Test 4 Ley 40/2015 - Título II
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![]() Test 4 Ley 40/2015 - Título II Descripción: Test 4 Ley 40/2015 - Título II |



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Al autorizar la constitución de una sociedad mercantil estatal con forma de sociedad anónima: el Consejo de Estado podrá atribuir a un Ministerio, cuyas competencias guarden una relación específica con el objeto social de la sociedad, la tutela funcional de la misma. el Consejo de Ministros podrá atribuir a una Comisión, cuyas competencias guarden una relación específica con el objeto social de la sociedad, la tutela funcional de la misma. el Consejo de Ministros podrá atribuir a un Ministerio, cuyas competencias guarden una relación específica con el objeto social de la sociedad, la tutela funcional de la misma. el Consejo de Estado podrá atribuir a una Comisión, cuyas competencias guarden una relación específica con el objeto social de la sociedad, la tutela funcional de la misma. Respecto a las sociedades mercantiles estatales no es correcto: elaborarán anualmente un presupuesto de explotación y capital y un plan de actuación que forma parte del Programa Plurianual, que se integrarán con el Presupuesto General del Estado. formularán y rendirán sus cuentas de acuerdo con los principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad y disposiciones que lo desarrollan. su gestión económico financiera estará sometida exclusivamente al control del Tribunal de Cuentas. su personal, incluido el que tenga condición de directivo, se regirá por el Derecho laboral. Los consorcios: son entidades de derecho público o privado. tienen personalidad jurídica propia y común. son creados por varias Administraciones Públicas o entidades integrantes del sector público institucional, entre sí o con participación de entidades privadas, para el desarrollo de actividades de interés común a todas ellas dentro del ámbito de sus competencias. todas son correctas. Los consorcios podrán realizar actividades: de fomento. prestacionales. de gestión común de servicios públicos. todas son correctas. Los consorcios se regirán por lo establecido: en esta Ley. en la normativa autonómica de desarrollo. en sus estatutos. todas son correctas. 6. Respecto a los consorcios, sobre el régimen del derecho de separación, disolución, liquidación y extinción: en lo no previsto en esta Ley, en la normativa autonómica aplicable, ni en sus Estatutos se estará a lo previsto en el Código Civil sobre el régimen de liquidación, incluida la sociedad civil. en lo no previsto en esta Ley, en la normativa autonómica aplicable, ni en sus Estatutos se estará a lo previsto en el Código Civil sobre la sociedad civil, salvo el régimen de liquidación. en lo no previsto en esta Ley, en la normativa autonómica aplicable, ni en sus Estatutos se estará a lo previsto en el Código Civil sobre la sociedad civil, incluido el régimen de liquidación. en lo no previsto en esta Ley, en la normativa autonómica aplicable, ni en sus Estatutos se estará a lo previsto en el Código Civil sobre el régimen de liquidación, salvo la sociedad civil. La Administración Pública a la que estará adscrito cada consorcio: se determinará por sus estatutos. se determinará por la propia Administración Pública. vendrá determinada por su sede. vendrá determinada por sus competencias. De acuerdo con los siguientes criterios, ordenados por prioridad en su aplicación y referidos a la situación en el primer día del ejercicio presupuestario, el consorcio quedará adscrito, en cada ejercicio presupuestario y por todo este periodo, a la Administración Pública que (señala la incorrecta): disponga de la mayoría de votos en los órganos de gobierno. tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de los órganos ejecutivos. tenga facultades para nombrar o destituir a una tercera parte los miembros del personal directivo. disponga de un mayor control sobre la actividad del consorcio debido a una normativa especial. De acuerdo con los siguientes criterios, ordenados por prioridad en su aplicación y referidos a la situación en el primer día del ejercicio presupuestario, el consorcio quedará adscrito, en cada ejercicio presupuestario y por todo este periodo, a la Administración Pública que (señala la incorrecta): tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de gobierno. financie en más de un 60%, en su defecto, en mayor medida la actividad desarrollada por el consorcio, teniendo en cuenta tanto la aportación del fondo patrimonial como la financiación concedida cada año. ostente el mayor porcentaje de participación en el fondo patrimonial. tenga mayor número de habitantes o extensión territorial dependiendo de si los fines definidos en el estatuto están orientados a la prestación de servicios a las personas, o al desarrollo de actuaciones sobre el territorio. En el supuesto de que participen en el consorcio: entidades públicas, el consorcio tendrá ánimo de lucro. entidades privadas, el consorcio no tendrá ánimo de lucro. entidades públicas, el consorcio no tendrá ánimo de lucro. entidades privadas, el consorcio tendrá ánimo de lucro. Cualquier cambio de adscripción a una Administración Pública, cualquiera que fuere su causa, conllevará la modificación de los estatutos del consorcio