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UCM

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Título del Test:
UCM

Descripción:
TITULO 6

Fecha de Creación: 2026/01/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 56

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¿Quiénes tienen derecho a estudiar en los Centros de la UCM?. Todas las personas que cumplan los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico y superen, en su caso, los procedimientos de admisión. Únicamente los estudiantes matriculados en Grado. Solo quienes hayan superado una prueba interna de la UCM. Exclusivamente los estudiantes con nacionalidad española.

¿Quiénes son considerados estudiantes de la UCM con plenitud de derechos?. Las personas que cursen enseñanzas de alguno de los tres ciclos universitarios conducentes a títulos oficiales. Solo los estudiantes de Doctorado. Los estudiantes de títulos propios. Las personas inscritas en cursos de extensión universitaria.

¿Qué tipo de enseñanzas confieren la condición de estudiante con plenitud de derechos en la UCM?. Las enseñanzas oficiales de Grado, Máster y Doctorado. Los cursos de formación permanente. Las enseñanzas no regladas. Los seminarios universitarios.

Los títulos que otorgan la condición de estudiante con plenitud de derechos deben ser: Títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional. Títulos propios de la UCM. Certificados internos del Centro. Títulos expedidos por centros adscritos únicamente.

¿A qué régimen estarán sujetos los estudiantes de la UCM matriculados en titulaciones o programas distintos de los oficiales de Grado, Máster y Doctorado?. Al régimen de derechos y obligaciones derivado de la naturaleza específica de los estudios que cursen. Al mismo régimen que los estudiantes de títulos oficiales. Exclusivamente al reglamento del Claustro. A un régimen provisional sin derechos académicos.

¿De qué dependerán los derechos y obligaciones de los estudiantes matriculados en cursos o programas no oficiales?. De las normas específicas por las que se rijan dichos estudios. Del Reglamento Electoral de la UCM. De las decisiones del Consejo Social. Únicamente del Centro en el que se impartan.

¿Pueden los estudiantes matricularse en más de un curso en la UCM?. Sí, siempre que la oferta de plazas lo permita y se cumplan las condiciones reglamentarias. No, está expresamente prohibido. Solo si pertenecen al mismo Centro. Únicamente en estudios no oficiales.

¿Es posible que un estudiante se matricule en cursos de distintos Centros de la UCM?. Sí, si la oferta de plazas lo permite y se cumplen las condiciones establecidas reglamentariamente. No, debe pertenecer a un único Centro. Solo en casos excepcionales autorizados por el Claustro. Únicamente en estudios de Doctorado.

¿Dónde se incluye el Estatuto del Estudiante que desarrolla las disposiciones de este Título?. En el Reglamento de la Comunidad Universitaria. En el Reglamento Electoral. En el Reglamento de Centros y Estructuras. En el Estatuto del Personal Docente.

¿Qué desarrolla el Estatuto del Estudiante incluido en el Reglamento de la Comunidad Universitaria?. Las disposiciones del Título y los mecanismos de garantía de derechos y deberes de los estudiantes. Exclusivamente los procedimientos disciplinarios. Solo los derechos económicos del estudiantado. Únicamente la organización del Claustro.

¿Qué garantiza el Estatuto del Estudiante respecto al alumnado?. Los derechos y deberes de los estudiantes. Únicamente los derechos académicos. Solo las obligaciones disciplinarias. Exclusivamente los derechos de representación.

¿Con qué normativa debe ser coherente el Estatuto del Estudiante de la UCM?. Con el Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Gobierno. Con el Reglamento del Consejo Social. Con el Estatuto del Personal de Administración y Servicios. Con los Estatutos de otras universidades.

¿Quién propone cada curso académico el número de plazas ofertadas en cada titulación y ciclo?. El Consejo de Gobierno. El Claustro Universitario. El Consejo Social. Los Centros directamente.

¿A quién debe oír el Consejo de Gobierno antes de proponer el número de plazas?. A los Centros respectivos. Al Claustro Universitario. Al Consejo Social. A la Comunidad de Madrid.

¿Con qué periodicidad se propone el número de plazas ofertadas?. Cada curso académico. Cada dos años. Al inicio de cada legislatura. Cuando lo soliciten los Centros.

¿Quién establece los procedimientos de admisión de los estudiantes?. El Consejo de Gobierno. El Rector/a. El Claustro Universitario. El Consejo Social.

