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Título del Test:
3_2000

Descripción:
Ley Creacion Labora

Fecha de Creación: 2026/04/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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SEÑALE LA CORRECTA. FUNCIONES DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO LABORA. La ejecución y control de dichas políticas, y los programas que la componen, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y, en especial, el ejercicio de la potestad sancionadora correspondiente. Ofrecer y prestar servicios de apoyo que faciliten la inserción laboral y la mejora ocupacional, agilizando y optimizando la intermediación de oferta y demanda en el mercado de trabajo, favoreciendo unidades de desarrollo territorial en comarcas con especial problemática de desempleo, así como ejecutar las competencias en materia de agencias privadas de colocación. La articulación de la cooperación con otras entidades públicas o privadas que participen en el proceso de intermediación laboral. Cualquier otra competencia que le corresponda en materia de intermediación y orientación laboral, empleo, formación, e inserción laboral y, en su caso, la promoción del autoempleo en los llamados yacimientos de empleo.

INDIQUE LA CORRECTA. El Consejo General es el órgano colegiado de participación para el seguimiento y asesoramiento de la actuación ordinaria. El Consejo de Dirección es el órgano ejecutivo del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. El Director/a General es el órgano superior colegiado, tripartito y paritario. La composición y régimen de funcionamiento del Consejo General se regulará reglamentariamente.

INDIQUE QUÉ FUNCIÓN LA REALIZA EL CONSEJO GENERAL. Definir las líneas de actuación que regirán el funcionamiento ordinario del servicio, de acuerdo con las directrices de la conselleria competente en materia de Empleo. Emitir informe previo a la aprobación del Plan Valenciano de Empleo. Elaborar el Anteproyecto de Presupuestos del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. Coordinar las actuaciones del Servicio con las Administraciones públicas implicadas en la generación de empleo y la formación profesional, así como con el INEM.

INDIQUE QUÉ FUNCIÓN LA REALIZA EL CONSEJO DE DIRECCIÓN. Asumir el diálogo e interlocución entre el organismo y el resto de las representaciones, flexibilizando las relaciones y mediando en los conflictos. Definir las líneas de actuación que regirán el funcionamiento ordinario del servicio, de acuerdo con las directrices de la conselleria competente en materia de Empleo. Elaboración de los criterios de actuación del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. Elaborar las propuestas normativas y las de desarrollo, en las materias de su competencia, su interpretación, así como la resolución de los recursos interpuestos sobre materias de su competencia.

INDIQUE QUÉ FUNCIÓN LA REALIZA EL DIRECTOR GENERAL. Proponer las medidas que se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de los fines del Servicio. Dirigir, coordinar, planificar y controlar las actividades del Servicio, necesarias para el cumplimiento de los fines y funciones atribuidas al mismo. Aprobar el Plan de Actuación del LABORA en su ámbito competencial. Definir las líneas de actuación que regirán el funcionamiento ordinario del servicio, de acuerdo con las directrices de la conselleria competente en materia de Empleo.

INDIQUE QUÉ FUNCIÓN LA REALIZA EL CONSEJO DE DIRECCIÓN. Elaborar el Anteproyecto de Presupuestos del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. Aprobar el Anteproyecto de Presupuestos del LABORA. Definir las líneas de actuación que regirán el funcionamiento extraordinario del servicio, de acuerdo con las directrices de la conselleria competente en materia de Empleo. Supervisar y controlar la aplicación de los acuerdos adoptados por el Consejo General.

INDIQUE QUÉ FUNCIÓN LA REALIZA EL CONSEJO GENERAL. Aprobar el proyecto de Presupuestos del LABORA. Emitir informe posterior a la aprobación del Plan Valenciano de Empleo. Seguimiento y evaluación de los programas de actuación del LABORA, así como de la gestión integral y territorial. Aprobar la Memoria Anual para su elevación al Gobierno Valenciano.

SEÑALE LA CORRECTA. El Director General será nombrado y separado por decreto del Gobierno Valenciano, a propuesta del Consejero de Hacienda. El Consejo de Dirección traza las líneas maestras de actuación del Servicio. El consejo General tendrá cualquier otra competencia que le corresponda en materia de intermediación y orientación laboral, empleo, formación, e inserción laboral y, en especial, la promoción del autoempleo en los llamados yacimientos de empleo. La ejecución y control de dichas políticas, y los programas que la componen, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y, en su caso, el ejercicio de la potestad sancionadora correspondiente es una función del Servicio Valenciano de Empleo.

