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4/2010 20 MAYO

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Título del Test:
4/2010 20 MAYO

Descripción:
TITULO II

Fecha de Creación: 2024/10/21

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 27

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Temario:

El procedimiento sancionador de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía se ajustará a los principios de. eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. legalidad, impulso de oficio, imparcialidad, agilidad, eficacia, publicidad, contradicción, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y concurrencia de sanciones. legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Derechos esenciales del procdemiento. presunción de inocencia, información, defensa y audiencia. acceso, rectificación, oposición, supresión. información, defensa y audiencia.

tipos de procedimientos. existen dos tipos de procedimientos, por faltas leves se regulará conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV y el de faltas graves y muy graves por lo dispuesto en el Capítulo III. existen dos tipos de procedimientos, por faltas leves se regulará conforme a lo dispuesto en el Capítulo III y el de faltas graves y muy graves por lo dispuesto en el capítulo IV. un único procedimiento por faltas leves graves y muy graves que se regulará conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV.

La iniciación de un procedimiento penal contra funcionarios. no impedirá la incoación de procedimientos disciplinarios por los mismos hechos. no se podría iniciar la incoación de procedimientos disciplinarios por los mismos hechos hasta que no haya una resolución definitiva. solo podrá iniciarse cuando la sentencia recaída en el ámbito penal sea firme.

¿puede recaer sanción penal y administrativa sobre los mismos hechos?. Si siempre, ya que a los policías no se les aplica el principio ¨non bis in idem¨. Sí, pero solo cuando no hubiera identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido. No, ya que se aplica el principio ¨non bis in idem¨.

Inicio del procedimiento. Siempre de oficio por acuerdo órgano competente. De oficio o a petición de los interesados. De oficio y en ocasiones excepcionales a petición de los interesados.

Se iniciará por: por propia iniciativa, orden superior, moción razonada de los subordinados o denuncia. por propia iniciativa o denuncia. Solo por orden superior, o moción razonada de los subordinados.

La incoación del procedimiento con el nombramiento de instructor y secretario. Se notificará al funcionario sujeto al procedimiento,y se esperarán 5 días para notificar a los designados para desempeñar dichos cargos. Se notificará al funcionario sujeto al procedimiento. Se notificará al funcionario sujeto al procedimiento, así como a los designados para desempeñar dichos cargos.

se informará al funcionario sometido a expediente de su derecho a ser asistido. Por un abogado o por un funcionario licenciado en Derecho. Únicamente por un abogado. Siempre por un funcionario del cuerpo licenciado en Derecho.

Los honorarios del abogado designado. serán por cuenta del funcionario contratante. Corren a cuenta del Ministerio si se prueban hechos contrarios. La asistencia será gratuita cuando así lo disponga la ley.

El nombramiento de instructor recaerá en un funcionario del Cuerpo Nacional de Policía que deberá tener, en todo caso,. igual o superior categoría a la del funcionario sometido al expediente y, en el caso de que fuera igual, deberá ocupar un número anterior en el escalafón. superior categoría a la del funcionario sometido al expediente. Cualquier funcionario.

Podrá ser nombrado secretario. cualquier funcionario destinado en el Ministerio del Interior. cualquier funcionario destinado en el cuerpo de policía. cualquier funcionario nombrado en el Ministerio Fiscal.

Cuales son uno de los motivos de abstención para el instructor o secretario. Haberle prestado en los 3 últimos años servicio profesional. Tener relación de servicio con persona interesada directa o indirectamente. Parentesco de consanguinidad de cuarto grado.

La abstención y recusación se plantearán ante el órgano que acordó el nombramiento, el cual resolverá en el plazo. De 3 días. De 5 días. De 4 días.

Contra las resoluciones adoptadas en cuanto al procedimiento de abstención y recusación. No cabe recurso. Cabe un único recurso. Cabe interponer el recurso contra un acto por motivos de abstención.

Los órganos competentes para la imposición de sanciones, de acordarse la incoación de un procedimiento sancionador por falta leve. contendrá los hechos que lo motivan y el nombramiento de instructor y secretario. Podrán acordar la información secreta. contendrá los hechos que lo motivan con un apercibimiento por parte de su superior jerárquico.

El instructor formulará una propuesta de resolución. Una vez realizadas todas las pruebas oportunas. No es una propuesta si no un acuerdo. Una vez hechas todas las alegaciones y realizadas todas las pruebas oportunas.

Propuesta y resolución de faltas leves. Podrá alegar para su defensa en el plazo de. 15 días. 10 días. Máximo 15 días.

Procedimiento para falta graves y muy graves. Quién inicia la incoación de expediente disciplinario. Director General Policía. Secretario Estado Seguridad. Alcalde.

Cuando se adoptan medidas provisionales. Iniciado el procedimiento penal o disciplinario, si existieran elementos de juicio suficientes. Iniciado o no el procedimiento penal o disciplinario, si existieran elementos de juicio suficientes. La a sería correcta si le añadimos: preventivamente, de forma motivada.

Las medidas provisionales cuando no fueran procedimientos penales. Máximo 3 meses(muy grave). Máximo 6 meses (grave). Máximo 3 meses (grave).

Las medidas provisionales cuando si son procedimientos penales podrán durar. Máximo 12 meses. Se mantiene todo el procedimiento. Supondrá pérdida de trabajo si excede de 6 meses.

Instructor ordena diligencias , pruebas (primera) y actuaciones esclarecimiento. Máximo 15 días. 15 días. 10 días.

Instructor formula el pliego de cargos. Máximo 1 mes. 15 días. Máximo 15 días.

Plazo para que el interesado conteste alegaciones al pliego de cargos. 10 días. Máximo 10 días. 15 días.

Notificación de la resolución del expediente. Dentro de 10 días siguientes a la adopción. 10 días. Máximo 10 días.

Fases del procedimiento dispiciplinario. Iniciación, desarrollo, terminación. Inciación, instrucción, terminación. Iniciación, desarrollo, ejecución.

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