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13. El Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas comprende los artículos: 130 a 148. 113 a 126. 118 a 139. 127 a 133. 12. El Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: no tiene capítulos. tiene 1 capítulo. tiene 2 capítulos. tiene 3 capítulos. 11. El Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se denomina: De la revisión de los actos en vía administrativa. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. De los actos administrativos. 10. Podrá omitirse la consulta pública a los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma cuando la propuesta normativa: no tenga un impacto significativo en la actividad económica. no imponga obligaciones relevantes a los destinatarios. regule aspectos parciales de una materia. todas son correctas. 9. Podrá prescindirse de los trámites de consulta, audiencia e información públicas previstos en este artículo en el caso de: normas presupuestarias u organizativas de la Administración General del Estado o la Administración autonómica. normas presupuestarias u organizativas de la Administración local o de las organizaciones dependientes o vinculadas a éstas. que concurran razones graves de interés público que lo justifiquen. todas son correctas. 8. Se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias: con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento. con carácter posterior a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley. con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley. con carácter posterior a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento. 7. Una vez aprobado, el Plan Anual Normativo se publicará en: la sede electrónica del Organismo competente. el Portal de la Transparencia de la Administración Pública correspondiente. el Boletín Oficial del Estado. el Diario oficial correspondiente. 6. Las Administraciones Públicas harán público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente: semanalmente. mensualmente. trimestralmente. anualmente. 5. Respecto a la publicidad de las normas no es correcto: las Administraciones Públicas tendrán que establecer otros medios de publicidad complementarios al diario oficial correspondiente. la publicación de los diarios o boletines oficiales en las sedes electrónicas de la Administración, Órgano, Organismo público o Entidad competente tendrá los mismos efectos que los atribuidos a su edición impresa. la publicación del «Boletín Oficial del Estado» en la sede electrónica del Organismo competente tendrá carácter oficial y auténtico en las condiciones y con las garantías que se determinen reglamentariamente. ninguna es correcta. 4. Habrán de publicarse en el diario oficial correspondiente para que entren en vigor y produzcan efectos jurídicos: las normas con rango de ley. los reglamentos. las disposiciones administrativas. todas son correctas. 3. Las Administraciones Públicas (señala la incorrecta): a) promoverán la aplicación de los principios de buena regulación. b) cooperarán para promocionar el análisis económico en la aplicación de las normas. c) cooperarán para evitar la introducción de restricciones injustificadas o desproporcionadas a la actividad económica. a y c son correctas. 2. El resultado de la evaluación normativa se plasmará en un informe: que se hará público, con el detalle, periodicidad y por el órgano que determine la normativa reguladora de la Administración correspondiente. que se hará público, con el detalle y periodicidad que determine el órgano de la Administración correspondiente. que no se hará público, con el detalle, periodicidad y por el órgano que determine la normativa reguladora de la Administración correspondiente. que no se hará público, con el detalle y periodicidad que determine el órgano de la Administración correspondiente. 1. Las Administraciones Públicas revisarán periódicamente su normativa vigente para: adaptarla a los principios de buena regulación. comprobar la medida en que las normas en vigor han conseguido los objetivos previstos. comprobar si estaba justificado y correctamente cuantificado el coste y las cargas impuestas en ellas. todas son correctas. 14. Cuando la iniciativa normativa afecte a los gastos o ingresos públicos presentes o futuros, se deberá: cuantificar y valorar sus repercusiones y efectos. supeditar al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. a y b son correctas. a y b son incorrectas. 13. La iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos: en aplicación del principio de eficiencia. en aplicación del principio de transparencia. en virtud del principio de proporcionalidad. en virtud de los principios de necesidad y eficacia. 12. Las Administraciones Públicas posibilitarán el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y los documentos propios de su proceso de elaboración, definirán claramente los objetivos de las iniciativas normativas y su justificación en el preámbulo o exposición de motivos; y posibilitarán que los potenciales destinatarios tengan una participación activa en la elaboración de las normas: en aplicación del principio de eficiencia. en aplicación del principio de transparencia. a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica. en virtud de los principios de necesidad y eficacia. 11. Señala la incorrecta: cuando en materia de procedimiento administrativo la iniciativa normativa establezca trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley, éstos deberán ser justificados atendiendo a la singularidad de la materia o a los fines perseguidos por la propuesta. las habilitaciones para el desarrollo reglamentario de una ley serán conferidas, con carácter general, al Gobierno. la atribución directa a los titulares de los departamentos ministeriales, o a otros órganos dependientes o subordinados de ellos, tendrá carácter general y no precisará de justificación. las leyes podrán habilitar directamente a Autoridades Independientes u otros organismos que tengan atribuida esta potestad para aprobar normas en desarrollo o aplicación de las mismas, cuando la naturaleza de la materia así lo exija. 10. La iniciativa normativa se ejercerá de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas: a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica. en aplicación del principio de eficiencia. en aplicación del principio de transparencia. en virtud de los principios de necesidad y eficacia. 9. La iniciativa que se proponga deberá contener la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, tras constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios: a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica. en aplicación del principio de transparencia. en virtud de los principios de necesidad y eficacia. en virtud del principio de proporcionalidad. 8. La iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general, basarse en una identificación clara de los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución: en virtud de los principios de necesidad y eficacia. en virtud del principio de proporcionalidad. a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica. en aplicación del principio de transparencia. 7. En el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de acuerdo con los principios de: legalidad, eficacia, celeridad, contradicción, transparencia, e igualdad. necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. legalidad, eficacia, proporcionalidad, contradicción, transparencia, y eficiencia. legalidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, publicidad y transparencia. 6. Respecto a la potestad reglamentaria, las disposiciones administrativas se ajustarán al orden de jerarquía que establezcan: los reglamentos. Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de rango superior. las leyes. Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de rango superior. los reglamentos. Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de rango inferior. las leyes. Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de rango inferior. 