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Título del Test:![]() 10 Descripción: parte 2 |




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no se considera persona ilegalmente detenida a los efectos de la ley que regula el procedimiento de habeas corpus. el ilícitamente internado en cualquier establecimiento o lugar. el detenido sin cumplir las requisitos y formalidades legales. el privado de libertad por plazo superior al señalado en la ley. al detenido por la policía judicial sin orden judicial vigente y en regla. dictado el auto de incoación hasta que se resuelve el procedimiento de habeas corpus, han de transcurrir como máximo. 12 horas. 24 horas. 48 horas. 72 horas. no es medida que el juez pueda acordar en un procedimiento de habeas corpus. la prorroga de la prisión, si ha sobrepasado el tiempo máximo de detención. la inmediata puesta en libertad si está detenido ilegalmente. que continúe la situación de privación de libertad en otro establecimiento. que el detenido sea puesto de manera inmediata a disposición judicial si hubiera transcurrido el plazo legalmente establecido para su detención. la LO reguladora del procedimiento de habeas corpus es la. 8/84 de 24 de mayo. 6/84 de 24 de mayo. 8/82 de 24 de mayo. 8/85 de 24 de mayo. nunca, ni aún excepcionalmente, será juez competente para conocer de un procedimiento de habeas corpus. el juez de instrucción del lugar en que se produzca la detención. el juez central de instrucción de la audiencia nacional. el juez togado militar de instrucción. el juez de lo penal del lugar en que se encuentre la persona privada de libertad. no es competencia del tribunal del jurado. el delito de homicidio consumado. el delito de amenazas. el delito de coacciones. el delito de allanamiento de morada. en el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos introducido por la ley 38/2002 de 24 de octubre, el secretario del juzgado de guardia hará el señalamiento para la celebración del juicio oral en la fecha más próxima posible, y en todo caso. dentro de los 3 días siguientes. dentro de los 5 días siguientes. dentro de los 10 días siguientes. dentro de los 15 días siguientes. cuando un hecho constituya dos o más delitos, y uno de ellos sea competencia del tribunal del jurado, este tribunal conocerá. siempre. nunca. solo del delito que sea de su competencia. conocerá de todos ellos la audiencia provincial. en el procedimiento de enjuiciamiento rápido de determinados delitos, si se hubiese constituido acusación particular que hubiera solicitado la apertura de juicio oral y así lo hubiera acordado el juez de guardia, éste emplazará en el acto a aquélla y al MF para que presenten sus escritos dentro de un plazo improrrogable y no superior a: 24 horas. 2 días. 3 días. 5 días. el juicio con jurado se celebra en el ámbito de. el juzgado de lo penal. el TSJ de la CCAA. la audiencia provincial. la audiencia territorial. antes de expirar el plazo máximo en el que, con carácter general, deben practicarse las diligencias de instrucción en un proceso penal, el juez instructor, a instancia del MF y previa audiencia de las partes, podrá declarar la instrucción compleja, lo que determinará que el plazo de duración de la instrucción será de. 6 meses. 12 meses. 18 meses. 24 meses. cuando la instrucción sea declarada compleja, el juez instructor de la causa, a instancia del MF y previa audiencia de las partes, podrá prorrogar el plazo máximo de duración de la instrucción. por otros 6 mese. por otros 12 meses. por igual plazo. por igual plazo o uno inferior. cuando la instrucción sea declarada compleja, la solicitud de prórroga del plazo máximo de duración de la instrucción deberá presentarse por escrito. con un mes de antelación a la expiración del plazo máximo. al menos 10 días antes de la expiración del plazo máximo. al menos 3 días antes de la expiración del plazo máximo. al menos 48 horas antes de la expiración del plazo máximo. ¿qué recurso cabe interponer contra el auto que desestima la solicitud de prórroga del plazo máximo de duración de la instrucción?. recurso de reforma. recurso de súplica. recurso de apelación. no cabe recurso alguno. ¿cuál de los siguientes supuestos no está contemplado en el art. 324.2 LECr. dentro de los que permiten declarar la instrucción compleja?. que recaiga sobre grupos u organizaciones criminales. que involucre a gran cantidad de investigados o víctimas. que implique la realización de actuaciones en el extranjero. que se trate de varios delitos cometidos por la misma persona y que tengan analogía o relación entre sí. los plazos máximos de duración de la instrucción de un proceso penal quedan interrumpidos en los supuestos que prevé el apartado 3 del art. 324 LECr. Señale cuál de los siguientes no da lugar a interrupción. durante la duración del secreto de actuaciones. en caso de acordarse el sobreseimiento libre. en caso de acordarse el sobreseimiento provisional. ninguna es correcta. señale la incorrecta. El juez instructor puede fijar un nuevo plazo máximo para la finalización de la instrucción. excepcionalmente, por concurrir razones que lo justifiquen. antes del transcurso de los plazos establecidos en los apartados 1 y 2 del art. 324 LECr. o de la prórroga que hubiera sido acordada. de oficio, previa audiencia de las partes. si lo solicita el MF o alguna de las partes personadas. pasado el tiempo máximo de duración de la instrucción o sus prórrogas, el juez dictará auto de conclusión del sumario o, en el caso del procedimiento abreviado, la resolución que proceda conforme al art. 779 LECr.Si el instructor no hubiera dictado alguna de estas resoluciones, el MF le instará para que acuerde la decisión que fuera oportuna. en este caso ¿en qué plazo deberá resolver sobre la solicitud el juez instructor?. 