LO 3/2018, de Protección de Datos Personales y...
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Título del Test:![]() LO 3/2018, de Protección de Datos Personales y... Descripción: Artículo 3 |




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¿Quiénes pueden solicitar acceso, rectificación o supresión de los datos personales de una persona fallecida?. Solo los herederos. Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho y sus herederos. Cualquier ciudadano interesado. Únicamente los herederos legales. ¿En qué caso no podrán las personas vinculadas al fallecido acceder a sus datos o solicitar su rectificación o supresión?. Si el fallecido lo prohibió expresamente. Si los datos tienen carácter patrimonial. Si los herederos no están de acuerdo. Si ha pasado más de un año desde el fallecimiento. ¿La prohibición de acceso a los datos por parte del fallecido afecta a los herederos en relación a los datos patrimoniales?. Sí, afecta a todos los datos. No, los herederos pueden acceder a los datos patrimoniales. Solo si la ley lo establece. Afecta solo a los datos médicos. ¿Quién más, además de los herederos, puede solicitar acceso a los datos personales de un fallecido?. Cualquier familiar. Las personas o instituciones designadas por el fallecido. Los amigos cercanos. Las autoridades judiciales. ¿Qué se establecerá mediante real decreto en relación a las personas designadas por el fallecido?. Los derechos que tienen sobre los datos del fallecido. Los requisitos y condiciones para acreditar la validez y vigencia de los mandatos e instrucciones del fallecido. Los plazos para solicitar la supresión de los datos. Las normas para evitar el acceso a los datos por terceros. ¿Quién puede ejercer las facultades de acceso a los datos personales en caso de fallecimiento de menores?. Solo los padres. Sus representantes legales o el Ministerio Fiscal. Los hermanos mayores de edad. Cualquier pariente cercano. En caso de fallecimiento de personas con discapacidad, ¿quiénes pueden ejercer las facultades de acceso a los datos personales?. Solo los herederos legales. Los representantes legales y las personas designadas para funciones de apoyo, si esas facultades están comprendidas en las medidas de apoyo. Únicamente los padres. Cualquier persona interesada. |