los permita, ejecuta por su parte los actos necesarios que de él dependan para que puedan tener efecto, invocando la inviolabilidad que reconoce al domicilio el artículo 18. 3 de la Constitución Española. requerido por quien hubiere de efectuar la entrada y registro para que los permita, ejecuta por su parte los actos necesarios que de él dependan para que puedan tener efecto, sin invocar la violabilidad que reconoce al domicilio el artículo 18.2 de la Constitución Española.

545 y ss. De la entrada y registro en lugar cerrado 547. Se reputarán edificios o lugares públicos para la observancia de lo dispuesto en este capítulo (indica la incorrecta). 4.º Los buques del Estado. 3.º Cualesquiera otros edificios o lugares cerrados que no constituyeren domicilio de un particular con arreglo a lo dispuesto en el artículo 554. 2.º Los que estuvieren destinados a cualquier establecimiento de reunión o recreo, fueren o no lícitos. 1.º Los que estuvieren destinados a cualquier servicio político, militar o civil del Estado, de la Provincia o del Municipio, aunque habiten allí los encargados de dicho servicio o los de la conservación y custodia del edificio o lugar.

545 y ss. De la entrada y registro en lugar cerrado 554. Se reputan domicilio, para los efectos de los artículos anteriores (indica la incorrecta). 1.º Los Palacios Reales, estén o no habitados por el Monarca al tiempo de la entrada o registro. 2.º El edificio o lugar cerrado, o la parte de él destinada principalmente a la habitación de cualquier español o extranjero residente en España y de su familia. 3.º Los buques nacionales mercantes. 4.º Tratándose de personas jurídicas imputadas, el espacio físico que constituya el centro de dirección de las mismas, ya se trate de su domicilio social o de un establecimiento dependiente, o aquellos otros lugares en que se custodien documentos u otros soportes de su vida privada que quedan reservados al conocimiento público.

545 y ss. De la entrada y registro en lugar cerrado. 558. será siempre fundado, y el Juez expresará en él concretamente el edificio o lugar cerrado en que haya de verificarse, si tendrá lugar tan sólo de día. 559. Para la entrada y registro en los edificios destinados a la habitación u oficina de los representantes de naciones extranjeras acreditados cerca del Gobierno de España,. 560. Si transcurriese este término de 12 horas sin haberlo hecho, o si el representante extranjero denegare la venia,. 561. En los buques extranjeros de guerra, la falta de autorización del Comandante se suplirá. 562. Se podrá entrar en las habitaciones de los Cónsules extranjeros y en sus oficinas.

573 a 578. Del registro de libros y papeles No se ordenará el registro de los libros y papeles de contabilidad del procesado o de otra persona.................(indica la incorrecta). sino cuando hubiere indicios graves de que de esta diligencia resultará el descubrimiento o la comprobación de algún hecho o circunstancia importante de la causa. El Juez ordenará recoger los instrumentos y efectos del delito y también los libros, papeles o cualesquiera otras cosas que se hubiesen encontrado, si esto fuere necesario para el resultado del sumario. No todos están obligados a exhibir los objetos y papeles que se sospeche puedan tener relación con la causa. Si el que los retenga se negare a su exhibición, será corregido con multa de 125 a 500 pesetas. Los libros y papeles que se recojan serán foliados, sellados y rubricados en todas sus hojas por el Secretario judicial, bajo su responsabilidad. cuando insistiera en su negativa, si el objeto o papel fueren de importancia y la índole del delito lo aconseje, será procesado como autor del de desobediencia a la Autoridad, salvo si mereciera la calificación legal de encubridor o receptador.

