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Título del Test:
30-----9

Descripción:
enferneria

Fecha de Creación: 2021/07/29

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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Según la Constitución, a la Provincia sólo la pueden gobernar y administrar autónomamente los/las: Diputaciones. Plenos de las mismas. Presidentes. Diputaciones u otro tipo de Corporaciones representativas.

La naturaleza de la Provincia, según el esquema constitucional es: Unitaria. Doble. Circunscrita al ámbito local. De Ente sin personalidad jurídica.

El Estatuto Provincial de Calvo-Sotelo fue de: 1929. 1924. 1925. 1931.

Las Diputaciones: Son Corporaciones de Derecho Público. No lo son. Son Entidades Locales. Carecen de Junta de Gobierno .

La división provincial actual arranca del/de la: Constitución vigente. Constitución de 1812. Decreto de Javier de Burgos de 1833. Vigente Ley de Régimen Local.

Respecto al Estado, la delimitación provincial del territorio español: Sirve para que éste gestione a dicho nivel algunos de sus servicios. Es la base del reconocimiento de los Municipios. No tiene repercusión alguna. Comporta la necesaria descentralización de su organización.

La denominación de las Provincias que se constituyen en Comunidades Autónomas uniprovinciales se puede modificar por: Ley Ordinaria. Ley Orgánica. Ley Orgánica y referéndum entre los habitantes de las mismas. Decreto de su respectivo Consejo de Gobierno.

La denominación y capitalidad de una Provincia puede hacerse por: Ley Orgánica de las Cortes Generales. Ley Ordinaria de las mismas. Ley de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma. Decreto de Gobierno.

La Provincia es circunscripción electoral para la elección del/de los: Concejales. Parlamentos Autonómicos. Diputados Provinciales. Todos los anteriores.

La alteración de los límites provinciales se efectuará por: Ley de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma respectiva. Ley Orgánica de las Cortes Generales. Acuerdo del Consejo de Ministros. Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Las Diputaciones Provinciales existirán en todas las: Comunidades Autónomas. Provincias. Provincias, salvo en las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Provincias, salvo en las que tengan Comarca.

Un conflicto de competencias entre la Diputación Provincial de una Provincia perteneciente a una Comunidad Autónoma pluriprovincial y la de una Comunidad Autónoma uniprovincial lo resuelve el/las: Estado. Comunidades Autónomas afectadas. Diputaciones de que se trata. Nada de lo anterior es correcto, al no existir la segunda de las mencionadas Diputaciones Provinciales.

El número de Provincias existentes en la actualidad, en España, es: Cincuenta y dos. Cincuenta. Cincuenta y uno. Cincuenta y dos más las Islas.

La personalidad jurídica de las Provincias se califica por la Ley de: Plena. Propia. Depende del Ente que las crea. No la tiene.

La Provincia participa en la: Cooperación de la Administración Estatal y Autonómica con la Local. Colaboración de dichas Administraciones. Coordinación de las mismas. No tiene participación alguna.

Los habitantes de una Provincia reciben, por esta condición, el nombre de: Vecinos. Provincianos. Residentes. Ninguno.

Son fines propios y específicos de las Provincias: Realizar los servicios de competencia municipal. Coordinar la Administración Municipal con la estatal y autonómica. Garantizar los principios de solidaridad y autonomía intermunicipales. Garantizar el principio de equilibrio intermunicipal.

En cuanto a los servicios municipales, la Provincia: Debe efectuar su prestación. Basta con que asegure dicha prestación. Los gestiona de común acuerdo con los Ayuntamientos. Nada de lo anterior es cierto.

Son órganos necesarios de toda Diputación Provincial el: Pleno, el Presidente y los Vicepresidentes. Presidente, los Vicepresidentes en su caso, el Pleno y la Junta de Gobierno . Pleno, el Presidente, los Vicepresidentes y la Junta de Gobierno en todo caso. Pleno, el Presidente, los Vicepresidentes y la Junta de Gobierno cuando así lo apruebe el Pleno.

No es un órgano necesario en una Diputación el/la/los: Comisión Especial de Cuentas. Pleno. Diputados Delegados. Vicepresidentes.

Entre los órganos complementarios de las Diputaciones no se encuentran los/las: Juntas Sectoriales. Comisiones Informativas. Comisión Especial de Cuentas. Diputados Delegados.

La elección del Presidente de una Diputación Provincial se hará: Entre los que encabecen las correspondientes listas en las elecciones locales. Por mayoría absoluta en primera vuelta y simple en la segunda. Por mayoría absoluta en primera vuelta y, en su defecto, el de la lista más votada. Entre todos los concejales elegidos en los Municipios de la Provincia.

El Presidente de la Diputación Provincial de Madrid es: Excelentísimo. Ilustrísimo. Señoría. No existe esta figura allí.

El mandato de un Presidente de Diputación Provincial dura normalmente: Cuatro años. Cinco años. Dos años, siendo reelegible. Nueve años.

Desde su presentación a su debate y votación, respecto de una moción de censura al Presidente de una Diputación Provincial, no deben pasar más de:(VER MODIFICACIÓN LEY 1999). Díez días. Cuatro días. Quince días. Siete días.

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