Test 3 Ley 9/2017 - Libro Primero Título 1
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El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, órgano especializado que actuará con plena independencia funcional en el ejercicio de sus competencias, estará adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública, y estará compuesto por: un Presidente, un Técnico y un mínimo de 2 vocales. un Presidente y un mínimo de 3 vocales. un Presidente y un mínimo de 5 vocales. un Presidente, un Técnico y un mínimo de 3 vocales. Podrán ser designados vocales del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales los funcionarios de carrera de cuerpos y escalas a los que se acceda con título de: licenciado o de grado y que hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 5 años. Técnico Superior y que hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 5 años. Técnico Superior y que hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 10 años. licenciado o de grado y que hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 10 años. El Presidente del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales deberá ser funcionario de carrera, de cuerpo o escala para cuyo acceso sea requisito necesario: un título de licenciado o grado y haber desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 10 años. título de licenciado o grado en derecho y haber desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 10 años. un título de licenciado o grado y haber desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 15 años. licenciado o grado en derecho y haber desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a 15 años. La designación del Presidente y los Vocales del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales se realizará por: el Gobierno. el Ministro de Hacienda y Función Pública. el Ministro de Justicia. el Congreso. La duración del nombramiento de los Vocales del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales será de: 4 años prorrogables. 4 años y no podrá prorrogarse. 6 años prorrogables. 6 años y no podrá prorrogarse. Durante el tiempo en que se hallen prestando servicio en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales tanto el Presidente como los Vocales pasarán a la situación de: excedencia forzosa dentro de su cuerpo de origen. voluntaria por prestar servicios en el Sector Público. servicios especiales dentro de su cuerpo de origen. excedencia voluntaria incentivada. Formará parte del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, el Secretario General del mismo: con voz y voto. con voz pero sin voto. sin voz pero con voto. sin voz ni voto. Podrá interponer el recurso especial en materia de contratación: cualquier jurídica cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados, siempre que sea de manera directa, por las decisiones objeto del recurso. cualquier persona física cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados, de manera directa o indirecta, por las decisiones objeto del recurso. cualquier persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados, siempre que sea de manera directa, por las decisiones objeto del recurso. cualquier persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados, de manera directa o indirecta, por las decisiones objeto del recurso. Las personas legitimadas para ello podrán solicitar ante el órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas cautelares: antes de interponer el recurso especial. al interponer el recurso especial. una vez interpuesto el recurso especial. ninguna es correcta. El órgano competente para resolver el recurso especial deberá adoptar decisión en forma motivada sobre las medidas cautelares dentro de los: 5 días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten. 10 días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten. 15 días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten. 20 días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten. El procedimiento del recurso especial se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de: 5 días hábiles. 10 días hábiles. 15 días hábiles. 20 días hábiles. En el escrito de interposición del recurso especial se hará constar: el acto recurrido. el motivo que fundamente el recurso. los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente. todas son correctas. Para la subsanación de los defectos que puedan afectar al escrito de recurso especial, se requerirá al interesado a fin de que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos: en un plazo de 3 días hábiles desde el siguiente a su notificación. en un plazo de 5 días hábiles desde el siguiente a su notificación. en un plazo de 7 días hábiles desde el siguiente a su notificación. en un plazo de 10 días hábiles desde el siguiente a su notificación. El escrito de interposición podrá presentarse en: los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. el registro del órgano de contratación. el registro del órgano competente para la resolución del recurso. todas son correctas. Los interesados podrán hacer la solicitud de acceso al expediente de contratación dentro del plazo de interposición del recurso especial, debiendo el órgano de contratación facilitar el acceso en los: 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. 7 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. La presentación de la solicitud de acceso al expediente de contratación: paralizará en todo caso el plazo para la interposición del recurso especial. paralizará el plazo para la interposición del recurso especial cuando así lo determine el tribunal. no paralizará en ningún caso el plazo para la interposición del recurso especial. ninguna es correcta. Una vez interpuesto el recurso quedará en suspenso la tramitación del procedimiento cuando el acto recurrido sea el de: preparación. adjudicación. cumplimiento. extinción. Las comunicaciones y el intercambio de documentación entre los órganos competentes para la resolución de los recursos, los órganos de contratación y los interesados en el procedimiento se harán por: medios electrónicos. medios impresos. medios de comunicación. medios magnéticos. El órgano encargado de resolver el recurso podrá declarar su inadmisión cuando constare de modo inequívoco y manifiesto cualquiera de los siguientes supuestos (señala la incorrecta): la incompetencia del órgano para conocer del recurso. la falta de legitimación del recurrente o de acreditación de la representación de la persona que interpone el recurso en nombre de otra, mediante poder que sea suficiente a tal efecto. haberse interpuesto el recurso contra actos no susceptibles de impugnación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44. la interposición del recurso, antes de que haya finalizado el plazo establecido para su interposición. Interpuesto el recurso especial, el órgano competente para la resolución del recurso lo notificará al órgano de contratación con remisión de la copia del escrito de interposición: en el mismo día. en un plazo de 3 días. en un plazo de 5 días. en un plazo de 10 días. |




