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46- test

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Título del Test:
46- test

Descripción:
examen 46

Fecha de Creación: 2026/09/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 5

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Temario:

¿Qué organismo determinará los órganos jurisdiccionales y otros servicios de la Administración de Justicia que han de permanecer en servicio de guardia?: El Ministerio de Justicia, previo informe de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas y negociación con las organizaciones sindicales más representativas. El órgano competente del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, en sus respectivos ámbitos, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y negociación con las organizaciones sindicales. El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas en sus respectivos territorios. El Consejo General del Poder Judicial, oídos Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, así como los Colegios de Abogados y Procuradores de cada demarcación.

Salvo que el ejecutante señale bienes cuyo embargo estime suficiente para el fin de la ejecución civil: El Letrado de la Administración de Justicia, mediante decreto, y a instancia de parte, requerirá al ejecutado para que manifieste bienes. El Tribunal, mediante auto, y a instancia de parte, requerirá al ejecutado para que manifieste bienes. El Letrado de la Administración de Justicia, mediante decreto, y de oficio, requerirá al ejecutado para que manifieste bienes. El Letrado de la Administración de Justicia, mediante diligencia de ordenación, y de oficio, requerirá al ejecutado para que manifieste bienes.

30. Según se establece en el artículo 639.4 de la LEC, a la vista de las alegaciones formuladas y apreciando todos los informes según las reglas de la sana crítica, se determinará la valoración definitiva de los bienes embargados a efectos de la ejecución por. Auto contra el que cabe recurso de apelación. Decreto, susceptible de recurso directo de revisión. Auto contra el que no cabe recurso alguno. Diligencia de ordenación, contra la que cabe recurso de reposición.

La falta de asistencia, sin causa justificada, de alguno de los cónyuges a la comparecencia de las medidas previas a la demanda de separación o divorcio: Podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge presente para fundamentar sus peticiones sobre medidas provisionales de carácter patrimonial. Podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge presente para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial. Determinará que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge presente para fundamentar sus peticiones sobre medidas provisionales de carácter patrimonial. Determinará que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge presente para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial.

Las resoluciones definitivas dictadas por el Juez en los expedientes de jurisdicción voluntaria, podrán ser recurridas por algún interesado que se considere perjudicado por ella mediante: El recurso de reposición y/o revisión. El recurso de apelación que no tendrá efectos suspensivos, salvo que la ley expresamente disponga lo contrario. El recurso de apelación con efectos suspensivos, salvo que la ley expresamente disponga lo contrario. No cabe recurso alguno.

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