option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Test 4 Ley Orgánica 19/2013,Transparencia - Título 1

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Test 4 Ley Orgánica 19/2013,Transparencia - Título 1

Descripción:
Test 4 Ley Orgánica 19/2013,Transparencia - Título 1

Fecha de Creación: 2026/08/15

Categoría: Otros

Número Preguntas: 16

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Sin perjuicio de la posibilidad de interposición de la reclamación potestativa prevista en el artículo 24, las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública son recurribles directamente ante: la Jurisdicción ordinaria. la Jurisdicción civil. la Jurisdicción penal. la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

El incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo a los efectos de la aplicación a sus responsables del régimen disciplinario previsto en la correspondiente normativa reguladora, tendrá la consideración de: infracción leve. infracción grave. infracción muy grave. sanción económica.

Las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de aplicación del Título I “Transparencia de la actividad pública” establecerán sistemas para integrar la gestión de solicitudes de información de los ciudadanos en: las regulaciones especiales del derecho de acceso, la revisión y simplificación normativa. las fundaciones del sector público. el funcionamiento de su organización interna. medidas de colaboración específicas.

El acceso a la información se realizará: siempre y en todo caso por vía electrónica. siempre y en todo caso mediante comparecencia personal. preferentemente mediante comparecencia personal, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio. preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio.

Cuando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo: superior a 5 días. superior a 10 días. no superior a 5 días. no superior a 10 días.

Respecto al acceso a la información, si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso: haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso administrativo habiéndose formalizado o haya sido resuelto denegando el derecho a recibir la información. haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso administrativo sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. no haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso administrativo sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. no haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso administrativo habiéndose formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información.

Respecto al acceso a la información, si la información ya ha sido publicada: la resolución podrá limitarse a indicar al solicitante cómo puede acceder a ella. la resolución deberá limitarse a indicar al solicitante cómo puede acceder a ella. la resolución deberá contener el texto íntegro solicitado. ninguna es correcta.

El acceso a la información: tendrá su coste en los términos previstos en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. será gratuito, incluida la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original. será gratuito. No obstante, la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original podrá dar lugar a la exigencia de exacciones. ninguna es correcta.

La reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos. tendrá la consideración de alternativa de los recursos administrativos. tendrá la consideración de acumulativa de los recursos administrativos. no tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos.

Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: con carácter facultativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. con carácter facultativo y posterior a su impugnación en vía contencioso-administrativa. con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. con carácter potestativo y posterior a su impugnación en vía contencioso-administrativa.

La reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno frente a una resolución en materia de acceso se interpondrá en el plazo de: un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Cuando la denegación del acceso a la información se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros: se otorgará previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga. se otorgará posteriormente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga. se otorgará posteriormente a la resolución de la reclamación, trámite de información pública a las personas que pudieran resultar afectadas para que puedan examinar el expediente, o la parte del mismo que se acuerde. se otorgará posteriormente a la resolución de la reclamación, trámite de información pública a las personas que pudieran resultar afectadas para que puedan examinar el expediente, o la parte del mismo que se acuerde.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno será de: 1 mes, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá estimada. 3 meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá estimada. 1 mes, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. 3 meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.

Las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: no se publican. se publicarán, previa asociación de los datos de carácter personal que contuvieran. se publicarán, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran. ninguna es correcta.

Las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se publicarán: por medios electrónicos previamente a ser notificadas a los interesados. por medios electrónicos una vez se hayan notificado a los interesados. por medios no electrónicos previamente a ser notificadas a los interesados. por medios no electrónicos una vez se hayan notificado a los interesados.

El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno comunicará las resoluciones que dicte a: el Consejo Jurídico Consultivo. el Comité Económico y Social. el Defensor del Pueblo. la Sindicatura de Cuentas.

Denunciar Test