579 y ss. De la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica El juez podrá acordar la detención de la correspondencia privada, postal y telegráfica, incluidos faxes, burofaxes y giros, que el investigado remita o reciba, así como su apertura o examen, si hubiera indicios de obtener por estos medios el descubrimiento o la comprobación del algún hecho o circunstancia relevante para la causa, siempre que la investigación tenga por objeto alguno de los siguientes delitos (indica la incorrecta). 1.º Delitos dolosos castigados con pena con límite máximo de, al menos, 2 años de prisión. 2.º Delitos cometidos en el seno de un grupo u organización criminal. 3.º Delitos de terrorismo. El juez podrá acordar, en resolución motivada, por un plazo de hasta 3 meses, prorrogable por iguales o inferiores períodos hasta un máximo de 18 meses, la observación de las comunicaciones postales y telegráficas del investigado, así como de las comunicaciones de las que se sirva para la realización de sus fines delictivos.

579 y ss. De la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica 579. De la correspondencia escrita o telegráfica. En caso de urgencia, cuando las investigaciones se realicen para la averiguación de...............(indica la incorrecta). El juez competente, también de forma motivada, revocará o confirmará tal actuación en un plazo máximo de 72 horas desde que fue ordenada la medida. Esta medida se comunicará inmediatamente al juez competente y, en todo caso, dentro del plazo máximo de 24 horas, haciendo constar las razones que justificaron la adopción de la medida, la actuación realizada, la forma en que se ha efectuado y su resultado. delitos relacionados con la actuación de bandas armadas o elementos terroristas y existan razones fundadas que hagan imprescindible la medida prevista, podrá ordenarla el Ministro del Interior o, en su defecto, el Secretario de Estado de Seguridad. delitos relacionados con la actuación de bandas armadas o elementos terroristas y no existan razones fundadas que hagan imprescindible la medida prevista, podrá ordenarla el Ministro de Justicia o, en su defecto, el Secretario de Estado de Seguridad.

MEDIDAS PERSONALES. PLAZOS. Cap. III 579 a 588. Detención y apertura de correspondencia escrita y telegráfica. Cap. IV 588 bis a) a K) Disposiciones comunes. Grabaciones, interceptación de comunicaciones. Cap. Vii. 588 quinquies a) a c). Uso de dispositivos de captación de imagen, seguimiento y localización. Cap. iX. 588 septies a) a c). Registros remotos. Cap. X. 588 octies. Medidas de aseguramiento.

579 y ss. De la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica No se requerirá autorización judicial en los siguientes casos (indica la correcta). a) Envíos postales que, por sus propias características internas, no sean usualmente utilizados para contener correspondencia individual sino para servir al transporte y tráfico de mercancías o en cuyo exterior se haga constar su contenido. b) Aquellas otras formas de envío de la correspondencia bajo el formato legal de comunicación cerrada, en las que resulte obligatoria una declaración externa de contenido o que incorporen la indicación expresa de que se autoriza su inspección. c) Cuando la inspección se lleve a cabo de acuerdo con la normativa aduanera o no proceda con arreglo a las normas postales que regulan una determinada clase de envío. La solicitud y las actuaciones posteriores relativas a la medida solicitada se sustanciarán en una pieza separada y secreta, sin necesidad de que se acuerde expresamente el secreto de la causa.