INDICA QUE RESPUESTA ES LA CORRECTA DE LAS FUNCIONES DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. La ejecución y control de dichas políticas, y los programas que la componen, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y, en su caso, el ejercicio de la potestad sancionadora correspondiente. La articulación de la colaboración con otras agencias de colocación públicas o privadas que participen en el proceso de intermediación laboral. Ofrecer y prestar servicios de apoyo que faciliten la inserción laboral y la mejora ocupacional, agilizando y optimizando la intermediación de oferta y demanda en el mercado de trabajo, favoreciendo unidades de desarrollo territorial en comarcas con especial problemática de desempleo, así como ejecutar las competencias en materia de agencias públicas de colocación. impulso y desarrollo de la política estatal en materia de intermediación en el mercado de trabajo y de orientación laboral, y, gradualmente, las políticas activas de empleo y de formación profesional, tanto ocupacional como continua de su competencia que ejercerá interrelacionadamente.

SEÑALA LA RESPUESTA CORRECTA DE ENTRE LAS SIGUIENTES FUNCIONES DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. El Servicio Valenciano de Empleo y Formación podrá, cuando así se le delegue en los términos establecidos en la disposición adicional primera de esta Ley, ejercer competencias relativas a la Autoridad Laboral. Respecto del otorgamiento de subvenciones, su seguimiento, control y comprobación posteriores, será necesario el consentimiento expreso para acceder a los datos de carácter personal previstos para estos procedimientos. En todo caso, el acceso a estos datos respetará siempre el principio de transparencia, limitándose a aquellos casos que sean necesarios en cada trámite. impulso y ejecución de la política de la Generalidad Valenciana en materia de intermediación en el mercado de trabajo y de orientación laboral, y, gradualmente, las políticas activas de empleo y de formación profesional, tanto ocupacional como continua de su competencia que ejercerá interrelacionadamente.

SEÑALA LA INCORRECTA. Las distintas administraciones y entidades públicas podrán delegar o, en su caso, encomendar al Servicio Valenciano de Empleo y Formación, en el ámbito de sus atribuciones, la gestión del ejercicio de determinadas competencias que tengan relación con el objeto y fines del servicio, de conformidad con lo establecido en la legislación autonómica. El Servicio podrá formalizar acuerdos de colaboración y cooperación con cualquier persona jurídica, pública o privada, que tenga como fin específico la intermediación laboral o la formación u orientación profesional, para el adecuado desarrollo de sus funciones. El Servicio potenciará la colaboración con los agentes sociales y económicos más representativos, mediante convenios de cooperación, contratos-programa para la realización de servicios específicos o de estudios del mercado laboral y, encomienda de gestión en el campo de la intermediación laboral y la confección de estudios e informes. Todas son correctas.

SEÑALA LA INCORRECTA. Se crea LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, como organismo autónomo de naturaleza jurídica de la Generalitat. El Servicio Valenciano de Empleo y Formación, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, estará dotado de autonomía económica y administrativa, así como para la gestión de su patrimonio. El servicio se regirá, en el desempeño de sus funciones, por lo establecido en la presente Ley y sus normas de desarrollo, en el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, del Gobierno Valenciano, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalidad Valenciana, y por la legislación general que sea de aplicación. El servicio se adscribe a la Consejería de Empleo.

INDIQUE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Estará compuesto por representantes de la Administración y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Una de sus funciones es ofrecer y prestar servicios de apoyo que faciliten la inserción laboral y la mejora ocupacional, agilizando y optimizando la intermediación de oferta y demanda en el mercado de trabajo. Respecto del otorgamiento de subvenciones, su seguimiento, control y comprobación posteriores, no será necesario el consentimiento expreso para acceder a los datos de carácter personal previstos para estos procedimientos. El Servicio Valenciano de Empleo y Formación podrá, cuando así se le delegue en los términos establecidos en la disposición adicional segunda de esta Ley, ejercer competencias relativas a la Autoridad Administrativa.

INDIQUE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL SEVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Es el órgano superior colegiado, tripartito y paritario de participación para el seguimiento y asesoramiento de la actuación ordinaria del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. No tendrá la misma composición y proporcionalidad que el Consejo General. Su composición y régimen de funcionamiento y estructura se regulará reglamentariamente. Todas son correctas.

INDIQUE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL CONSEJO GENERAL DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Es el órgano superior colegiado, tripartito y paritario, de participación para el seguimiento y asesoramiento de la actuación ordinaria del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. Estará compuesto por representantes de la Administración y de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Elaborará el Plan de Actuación del LABORA en su ámbito competencial. Propondrá las medidas que se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de los fines del Servicio.

INDIQUE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Todas son correctas. Su composición y régimen de funcionamiento y estructura se regulará reglamentariamente. Tendrá la misma composición y proporcionalidad que el Consejo General. Es el órgano colegiado de participación para el seguimiento y asesoramiento de la actuación ordinaria del Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

INDIQUE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL CONSEJO GENERAL DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Elaborará la Memoria Anual para su elevación al Gobierno Valenciano. Seguimiento y evaluación de los programas de actuación del LABORA, así como de la gestión integral y territorial. Asumirá la representación ordinaria del Servicio. Todas son incorrectas.