¿De acuerdo con qué normativa se establecen los procedimientos de admisión?. Con la normativa básica que establezca el Gobierno. Con la normativa autonómica exclusivamente. Con el Reglamento Electoral. Con los Estatutos de cada Centro.

¿Qué principios deben respetar los procedimientos de admisión?. Igualdad, mérito y capacidad. Publicidad y transparencia. Autonomía y descentralización. Representatividad y proporcionalidad.

¿Qué órgano debe informar previamente la normativa básica de admisión?. La Conferencia General de Política Universitaria. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno.

¿Quién puede establecer la realización de pruebas específicas de acceso para ciertas titulaciones?. El Consejo de Gobierno. El Claustro Universitario. El Rector/a. Los Centros directamente.

¿Por qué motivo se pueden establecer pruebas específicas de acceso?. Porque determinadas titulaciones exigen comprobar previamente ciertos conocimientos. Para limitar el número de estudiantes. Para favorecer a los estudiantes locales. Para cumplir requisitos de la Comunidad de Madrid.

¿Quién resuelve las solicitudes de admisión por traslado?. El Rector/a. El Consejo de Gobierno. El Claustro Universitario. El Director/a del Centro.

¿Según qué criterios se resuelven las solicitudes de traslado?. Según los criterios de ordenación que establezca el Consejo de Gobierno. Según los criterios que establezca la Comunidad de Madrid. Según el criterio de antigüedad del estudiante. Según la disponibilidad de recursos humanos.

¿Cuándo se admitirán estudiantes por traslado?. Solo cuando existan plazas disponibles en el Centro solicitado. Siempre que cumplan los requisitos académicos. Solo si lo aprueba el Consejo Social. Cuando el Claustro lo autorice.

¿Quién regula el acceso a la Universidad de los mayores de 25 años sin título de Bachiller?. El Consejo de Gobierno. El Claustro Universitario. El Rector/a. El Consejo Social.

¿Qué requisito alternativo puede permitir el acceso a la Universidad para quienes no tienen la titulación académica requerida?. Acreditar determinada experiencia laboral o profesional. Haber sido miembro del Consejo Social. Haber cursado estudios en el extranjero. Tener recomendación de un profesor.

¿Se puede acceder a la Universidad mediante este sistema sin experiencia laboral?. Sí, si se ha superado una determinada edad. No, la experiencia es obligatoria. Solo si se tiene título de Bachiller. Solo si se pertenece al Claustro.

¿Qué órgano debe emitir un informe previo para este sistema de acceso?. Consejo de Universidades. Consejo Social. Rector/a. Claustro Universitario.

¿En qué se basa el Consejo de Gobierno para regular este acceso?. En las condiciones básicas que establezca el Gobierno. En el Estatuto del Estudiante. En los Reglamentos de Centros y Estructuras. En la normativa interna de cada Facultad.

¿En qué marco se reconocen los derechos de los estudiantes de la UCM?. En el Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Gobierno. En el Reglamento de Centros y Estructuras. En el Reglamento Electoral. En los Estatutos de cada Facultado.

¿Quién aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario?. El Gobierno. El Claustro Universitario. El Rector/a. El Consejo Social.

Son derechos de los estudiantes: A participar en los órganos de gobierno y representación de la Universidad en la forma prevista en los presentes Estatutos. A ser asistidos y orientados individualmente en sus estudios mediante un sistema de tutorías adecuado que implique una atención académica personalizada y de carácter formativo general. A tal efecto, la Universidad implantará progresivamente un sistema de tutorías. A conocer con anterioridad a su matriculación: la programación docente, los criterios de evaluación y corrección, la bibliografía básica correspondiente a cada asignatura y el régimen de convocatorias. A conocer y a participar en las actividades de extensión universitaria, que le sean propias, organizadas por la Universidad. Realizar el trabajo académico propio de su condición universitaria con el suficiente aprovechamiento. Asumir las responsabilidades que comportan los cargos de representación o gobierno para los que fueren elegidos o designados.

Son derechos de los estudiantes: A una evaluación objetiva de su rendimiento académico, a la revisión de sus evaluaciones y a ejercer, en su caso, los medios de impugnación correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto del Estudiante. A que se establezca un procedimiento para recoger las reclamaciones, sugerencias y peticiones de los estudiantes acerca de la enseñanza. A recibir enseñanzas destinadas a la formación humana completa. A asociarse libremente en el ámbito universitario y a ejercer el derecho de reunión y expresión, así como a que se les facilite el ejercicio de dichos derechos mediante la prestación de medios materiales y económicos según las disponibilidades de cada Centro. Abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos fraudulentos en las pruebas de evaluación, en los trabajos que se realicen o en documentos oficiales de la Universidad. Respetar las normas de disciplina académica, quedando sujetos a las responsabilidades que se deriven de su incumplimiento.

