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Título del Test:
O8

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Preguntas test

Fecha de Creación: 2024/10/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 24

Valoración:(1)
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Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 42 (recogida de vidrio), los residuos de vidrio deberán depositarse: En los contenedores identificados a tal fin. En los buzones a tal fin. En puntos limpios.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 42 (recogida de vidrio), ¿qué deben hacer los ciudadanos con botellas, botes y otros recipientes antes de depositarlos en el contenedor de envases?. Simplemente desecharlos sin vaciar ni separar sus partes. Vaciar completamente los recipientes, eliminar los restos de sustancias y separar las tapas metálicas y tapones de plástico para depositarlos en el contenedor de envases. Lavar los recipientes con agua y jabón antes de tirarlos.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 43 (recogida de papel y cartón), ¿cómo deben depositarse los residuos de papel y cartón en el contenedor?. En cualquier estado, sin necesidad de plegarlos. Lo más plegados posible y cortando adecuadamente las cajas de cartón para su introducción y disposición en los contenedores. Solo en cajas grandes que no necesiten ser plegadas.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 43 (recogida de papel y cartón), ¿qué deben hacer los ciudadanos antes de depositar los residuos de papel y cartón?. No es necesario hacer nada, se pueden depositar tal cual. Eliminar todo resto metálico, de plástico y de papel y cartón sucio, debiendo depositar estos restos de acuerdo con lo dispuesto en la presente ordenanza para la fracción envases e inertes. Solo eliminar los restos de papel y cartón sucio, debiendo depositar estos restos de acuerdo con lo dispuesto en la presente ordenanza para la fracción envases e inertes.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 44 (aceites vegetales usados), ¿qué está prohibido hacer con los aceites usados?. Almacenarlos en casa. Verterlos por los desagües. Reciclarlos en casa.

Capítulo IV. Recogida selectiva. ¿Cómo deben los ciudadanos verter los aceites vegetales usados, según el artículo 44 (aceites vegetales usados)?. En envases de papel reciclado. En envases de plástico cerrados, depositándolos en el contenedor identificado en el ecoparque. En cualquier recipiente disponible en la casa.

Capítulo IV. Recogida selectiva. ¿Dónde pueden los ciudadanos depositar aceites vegetales usados además de en el ecoparque, según el artículo 44 (aceites vegetales usados)?. En la basura común. En locales de entidades o asociaciones autorizadas, o en contenedores para reutilización, siempre que estas entidades estén autorizadas. En locales de entidades, siempre que estas entidades estén autorizadas.

Capítulo IV. Recogida selectiva. ¿Qué deben hacer los titulares de restaurantes, bares y hoteles respecto a los aceites vegetales usados, según el artículo 44 (aceites vegetales usados)?. Deshacerse de ellos en la basura común. Disponer de contenedores adecuados y entregarlos a un gestor autorizado. Llevarlos a un punto limpio autorizado.

Capítulo IV. Recogida selectiva. ¿Qué deben hacer los ciudadanos si el Ayuntamiento establece un Sistema de Recogida Selectiva para los aceites vegetales usados, según el artículo 44 (aceites vegetales usados)?. Entregar el residuo a cualquier persona. Entregarlo obligatoriamente a la Empresa Municipal o a la designada por esta, siguiendo el sistema establecido. Entregarlo únicamente obligatoriamente a la Empresa Municipal, siguiendo el sistema establecido.