De la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica (579 a 588). 579 bis. El resultado de la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica. 580. Es aplicable a la detención de la correspondencia lo dispuesto en 563 y 564. Podrá también encomendarse. 581. El empleado que haga la detención remitirá al Juez instructor de la causa. 584. Para la apertura y registro de la correspondencia postal será citado el interesado. 583. El auto motivado acordando la detención y registro de la correspondencia o la entrega de copias de telegramas transmitidos determinará.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k) Durante la instrucción de las causas se podrá acordar alguna de las medidas de investigación reguladas en el presente capítulo siempre que...........(indica la incorrecta). medie autorización judicial dictada con plena sujeción a los principios de especifidad, excepcionalidad y necesidad. medie autorización judicial dictada con plena sujeción a los principios de idoneidad y proporcionalidad de la medida. Medidas de interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas y la captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos. Medidas de utilización de dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación de la imagen, el registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y los registros remotos sobre equipos informáticos.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k). El principio de especialidad exige. No podrán autorizarse medidas de investigación tecnológica. El principio de idoneidad servirá para.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k) En aplicación de los principios de excepcionalidad y necesidad solo podrá acordarse la medida (indica la incorrecta). a) cuando no estén a disposición de la investigación, en atención a sus características, otras medidas menos gravosas para los derechos fundamentales del investigado o encausado e igualmente útiles para el esclarecimiento del hecho. b) cuando el descubrimiento o la comprobación del hecho investigado, la determinación de su autor o autores, la averiguación de su paradero, o la localización de los efectos del delito se vea gravemente dificultada sin el recurso a esta medida. Las medidas de investigación solo se reputarán proporcionadas cuando, tomadas en consideración todas las circunstancias del caso, el sacrificio de los derechos e intereses afectados no sea superior al beneficio que de su adopción resulte para el interés público y de terceros. Para la ponderación de los intereses en conflicto, la valoración del interés público se basará en la gravedad del hecho, su trascendencia personal o el ámbito geográfico de producción, la intensidad de los indicios existentes y la relevancia del resultado perseguido con la restricción del derecho.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas....588 bis a) a 588 bis k) 588 bis b). Solicitud de autorización judicial. El juez podrá acordar las medidas reguladas en este capítulo de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o de la Policía Judicial. Cuando el Ministerio Fiscal o la Policía Judicial soliciten del juez de instrucción una medida de investigación tecnológica, la petición habrá de contener (indica la incorrecta). 4.º La extensión de la medida con especificación de su contenido. 3.º Los datos de identificación del investigado o encausado y, en su caso, de los medios de investigación empleados que permitan la ejecución de la medida. 2.º La exposición detallada de las razones que justifiquen la necesidad de la medida de acuerdo a los principios rectores establecidos en el 588 bis a, así como los indicios de criminalidad que se hayan puesto de manifiesto durante la investigación previa a la solicitud de autorización del acto de injerencia. 1.º La descripción del hecho objeto de investigación y la identidad del investigado o de cualquier otro afectado por la medida, siempre que tales datos resulten conocidos.

588 bis b). Solicitud de autorización judicial. El juez podrá acordar las medidas reguladas en este capítulo de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o de la Policía Judicial.Cuando el Ministerio Fiscal o la Policía Judicial soliciten del juez de instrucción una medida de investigación tecnológica, la petición habrá de contener (indica la incorrecta). 5.º La unidad investigadora de la Policía Judicial que se hará cargo de la intervención. 6.º La forma de investigación de la medida. 7.º La duración de la medida que se solicita. 8.º El sujeto obligado que llevará a cabo la medida, en caso de conocerse.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k) 588 bis c) Resolución judicial. Autorizará o denegará la medida solicitada mediante________________ (indica la incorrecta). El juez de instrucción autorizará o denegará la medida solicitada mediante auto motivado, oído el Ministerio Fiscal. Se dictará en el plazo máximo de 24 horas desde que se presente la solicitud. Siempre que resulte necesario para resolver sobre el cumplimiento de alguno de los requisitos expresados en los artículos anteriores, el juez podrá requerir una ampliación o aclaración de los términos de la solicitud. El juez podrá requerir, sin interrupción del plazo a que se refiere el apartado anterior, una ampliación o aclaración de los términos de la solicitud.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k) La resolución judicial que autorice la medida concretará al menos los siguientes extremos (indica la incorrecta). h) El sujeto obligado que llevará a cabo la medida, en caso de conocerse, con expresa mención del derecho de colaboración y de guardar secreto, cuando proceda, bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia. c) La extensión de la medida de injerencia, especificando su alcance así como la motivación relativa al cumplimiento de los principios rectores establecidos en el artículo 588 bis a. a) El hecho punible objeto de investigación y su calificación jurídica, con expresión de los indicios racionales en los que funde la medida. f) La forma y la periodicidad con la que el solicitante informará al juez sobre los resultados de la medida. d) La unidad investigadora de Policía Judicial que se hará cargo de la intervención.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k) 588 bis e) Duración. Las medidas reguladas en el presente capítulo ______________________(indica la incorrecta). Tendrán la duración que se especifique para cada una de ella. La medida podrá ser prorrogada, mediante auto motivado, por el juez competente, de oficio o previa petición razonada del solicitante, siempre que subsistan las causas que la motivaron. Transcurrido el plazo por el que resultó concedida la medida, sin haberse acordado su prórroga, o, en su caso, finalizada ésta, cesará a todos los efectos. No podrán exceder del tiempo prescindible para el esclarecimiento de los hechos.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k). 588 bis d) La solicitud y actuaciones posteriores relativas a la medida solicitada se sustanciarán e. 588 bis j) El juez acordará el cese de la medida cuando desaparezcan las circunstancias que justificaron su adopción o resulte evidente que a través de la misma no se están obteniendo los resultados pretendidos. 588 bis g) La Policía Judicial informará al juez de instrucción del desarrollo y los resultados de la medida. 588 bis h) Podrán acordarse las medidas de investigación reguladas en los siguientes capítulos. 588 bis i) El uso de las informaciones obtenidas en un procedimiento distinto y los descubrimientos casuales.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k) 588 bis f) Solicitud de prórroga. La solicitud de prórroga ____________________y deberá incluir en todo caso__________(indica la incorrecta). se dirigirá por el Ministerio Fiscal o la Policía Judicial al juez competente con la antelación suficiente a la expiración del plazo concedido. Un informe detallado del resultado de la medida y las razones que justifiquen la continuación de la misma. En el plazo de los 5 días siguientes a la presentación de la solicitud, el juez resolverá sobre el fin de la medida o su prórroga mediante auto motivado. Antes de dictar la resolución podrá solicitar aclaraciones o mayor información. Concedida la prórroga, su cómputo se iniciará desde la fecha de expiración del plazo de la medida acordada.

