20 Preguntas de la Ley 39/2015 (Título Preliminar y I)
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Título del Test:![]() 20 Preguntas de la Ley 39/2015 (Título Preliminar y I) Descripción: Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas |




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¿Cuál es el objeto de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC)? Señala la opción correcta. Regular los requisitos de validez y eficiencia de los actos administrativos. El procedimiento administrativo común a las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas. No Incluye el procedimiento sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, que se regula en la Ley 40/2015. También regula los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. ¿Mediante que procedimiento se podrán incluir trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento y de manera motivada?. Solo mediante Ley. Mediante Ley o Real Decreto. Solo reglamentariamente. Mediante Ley o reglamentariamente. Reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a (Señale la INCORRECTA): Los órganos competentes. Plazos externos del concreto procedimiento por razones técnicas. Formas de iniciación y terminación. Publicación e informes a recabar. ¿Qué órganos tienen consideración de Administraciones Públicas?. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas. Las Universidades Públicas. Las Corporaciones de Derecho Público. ¿Quiénes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas? Señale la INCORRECTA. Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento. ¿Quiénes se consideran interesados en el procedimiento administrativo?. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos, únicamente cuando sean individuales. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento antes del trámite de audiencia. Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales serán titulares de intereses legítimos individuales y colectivos. ¿Cuándo no podrán actuar los interesados con capacidad de obrar por medio de representante?. Manifestación expresa en contra del interesado. Para interponer recursos. En los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Para la práctica de notificaciones por medios electrónicos. ¿En que casos podrán actuar en representación de otras personas ante las administraciones públicas? (Señale la INCORRECTA). Presentar declaraciones responsables o documentos. Interponer recursos. Desistir de acciones. Renunciar a derechos. La falta o insuficiente acreditación de la representación: No impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, en cualquier caso. No impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días. No podrá realizar el trámite del acto de que se trate hasta que presente la acreditación correspondiente. Producirá la caducidad del procedimiento. La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, dispondrán de un registro electrónico general de apoderamientos ¿Qué deberán inscribir en este registro?. Al menos, los de carácter particular otorgado apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor del representante. Al menos, los de carácter general otorgado apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor del representante. Al menos, los de carácter general otorgado apud acta, electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor del representante. Al menos, los de carácter particular otorgado apud acta, electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor del representante. ¿Qué tipos de poderes hay según el artículo 6 de la LPAC para inscribir en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos?. Un poder general para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u Organismo concreto. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para la realización de determinados trámites especificados en el poder. Un poder que habilita al apoderado para la realización de trámites en empresas privadas dependientes o no de la administración pública. ¿Qué validez tendrán los poderes inscritos en el registro electrónico de apoderamientos?. Una validez determinada máxima de 5 años, a contar desde la fecha de inscripción. Una validez determinada máxima de 4 años, a contar desde la fecha de inscripción. Una validez determinada máxima de 5 años, a contar desde la fecha de comparecencia electrónica. Una validez determinada máxima de 4 años, a contar desde la fecha de comparecencia electrónica. Los asientos que se realicen en los registros electrónicos de apoderamientos ¿Qué información deberán contener como mínimo? (Señale la INCORRECTA). Nombre y apellidos del poderdante. documento nacional de identidad del apoderado. Lugar donde se otorga el poder. Tipo de poder según las facultades que otorgue. Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados ¿Con quien se deberán efectuar las actuaciones?. Con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término. Con el representante o el interesado que figure en primer término, en todo caso. Con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el de mayor edad. Con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, en todo caso. ¿Están obligadas las Administraciones Públicas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo?. No, el procedimiento es abierto y accesible. Sí, están obligadas. Sí, excepto en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. No, salvo que el interesado lo solicite expresamente. Los datos en relación con los sistemas de identificación ¿Podrán ser objeto de transferencia a un tercer País u organización internacional?. No, salvo los que hayan sido objeto de una decisión de adecuación de la Comisión Europea. No, excepto cuando así lo exija el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Reino de España. No, en ningún caso. A y B son correctas. Cuando los interesados utilicen un sistema de firma de los previstos en el artículo 10 de la LPAC ¿Necesitarán acreditar su identidad?. Sí, es obligatorio identificarse previamente mediante los sistemas de identificación. No, su identidad se entenderá ya acreditada mediante el propio acto de la firma. Si, utilizando el DNI electrónico o, sí el trámite es presencial, mediante comparecencia personal. No, salvo para renunciar a derechos. ¿Cuándo requerirán las Administraciones Públicas el uso obligatorio de firma?. Para desistir de acciones. Para el acceso a la información pública. Para acceder al portal de transparencia. En los sistemas interactivos de información. Según el artículo 12 de asistencia de uso de medios electrónicos a los interesados, señale la opción INCORRECTA: Las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a todos los interesados que así lo soliciten expresamente. Especialmente asistirán en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas. Si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público, siendo necesario que el interesado preste su consentimiento expreso. La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales mantendrán actualizado un registro, u otro sistema equivalente, donde constarán los funcionarios habilitados para la identificación o firma. En este registro o sistema equivalente donde constan los funcionarios habilitados ¿Qué deberá constar, al menos?. Los funcionarios que presenten servicios en las oficinas de asistencia en materia de registros. Los funcionarios y personal laboral, que presenten servicios en las oficinas de asistencia en materia de registros. Los funcionarios que presten servicios a través del Punto de Acceso General electrónico de la Administración. Los funcionarios y personal laboral que presten servicios a través del Punto de Acceso General electrónico de la Administración. |