1 mes. 15 días. 10 días. 20 días. el juez que instruya el sumario practicará las diligencias que le propusieran el MF o cualquiera de las partes personaldas si no las considera inútiles o perjudiciales, ¿qué recurso podrá interponerse contra el auto denegatorio de las diligencias pedidas?. recurso de reforma. recurso de apelación, que será admitido en un solo efecto ante la respectiva audiencia o tribunal competente. recurso de apelación, que será admitido en ambos efectos ante la respectiva audiencia o tribunal competente. recurso de súplica y subsidiario de apelación. contra el auto que dicte el juez de instrucción decretando el procesamiento de alguna persona. podrá interponerse el recurso de reforma, dentro de los 3 días siguientes al de su notificación. contra el auto denegatorio de la reforma podrá interponerse recurso de apelación en un solo efecto dentro de los 5 días siguientes al de su notificación. también se podrá interponer el recurso de apelación subsidiariamente con el de reforma. todas son correctas. contra el auto denegatorio del procesamiento de una persona. solo podrá plantear, quien lo haya solicitado, el recurso de reforma. se podrá interponer recurso de reforma y contra el auto denegatorio de reforma, recurso de apelación. no cabe recurso alguno. solo podrá plantear, quien lo haya solicitado, el recurso de queja. contra los autos de sobreseimiento en un procedimiento ordinario. procederán los recursos de reforma, apelación y queja. solo procederá en su caso, el recurso de revisión. solo procederá, en su caso, el recurso de casación. solo procederá en su caso, el recurso de apelación. el auto de sobreseimiento, ¿podrá ser recurrido por la víctima?. si, en el plazo de 10 días aunque no se hubiera mostrado como parte en la causa. si, en el plazo de 20 días aunque no se hubiera mostrado como parte en la causa. no, contra el auto de sobreseimiento no cabe recurso alguno. si, siempre que se haya mostrado en la causa como parte acusadora. la sentencia dictada en primera instancia por una audiencia provincial. es recurrible en casación ante el TS. es recurrible en apelación ante el TSJ de su territorio. es recurrible en súplica y posteriormente, en apelación ante el TSJ de su territorio. solo puede ser objeto de recurso de revisión, en su caso. la sentencia dictada por el juez de lo penal en el ámbito del procedimiento abreviado. es apelable ante la audiencia provincial correspondiente, dentro de los 10 días siguientes aquél en que se hubiera notificado. es apelable ante el TSJ correspondiente, dentro de los 10 días siguientes aquél en que se hubiera notificado. es apelable ante la audiencia provincial correspondiente, dentro de los 20 días siguientes aquél en que se hubiera notificado. es apelable ante el TSJ correspondiente, dentro de los 20 días siguientes aquél en que se hubiera notificado. Señale la incorrecta en relación con los autos del juez de instrucción y del juez de lo penal en el ámbito del procedimiento abreviado. contra los autos que no estén exceptuado de recurso podrán interponer el de reforma y el de apelación. salvo que la ley disponga otra cosa, los recursos de reforma y apelación no suspenderán el curso del procedimiento. el recurso de apelación podrá interponerse subsidiariamente con el de reforma o por separado. será necesario interponer previamente el recurso de reforma para presentar la apelación. conforme al art. 778.6 LECr. en el ámbito del procedimiento abreviado, el juez puede autorizar que asista en su lugar al levantamiento del cadáver. el LAJ. el MF. el médico-forense. la policía judicial. si el procesado estuviere detenido, se le recibirá la primera declaración. inmediatamente. dentro del término de 3 horas. dentro del término de 12 horas. dentro del término de 24 horas. ¿cuál de los siguientes supuestos procederá el sobreseimiento provisional?. cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa. cuando el hecho no sea constitutivo de delito. cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores. cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiera dado lugar a la formación de la causa. la sentencia dictada por la sala de los penal de la audiencia nacional en primera instancia. es recurrible en apelación ante el TS. es recurrible en casación ante el TS. es recurrible en apelación ante la sala de apelación de la audiencia nacional. es recurrible en súplica y después, en apelación ante la sala de apelación de la audiencia nacional. no es recurso que puede interponerse contra las resoluciones de los jueces de instrucción el de. reforma. súplica. queja. apelación. no es recurso contra las resoluciones de los órganos jurisdiccionales colegiados el de. súplica. casación. reforma. queja. de los siguientes, en un recurso no devolutivo el de. súplica. apelación. queja. casación. el recurso cuya interposición no paraliza la ejecución de la resolución judicial impugnada, se llama. devolutivo. no devolutivo. no suspensivo. suspensivo. el recurso de reforma se presenta ante. el órgano inferior al que ha dictado el auto objeto de recurso. el órgano superior jerárquico del que ha dictado el auto objeto de recurso. el mismo órgano que ha dictado el auto objeto de recurso. la audiencia provincial, en todo caso. el plazo para interponer el recurso de reforma es. 2 días. 3 días. 4 días. 5 días. el plazo para interponer el recurso de reforma se computa desde. la fecha de la resolución recurrida. la notificación a la parte recurrente de la resolución que se recurre. el día siguiente a la notificación a los que sean parte en el juicio. el día siguiente a la notificación a la parte recurrente. el plazo para resolver el recurso de reforma entregadas las copias a la contraparte es de. el segundo día de entregadas las copias. 2 días desde que se presenta el escrito de contestación del recurso. 3 días, se haya presentado o no escritos. al día siguiente. durante la tramitación de un procedimiento ordinario, el recurso de apelación puede interponerse. siempre después del de reforma. solo en los casos determinados en la ley. siempre, incluso sin el previo de reforma. antes del recurso de reforma. en el ámbito del procedimiento abreviado, el recurso de apelación podrá interponerse. solo en los casos determinados en la ley. siempre después del recurso de reforma. contra los autos del juez de instrucción y juez de lo penal que no estén exceptuados de recurso. solo, contra sentencias dictadas por el juez de lo penal. |