Son derechos de los estudiantes: A solicitar y recibir información de los órganos de gobierno y representación de la Universidad en los aspectos concernientes a la actividad de los mismos. A recibir un trato no sexista. A tener acceso a un procedimiento formal de mediación en los conflictos que se puedan plantear en el ámbito universitario. A recibir las enseñanzas teóricas y prácticas correspondientes al plan de estudios de los cursos en los que estén matriculados y que no estén en proceso de extinción. Asistir a clase y a las actividades académicas programadas en las respectivas enseñanzas. Participar activamente en la actividad universitaria.

Son derechos de los estudiantes: A participar en los procesos de evaluación de la calidad de la docencia recibida. A la igualdad de oportunidades, al respeto a su intimidad, a la imagen propia y a la no discriminación por razones de edad, sexo, raza, nacionalidad, discapacidad, lengua, religión, creencias, opinión, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en el acceso a la UCM, ingreso en los Centros, permanencia en la Universidad y ejercicio de sus derechos académicos. Se garantizará, en particular, que los estudiantes con cualquier tipo de discapacidad puedan seguir sus estudios con normalidad y realizar las pruebas y exámenes en condiciones acordes con sus capacidades. A disponer de las instalaciones, medios instrumentales, servicios administrativos, de biblioteca y cualesquiera otros de asistencia a la comunidad universitaria adecuados para el normal desarrollo de sus estudios y de las demás actividades académicas, culturales y deportivas propias del ámbito universitario, con atención específica a las personas con discapacidades. A elección de grupo cuando existan varios para una misma materia. Este derecho estará condicionado a los criterios generales de la organización docente del Centro. Hacer un uso correcto de las instalaciones, bienes y recursos de la Universidad. Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de la Universidad y en la mejora de sus servicios.

Son derechos de los estudiantes: A recibir una enseñanza crítica, abierta al pluralismo teórico existente. A recibir información, orientación y atención especial sobre el derecho de propiedad intelectual en el ámbito de la actividad universitaria. A beneficiarse de las ayudas y becas de estudio y de investigación destinadas a hacer realidad el principio de que ningún estudiante sea discriminado por razones económicas. Tratar con consideración al resto de los miembros de la comunidad universitaria. Hacer un uso correcto de las instalaciones, bienes y recursos de la Universidad. Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de la Universidad y en la mejora de sus servicios.

Son derechos de los estudiantes: A obtener reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. A recibir una atención que facilite compaginar los estudios con la actividad laboral. A cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente. Tratar con consideración al resto de los miembros de la comunidad universitaria. Cuantos otros deberes se deriven de la normativa vigente. Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de la Universidad y en la mejora de sus servicios.

Son deberes de los estudiantes: A participar en los órganos de gobierno y representación de la Universidad en la forma prevista en los presentes Estatutos. A ser asistidos y orientados individualmente en sus estudios mediante un sistema de tutorías adecuado que implique una atención académica personalizada y de carácter formativo general. A tal efecto, la Universidad implantará progresivamente un sistema de tutorías. A conocer con anterioridad a su matriculación: la programación docente, los criterios de evaluación y corrección, la bibliografía básica correspondiente a cada asignatura y el régimen de convocatorias. Cuantos otros deberes se deriven de la normativa vigente. Realizar el trabajo académico propio de su condición universitaria con el suficiente aprovechamiento. Asumir las responsabilidades que comportan los cargos de representación o gobierno para los que fueren elegidos o designados.

Son deberes de los estudiantes: A una evaluación objetiva de su rendimiento académico, a la revisión de sus evaluaciones y a ejercer, en su caso, los medios de impugnación correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto del Estudiante. A que se establezca un procedimiento para recoger las reclamaciones, sugerencias y peticiones de los estudiantes acerca de la enseñanza. A recibir enseñanzas destinadas a la formación humana completa. Tratar con consideración al resto de los miembros de la comunidad universitaria. Abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos fraudulentos en las pruebas de evaluación, en los trabajos que se realicen o en documentos oficiales de la Universidad. Respetar las normas de disciplina académica, quedando sujetos a las responsabilidades que se deriven de su incumplimiento.