Capítulo IV. Recogida selectiva. ¿Quiénes están obligados a entregar el residuo de aceite vegetal usado según el artículo 2, respecto al artículo 44 (aceites vegetales usados)?. Solo los ciudadanos. Ciudadanos, industrias, comercios, oficinas, centros asistenciales y sanitarios de los Grupos I y II, Servicios de Restauración y Catering, y del Sector Servicios en general. Solo los restaurantes y bares.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 45 (ropa y zapatos usados), los ciudadanos podrán depositar la ropa y zapatos usados en bolsas de plástico cerradas: En el contenedor señalizado a tal fin en el ecoparque o punto limpio. En los locales de entidades o asociaciones o en los contenedores para su reutilización ubicados fuera de la vía pública, siempre que dichas entidades hayan sido previamente autorizadas para la recogida de ropa y zapatos usados. Todas son correctas.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 46 (residuos de medicamentos y sus envases), Los medicamentos caducados, los medicamentos en desuso, los restos de medicamentos y sus envases serán entregados por: Los ciudadanos en los puntos de recogida SIGRE, en aquellas farmacias donde los hubiera. En el caso de que no existan puntos de recogida SIGRE en el municipio, estos residuos se podrán entregar en el lugar que designe el Ayto. de Córdoba. Todas son correctas.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 47 (pilas), Las pilas usadas deberán ser depositadas por los ciudadanos en: Los contenedores debidamente señalizados que se podrán localizar en los distribuidores, centros comerciales, etc. En los ecoparques o los puntos limpios. Ambas están correctas.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 48 (residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores), los ciudadanos deberán depositar los residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores segregados por materiales en bolsas resistentes, pudiendo entregar los mismos para su correcta gestión: A un gestor autorizado y en el Complejo Medioambiental de Córdoba. En el ecoparque o punto limpio según los limites establecidos específicamente. Todas son correctas.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 49 (excrementos), sobre la gestión de residuos municipales relacionada con la conducción de animales domésticos, ¿cuáles son las responsabilidades de las personas que pasean a estos animales en espacios públicos?. Pueden permitir que sus mascotas depositen deyecciones en cualquier lugar sin llevar material de limpieza. Deben impedir que los animales depositen deyecciones en vías públicas, llevando siempre una bolsa para recogerlas inmediatamente y depositándolas en contenedores de residuos orgánicos o en papeleras. Deben impedir que los animales depositen deyecciones en vías públicas, llevando siempre una bolsa para recogerlas inmediatamente y depositándolas en el lugar más cercano.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 50 (recogida en ecoparques o puntos limpios), que establecerán los servicios municipales?. Establecerán los límites de cantidades y tipología de residuos admisibles en los ecoparques y demás normas de uso por el ciudadano particular. Establecerán los límites de dimensiones en los ecoparques y demás normas de uso por el ciudadano particular. Todas son correctas.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 50 (recogida en ecoparques o puntos limpios), ¿cuál es una de las condiciones para que las empresas utilicen las instalaciones como alternativa al depósito en vertedero?. Pueden depositar cualquier tipo de residuo sin restricciones ni tasas. Su uso estará sujeto a las normas de uso establecidas, y podrá establecerse una tasa específica que no será inferior a la del depósito en el Complejo Medioambiental de Córdoba. No necesitan cumplir con ninguna normativa, solo deben informarse sobre los horarios de funcionamiento.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 51 (residuos domésticos peligrosos), ¿dónde deben entregar los ciudadanos los residuos domésticos de naturaleza peligrosa que provienen de sus domicilios?. En cualquier contenedor de basura común disponible en la calle. En el Complejo Medioambiental de Córdoba o en los centros habilitados para ello. En los puntos limpios.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 52 (información sobre la separación y recogida de residuos), ¿qué información hará pública el Ayuntamiento en relación con el servicio de gestión de residuos?. Solo los días festivos en los que no se recogerán residuos. Las condiciones de prestación del servicio, incluyendo días y horarios de depósito y recogida, puntos de entrega y cualquier otra información relevante para el correcto uso del servicio. Exclusivamente las tarifas del servicio.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 53 (sensibilización y educación sobre separación y recogida de residuos), ¿qué tipo de actividades promoverá el Ayuntamiento en relación con la gestión de residuos?. Campañas y jornadas de sensibilización y educación en materia de recogida selectiva de residuos. Actividades recreativas sin relación con la educación ambiental. Un incremento en el uso de vertederos.

Capítulo IV. Recogida selectiva. Según el artículo 53 (sensibilización y educación sobre separación y recogida de residuos), ¿con quién podrá el Ayuntamiento firmar convenios y acuerdos de colaboración para fomentar la sensibilización ambiental?. Exclusivamente con otras entidades gubernamentales. Con sujetos públicos y privados, incluyendo universidades, organizaciones sin ánimo de lucro y asociaciones de productores. Con empresas comerciales.

Capítulo IV. Recogida selectiva. ¿Cómo informará el Ayuntamiento sobre la gestión de residuos y la recogida selectiva, según el artículo 53 (sensibilización y educación sobre separación y recogida de residuos)?. A través de comunicados de prensa en medios tradicionales únicamente. A través de la página web de sadeco, informando sobre las tareas relativas a la gestión de residuos. Mediante carteles que solo se colocarán en edificios públicos.

Capítulo V. Tratamiento de los residuos municipales. Según el artículo 54 (disposición general), ¿qué se entiende por tratamiento en el contexto de los residuos?. Solo la eliminación de residuos sin ningún tipo de valorización. Las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la valorización o eliminación. Cualquier actividad relacionada con la recolección de residuos.

Capítulo V. Tratamiento de los residuos municipales. Según el artículo 54 (disposición general), ¿a qué deben ajustarse las instalaciones dedicadas al tratamiento de residuos?. A las normativas locales de gestión de residuos. A lo dispuesto en la legislación europea, estatal, autonómica y local. A las directrices establecidas por el Ayuntamiento.

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