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Título del Test:
![]() 13 Descripción: Amo paya |



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La sede electrónica es: Un portal informativo. Una dirección electrónica titularidad de una AAPP. Un tablón de anuncios digital. Un registro electrónico. El titular de la sede responde de: Seguridad únicamente. Integridad, veracidad y actualización. Publicidad. Accesibilidad. El portal de internet: Es lo mismo que la sede. Permite acceso a la información y, en su caso, a la sede. Es obligatorio que tenga certificado. Sustituye a la sede. La Administración puede identificarse mediante: Firma del empleado. CSV. Sello electrónico. Registro electrónico. Se entiende identificada por la info publicada en su: Sede. Registro. Portal. Tablón. Actuación automatizada implica: Uso de ordenador. Sin intervención directa de empleado público. Uso de IA. Firma del jefe. En actuación automatizada debe fijarse el órgano responsable de: Solo programación. Solo mantenimiento. Programación, supervisión, control, auditoría e impugnación. Firma. En actuación automatizada puede usarse: Solo firma empleado. Sello electrónico o CSV. Certificado personal. Registro. El CSV exige: Firma manuscrita. Comprobación en la sede electrónica. Certificado cualificado. Registro previo. En entornos cerrados entre distintas AAPP se requiere: Autorización judicial. Convenio. Registro estatal. Sede común. Todos los documentos administrativos se almacenarán: En papel y digital. Electrónicamente salvo imposibilidad. En papel. En nube pública. Los datos de padrón, censo, fiscales y SNS deben estar en: España. UE. OCDE. ONU. Un convenio NO puede tener por objeto: Fin común. Uso conjunto medios. Prestaciones propias de contratos. Colaboración. No son convenios: Interadministrativos. Protocolos generales de actuación. Con privados. Internacionales no tratados. Los convenios se perfeccionan por: Publicación BOE. Registro. Consentimiento de las partes. Firma electrónica. AGE: inscripción en Registro estatal en: 3 días. 5 días hábiles. 10 días. 15 días. AGE: publicación en BOE en: 5 días. 7 días. 10 días hábiles. 15 días. Duración máxima del convenio: 2 años. 3 años. 4 años. 5 años. Prórroga máxima: 2 años. 3 años. 4 años. 5 años. Si no hay regulación de modificación: Decide el órgano. Mayoría. Unanimidad. Registro. Informes preceptivos: plazo máximo: 5 días. 7 días hábiles. 10 días. 15 días. Remisión al Tribunal de Cuentas cuando compromisos >. 300.000 €. 500.000 €. 600.000 €. 1.000.000 €. Plazo de remisión al Tribunal de Cuentas: 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses. Si tras la liquidación una parte recibió más fondos: Compensa en siguiente convenio. Devuelve en 1 mes + interés si no. No pasa nada. Se archiva. |




