Test 12
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El Reglamento Orgánico del Pleno establece que le corresponde debatir el orden del día de las sesiones ordinarias del Pleno, determinando los asuntos incluidos en el orden del día sobre los que se van a entablar debate, establecer el orden de intervención de los grupos y fijando los tiempos en el debate, a: El Alcalde, asistido por el Secretario General del Pleno. La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. La Junta de Portavoces. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, la Junta Municipal del Distrito se constituye válidamente con la asistencia de: Dos tercios del número legal de sus miembros. En todo caso se requerirá la presencia del presidente o del secretario, o de quienes legalmente les sustituyan. Un tercio del número legal de sus miembros. En todo caso se requerirá la presencia del presidente y del secretario, o de quienes legalmente les sustituyan. La mayoría del número legal de sus miembros. En todo caso se requerirá la presencia del presidente o del secretario, o de quienes legalmente les sustituyan. Los titulares de los órganos superiores y directivos del Ayuntamiento de Madrid quedan sometidos al régimen de incompatibilidades establecido en: Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. El Reglamento Orgánico del Pleno. La Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en el acuerdo de aprobación inicial del proyecto normativo, el Pleno dispondrá la apertura del período de información pública y audiencia a los interesados por un tiempo que, en todo caso, respetará el: Plazo mínimo de treinta días. Plazo mínimo de diez días y máximo de treinta días. Plazo máximo de treinta días. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, ¿a quién corresponde acordar la modificación de los límites territoriales de los distritos, así como la división de éstos en barrios?: Al Alcalde. A la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. Al Pleno del Ayuntamiento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, el presente reglamento tiene por objeto: Establecer la organización y funcionamiento de los distritos. Establecer la organización y funcionamiento de las juntas municipales de distrito. Las dos respuestas anteriores son correctas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, las sesiones de la junta municipal de distrito podrán ser: Extraordinarias de carácter urgente. Ordinarias de carácter urgente. Periódicas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, una vez ejercida la iniciativa normativa por la Junta de Gobierno, el proyecto, junto con la documentación complementaria, será remitido al secretario general del Pleno, quien lo remitirá a la Comisión competente y abrirá un plazo de: Treinta días, contado desde la recepción del proyecto por los portavoces de los grupos en la Comisión, para la presentación de enmiendas. Mínimo de treinta días contado desde la recepción del proyecto por los portavoces de los grupos en la Comisión, para la presentación de enmiendas. Diez días, contado desde la recepción del proyecto por los portavoces de los grupos en la Comisión, para la presentación de enmiendas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, son competencias de la Junta Municipal del Distrito: Resolver las recusaciones que puedan plantearse contra los miembros de la junta municipal del distrito. Conocer los instrumentos de ordenación urbanística que afecten al distrito con carácter previo a su aprobación definitiva por el órgano competente y, con carácter previo a su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento, el presupuesto anual del distrito. Ambas respuestas son correctas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, ¿quién nombra a los vocales vecinos, entre vecinos, como miembros de la junta municipal del distrito?: El Alcalde a propuesta de los grupos políticos. El concejal presidente, nombrado por el Alcalde. El coordinador del distrito, a propuesta del concejal presidente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, con carácter general, corresponden a los coordinadores de distrito, en el ámbito de su responsabilidad, las siguientes competencias: La ejecución de los servicios del distrito. La elaboración, seguimiento y control del presupuesto trimestral que se le asigna. La formulación de propuestas de disposiciones, acuerdos y convenios respecto de materias de su ámbito de funciones. El Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid se estructura en: 81 artículos, 2 disposiciones adicionales y 1 disposición final. 5 títulos, 1 disposición adicional, 4 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 2 disposiciones finales. 1 título preliminar, 4 títulos, 1 disposición adicional, 2 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 4 disposiciones finales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en la aprobación definitiva de proyectos normativos, en caso de alegaciones que hubieran introducido modificaciones del texto inicial, en el trámite de Comisión los miembros de la misma dispondrán de: Un plazo de cinco días para presentar enmiendas, que sólo podrán versar sobre las modificaciones introducidas. Un plazo de diez días para presentar enmiendas. Un plazo de diez días para presentar enmiendas, que sólo podrán versar sobre las modificaciones introducidas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, las sesiones de la junta municipal del distrito deberán convocarse: Al menos, con dos días naturales de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el concejal presidente de la junta municipal del distrito. Con la antelación suficiente para dar máxima difusión, utilizándose para ello los medios técnicos y electrónicos más adecuados. Al menos, con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por la junta municipal del distrito. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, el concejal presidente del Distrito, es nombrado y separado: Por el Alcalde a propuesta de la Junta de Gobierno Local. Por el Pleno a propuesta del Alcalde. Por el Alcalde. