4-1985 Justicia de Aragón
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Ley 4/1985, de 27 de junio, de regulación del Justicia de Aragón. . 1.-Según la Ley 4/1985 que regula la figura del Justicia de Aragón, ¿cuál de las siguientes afirmaciones NO es cierta?. El Rey firmará el nombramiento del Justicia que se publicará en el “Boletín Oficial de Aragón” y en el “Boletín Oficial del Estado”. La duración del mandato del Justicia de Aragón será de cinco años. El Justicia cesa por la pérdida de la condición política de aragonés o de la vecindad civil aragonesa. 2.-De las siguientes afirmaciones, en relación con el nombramiento, cese y de las condiciones del Justicia de Aragón, según se recoge en el Título I, de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, señale la INCORRECTA: El Justicia, en el plazo de quince días, a contar de aquél en que hubiera prestado promesa o juramento, tomará posesión de su cargo ante la Mesa de las Cortes, en sesión conjunta con la Junta de Portavoces. La Mesa de las Cortes, de acuerdo con la Junta de Portavoces, elevará al Pleno el nombre de un candidato. Para la designación del Justicia de Aragón, en primera convocatoria, será preciso el voto favorable de las tres quintas partes de los miembros de la Cámara. El Presidente de las Cortes acreditará con su firma el nombramiento del Justicia que se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» y en del Estado. NOMBRE DE MI GATA???. |