CAP. IV. Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas..... 588 bis a) a 588 bis k) 588 bis k. Destrucción de registros. Se ordenará el borrado y eliminación de los registros originales que puedan constar en los sistemas electrónicos e informáticos utilizados en la ejecución de la medida________________. Se conservará una copia bajo custodia del secretario judicial. Se acordará la destrucción de las copias conservadas cuando hayan transcurrido 2 años desde que la pena se haya ejecutado o cuando el delito o la pena hayan prescrito o se haya decretado el sobreseimiento libre o haya recaído sentencia absolutoria firme respecto del investigado, siempre que no fuera precisa su conservación a juicio del Tribunal. Los tribunales dictarán las órdenes oportunas a la Policía Judicial para que lleve a efecto la destrucción. Una vez que se ponga término al procedimiento mediante resolución firme.

CAP. X. Medidas de aseguramiento 588 octies. Orden de conservación de datos. Podrán requerir a cualquier persona física o jurídica la conservación y protección de datos o informaciones concretas incluidas en un sistema informático de almacenamiento que se encuentren a su disposición hasta que se obtenga la autorización judicial correspondiente para su cesión con arreglo a lo dispuesto en los artículos precedentes. (indica la incorrecta). El Ministerio Fiscal o el Secretario Judicial. Los datos se conservarán durante un periodo máximo de 90 días, prorrogable una sola vez hasta que se autorice la cesión o se cumplan 180 días. El requerido vendrá obligado a prestar su colaboración y a guardar secreto del desarrollo de esta diligencia, quedando sujeto a la responsabilidad descrita en el apartado·3 del artículo 588 ter e. Los sujetos obligados que incumplieren los anteriores deberes podrán incurrir en delito de desobediencia.

CAP. IX. 588 septies a) a c) .Registros remotos sobre equipos informáticos El juez competente podrá autorizar la utilización de datos de identificación y códigos, así como la instalación de un software, que permitan, de forma remota y telemática, el examen a distancia y sin conocimiento de su titular o usuario del contenido de un ordenador, dispositivo electrónico, sistema informático, instrumento de almacenamiento masivo de datos informáticos o base de datos, siempre que persiga la investigación de alguno de los siguientes delitos (indica la incorrecta). e) Delitos cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la telecomunicación o servicio de comunicación. d) Delitos contra la Constitución, de traición y relativos a la defensa internacional. c) Delitos cometidos contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente. b) Delitos de terrorismo. a) Delitos cometidos en el seno de organizaciones criminales.