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, no son órganos de los distritos: El Gerente del distrito. El órgano de información, participación y deliberación ciudadana, con capacidad para la adopción de acuerdos de iniciativas y propuestas, acerca de aquellos aspectos de interés del distrito, sin perjuicio de que las referencias que se hagan a este órgano en el presente reglamento orgánico lo sean únicamente al "órgano de participación ciudadana". La Junta Municipal del Distrito. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, la iniciativa para la aprobación de normas municipales corresponde a: La Junta de Gobierno Local. La iniciativa popular. Ambas respuestas son correctas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66(anulado) del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, el interventor delegado de cada Junta Municipal de Distrito será nombrado: A propuesta de la Coordinación de Distrito entre funcionarios de carrera pertenecientes al Grupo A1. A propuesta de la Intervención General entre funcionarios de carrera pertenecientes al Grupo A1. ARTÍCULO ANULADO. A propuesta del Concejal Presidente del Distrito entre funcionarios de carrera pertenecientes al Grupo A1. Según el artículo 49 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, el Pleno celebrará sesión extraordinaria cuando así lo decida el presidente o lo solicite al menos: La tercera parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación. La cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación. La mayoría simple del número legal de miembros de la Corporación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, el coordinador del distrito ostenta a todos los efectos el rango de: Coordinador general. Director general. Gerente de distrito. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, el secretario del distrito ejerce las funciones que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo, y en particular, las siguientes: Dirección, coordinación y seguimiento de la actividad de las unidades orgánicas en las que se estructure la secretaría del distrito. Control jurídico-administrativo de cuantas propuestas de acuerdo o resolución se eleven a la Junta Municipal del Distrito, al concejal presidente o al coordinador del distrito. Ambas respuestas son correctas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, la iniciativa para la aprobación de normas municipales presentadas por la Junta de Gobierno Local, se tramitarán como: Proyectos. Proposiciones. Decretos. ¿A qué principios ha de ajustarse la actuación de los distritos según el artículo 2 del Reglamento Orgánico 6/2021, de 1 de junio, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid?. A los principios de unidad de gobierno, eficacia, coordinación y solidaridad. A los principios de transparencia y participación de la ciudadanía. A los principios de eficacia, descentralización funcional, desconcentración, coordinación y servicio al ciudadano. Según el artículo 2 del RODAM: Asimismo, los distritos son instrumento esencial para la aplicación de una política municipal orientada a la corrección de los desequilibrios y a la representación de los intereses de los vecinos. La actuación de los distritos ha de ajustarse a los principios de unidad de gobierno, eficacia, desconcentración y solidaridad; y se tenderá a la homogeneización de sus estándares de equipamientos. Asimismo, los distritos son instrumento esencial para la aplicación de una política municipal orientada a la corrección de los desequilibrios y a la representación de los intereses de los diversos barrios del municipio. La actuación de los distritos ha de ajustarse a los principios de unidad de gobierno, eficacia, coordinación y cooperación; y se tenderá a la homogeneización de sus estándares de equipamientos. Asimismo, los distritos son instrumento esencial para la aplicación de una política municipal orientada a la corrección de los desequilibrios y a la representación de los intereses de los diversos barrios del municipio. La actuación de los distritos ha de ajustarse a los principios de unidad de gobierno, eficacia, coordinación y solidaridad; y se tenderá a la homogeneización de sus estándares de equipamientos. ¿A quién corresponde alterar el número, denominación y límites territoriales de los distritos y de los barrios que los integran según el artículo 3.2 del RODAM?. Corresponde al Pleno del Ayuntamiento, por medio de la modificación del presente reglamento orgánico. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, por medio de la modificación del presente reglamento orgánico. Corresponde al Pleno del Ayuntamiento, por medio de Decreto del Alcalde. ¿Qué órgano puede delegar las competencias de los distritos según el artículo 4?. El concejal presidente. El Alcalde, la Junta de Gobierno u otros órganos municipales. La Junta Municipal del Distrito. Según el RODAM, artículo 5. ¿Qué órgano es responsable de la dirección y gestión de los servicios de competencia del distrito, bajo la superior dirección del concejal presidente?. La Junta Municipal del Distrito. El concejal presidente. El coordinador del distrito. Cuál no es un órgano de los distritos: El concejal presidente, nombrado y separado libremente por el Alcalde. El órgano de información, participación y deliberación ciudadana. El concejal-secretario. Los recursos presupuestarios que serán gestionados por los distritos en su conjunto, serán suficientes para el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas y no serán en ningún caso inferiores al: 25% del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid. 11% del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid. 9% del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid. RODAM, art. 8¿Quién determina el número de miembros de la junta municipal del distrito?. El Pleno del Ayuntamiento, al inicio de cada mandato. El Alcalde. Los grupos políticos del distrito. Cómo se nombran los vocales vecinos en la junta municipal del distrito?. Son nombrados por el Alcalde a propuesta de los grupos políticos. Son elegidos por los ciudadanos del distrito. Son designados por el concejal presidente. |