5. Los reglamentos y disposiciones administrativas, sin perjuicio de su función de desarrollo o colaboración con respecto a la ley (señala la incorrecta): podrán tipificar infracciones administrativas. no podrán tipificar delitos o faltas. no podrán establecer penas o sanciones. no podrán establecer tributos, exacciones parafiscales u otras cargas o prestaciones personales o patrimoniales de carácter público. 4. Los reglamentos y disposiciones administrativas no podrán: vulnerar la Constitución. vulnerar las leyes. regular aquellas materias que la Constitución o los Estatutos de Autonomía reconocen de la competencia de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. todas son correctas. 3. El ejercicio de la potestad reglamentaria corresponde a (señala la incorrecta): el Gobierno de la Nación. los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas. los órganos de gobierno locales. las asambleas parlamentarias del Gobierno y de las Comunidades Autónomas. 2. Señala la incorrecta: la iniciativa legislativa se ejercerá por los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas en los términos establecidos por la Constitución y sus respectivos Estatutos de Autonomía. el Gobierno de la Nación podrá aprobar reales decretos-leyes y reales decretos legislativos en los términos previstos en la Constitución. los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas no podrán aprobar normas equivalentes a reales decretos-leyes y reales decretos legislativos en su ámbito territorial. ninguna es correcta. 1. Respecto a la iniciatva legislativa: el Gobierno de la Nación ejercerá la iniciativa legislativa mediante la elaboración y aprobación de los anteproyectos de Ley y la ulterior remisión de los proyectos de ley a las Cortes Generales. las Cortes Generales ejercerán la iniciativa legislativa mediante la elaboración de los anteproyectos de Ley y la ulterior remisión de los proyectos de ley al Gobierno de la Nación para su aprobación. el Gobierno de la Nación ejercerá la iniciativa legislativa mediante la elaboración de los anteproyectos de Ley y la ulterior remisión de los proyectos de ley a las Cortes Generales para su aprobación. las Cortes Generales ejercerán la iniciativa legislativa mediante la elaboración y aprobación de los anteproyectos de Ley y la ulterior remisión de los proyectos de ley al Gobierno de la Nación. 21. El Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas comprende los artículos: 102 a 124. 101 a 130. 112 a 125. 106 a 126. 20. El Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tiene: 1 capítulo. 2 capítulos. 3 capítulos. 4 capítulos. 19. El Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa. 18. Si desde la interposición del recurso extraordinario de revisión no se ha dictado y notificado la resolución: en el plazo de 1 mes se entenderá estimado. en el plazo de 3 meses se entenderá desestimado. en el plazo de 3 meses se entenderá estimado. en el plazo de 1 mes se entenderá desestimado. 17. El órgano competente para la resolución del recurso extraordinario de revisión, cuando el mismo no se funde en alguna de las causas previstas en el artículo 125.1 o en el supuesto de que se hubiesen desestimado en cuanto al fondo otros recursos sustancialmente iguales, podrá acordar la inadmisión a trámite: motivadamente, previo dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. sin necesidad de motivar, previo dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. motivadamente, sin necesidad de recabar dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. sin necesidad de motivar ni de recabar dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. 16. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente en el plazo de: 1 mes siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. 2 meses siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. 3 meses siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. 4 años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. 15. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme dentro del plazo de: 1 mes a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme. 2 meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme. 3 meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme. 4 años a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme. 14. El recurso extraordinario de revisión podrá interponerse cuando (señala la incorrecta): al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente. aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, siendo anteriores, evidencien el error de la resolución recurrida. en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución. la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme. 13. Será competente para la resolución del recurso extraordinario de revisión: el órgano superior jerárquico del que los dictó. el órgano administrativo que los dictó. el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. ninguna es correcta. 12. Contra los actos firmes en vía administrativa, cuando concurra determinadas circunstancias podrá interponerse: el recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. el recurso extraordinario de revisión ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. el recurso potestativo de reposición ante el órgano administrativo que los dictó. el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó. 11. Contra la resolución de un recurso de reposición: no podrá interponerse de nuevo dicho recurso. no podrá interponerse de nuevo dicho recurso hasta pasados 3 meses. no podrá interponerse de nuevo dicho recurso salvo que aparezcan nuevos documentos de valor esencial para la resolución. podrá interponerse de nuevo dicho recurso hasta en dos ocasiones más. 10. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposicion será de: 10 días. 1 mes. 2 meses. 3 meses. 9. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición: en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. 1 mes. 2 meses. 3 meses. 8. Transcurrido el plazo para la interposición del recurso de reposición: únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo. únicamente podrá interponerse recurso extraordinario de revisión, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia de alzada. únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. únicamente podrá interponerse recurso de alzada. 7. El plazo para la interposición del recurso de reposición si el acto fuera expreso será: cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del: recurso de alzada interpuesto. recurso de reposición interpuesto. recurso extraordinario de revisión interpuesto. ninguna es correcta. 5. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos ante: el mismo órgano que los hubiera dictado. el órgano superior jerárquico del que los dictó. el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. 4. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos: en alzada. potestativamente en reposición. en alzada y potestativamente en reposición. ninguna es correcta. 3. Contra la resolución de un recurso de alzada: únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo. no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso potestativo de reposición, en los casos establecidos en el artículo 123.1. no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125.1. no cabrá ningún otro recurso administrativo. 2. Respecto al recurso de alzada, transcurrido el plazo para dictar y notificar resolución sin que se produzca, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo: se podrá entender estimado el recurso. se podrá entender desestimado el recurso. se producirá la caducidad del recurso. se producirá la suspensión del recurso. 1. El recurso de alzada podrá interponerse: ante el órgano que dictó el acto que se impugna. ante el órgano competente para resolver el acto que se impugna. ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo. ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. 22. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de un recurso de alzada será de: 10 días. 1 mes. 2 meses. 3 meses. 21. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada: 1 mes. 2 meses. 3 meses. en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. 20. El plazo para la interposición del recurso de alzada, si el acto fuera expreso será: 1 mes. 2 meses. 3 meses. cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. 19. Si el recurso de alzada se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente en el plazo de: 5 días. 10 días. 15 días. 20 días. 18. Las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 112.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos: en alzada ante el mismo órgano que los hubiera dictado. potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado. en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. potestativamente en reposición ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. 17. Respecto a la pluralidad de recursos administrativos no es correcto: cuando deban resolverse una pluralidad de recursos administrativos que traigan causa de un mismo acto administrativo y se hubiera interpuesto un recurso judicial contra una resolución administrativa o bien contra el correspondiente acto presunto desestimatorio, el órgano administrativo podrá acordar la suspensión del plazo para resolver hasta que recaiga pronunciamiento judicial. el acuerdo de suspensión deberá ser notificado a los interesados, quienes no podrán recurrirlo. la interposición del correspondiente recurso por un interesado, no afectará a los restantes procedimientos de recurso que se encuentren suspendidos por traer causa del mismo acto administrativo. recaído el pronunciamiento judicial, será comunicado a los interesados y el órgano administrativo competente para resolver podrá dictar resolución sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, salvo el de audiencia, cuando proceda. 16. Respecto a la resolución del recurso no es correcto: cuando existiendo vicio de forma no se estime procedente resolver sobre el fondo se ordenará la retroacción del procedimiento al momento en el que el vicio fue cometido. el órgano que resuelva el recurso decidirá cuantas cuestiones, tanto de forma como de fondo, plantee el procedimiento, hayan sido o no alegadas por los interesados. en el caso de cuestiones no alegadas por los interesados se les oirá previamente. la resolución será congruente con las peticiones formuladas por el recurrente, pudiendo agravarse su situación inicial. 15. La resolución del recurso (señala la incorrecta): estimará en todo o en parte. declarará su admisión. desestimará las pretensiones formuladas en el mismo. declarará su inadmisión. 14. Respecto a la audiencia del interesado no es correcto: no se tendrán en cuenta en la resolución de los recursos, hechos, documentos o alegaciones del recurrente, cuando habiendo podido aportarlos en el trámite de alegaciones no lo haya hecho. no podrá solicitarse la práctica de pruebas cuando su falta de realización en el procedimiento en el que se dictó la resolución recurrida fuera imputable al interesado. si hubiera otros interesados se les dará, en todo caso, traslado del recurso para que dentro del plazo, aleguen cuanto estimen procedente. el recurso, los informes y las propuestas tendrán el carácter de documentos nuevos. 13. Cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario, se pondrán de manifiesto a los interesados para que formulen las alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen procedentes, en un plazo: no inferior a 10 días ni superior a 15. no inferior a 10 días ni superior a 20. no inferior a 10 días ni superior a 30. no inferior a 15 días ni superior a 30. 12. Cuando el recurso tenga por objeto la impugnación de un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, la suspensión de su eficacia habrá de ser: notificada a cada uno de ellos. notificada a quien figure como representante de todos ellos. publicada en el periódico oficial en que aquél se insertó. publicada en tablón de anuncios del ayuntamiento que realizó el acto. 11. Respecto a la suspensión de la ejecución no es correcto: al dictar el acuerdo de suspensión podrán adoptarse las medidas cautelares que sean necesarias para asegurar la protección del interés público o de terceros y la eficacia de la resolución o el acto impugnado. cuando de la suspensión puedan derivarse perjuicios de cualquier naturaleza, aquélla sólo producirá efectos previa prestación de caución o garantía suficiente para responder de ellos, en los términos establecidos legalmente. la suspensión se prolongará después de agotada la vía administrativa cuando, habiéndolo solicitado previamente el interesado, exista medida cautelar y los efectos de ésta se extiendan a la vía contencioso-administrativa. si el interesado interpusiera recurso contencioso-administrativo, solicitando la suspensión del acto objeto del proceso, se mantendrá la suspensión hasta que se produzca el correspondiente pronunciamiento judicial sobre la solicitud. 10. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto en el plazo de: 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses. 9. El órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto impugnado cuando: la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 47.1 de esta Ley. a y b son correctas. a y b son incorrectas. 8. La interposición de cualquier recurso: suspenderá la ejecución del acto impugnado en todo caso. excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado. excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, suspenderá la ejecución del acto impugnado. no suspenderá la ejecución del acto impugnado en ningún caso. 7. Serán causas de inadmisión del recurso las siguientes (señala la incorrecta): ser incompetente el órgano administrativo, cuando el competente perteneciera a la misma Administración Pública. carecer de legitimación el recurrente. tratarse de un acto no susceptible de recurso o haber transcurrido el plazo para su interposición. carecer el recurso manifiestamente de fundamento. 6. Respecto a la interposición de recurso: deberá expresar las particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específica. el error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que no se deduzca su verdadero carácter. los vicios y defectos que hagan anulable un acto podrán ser alegados por quienes los hubieren causado. todas son correctas. 5. La interposición del recurso deberá expresar (señala la incorrecta): el nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo. el acto que se recurre, la razón de su impugnación y la legislación en que se base el recurso. lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones. órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. 4. En el ámbito estatal ponen fin a la vía administrativa (señala la incorrecta): los actos y resoluciones emanados de los Ministros y los Secretarios de Estado en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas los órganos de los que son titulares. los actos y resoluciones emanados de los órganos directivos con nivel de Director general o superior, en relación con las competencias que tengan atribuidas en materia de personal. en los Organismos públicos y entidades derecho público vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, los actos y resoluciones emanados de los máximos órganos de dirección unipersonales o colegiados, de acuerdo con lo que establezcan sus estatutos, salvo que por ley se establezca otra cosa. los actos administrativos de los miembros y órganos que no pertenezcan al Gobierno. 3. Ponen fin a la vía administrativa (señala la incorrecta): la resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, siempre que se derive de relación pública. la resolución de los procedimientos complementarios en materia sancionadora a los que se refiere el artículo 90.4. las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca. ninguna es correcta. 