3.07
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Título del Test:
![]() 3.07 Descripción: Repaso examen |



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La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tiene por objeto: hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas. el pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley. combatir todas las manifestaciones de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: establece principios de actuación de los Poderes Públicos. únicamente regula derechos y deberes de las personas físicas. prevé medidas destinadas a eliminar y corregir exclusivamente en el sector público, toda forma de discriminación por razón de sexo. todas son correctas. Las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a toda persona: física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, con nacionalidad, domicilio o residencia española. física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. física o jurídica, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia, aunque no se encuentre o actúe en territorio español. física, que se encuentre en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres: es un principio informador del ordenamiento jurídico. se integrará y observará en la interpretación de las normas jurídicas. se integrará y observará en la aplicación de las normas jurídicas. todas son correctas. El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el del empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable (señala la incorrecta): en el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia. en la formación profesional y en la promoción profesional. en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido. en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales, salvo las prestaciones concedidas por las mismas. Una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado: constituirá discriminación en el acceso al empleo, salvo la formación necesaria. no constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria. no constituirá discriminación en el acceso al empleo, salvo la formación necesaria. no constituirá discriminación en el acceso a subvenciones con la formación necesaria. Se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica: puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. no puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. no puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad ilegítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad ilegítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. Respecto al acoso sexual y acoso por razón de sexo es correcto: constituye acoso sexual cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. el acoso sexual y el acoso por razón de sexo se considerarán discriminatorios cuando así lo determine un juez. el condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de acoso por razón de sexo se considerará también acto de discriminación por razón de sexo. Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con: el embarazo. la maternidad. a y b son correctas. a y b son incorrectas. También se considerará discriminación por razón de sexo cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de: la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de oportunidades. la presentación por una tercera persona de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de oportunidades. la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres. la presentación por una tercera persona de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres. Los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán: anulables. nulos y sin efecto. irregulares. revisables. Cualquier persona podrá recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en: el artículo 14 de la Constitución, antes de la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación. el artículo 14 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación. el artículo 53.2 de la Constitución, antes de la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación. el artículo 53.2 de la Constitución, incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación. En los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo: estará legitimado el Ministerio Fiscal y la persona acosada. la persona acosada será la única legitimada. estará legitimada cualquier persona que conozca los hechos. ninguna es correcta. Salvo en los procesos penales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias, por razón de sexo, corresponderá probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad a: la persona demandada. la persona demandante. el órgano judicial. ninguna es correcta. A los fines de esta Ley, serán criterios generales de actuación de los Poderes Públicos la adopción de las medidas necesarias para la erradicación de (señala la incorrecta): la violencia de género. la violencia familiar. la femenización de la pobreza. todas las formas de acoso sexual y acoso por razón de sexo. El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres informará, la actuación de todos los Poderes Públicos con carácter: transversal. general. sesgado. subsidiario. Aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades: el Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado. el Gobierno, en las materias que no sean de la competencia del Estado. el Congreso, en las materias que sean de la competencia del Estado. el Congreso, en las materias que no sean de la competencia del Estado. Un informe periódico sobre el conjunto de sus actuaciones en relación con la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres será elaborado por: el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. De este informe se dará cuenta a las Cortes Generales. el Consejo de Ministros. De este informe se dará cuenta al Gobierno. el Gobierno. De este informe se dará cuenta a las Cortes Generales. el Congreso. De este informe se dará cuenta al Consejo de Ministros. Al objeto de hacer efectivas las disposiciones contenidas en esta Ley y que se garantice la integración de modo efectivo de la perspectiva de género en su actividad ordinaria, los poderes públicos, en la elaboración de sus estudios y estadísticas, deberán: incluir sistemáticamente la variable de sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que lleven a cabo. establecer e incluir en las operaciones estadísticas nuevos indicadores que posibiliten un mejor conocimiento de las diferencias en los valores, roles, situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, su manifestación e interacción en la realidad que se vaya a analizar. revisar y, en su caso, adecuar las definiciones estadísticas existentes con objeto de contribuir al reconocimiento y valoración del trabajo de las mujeres y evitar la estereotipación negativa de determinados colectivos de mujeres. todas son correctas. Al objeto de hacer efectivas las disposiciones contenidas en esta Ley, los poderes públicos, en la elaboración de sus estudios y estadísticas, tendrán una serie de obligaciones: podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas obligaciones por razones económicas. podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas obligaciones por razones de urgencia. solo excepcionalmente, y mediante informe motivado y aprobado por el órgano competente, podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas obligaciones. en ningún caso podrá justificarse el incumplimiento de alguna de estas obligaciones. ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias por razón de sexo de los actos administrativos, a tenor de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres: Serán anulables, sólo cuando supongan una discriminación directa. Se consideran nulos y sin efecto. Se consideran anulables. Ninguna es correcta. Indique la respuesta correcta, de conformidad con el artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres: Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias y en aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres, deberán fomentar la formación en igualdad, tanto en el acceso al empleo público como a lo largo de la carrera profesional. Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias y en aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres, deberán promover la presencia preferente de mujeres en los órganos de selección y valoración. Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias y en aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres, deberán evaluar al menos trimestralmente la efectividad del principio de igualdad en sus respectivos ámbitos de actuación. Todas las respuestas son correctas. El art. 3 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, define la igualdad de trato entre hombres y mujeres: Un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. La existencia de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. La ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. El trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone, según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: La ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. La ausencia de toda discriminación directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad y el estado civil. La ausencia de toda discriminación directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente las derivadas de la maternidad y la asunción de obligaciones familiares. La ausencia de toda discriminación directa o indirecta, por razón de sexo, y especialmente, las derivadas de la maternidad. Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para igualdad efectiva de mujeres y hombres, se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que: Sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera mas favorable que otra en situación comparable. Sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. Sea o haya sido tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. La discriminación directa no está estipulada en la norma referida. Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para igualdad efectiva de mujeres y hombres, toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo se considera: Delito. Discriminatoria, salvo que pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima. Discriminatoria en cualquier caso. Falta o Sanción administrativa. La Ley 9/2003 de la Generalitat tiene por objeto: Regular y hacer efectivo el principio de igualdad entre mujeres y hombre en la Comunidad Valenciana. Establecer los principios generales que deben orientar dicha igualdad y determinar las acciones básicas que deben ser implementadas. Establecer la organización administrativa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Comunidad Valenciana. Todas son correctas. La Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat se denomina: Ley para la igualdad entre mujeres y hombre. Ley para la igualdad de género entre mujeres y hombre. Ley para la igualdad y violencia entre mujeres y hombre. Ley para la igualdad efectiva entre mujeres y hombre. De acuerdo con los principios generales de igualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Valenciana, es incorrecto afirmar que: Son contrarias al ordenamiento jurídico las actuaciones públicas o los comportamientos privados que sean discriminatorios. Toda desigualdad es constitutiva de discriminación. Se prohíbe la desigualdad que carece de justificación objetiva, racional y razonable. Cuando se disponga una diferencia de trato deben emplearse los medios que resulten proporcionados y adecuados a los fines que se persiguen. Según la Ley 9/2003, señale la frase correcta: Las distintas administraciones públicas adoptarán una estrategia dual basada en el principio de complementariedad de medidas de acción negativa y las que respondan a la transversalidad de género. Las distintas administraciones públicas adoptarán unas acciones duales basadas en el principio de complementariedad de medidas de acción positiva y las que respondan a la transversalidad de género. Las distintas administraciones públicas adoptarán una estrategia dual basada en el principio de complementariedad de medidas de acción positiva y las que respondan a la unidad de género. Las distintas administraciones públicas adoptarán una estrategia dual basada en el principio de complementariedad de medidas de acción positiva y las que respondan a la transversalidad de género. De acuerdo con el artículo 4 bis de la Ley 9/2003, se incorporá un informe de impacto de género: En todas las actuaciones de la Generalitat. En todas las instrucciones de servicio de la Generalitat. En los proyectos normativos. Todas son correctas. Según la Ley 9/2003, de 2 de abril, ¿a quién corresponde adoptar las medidas necesarias para garantizar la oferta de enseñanza no reglada, especialmente para las mujeres en las zonas rurales?: A les Corts. A la Conselleria de Educación. A la Academia Valenciana de la Lengua. Al Consell. De acuerdo con la Ley 9/2003, ¿quién adoptará las medidas necesarias para garantizar la ampliación de horario de apertura de todos los centros públicos que impartan educación infantil y primaria?: Les Corts. La Conselleria de Educación. La Entidad Local afectada. El Consell. La Ley 9/2003 de la Generalitat, en lo que hace referencia a los espacios electorales: El Consell favorecerá la presencia de mujeres en las candidaturas presentadas a les Corts Valencianas por los partidos políticos y agrupaciones electorales. El Consell favorecerá la presencia de al menos el 50% de mujeres en las candidaturas presentadas a les Corts