CAP. IX. 588 septies a) a c) .Registros remotos sobre equipos informáticos La resolución judicial que autorice el registro deberá especificar_____________________(indica la incorrecta) Cuando los agentes que lleven a cabo el registro remoto tengan razones para creer que los datos buscados están almacenados en otro sistema informático o en una parte del mismo, pondrán este hecho en conocimiento del juez, quien podrá autorizar una ampliación de los términos del registro. a) Los ordenadores, dispositivos electrónicos, sistemas informáticos o parte de los mismos, medios informáticos de almacenamiento de datos o bases de datos, datos u otros contenidos digitales objeto de la medida. b) El alcance de la misma, la forma en la que se procederá al acceso y aprehensión de los datos o archivos informáticos relevantes para la causa y el software mediante el que se ejecutará el control de la información. c) Los agentes autorizados para la ejecución de la medida. d) La autorización, en su caso, para la realización y destrucción de copias de los datos informáticos. e) Las medidas precisas para la preservación de la integridad de los datos almacenados, así como para la inaccesibilidad o supresión de dichos datos del sistema informático al que se ha tenido acceso.

CAP. IX. 588 septies a) a c) .Registros remotos sobre equipos informáticos 588 septies b) Deber de colaboración. Los prestadores de servicios y personas señaladas en el artículo 588 ter e y los titulares o responsables del sistema informático o base de datos objeto del registro están obligados a __________________ 2. Las autoridades y los agentes encargados de la investigación podrán ordenar a cualquier persona que conozca el funcionamiento del sistema informático o las medidas aplicadas para proteger los datos informáticos contenidos en el mismo que facilite la información que resulte necesaria para el buen fin de la diligencia _____________ (indica la incorrecta). facilitar a los agentes investigadores la colaboración precisa para la práctica de la medida y el acceso al sistema. Asimismo, están obligados a facilitar la asistencia necesaria para que los datos e información recogidos puedan ser objeto de examen y visualización. Esta disposición será aplicable al investigado o encausado, a las personas que están dispensadas de la obligación de declarar por razón de parentesco, y a aquellas que, de conformidad con el artículo 416.2, no pueden declarar en virtud del secreto profesional. Los sujetos requeridos para prestar colaboración tendrán la obligación de guardar secreto acerca de las actividades requeridas por las autoridades. Los sujetos mencionados en los apartados 1 y 2 de este artículo quedarán sujetos a la responsabilidad regulada en el apartado 3 del artículo 588 ter e) (delito de desobediencia).

CAP. IX. 588 septies a) a c) .Registros remotos sobre equipos informáticos 588 septies c) Duración. La medida tendrá una duración __________________. máxima de 1 mes, prorrogable por iguales períodos hasta un máximo de 18 meses. mínima de 1 mes, prorrogable por iguales períodos hasta un máximo de 12 meses. máxima de 1 mes, prorrogable por iguales períodos hasta un máximo de 3 meses. máxima de 1 mes, prorrogable por iguales períodos hasta un máximo de 6 meses.

CAP. VIII Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información (588 sexies a) a c)) 588 sexies a). Necesidad de motivación individualizada. Cuando con ocasión de la práctica de un registro domiciliario sea previsible la aprehensión de ordenadores, instrumentos de comunicación telefónica o telemática o dispositivos de almacenamiento masivo de información digital o el acceso a repositorios telemáticos de datos _____________(indica la incorrecta). la resolución del juez de instrucción habrá de extender su razonamiento a la justificación, en su caso, de las razones que legitiman el acceso de los agentes facultados a la información contenida en tales dispositivos. La simple incautación de cualquiera de los dispositivos, practicada durante el transcurso de la diligencia de registro domiciliario, no legitima el acceso a su contenido, sin perjuicio de que dicho acceso pueda ser autorizado ulteriormente por el juez competente. La simple incautación de cualquiera de los dispositivos, legitima el acceso a su contenido.