2. Ponen fin a la vía administrativa (señala la incorrecta): las resoluciones de los recursos de alzada. las resoluciones de los procedimientos a que se refiere el artículo 112.2. las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, en todo caso. los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento. 1. El recurso extraordinario de revisión procederá: contra los actos firmes en vía administrativa cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 120.1. contra los actos que no sean firmes en vía administrativa cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125.1. contra los actos que no sean firmes en vía administrativa cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 120.1. contra los actos firmes en vía administrativa cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125.1. 22. Señala la correcta: a) contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa. b) los recursos contra un acto administrativo que se funden únicamente en la nulidad de alguna disposición administrativa de carácter general no podrán interponerse directamente ante el órgano que dictó dicha disposición. c) las reclamaciones económico-administrativas se ajustarán a los procedimientos establecidos por su legislación específica. a y c son correctas. 21. Podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición contra actos de trámite que: deciden directa o indirectamente el fondo del asunto. determinan la posibilidad de continuar el procedimiento. producen indefensión o perjuicio reparable a derechos e intereses legítimos. todas son correctas. 20. Respecto a los procedimientos a que se refiere la pregunta anterior, las leyes: no podrán sustituir el recurso de reposición por dichos procedimientos. podrán sustituir el recurso de reposición por dichos procedimientos convirtiéndose en preceptivo para el interesado. podrán sustituir el recurso de reposición por dichos procedimientos respetando su carácter potestativo para el interesado. ninguna es correcta. 19. Las leyes podrán sustituir el recurso de alzada, en supuestos o ámbitos sectoriales determinados, y cuando la especificidad de la materia así lo justifique, por otros procedimientos: de impugnación. de reclamación y conciliación. de mediación y arbitraje. todas son correctas. 18. Contra las resoluciones y determinados actos de trámite, fundado en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de esta Ley podrá interponerse por los interesados: el recurso de alzada. los recursos de alzada y potestativo de reposición. los recursos de alzada y extraordinario de revisión. los recursos de alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión. 17. En el ámbito estatal, serán competentes para la revisión de oficio de las disposiciones y los actos administrativos nulos y anulables, en los Organismos públicos y entidades derecho público vinculados o dependientes de la Administración General del Estado: los órganos a los que estén adscritos los Organismos públicos y entidades de derecho público, respecto de los actos y disposiciones dictados por los órganos de ellos dependientes. los máximos órganos rectores de los Organismos públicos y entidades de derecho público, respecto de los actos y disposiciones dictados por los órganos de ellos dependientes. a y b son correctas. a y b son incorrectas. 16. En el ámbito estatal, serán competentes para la revisión de oficio de las disposiciones y los actos administrativos nulos y anulables: el Consejo de Ministros, respecto de sus propios actos y disposiciones y de los actos y disposiciones dictados por los Ministros. en la Administración General del Estado, los Ministros, respecto de los actos y disposiciones de los Secretarios de Estado y de los dictados por órganos directivos de su Departamento no dependientes de una Secretaría de Estado. en la Administración General del Estado, los Secretarios de Estado, respecto de los actos y disposiciones dictados por los órganos directivos de ellos dependientes. todas son correctas. 15. Las Administraciones Públicas podrán rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos: mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, de oficio. en cualquier momento, de oficio. mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, de oficio o a instancia de los interesados. en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados. 14. Las Administraciones Públicas podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación (señala la incorrecta): constituya dispensa o exención no permitida por las leyes. no sea contraria al principio de igualdad o al interés público. no sea contraria al ordenamiento jurídico. ninguna es correcta. 13. Las Administraciones Públicas podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables: en cualquier momento. mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción. mientras no haya transcurrido el plazo de caducidad. en los primeros 10 días del acto. 12. Iniciado el procedimiento de revisión de oficio al que se refieren los artículos 106 y 107: no se podrá suspender la ejecución del acto. el órgano competente para declarar la nulidad o lesividad podrá suspender la ejecución del acto, cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. cualquier órgano administrativo superior podrá suspender la ejecución del acto, cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. el órgano competente para declarar la nulidad o lesividad podrá suspender la ejecución del acto, cuando lo estime conveniente. 11. Respecto a la declaración de lesividad (señala la incorrecta): podrá notificarse a los interesados a los meros efectos informativos. si el acto proviniera de la Administración General del Estado, la declaración de lesividad se adoptará por el órgano de la Administración competente en la materia. si el acto proviniera de las Comunidades Autónomas, la declaración de lesividad se adoptará por el órgano de cada Administración competente en la materia. si el acto proviniera de las entidades que integran la Administración Local, la declaración de lesividad se adoptará por el Pleno de la Corporación o, en defecto de éste, por el órgano colegiado inferior de la entidad. 10. Se producirá la caducidad del mismo cuando desde la iniciación del procedimiento sin que se hubiera declarado la lesividad hubieran trascurrido: 3 meses. 6 meses. 2 años. 6 años. 9. La declaración de lesividad: podrá ser objeto de los recursos que se estimen pertinentes. podrá ser recurrible en alzada. podrá ser recurrible potestativo de reposición. no será susceptible de recurso. 8. La declaración de lesividad: exigirá la previa audiencia de cuantos aparezcan como interesados en el mismo. requerirá previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere. exigirá la oportuna autorización por el órgano competente en materia de Hacienda Pública. requerirá en todo caso la aprobación expresa del Consejo de Ministros u órgano equivalente de las Comunidades Autónomas. 7. La declaración de lesividad no podrá adoptarse una vez transcurrido: 6 meses desde que se dictó el acto administrativo. 1 año desde que se dictó el acto administrativo. 2 años desde que se dictó el acto administrativo. 4 años desde que se dictó el acto administrativo. 6. Las Administraciones Públicas podrán impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: los actos favorables para los interesados que sean anulables conforme a lo dispuesto en el artículo 48, previa su declaración de lesividad para el interés público. los actos no favorables para los interesados que sean anulables conforme a lo dispuesto en el artículo 48, previa su declaración de lesividad para el interés público. los actos favorables para los interesados que no sean anulables conforme a lo dispuesto en el artículo 48, previa su declaración de lesividad para el interés público. los actos no favorables para los interesados que no sean anulables conforme a lo dispuesto en el artículo 48, previa su declaración de lesividad para el interés público. 5. Respecto a revisión de disposiciones y actos nulos si el procedimiento se hubiera iniciado a solicitud de interesado transcurrido el plazo máximo sin dictarse resolución: se producirá la invalidez del mismo. se podrá entender la misma estimada por silencio administrativo. se podrá entender la misma desestimada por silencio administrativo. se producirá la caducidad del mismo. 