Son deberes de los estudiantes: A solicitar y recibir información de los órganos de gobierno y representación de la Universidad en los aspectos concernientes a la actividad de los mismos. A recibir un trato no sexista. Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de la Universidad y en la mejora de sus servicios. Hacer un uso correcto de las instalaciones, bienes y recursos de la Universidad. Asistir a clase y a las actividades académicas programadas en las respectivas enseñanzas. Participar activamente en la actividad universitaria.

¿En qué marco se reconocen los deberes de los estudiantes de la UCM?. En el Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Gobierno. En el Reglamento de Centros y Estructuras. En el Reglamento Electoral. En los Estatutos de cada Facultado.

¿Quién puede elegir y ser elegido para cargos de representación en la UCM?. Cualquier estudiante de la UCM. Solo los estudiantes de grado. Solo los delegados de Centro. Solo los miembros del Claustro.

¿Con arreglo a qué normas se ejerce la representación estudiantil?. A los Estatutos, el Reglamento Electoral de la UCM y el Estatuto del Estudiante. Al Reglamento de Centros y Estructuras. A la normativa interna de cada Facultad. A la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

¿A quién corresponde la representación de los estudiantes de la Universidad?. A los estudiantes miembros de los órganos colegiados de gobierno y representación de la Universidad. Exclusivamente a la Delegación Central de Estudiantes. A los delegados de grupo. Al Consejo de Gobierno.

¿Dónde se recoge el sistema de elección de los delegados de grupo y de Centro?. En el Reglamento de cada Centro. En los Estatutos de la UCM. En el Reglamento Electoral estatal. En el Consejo Social.

¿A quién corresponde la representación de los estudiantes de la Universidad?. Los miembros de la Delegación Central de Estudiantes. Exclusivamente los estudiantes miembros de los órganos colegiados de gobierno y representación de la Universidad. A los delegados de grupo. Al Consejo de Gobierno.

¿A quién corresponde la representación de los estudiantes de la Universidad?. Los delegados de grupo y Centro,. Exclusivamente los estudiantes miembros de los órganos colegiados de gobierno y representación de la Universidad. A los delegados de grupo. Al Consejo de Gobierno.

¿Qué derecho tienen los representantes de los estudiantes en la UCM?. A que se les facilite compatibilizar las actividades académicas con sus labores de representación. A quedar exentos de asistencia a clase. A aprobar automáticamente las asignaturas. A no realizar evaluaciones.

¿A quién se reconoce el derecho de compatibilización académica?. A los representantes de los estudiantes. A todos los estudiantes matriculados. A los miembros del Consejo Social. A los delegados del profesorado.

¿Con qué servicio contará la UCM para atender a los estudiantes?. Con un Servicio de Información y Atención al Estudiante. Con un Servicio de Gestión Económica. Con un Servicio de Investigación. Con un Servicio de Relaciones Internacionales.

¿Quiénes participarán en el Servicio de Información y Atención al Estudiante?. Los estudiantes. Únicamente el personal administrativo. Exclusivamente el Rectorado. Solo los Decanos.

¿Cuál será la función de los estudiantes en el Servicio de Información y Atención al Estudiante?. Suministrar información y asesorar en lo concerniente a su estamento. Gestionar matrículas oficiales. Evaluar al profesorado. Elaborar planes de estudio.

¿Sobre qué materias informará y asesorará el Servicio de Información y Atención al Estudiante?. Sobre todo lo concerniente al estamento estudiantil. Únicamente sobre actividades deportivas. Solo sobre becas externas. Exclusivamente sobre investigación.

¿Qué norma determinará el régimen de determinados estudiantes de la UCM?. El Estatuto del Estudiante. El Reglamento de Centros y Estructuras. El Consejo Social. El Reglamento Electoral.

¿A qué estudiantes se refiere el régimen regulado por el Estatuto del Estudiante en este caso?. A los mencionados en el artículo 113.3 de los Estatutos. A los estudiantes de doctorado exclusivamente. A los estudiantes extranjeros únicamente. A los estudiantes de primer curso.

¿En función de qué se aplicará el régimen de los estudiantes a los que se refiere al artículo 113.3 de estos Estatutos?. En la medida en que la naturaleza de su situación lo exija. Del número de créditos matriculados. De su expediente académico. Del centro en el que estudien.

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