CAP. VIII Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información (588 sexies a) a c)) 588 sexies b) Acceso a la información de dispositivos electrónicos incautados fuera del domicilio del investigado. En aquellos casos en los que los ordenadores, instrumentos de comunicación o dispositivos de almacenamiento masivo de datos, o el acceso a repositorios telemáticos de datos, sean aprehendidos con independencia de un registro domiciliario________________(indica la incorrecta). Los agentes pondrán en conocimiento del juez la incautación de tales efectos. Si el Juez considera indispensable el acceso a la información albergada en su contenido, otorgará la correspondiente autorización. Será también aplicable la exigencia de que la resolución del juez de instrucción habrá de extender su razonamiento a la justificación, en su caso, de las razones que legitiman el acceso de los agentes facultados a la información contenida en tales dispositivos. No será aplicable la exigencia de que la resolución del juez de instrucción habrá de extender su razonamiento a la justificación, en su caso, de las razones que legitiman el acceso de los agentes facultados a la información contenida en tales dispositivos.

CAP. VIII Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información (588 sexies a) a c)) 588 sexies c). Autorización judicial. La resolución del juez de instrucción mediante la que se autorice el acceso a la información contenida en los dispositivos a que se refiere la presente sección___________ (indica la incorrecta). Fijará los términos y el alcance del registro y podrá autorizar la realización de copias de los datos informáticos. Fijará las condiciones necesarias para asegurar la integridad de los datos y las garantías de su preservación para hacer posible, en su caso, la práctica de un dictamen policial. Salvo que constituyan el objeto o instrumento del delito o existan otras razones que lo justifiquen, se evitará la incautación de los soportes físicos que contengan los datos o archivos informáticos cuando ello pueda causar un grave perjuicio a su titular o propietario. Salvo que constituyan el objeto o instrumento del delito o existan otras razones que lo justifiquen, se evitará la incautación de los soportes físicos que contengan los datos o archivos informáticos cuando sea posible la obtención de una copia de ellos en condiciones que garanticen la autenticidad e integridad de los datos.

CAP. VIII. Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información (588 sexies a) a c)) 588 sexies c). Cuando quienes lleven a cabo el registro o tengan acceso al sistema de información o a una parte del mismo, tengan razones fundadas para considerar que los datos buscados están almacenados en otro sistema informático o en una parte de él _____________(1) (2) En caso ______, la Policía Judicial o el fiscal podrán llevarlo a cabo,_____________, y en todo caso dentro del plazo máximo de ___________, de la actuación realizada, la forma en que se ha efectuado y su resultado. El juez competente, también de forma motivada, revocará o confirmará tal actuación en un plazo máximo de ___________ desde que fue ordenada la interceptación. (3) En los casos de urgencia en que se aprecie _____________que haga imprescindible la medida prevista en los apartados anteriores de este artículo, la Policía Judicial podrá llevar a cabo el _________________contenidos en el dispositivo incautado, (4) comunicándolo ___________________ haciendo constar las razones que justificaron la adopción de la medida, la actuación realizada, la forma en que se ha efectuado y su resultado. El juez competente, también de forma motivada, revocará o confirmará tal actuación en un plazo máximo de ____________________la medida. podrán ampliar el registro, siempre que los datos sean lícitamente accesibles por medio del sistema inicial o estén disponibles para este. Esta ampliación del registro deberá ser autorizada por el juez, salvo que ya lo hubiera sido en la autorización inicial. De urgencia /// informando al juez inmediatamente /// 24 horas // 72 horas. un interés constitucional legítimo /// examen directo de los datos. inmediatamente, y en todo caso dentro del plazo máximo de 24 horas, por escrito motivado al juez competente /// 48 horas desde que fue concedida.

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