4. Respecto a la revsión de disposiciones y actos nulos cuando el procedimiento se hubiera iniciado de oficio, el transcurso del plazo: de 1 mes desde su inicio sin dictarse resolución producirá la caducidad del mismo. de 2 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá la caducidad del mismo. de 3 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá la caducidad del mismo. de 6 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá la caducidad del mismo. 3. El órgano competente para la revisión de oficio podrá acordar motivadamente la inadmisión a trámite de las solicitudes formuladas por los interesados, sin necesidad de recabar Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma, cuando: las mismas no se basen en alguna de las causas de nulidad del artículo 47.1. carezcan manifiestamente de fundamento. en el supuesto de que se hubieran desestimado en cuanto al fondo otras solicitudes sustancialmente iguales. todas son correctas. 2. Las Administraciones Públicas podrán declarar la nulidad de las disposiciones administrativas en los supuestos previstos en el artículo 47.2: de oficio o a solicitud del interesado, previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma si lo hubiere. de oficio, previo dictamen favorable o no del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma si lo hubiere. de oficio, previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma si lo hubiere. de oficio o a solicitud del interesado, previo dictamen favorable o no del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma si lo hubiere. 1. Las Administraciones Públicas declararán de oficio la nulidad de los actos administrativos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los supuestos previstos en el artículo 47.1: en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, por iniciativa propia, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere. en cualquier momento, a solicitud de interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere. en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, por iniciativa propia o a solicitud de interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere. en cualquier momento, por iniciativa propia o a solicitud de interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere. 13. El Título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas comprende los artículos: 66 a 100. 53 a 105. 49 a 107. 58 a 99. 12. El Título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tiene: 3 capítulos. 4 capítulos. 5 capítulos. 7 capítulos. 11. El Título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se denomina: De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa. 10. Las acciones posesorias contra las actuaciones de los órganos administrativos realizadas en materia de su competencia y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido: en ningún caso se admitirán a trámite. excepcionalmente podrán admitirse a trámite. se admitirán a trámite como regla general. se admitirán a trámite en todo caso. 9. El obligado deberá resarcir los daños y perjuicios, a cuya liquidación y cobro se procederá en vía administrativa si, tratándose de: obligaciones personalísimas de no hacer, se realizase la prestación. obligaciones personalísimas de hacer, se realizase la prestación. obligaciones personalísimas de hacer, no se realizase la prestación. obligaciones personalísimas de no hacer, no se realizase la prestación. 8. Un acto administrativo podrá ser ejecutado por compulsión directa sobre las personas: en los casos en que la ley expresamente lo autorice. dentro siempre del respeto debido a su dignidad. dentro siempre del respeto debido a los derechos reconocidos en la Constitución. todas son correctas. 7. Podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas: los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar. los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de hacer o soportar. los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de hacer o no soportar. los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o no soportar. 6. La multa coercitiva es: dependiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter e incompatible con ellas. independiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas. dependiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas. independiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter e incompatible con ellas. 5. Cuando así lo autoricen las Leyes, y en la forma y cuantía que éstas determinen, las Administraciones Públicas pueden, para la ejecución de determinados actos, imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, en los siguientes supuestos (señala la incorrecta): actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado. actos en que, procediendo la compulsión, la Administración no la estimara conveniente. actos cuya ejecución no pueda el obligado encargar a otra persona. todas son correctas. 4. En la ejecución subsidiaria el importe de los gastos, daños y perjuicios: podrá liquidarse de forma provisional y realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva. no podrá liquidarse de forma provisional ni realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva. podrá liquidarse de forma provisional pero no podrá realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva. no podrá liquidarse de forma provisional pero podrá realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva. 3. Cuando haya lugar a la ejecución subsidiaria las Administraciones Públicas realizarán el acto: a través de las personas que determinen, a costa del obligado. por sí, a costa del obligado. por sí, a costa de las personas que determinen. por sí o a través de las personas que determinen, a costa del obligado. 2. Habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que: por ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. por no ser personalísimos no puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. por no ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. por ser personalísimos no puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. 1. No podrá imponerse a los administrados una obligación pecuniaria que no estuviese establecida con arreglo a: una Ley. una norma de rango legal. una norma reglamentaria. una norma de rango legal o reglamentaria. 15. Si en virtud de acto administrativo hubiera de satisfacerse cantidad líquida: se seguirá el procedimiento previsto en en las normas reguladoras del procedimiento de apremio. habrá lugar a la ejecución subsidiaria. podrá ser ejecutado por compulsión directa sobre las personas. podrán imponerse multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo. 14. Si para la ejecución forzosa fuese necesario entrar en el domicilio del afectado o en los restantes lugares que requieran la autorización de su titular las Administraciones Públicas: deberán obtener el consentimiento del afectado. deberán obtener la oportuna autorización judicial. deberán obtener el consentimiento del afectado y obtener la oportuna autorización judicial. deberán obtener el consentimiento del afectado u obtener la oportuna autorización judicial. 13. Si fueran varios los medios de ejecución admisibles se elegirá: el que decida el afectado. el que decida el órgano administrativo competente. el que se pueda llevar a cabo con mayor rapidez. el menos restrictivo de la libertad individual. 12. La ejecución forzosa por las Administraciones Públicas se efectuará, respetando siempre el principio de proporcionalidad, por los siguientes medios (señala la correcta): apremio sobre el patrimonio. ejecución coercitiva. multa subsidiaria. compulsión sobre el patrimonio. 11. Las Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes en cada caso, podrán proceder previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos salvo: en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la Ley. cuando la Constitución exija la intervención de un órgano judicial. cuando la Ley exija la intervención de un órgano judicial. todas son correctas. 