Valencianas por los partidos políticos y agrupaciones electorales. El Consell favorecerá la presencia de al menos el 40% de mujeres en las candidaturas presentadas a les Corts Valencianas por los partidos políticos y agrupaciones electorales. El Consell favorecerá la presencia de hombres en las candidaturas presentadas a les Corts Valencianas por los partidos políticos y agrupaciones electorales. Según la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat señale la frase correcta: Las subvenciones electorales de la Generalitat reconocidas por Ley se incrementarán en un 20% para los escaños obtenidos por mujeres, siempre que resulte compatible con la Ley Electoral Valenciana. Las subvenciones electorales de la Generalitat reconocidas por Ley se incrementarán en un 30% para los escaños obtenidos por mujeres, siempre que resulte compatible con la Ley Electoral Valenciana. Las subvenciones electorales de la Generalitat reconocidas por Ley se incrementarán en un 10% para los escaños obtenidos por mujeres, siempre que resulte compatible con la Ley Electoral Valenciana. Las subvenciones electorales de la Generalitat reconocidas por Ley se incrementarán en un 15% para los escaños obtenidos por mujeres, siempre que resulte compatible con la Ley Electoral Valenciana. El Consell de la Generalitat, incorporará a los Planes de Empleo Valenciano medidas específicas para el acceso a las mujeres a su primer trabajo, especialmente: Mayores de 35 años que no han desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar, y facilitará el retorno al mercado laboral a aquellas mujeres que lo abandonaron para cuidar a su descendencia, personas mayores y dependientes a su cargo. Mayores de 25 años que no han desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar, y facilitará el retorno al mercado laboral a aquellas mujeres que lo abandonaron para cuidar a su descendencia, personas mayores y dependientes a su cargo. Mayores de 45 años que no han desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar, y facilitará el retorno al mercado laboral a aquellas mujeres que lo abandonaron para cuidar a su descendencia, personas mayores y dependientes a su cargo. Mayores de 55 años que no han desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar, y facilitará el retorno al mercado laboral a aquellas mujeres que lo abandonaron para cuidar a su descendencia, personas mayores y dependientes a su cargo. De acuerdo con la Ley 9/2003, podrán en marcha los medios necesarios para que toda norma o escrito administrativo respete las normas relativas a la utilización de lenguaje no sexista: La Generalitat. Les Corts Valencianas. Los Departamentos de las distintas Consellerias. Las Administraciones Públicas Valencianas. ¿Quién impulsará la desagregación de datos por sexos en todas las estadísticas e investigaciones en la Comunidad Valenciana?: Les Corts. La Conselleria de Universidades. El Sindic de Greugues. El Consell. Según la Ley 9/2003, el Consell de la Generalitat facilitará el acceso a un empleo a mujeres: Mayores de 45 años que no hayan desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar. Mayores de 50 años que no hayan desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar. Menores de 45 años que no hayan desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar. Menores de 45 años que no hayan desarrollado nunca un trabajo fuera del hogar. Según la Ley 9/2003, en relación con el lenguaje no sexista en los escritos administrativos, las administraciones públicas valencianas: No es competencia autonómica la regulación de esta materia. Se dará traslado al observatorio de género. Pondrán en marcha los medios necesarios para que toda norma o escrito administrativo respeten en su redacción las normas relativas a la utilización de lenguaje no sexista. Elaborarán un manual de obligado cumplimiento para todos los escritos administrativos. Según la Ley 9/2003, el Consell de la Generalitat en relación a la acción administrativa en materia de Igualdad: Informará anualmente a les Corts de las actuaciones llevadas a cabo para su cumplimiento. Informará cada dos años a les Corts de las actuaciones llevadas a cabo para su cumplimiento. Informará a les Corts de las actuaciones llevadas a cabo para su cumplimiento. Informará al Pleno y a las Comisiones de les Corts de las actuaciones llevadas a cabo para su cumplimiento. Según la Ley 9/2003, los proyectos normativos: Tan sólo las leyes incorporarán un informe de impacto de género que se elaborará por el centro o departamento directivo que propone el proyecto. No incorporarán un informe de impacto de género. La Conselleria competente los elaborará. Incorporarán un informe de impacto de género que se elaborará por el centro o departamento directivo que propone el proyecto al final de su proceso de tramitación. Incorporarán un informe de impacto de género que se elaborará por el centro o departamento directivo que propone el proyecto desde el inicio de su proceso de tramitación. Señale cuál de los siguientes enunciados es correcto, de acuerdo con la Ley 9/2003: Esta Ley será de aplicación en el ámbito de la administración de la Generalitat Valenciana. Esta Ley será de aplicación en el ámbito de la administración de la Generalitat Valenciana, en todas las actuaciones referidas a la planificación y ejecución de actuaciones en materia de igualdad. Esta Ley será de aplicación en todo el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, en todas las actuaciones referidas a la planificación, acciones, gestión y ejecución de actuaciones en materia de igualdad. Esta Ley será de aplicación en todo el ámbito territorial español. La Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres, establece en su artículo 2 los principios generales de la misma, entre los que NO estaría: Son contrarias al ordenamiento jurídico las actuaciones públicas o los comportamientos privados que sean discriminatorios. Toda desigualdad es constitutiva de discriminación. No hay una prohibición general que impida establecer cualquier diferencia, lo que se prohíbe es la desigualdad que carece de justificación objetiva, racional y razonable. Cuando se disponga una diferencia de trato deben emplearse los medios que resulten proporcionados y adecuados o congruentes con los fines que se persiguen. De acuerdo con el literal del artículo 42 de la Ley 9/2003, la Generalitat velará: El cumplimiento del deber de guardar silencio en casos de acoso sexual. El cumplimiento de todos los compromisos acordados en las juntas de personal en materia de igualdad. El cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación en la publicidad en los medios de comunicación social o cualquier otro medio de difusión. El cumplimiento del principio de igualdad en los centros de trabajo. |





