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Título del Test:![]() 103 Descripción: a por todas 103 |




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ARTÍCULO 66: ¿ quien tiene derecho a utilizar los vehículos de TUSSAM que se hallen prestando servicio en línea regular o especial.?. Todo que dé cumplimiento a las disposiciones vigentes y reúna los requisitos exigidos por las mismas,. Toda persona que dé cumplimiento a las disposiciones vigentes y reúna los requisitos exigidos por las mismas,. todas las personas. ARTÍCULO 67. El usuario tiene igualmente derecho a que por el personal de la Empresa se dé el más exacto cumplimiento, pero en todo caso se abstendrá de discutir con los empleados, acatando sus decisiones. El usuario no tiene derecho a que por el personal de la Empresa se dé el más exacto cumplimiento, pero en todo caso se abstendrá de discutir con los empleados, acatando sus decisiones. El usuario tiene igualmente derecho a que por el personal de la Empresa se dé el más exacto cumplimiento, pero en todo caso se abstendrá de discutir con los empleados, nunca acatando sus decisiones sus decisiones. ARTÍCULO 68. El usuario, si como forma de pago utiliza el billete univiaje: tendrá derecho a que éste le sea expendido al abonar su importe,Igualmente, será responsable de la validez de cualquier otro título de viaje que utilice, con independencia de la responsabilidad que pueda tener el conductor. cosasionalmente tendrá derecho a que éste le sea expendido al abonar su importe,Igualmente, será responsable de la validez de cualquier otro título de viaje que utilice, con independencia de la responsabilidad que pueda tener el conductor. no tendrá derecho a que éste le sea expendido al abonar su importe,Igualmente, será responsable de la validez de cualquier otro título de viaje que utilice, con independencia de la responsabilidad que pueda tener el conductor. ARTÍCULO 69: usuarios. De forma general será obligación de los usuarios dar cumplimiento a lo preceptuado en el vigente Código de la Circulación y en el presente Reglamento. De forma esporádica será obligación de los usuarios dar cumplimiento a lo preceptuado en el vigente Código de la Circulación y en el presente Reglamento. De forma general será obligación de los usuarios no dar cumplimiento a lo preceptuado en el vigente Código de la Circulación y en el presente Reglamento. ARTÍCULO 70.: La colocación del público a la llegada del vehículo en las paradas deberá hacerse : por riguroso orden de llegada, que permita subir a los vehículos sin aglomeraciones,con atropellos, respetando dicha prelación. por riguroso orden de llegada, que permita subir a los vehículos sin aglomeraciones, ni atropellos, respetando dicha prelación. da igual el de llegada, que permita subir a los vehículos sin aglomeraciones, ni atropellos, respetando dicha prelación. ARTÍCULO 71. A la llegada del autobús, una vez estacionado éste, el público subirá : al mismo por cualquier puerta, quedando terminantemente prohibido, salvo los supuestos contemplados en el artículo 40. A la llegada del tranvía, los usuarios podrán acceder al mismo por cualquiera de sus puertas. al mismo por la puerta delantera, quedando terminantemente prohibido, salvo los supuestos contemplados en el artículo 40. A la llegada del tranvía, los usuarios podrán acceder al mismo por cualquiera de sus puertas,. al mismo por la puerta trasera, quedando terminantemente prohibido, salvo los supuestos contemplados en el artículo 40. A la llegada del tranvía, los usuarios podrán acceder al mismo por cualquiera de sus puertas,. ARTÍCULO 72: vehículo completo. Cuando el vehículo llegue a la parada completo de público, no abrirá las puertas de acceso al mismo. Si el vehículo fuese casi completo y no admitiese más que determinado número de viajeros, el conductor indicará el de los que pueden subir. Cuando el vehículo llegue a la parada a la mitad de público, no abrirá las puertas de acceso al mismo. Si el vehículo fuese casi completo y no admitiese más que determinado número de viajeros, el conductor indicará el de los que pueden subir. Cuando el vehículo llegue a la parada vacio de público, no abrirá las puertas de acceso al mismo. Si el vehículo fuese casi completo y no admitiese más que determinado número de viajeros, el conductor indicará el de los que pueden subir. ARTÍCULO 73. No se permitirá a los usuarios subir al vehículo en cualquiera de las siguientes circunstancias: 1). Portando bultos o efectos que por su tamaño, clase, forma y calidad, no puedan ser llevados por sus portadores sin restar espacio que deba ser utilizado para el tránsito u ocupado por los viajeros, y sobre todo sin que molesten a éstos, ni ensucien el coche o despidan olores desagradables. 2). Con cualquier clase de animales, a excepción de los invidentes que porten el distintivo oficial por el que se le autorice para viajar con perro-guía. No obstante lo anterior, los usuarios podrán acceder al vehículo portando animales de compañía de pequeño tamaño siempre que los transporten dentro de un receptáculo, contenedor de dimensiones que no excedan de 45 cm. x 35cm. x 25 cm. 3. Llevando sustancias explosivas o peligrosas. 