10. Cuando de una resolución administrativa nazca una obligación de pago derivada de una sanción pecuniaria, multa o cualquier otro derecho que haya de abonarse a la Hacienda pública, éste se efectuará preferentemente, salvo que se justifique la imposibilidad de hacerlo, utilizando: tarjeta de crédito y débito. transferencia bancaria o domiciliación bancaria. cualesquiera que se autoricen por el órgano competente en materia de Hacienda Pública. todas son correctas. 9. Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo serán inmediatamente ejecutivos, salvo que (señala la incorrecta): se produzca la suspensión de la ejecución del acto. se trate de una resolución de un procedimiento de naturaleza sancionadora contra la que quepa algún recurso en vía administrativa, salvo el potestativo de reposición. una disposición establezca lo contrario. se necesite aprobación o autorización superior. 8. Las Administraciones Públicas no iniciarán ninguna actuación material de ejecución de resoluciones que limite derechos de los particulares: en ningún caso. salvo que dichos particulares den su consentimiento expreso. sin que previamente haya sido adoptada la resolución que le sirva de fundamento jurídico. salvo casos de fuerza mayor. 7. Los procedimientos administrativos tramitados de manera simplificada constarán de (señala la incorrecta): informe del servicio jurídico, cuando éste sea preceptivo. informe del Consejo General del Poder Judicial, en todo caso. dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma en los casos en que sea preceptivo. resolución. 6. Los procedimientos administrativos tramitados de manera simplificada constarán de: inicio del procedimiento de oficio o a solicitud del interesado. subsanación de la solicitud presentada, en todo caso. alegaciones formuladas al final del procedimiento durante el plazo de 5 días. trámite de audiencia, únicamente cuando la resolución vaya a ser favorable para el interesado. 5. Salvo que reste menos para su tramitación ordinaria, los procedimientos administrativos tramitados de manera simplificada deberán ser resueltos en: 10 días. 20 días. 30 días. 60 días. 4. En el caso de procedimientos de naturaleza sancionadora, se podrá adoptar la tramitación simplificada del procedimiento cuando el órgano competente para iniciar el procedimiento considere que, de acuerdo con lo previsto en su normativa reguladora, existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como: leve, sin perjuicio de la oposición expresa por parte del interesado. grave, sin que quepa la oposición expresa por parte del interesado. leve, sin que quepa la oposición expresa por parte del interesado. grave, sin perjuicio de la oposición expresa por parte del interesado. 3. Transcurrido el plazo que tiene el órgano competente para poder desestimar la solicitud de la tramitación simplificada del procedimiento: se entenderá estimada la solicitud. se entenderá desestimada la solicitud. se producirá la caducidad de la solicitud. se producirá la suspensión del procedimiento. 2. Los interesados podrán solicitar la tramitación simplificada del procedimiento. El órgano competente para la tramitación podrá desestimar dicha solicitud, en el plazo de: 5 días desde su presentación, sin perjuicio de los recursos que pueda interponer el interesado. 10 días desde su presentación, sin que exista posibilidad de recurso por parte del interesado. 5 días desde su presentación, sin que exista posibilidad de recurso por parte del interesado. 10 días desde su presentación, sin perjuicio de los recursos que pueda interponer el interesado. 1. Cuando la tramitación simplificada del procedimiento sea acordada por la Administración: de oficio, deberá notificarlo a los interesados, si alguno de ellos manifestara su oposición expresa, la Administración deberá seguir la tramitación ordinaria. de oficio, deberá notificarlo a los interesados, aunque alguno de ellos manifestara su oposición expresa, la Administración seguirá con la tramitación simplificada. a solicitud de los interesados, deberá notificarlo a éstos, si alguno de ellos manifestara su oposición expresa, la Administración deberá seguir la tramitación ordinaria. a solicitud de los interesados, deberá notificarlo a éstos y aunque alguno de ellos manifestara su oposición expresa, la Administración seguirá con la tramitación simplificada. 20. Una vez acordada la tramitación simplificada del procedimiento: no será posible volver a la tramitación ordinaria del procedimiento. el órgano competente para su tramitación podrá acordar continuar con arreglo a la tramitación ordinaria en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución. el órgano competente para su tramitación podrá acordar continuar con arreglo a la tramitación ordinaria en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia. el órgano competente para su tramitación podrá acordar continuar con arreglo a la tramitación ordinaria en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de información pública. 19. las Administraciones Públicas podrán acordar la tramitación simplificada del procedimiento. de oficio, cuando la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen. de oficio, cuando razones de interés público así lo aconsejen. de oficio o a solicitud del interesado, cuando la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen. de oficio o a solicitud del interesado, cuando razones de interés público o la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen. 18. Respecto a la caducidad no es correcto: en los casos en los que sea posible la iniciación de un nuevo procedimiento por no haberse producido la prescripción, podrán incorporarse a éste los actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse producido la caducidad. en el nuevo procedimiento si no se ha producido la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, deberán cumplimentarse los trámites de alegaciones, proposición de prueba y audiencia al interesado. la caducidad será apicable en el supuesto de que la cuestión suscitada afecte al interés general, o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento. ninguna es correcta. 17. La caducidad: producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción. no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados interrumpirán el plazo de prescripción. producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados interrumpirán el plazo de prescripción. no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción. 16. Contra la resolución que declare la caducidad: podrá imponerse recurso contencioso-administrativo. podrá imponerse recurso de alzada. procederán los recursos pertinentes. no podrá imponerse recurso alguno. 15. Respecto a la caducidad no es correcto: consumido el plazo para que se produzca la caducidad sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. no podrá acordarse la caducidad por la simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites, aunque sean indispensables para dictar resolución. la inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites no tendrá otro efecto que la pérdida de su derecho al referido trámite. todas son correctas. 14. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que se producirá la caducidad del procedimiento transcurrido: 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses. 13. Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento: la Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al interesado finalizando el procedimiento. la Administración suspenderá el procedimiento por el tiempo necesario. la Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al interesado y seguirá el procedimiento. la Administración no podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al interesado por tratarse de derechos indisponibles. 12. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de: 10 días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia. 15 días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia. 20 días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia. 30 días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia. 11. Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados: el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado. el desistimiento afectará a todos los interesados pero la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado. la renuncia afectará a todos los interesados pero pero el desistimiento sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado. el desistimiento o la renuncia afectará a todos los interesados. 10. Respecto al desistimiento y renuncia por los interesados: todo interesado podrá desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos. todo interesado podrá renunciar a sus derechos o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, desistir de su solicitud. todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. una vez alcanzado el trámite de audiencia los interesados no podrán desistir de su solicitud ni renunciar a sus derechos. 9. En los procedimientos iniciados de oficio: la Administración podrá desistir, sin necesidad de motivar, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes. la Administración no podrá desistir en ningún caso del procedimiento. la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes. la Administración podrá desistir libremente cuando lo considere conveniente. 8. En el caso de las Entidades de Derecho Público: las normas que determinen su régimen jurídico podrán establecer los órganos a quien corresponde la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. se aplicarán en todo caso las normas previstas en esta Ley para conocer los órganos a quien corresponde la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. serán los órganos directivos los encargados de la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. niniguna es correcta. 7. En el ámbito autonómico y local, los procedimientos de responsabilidad patrimonial se resolverán por: las asambleas parlamentarias mediante consenso. los órganos de gobierno si se trata de casos de cuantía elevada. una comisión especializada creada para la ocasión. los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas o de las Entidades que integran la Administración Local. 6. En el ámbito de la Administración General del Estado, los procedimientos de responsabilidad patrimonial se resolverán por: el Ministro respectivo o por el Consejo de Ministros en los casos del artículo 32.3 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público o cuando una ley así lo disponga. el órgano correspondiente o por el Consejo de Estado en los casos del artículo 32.3 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público o cuando una ley así lo disponga. lo contencioso-administrativo o por lo civil en los casos del artículo 32.3 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público o cuando una ley así lo disponga. el Consejo de Estado o por una Comisión Permanente en los casos del artículo 32.3 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público o cuando una ley así lo disponga. 5. Podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular cuando desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo haya transcurrido: 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses. 4. Respecto a la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial una vez recibido, en su caso, el dictamen al que se refiere el artículo 81.2 o, cuando éste no sea preceptivo: una vez finalizado el trámite de audiencia, el órgano competente someterá la propuesta de acuerdo para su formalización por el interesado y por el órgano administrativo competente para suscribirlo. una vez finalizado el trámite de información pública, el órgano competente resolverá o someterá la propuesta de acuerdo para su formalización por el interesado y por el órgano administrativo competente para suscribirlo. una vez finalizado el trámite de información pública, el órgano competente someterá la propuesta de acuerdo para su formalización por el interesado y por el órgano administrativo competente para suscribirlo. una vez finalizado el trámite de audiencia, el órgano competente resolverá o someterá la propuesta de acuerdo para su formalización por el interesado y por el órgano administrativo competente para suscribirlo. 3. Respecto a la resolución en los procedimientos de carácter sancionador no es correcto: cuando las conductas sancionadas hubieran causado daños o perjuicios a las Administraciones y la cuantía destinada a indemnizar estos daños no hubiera quedado determinada en el expediente, se fijará mediante un procedimiento complementario, cuya resolución será inmediatamente ejecutiva. este procedimiento será susceptible de terminación convencional, ésta o la aceptación por el infractor de la resolución que pudiera recaer implicarán el reconocimiento voluntario de su responsabilidad. la resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa. ninguna es correcta. 2. Respecto a la pregunta anterior, dicha suspensión cautelar finalizará cuando: haya transcurrido el plazo legalmente previsto sin que el interesado haya interpuesto recurso contencioso administrativo. habiendo el interesado interpuesto recurso contencioso-administrativo, no se haya solicitado en el mismo trámite la suspensión cautelar de la resolución impugnada. habiendo el interesado interpuesto recurso contencioso-administrativo, el órgano judicial se pronuncie sobre la suspensión cautelar solicitada, en los términos previstos en ella. todas son correctas. 1. Cuando la resolución sea ejecutiva, se podrá suspender cautelarmente, si el interesado manifiesta a la Administración su intención de: interponer recurso de alzada contra la resolución firme en vía administrativa. interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución firme en vía administrativa. interponer recurso de alzada contra la resolución que no sea firme en vía administrativa. interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución que no sea firme en vía administrativa. 20. Respecto a la resolución en los procedimientos sancionadores, cuando el órgano competente para resolver considere que la infracción o la sanción revisten mayor gravedad que la determinada en la propuesta de resolución, se notificará al inculpado para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes en el plazo de: 10 días. 15 días. 20 días. 30 días. 19. Respecto a la resolución en los procedimientos sancionadores: en la resolución se podrán aceptar hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, con independencia de su diferente valoración jurídica. la resolución que ponga fin al procedimiento será ejecutiva cuando no quepa contra ella ningún recurso ordinario en vía administrativa. en la resolución que ponga fin al procedimiento se podrán adoptar las disposiciones cautelares precisas para garantizar su eficacia cuando sea ejecutiva y que podrán consistir en el mantenimiento de las medidas provisionales que en su caso se hubieran adoptado. todas son correctas. 18. En el caso de procedimientos de carácter sancionador la resolución incluirá: la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión. fijarán los hechos y, en su caso, la persona o personas responsables. fijarán la infracción o infracciones cometidas y la sanción o sanciones que se imponen, o bien la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad. todas son correctas. 17. Respecto a la propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador no es correcto: en el caso de procedimientos de carácter sancionador, una vez concluida la instrucción del procedimiento, el órgano instructor formulará una propuesta de resolución que no se notificará a los interesados. la propuesta de resolución deberá indicar la puesta de manifiesto del procedimiento y el plazo para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que se estimen pertinentes. en la propuesta de resolución se fijarán de forma motivada los hechos que se consideren probados y su exacta calificación jurídica, se determinará la infracción que, en su caso, aquéllos constituyan, la persona o personas responsables y la sanción que se proponga. en la propuesta de resolución se fijará la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión, así como las medidas provisionales que, en su caso, se hubieran adoptado. 