INDIQUE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Es el órgano ejecutivo del Servicio Valenciano de Empleo y Formación que será nombrado y separado por Real decreto del Gobierno del Estado, a propuesta del Ministro de Empleo y Trabajo. Una de sus funciones es Dirigir, coordinar, planificar y controlar las actividades del Servicio, necesarias para el cumplimiento de los fines y funciones atribuidas al mismo. Aprobará el Anteproyecto de Presupuestos del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. Todas son incorrectas.

INDIQUE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE LOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE DISPONDRÁ EL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Bienes y derechos que le sean adscritos o cedidos por la Generalidad Valenciana o cualquier otra administración pública. Únicamente los ingresos ordinarios generados por el ejercicio de sus actividades. Los productos y rentas de su patrimonio. Los demás ingresos exclusivamente de derecho público que le sea autorizado percibir o que pudiera corresponderle conforme a la normativa vigente.

INDIQUE LA RESPUESTA INCORRECTA SOBRE LOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE DISPONDRÁ EL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. Las dotaciones correspondientes de los presupuestos de la Generalidad Valenciana. Los productos y rentas de su patrimonio. Cualesquiera otros recursos que le puedan ser atribuidos. Las subvenciones, herencias, legados, donaciones no permitiendo cualquier otra aportación voluntaria de las entidades u organismos públicos y privados, y de los particulares.

INDIQUE LA RESPUESTA INCORRECTA SOBRE EL RÉGIMEN PRESUPUESTARIO DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención y de control financiero aplicable al LABORA será el establecido para las entidades autónomas administrativas en la Ley de hacienda pública de la Generalitat. Las subvenciones otorgadas por el LABORA podrán tener carácter plurianual, excluyendo las de naturaleza corriente. Las subvenciones otorgadas por el LABORA con cargo a los créditos del capítulo de transferencias corrientes podrán ser anticipadas en el momento de su concesión en la forma prevista en las leyes anuales de presupuestos. La realización tanto de la actividad objeto de la subvención como del gasto inherente a la misma podrá extenderse durante el ejercicio siguiente a aquel en el que se haya otorgado la subvención, siempre que la actividad se inicie en el año de concesión.

SEÑALA LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL PERSONAL DE LABORA. El personal al servicio del LABORA será funcionario o laboral en los mismos términos y condiciones que las establecidas para la Administración de la Generalidad, y de conformidad con la legislación aplicable. Los funcionarios que presten servicios en órganos de la Administración de la Generalidad Valenciana cuyas funciones pasen a ser desempeñadas por el Servicio Valenciano de Empleo y Formación se integrarán en el mismo manteniendo su naturaleza funcionarial y sin merma de sus derechos. El personal laboral que preste servicios en órganos de la Administración de la Generalidad Valenciana cuyas funciones pasen a ser desempeñadas por el Servicio se integrará en el mismo conservando la totalidad de los derechos laborales que tuviera reconocidos, incluida la antigüedad. Todas son correctas.

SEÑALE LA RESPUESTA CORRECTA SOBRE EL PERSONAL DE LABORA. En todo caso, el LABORA desarrollará plenamente todas sus funciones en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley. Los funcionarios que presten servicios en órganos de la Administración de la Generalidad Valenciana cuyas funciones pasen a ser desempeñadas por el Servicio Valenciano de Empleo y Formación se integrarán en el mismo manteniendo su naturaleza funcionarial y sin merma de sus derechos. La efectiva puesta en funcionamiento del Servicio Valenciano de Empleo y Formación estará condicionada a la aprobación de su reglamento, que será aprobado en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley. Todas son correctas.

SEÑALE LA RESPUESTA CORRECTA. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana». Las Cortes valencianas o, en su caso, el Consejero de Empleo, dictará cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente Ley. El personal laboral fijo que en el momento de la integración esté desempeñando un puesto de trabajo clasificado de naturaleza funcionarial, en virtud de resolución o disposición reglamentaria, no podrá adquirir la condición de funcionario de carrera de la Generalidad Valenciana. Cuando la conselleria a la que esté adscrito el Servicio Valenciano de Empleo y Formación tenga asimismo asignadas las competencias en materia de trabajo, relaciones laborales y economía social, el Consell podrá, mediante Decreto, asignar a determinados órganos de la estructura administrativa el ejercicio de funciones de Autoridad Laboral.

SEÑALE LA RESPUESTA INCORRECTA. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención y de control financiero aplicable al LABORA será el establecido para las entidades autónomas administrativas en la Ley de hacienda pública de la Generalitat. El patrimonio del Servicio estará integrado por los bienes y derechos que le sean adscritos o cedidos por la Generalidad Valenciana o cualquier otra administración pública, así como los que, por cualquier título, formen parte de su patrimonio. El Servicio Valenciano de Empleo y Formación dispondrá como recurso económico de créditos, préstamos, empréstitos y otras operaciones que pueda concertar . Todas son correctas.

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