4. Encontrándose en cualquier estado o situación que atente al respeto debido a los restantes viajeros. ninguna de las anteriores es valida. ARTÍCULO 74. El viajero tan pronto suba al autobús: deberá de mostrar al conductor el título de viaje en el caso de que éste sea nominativo, cancelará el título correspondiente, o pagará el billete,en cuantía máxima que no exceda al QUINTUPLO del importe total. deberá de mostrar al conductor el título de viaje en el caso de que éste sea nominativo, cancelará el título correspondiente, o pagará el billete,en cuantía máxima que no exceda UN TERCIO del importe total. deberá de mostrar al conductor el título de viaje en el caso de que éste sea nominativo, cancelará el título correspondiente, o pagará el billete,en cuantía máxima que no exceda UNA DECIMA del importe total. ARTÍCULO 75. El usuario del tranvía ¿donde obtendrá los billetes univiaje y cancelará el resto de títulos?. en las dispensadoras y canceladoras habilitadas al efecto, en los lugares que la Dirección de la Empresa determine en cada momento. dentro del tranvia o en los lugares que la Dirección de la Empresa determine en cada momento. en los lugares que el cliente vea conveniente., en los lugares que la Dirección de la Empresa determine en cada momento. ARTÍCULO 76. Una vez justificado el pago del viaje: el usuario del tranvía deberá pasar al interior del vehículo, sin entorpecer la circulación interior del mismo, siendo obligatorio, en el caso de autobús, acceder hacia la parte trasera del mismo. el usuario del tranvía deberá pasar al exterior del vehículo, sin entorpecer la circulación interior del mismo, siendo obligatorio, en el caso de autobús, acceder hacia la parte trasera del mismo. el usuario del tranvía deberá pasar al interior del vehículo, sin entorpecer la circulación interior del mismo, siendo obligatorio, en el caso de autobús, acceder hacia la parte delantera del mismo. ARTÍCULO 77. Los usuarios deberán comportarse en el vehículo con el mayor desorden ,y a su vez habrán de tratar correctamente a los trabajadores de TUSSAM,con los que les está prohibida cualquier clase de discusión. Los usuarios deberán comportarse en el vehículo con el mayor civismo,y a su vez habrán de tratar correctamente a los trabajadores de TUSSAM,con los que les está prohibida cualquier clase de discusión. Los usuarios deberán comportarse en el vehículo con el mayor civismo,y a su vez habrán de tratar correctamente a los trabajadores de LIPASSAM,con los que les está prohibida cualquier clase de discusión. ARTÍCULO 78. Queda prohibido a los usuarios: 1. Fumar en el interior de los coches. 2. Producir cualquier clase de ruidos molestos e innecesarios. 3. Conversar con el conductor, excepción hecha de asuntos relacionados con el servicio. 4. Arrojar en el coche papeles, cáscaras o cualquier objeto inservible. 5. Comer, beber o cualquier acto atentatorio al debido respeto a los restantes usuarios. 6. En general cuanto pueda perturbar el decoro que debe reinar en el vehículo, y sea contrario al buen espíritu cívico y normas de convivencia. ARTÍCULO 79. referente a los titulos: Los viajeros habrán de mostrar el título de viaje cuantas veces sean requeridos a ello por el personal de inspección y conductores que así lo soliciten, en buen estado de control, sin roturas ni deterioros. Los viajeros no han de mostrar el título de viaje cuantas veces sean requeridos a ello por el personal de inspección y conductores que así lo soliciten, en buen estado de control, sin roturas ni deterioros. Los viajeros algunas veces mostraran el título de viaje cuantas veces sean requeridos a ello por el personal de inspección y conductores que así lo soliciten, en buen estado de control, sin roturas ni deterioros. ARTÍCULO 80. Queda prohibido a los usuarios sacar parte del cuerpo por las ventanillas fuera del vehículo. para que dar mas vueltas... ARTÍCULO 81. ¿por donde descenderá el viajero?. El viajero descenderá del autobús por la puerta trasera y/o la central,salvo los usuarios con movilidad reducida, que podrán descender de los autobuses por la puerta de entrada para evitar su desplazamiento a lo largo del vehículo. En el caso del tranvía, el viajero podrá descender del mismo por cualquiera de sus puertas. El viajero descenderá del autobús por la puerta trasera y/o la central,salvo los usuarios con movilidad reducida, que podrán descender de los autobuses por la puerta de entrada para evitar su desplazamiento a lo largo del vehículo. En el caso del tranvía, el viajero podrá descender del mismo solo por las puertas delanteras. ARTÍCULO 82. El conductor no detendrá el vehículo en parada más que el tiempo necesario, sin esperar al usuario retrasado por no haber avanzado hacia la salida con la antelación suficiente. El conductor se detendrá el vehículo en parada más que el tiempo necesario, sin esperar al usuario retrasado por no haber avanzado hacia la salida con la antelación suficiente. El conductor siempre detendrá el vehículo en parada más que el tiempo necesario, sin esperar al usuario retrasado por no haber avanzado hacia la salida con la antelación suficiente. ARTÍCULO 83. El vehículo habrá de ser desalojado por la totalidad de los viajeros en las paradas terminal de línea. En consecuencia, quienes deseen continuar el viaje se bajarán y guardarán turno para subir de nuevo al coche, a todos los efectos, como si lo hicieran por primera vez. lo sabes... ARTÍCULO 84. Tanto la subida como la bajada, habrá de efectuarse por el usuario con la máxima rapidez en beneficio general; y los vehículos, salvo en las paradas terminal de línea, de regulación y de relevo, tan sólo se detendrán el tiempo necesario para el movimiento de viajeros. nunca en la subida como la bajada, habrá de efectuarse por el usuario con la máxima rapidez en beneficio general; y los vehículos, salvo en las paradas terminal de línea, de regulación y de relevo, tan sólo se detendrán el tiempo necesario para el movimiento de viajeros. |