39-15
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Título del Test:
![]() 39-15 Descripción: Plazos de momento y T.4 |



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La FALTA O INSUFICIENTE de la REPRESENTACIÓN no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquella o se SUBSANE el defecto dentro del plazo de: Quince días. Diez días. Un mes. No inferior a diez días ni superior a quince. Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada de: Máxima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción. Mínima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción. Mínima de tres años a contar desde la fecha de inscripción. Máxima de tres años. Las prorrogas otorgadas por el poderante en el registro tendrán una validez determinada de: Máxima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción. Mínima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción. Mínima de tres años a contar desde la fecha de inscripción. Máxima de tres años. ¿Qué plazo debe transcurrir desde la comunicación de un sistema de identificación de una Administración Pública de forma previa a la adquisición de su eficacia jurídica?. Diez días. Dos meses. Tres meses. Quince días. En relación con la eficacia de los sistemas de identificación, ¿de qué plazo dispone la Secretaría de Estado de Seguridad para emitir su informe?. Diez días desde su solicitud. Quince días hábiles desde el requerimiento. Un mes desde la notificación. Dos meses. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no exceder de: Seis meses, salvo que una norma con rango ley establezca uno mayor o asi venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. Tres meses, salvo que una norma con rango ley establezca uno mayor o asi venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. Un año, salvo que una norma con rango ley establezca uno mayor o asi venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. Un mes, salvo que una norma con rango ley establezca uno mayor o asi venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, este será de: Tres meses. Seis meses. Un año. Nueve meses. En todo caso, las APU informarán a los interesados del plazo máximo establecido para la resolución y notificación de los procedimientos. Dicha mención se incluirá en la NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN DE ACUERDO de INICIACIÓN de OFICIO, O en la COMUNICACIÓN que se dirigirá al efecto al INTERESADO dentro de: Diez días siguientes a la recepción de la solicitud. Quince días siguientes a la recepción de la solicitud. Quince días. Diez días desde la emisión de la solicitud. El plazo legal para resvolver el procedimiento y notificar resolución se prodrá suspender en los siguientes casos: se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta Administración. Este plazo de suspensión no podrá exceder de: Quince días. Un mes. Dos meses. Tres meses. El certificado acreditativo del silencio producido se expedirá de oficio por el órgano competente para resolver en el plazo de: Quince días desde que expire el plazo máximo. Diez días desde que expire el plazo máximo. Un mes desde que expire el plazo máximo. Dos meses desde que expire el plazo máximo. Los interesados que soliciten la expidición de copias auténticas, lo harán ante el órgano que emitió el documento original, debiendo expedirse, salvo excepciones de la Ley 19/2013, en el plazo de: Diez días a contar desde la recepción de la solicitud. Quince días a contar desde la recepción de la solicitud. Diez días. Quince días. Cuando se trate de informes preceptivos, ya elaborados por un órgano administrativo distinto al que tramita el procedimiento, estos deberán ser emitidos en el plazo de: Diez días a contar desde la solicitud. Quince días a contar desde la solicitud. Una semana a contar desde la solicitud. Un mes a contar desde la solicitud. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de: Diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Quince días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. No inferior a diez días ni superior a quince a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Ninguna es correcta. Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación podrá hacerse carga de la misma: Cualquier persona mayor de doce años. Cualquier persona mayor de trece años. Una persona de quince años. Cualquier persona mayor de dieciseis años. Si el primer intento de notificación en el domicilio no se pudo realizar, el siguiente se realizará: Una sóla vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. Una sóla vez y en una hora distinta dentro de los dos días siguientes. Una sóla vez y en una hora distinta dentro de los cuatro días siguientes. Una sóla vez y en una hora distinta dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido: Diez días naturales. Diez días hábiles. Quince días hábiles. Quince días naturales. Las medidas provisionales podrán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los: Quince días siguientes a su adopción, y podrá ser objeto de recurso. Quince días siguientes a su adopción, y no cabrá recurso alguno. Diez días siguientes a su adopción, y no cabrá recurso alguno. Diez días siguientes a su adopción, y podrá ser objeto de recurso. El acuerdo de iniciación de del procedimiento de responsabilidad patrimonial, se notificará a los particulares presuntamente lesionados, concediéndoles un plazo para que aporten cuantas alegaciones, documentos, información estimen conveniente y y propongan pruebas de: Diez días. Quince días. Veinte días. Un mes. |