16. Respecto a la propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador, el órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución, cuando en la instrucción procedimiento se ponga de manifiesto que concurre alguna de las siguientes circunstancias (señala la incorrecta): cuando no exista o no se haya podido identificar a la persona o personas responsables. cuando la persona o personas responsables aparezcan exentos de responsabilidad. cuando se concluyera, antes de la fase de instrucción, que ha prescrito la infracción. todas son correctas. 15. Respecto a la propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador, el órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución, cuando en la instrucción procedimiento se ponga de manifiesto que concurre alguna de las siguientes circunstancias (señala la incorrecta): la inexistencia de los hechos que pudieran constituir la infracción. cuando los hechos resulten acreditados. los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción administrativa. todas son correctas. 14. Respecto al contenido de la resolución no es correcto: la aceptación de informes o dictámenes no servirá por si misma de motivación a la resolución cuando se incorporen al texto de la misma. cuando la competencia para instruir y resolver un procedimiento no recaiga en un mismo órgano, será necesario que el instructor eleve al órgano competente para resolver un propuesta de resolución. en los procedimientos de carácter sancionador, la propuesta de resolución deberá ser notificada a los interesados. todas son correctas. 13. En ningún caso podrá la Administración abstenerse de resolver so pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de los preceptos legales aplicables al caso: ni podrá acordarse la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el ordenamiento jurídico o manifiestamente carentes de fundamento, sin perjuicio del derecho de petición previsto por el artículo 27 de la Constitución. aunque podrá acordarse la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el ordenamiento jurídico o manifiestamente carentes de fundamento, sin perjuicio del derecho de petición previsto por el artículo 27 de la Constitución. aunque podrá acordarse la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el ordenamiento jurídico o manifiestamente carentes de fundamento, sin perjuicio del derecho de petición previsto por el artículo 29 de la Constitución. ni podrá acordarse la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el ordenamiento jurídico o manifiestamente carentes de fundamento, sin perjuicio del derecho de petición previsto por el artículo 29 de la Constitución. 12. Respecto al contenido de la resolución no es correcto: las resoluciones expresarán los recursos que contra la misma procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin que sea posible interponer otro recurso distinto a los señalados. sin perjuicio de la forma y lugar señalados por el interesado para la práctica de las notificaciones, la resolución del procedimiento se dictará electrónicamente. la resolución del procedimiento garantizará la identidad del órgano competente, así como la autenticidad e integridad del documento que se formalice mediante el empleo de alguno de los instrumentos previstos en esta Ley. ninguna es correcta. 11. Respecto al contenido de la resolución cuando se trate de cuestiones conexas que no hubieran sido planteadas por los interesados, el órgano competente podrá pronunciarse sobre las mismas, poniéndolo antes de manifiesto a aquéllos para que formulen las alegaciones que estimen pertinentes y aporten, en su caso, los medios de prueba por un plazo: superior a 10 días. no superior a 10 días. superior a 15 días. no superior a 15 días. 10. Respecto a la resolución no es correcto: la resolución que ponga fin al procedimiento decidirá únicamente las cuestiones planteadas por los interesados. en los procedimientos tramitados a solicitud del interesado, la resolución será congruente con las peticiones formuladas por éste, sin que en ningún caso pueda agravar su situación inicial. las resoluciones contendrán la decisión, que será motivada en los casos a que se refiere el artículo 35. en los procedimientos tramitados a solicitud del interesado, la resolución será congruente con las peticiones formuladas por éste, sin perjuicio de la potestad de la Administración de incoar de oficio un nuevo procedimiento, si procede. 9. Las actuaciones complementarias deberán practicarse en un plazo: superior a 10 días. no superior a 10 días. superior a 15 días. no superior a 15 días. 8. El acuerdo de realización de actuaciones complementarias se notificará a los interesados, concediéndoseles un plazo para formular las alegaciones que tengan por pertinentes tras la finalización de las mismas de: 5 días. 7 días. 10 días. 15 días. 7. Respecto a las actuaciones complementarias: antes de dictar resolución, el órgano competente para resolver podrá decidir, mediante acuerdo motivado, la realización de las actuaciones complementarias indispensables para resolver el procedimiento. los informes que preceden inmediatamente a la resolución final del procedimiento tendrán la consideración de actuaciones complementarias. la realización de las actuaciones complementarias no supondrá la suspensión del plazo para resolver el procedimiento. todas son correctas. 6. Respecto a la terminación convencional no es correcto: requerirán en todo caso la aprobación expresa del Consejo de Ministros u órgano equivalente de las Comunidades Autónomas, los acuerdos que versen sobre materias que no sean competencia de dicho órgano. los acuerdos que se suscriban no supondrán alteración de las competencias atribuidas a los órganos administrativos. los acuerdos que se suscriban no supondrán alteración de las responsabilidades que correspondan a las autoridades y funcionarios, relativas al funcionamiento de los servicios públicos. en los casos de procedimientos de responsabilidad patrimonial, el acuerdo alcanzado entre las partes deberá fijar la cuantía y modo de indemnización de acuerdo con los criterios que para calcularla y abonarla establece el artículo 34 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. 5. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que celebren las Administraciones Públicas: deberán publicarse en el Diario oficial correspondiente en el plazo de 10 días desde su firma. deberán publicarse en la sede electrónica correspondiente en el plazo de 15 días desde su firma. deberán publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados. deberán publicarse cuando así se establezca en los mismos. 4. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que celebren las Administraciones Públicas deberán establecer como contenido mínimo: (señala la incorrecta). la identificación de las partes intervinientes. el ámbito personal, funcional y territorial. el plazo de vigencia. las causas de su resolución. 3. Las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que, en su caso, prevea la disposición que lo regule: pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter posterior, vinculante, a la resolución que les ponga fin. no pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin. no pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter posterior, vinculante, a la resolución que les ponga fin. pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin. 2. Las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con: personas de Derecho público. personas de Derecho privado. tanto personas de Derecho público como privado. ninguna es correcta. 1. Las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos, siempre que: no sean contrarios al ordenamiento jurídico. versen sobre materias no susceptibles de transacción. no tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado. todas son correctas. |