en un plazo: no superior a 3 meses, contados desde el momento en que se produjo el cambio de adscripción. no superior a 6 meses, contados desde el inicio del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se produjo el cambio de adscripción. no superior a 6 meses, contados desde el momento en que se produjo el cambio de adscripción. no superior a 3 meses, contados desde el inicio del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se produjo el cambio de adscripción. Respecto al personal al servicio de los consorcios (señala la incorrecta): podrá ser funcionario o laboral. habrá de proceder exclusivamente de las Administraciones participantes. su régimen jurídico será el de la Administración Pública de adscripción. sus retribuciones en ningún caso podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en la Administración Pública de adscripción. Respecto a los consorcios (señala la incorrecta): estarán sujetos al régimen de presupuestación, contabilidad y control de la Administración Pública a la que estén adscritos. se llevará a cabo una auditoría de las cuentas anuales que será responsabilidad del órgano de control de la Administración a la que se haya adscrito el consorcio. formarán parte de los presupuestos y se incluiran en la cuenta general de la Administración Pública de adscripción si así lo decide el órgano de control. se regirán por las normas patrimoniales de la Administración Pública a la que estén adscritos. Los consorcios se crearán mediante: contrato firmado por las Administraciones, organismos públicos o entidades participantes. convenio suscrito por las Administraciones, organismos públicos o entidades participantes. decreto de las Administraciones, organismos públicos o entidades participantes. autorización de los órganos directivos de las Administraciones, organismos públicos o entidades participantes. En los consorcios en los que participe la Administración General del Estado o sus organismos públicos y entidades vinculados o dependientes: requerirá que su creación se autorice por ley. el convenio de creación precisará de autorización previa del Consejo de Ministros. del convenio formarán parte los estatutos, un plan de actuación y una proyección presupuestaria trienal, además del informe preceptivo favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. todas son correctas. Los estatutos de cada consorcio determinarán la Administración Pública a la que estará adscrito, así como su régimen orgánico, funcional y financiero de acuerdo con lo previsto en esta Ley, y, al menos, los siguientes aspectos (señala la incorrecta): sede, objeto, fines y funciones. identificación de participantes en el consorcio así como las aportaciones de sus miembros. órganos de gobiernos y administración, así como su composición y funcionamiento, con indicación expresa del régimen de adopción de acuerdos. plazo de duración del consorcio y de sus posibles prórrogas. Los miembros de un consorcio, al que le resulte de aplicación lo previsto en esta Ley o en la Ley 7/1985, de 2 de abril: podrán separarse del mismo en cualquier momento siempre que no se haya señalado término para la duración del consorcio. no podrán separarse del mismo en ningún momento aunque se haya señalado término para la duración del consorcio. podrán separarse del mismo en cualquier momento aunque se haya señalado término para la duración del consorcio. ninguna es correcta. El artículo 125 de la ley 40/15 establece que si alguno de los miembros del consorcio hubiera incumplido alguna de sus obligaciones estatutarias y, en particular, aquellas que impidan cumplir con el fin para el que fue creado el consorcio, como es la obligación de realizar aportaciones al fondo patrimonial cualquiera de sus miembros podrá separase: antes de la finalización del plazo si el consorcio no tiene una duración determinada. tras la finalización del plazo si el consorcio no tiene una duración determinada. antes de la finalización del plazo si el consorcio tiene una duración determinada. tras la finalización del plazo si el consorcio tiene una duración determinada. Respecto al ejercicio del derecho de separación de un consorcio: cuando un municipio deje de prestar un servicio que sea uno de los prestados por el Consorcio al que pertenece, el municipio no podrá separarse del mismo. el derecho de separación habrá de ejercitarse mediante escrito notificado al máximo órgano de gobierno del municipio. en el escrito deberá hacerse constar, en su caso, el incumplimiento que motiva la separación si el consorcio tuviera duración determinada, la formulación de requerimiento previo de su cumplimiento y el transcurso del plazo otorgado para cumplir tras el requerimiento. todas son correctas. El ejercicio del derecho de separación de un consorcio produce la disolución del mismo salvo que el resto de sus miembros acuerden su continuidad y sigan permaneciendo en el consorcio, al menos: dos Administraciones, o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración. tres Administraciones, o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de más de una Administración. tres Administraciones, o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración. dos Administraciones, o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de más de una Administración. |




