40/2015
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Título del Test:![]() 40/2015 Descripción: Potestad sancionadora y responsabilidad patrimonial |




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¿Cuáles son los principios de la potestad sancionadora?. El principio de Legalidad, el de tipicidad y el de proporcionalidad. El principio de Legalidad, el de responsabilidad y el de progresividad. El principio de igualdad, el de tipicidad y el de responsabilidad. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de Ley. ¿En qué principio de la potestad sancionadora se establece esta premisa?. En el de tipicidad. En el de legalidad. En el de proporcionalidad. ¿A quién corresponde el ejercicio de la potestad sancionadora según el principio de legalidad?. A los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición legal. A los órganos potestativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario. A los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario. Las disposiciones de el principio de legalidad serán extensivas al ejercicio por las Administraciones Públicas de su potestad disciplinaria respecto del personal a su servicio... En relación a la naturaleza jurídica de la relación de empleo. Cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo. Según la naturaleza del rango legal o reglamentario que les sea de aplicación. Las disposiciones del principio de legalidad... Serán de aplicación al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación de contratos del sector público. Serán de aplicación al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación de contratos del sector público o por la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas. No serán de aplicación al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación de contratos del sector público o por la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas. Serán de aplicación las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de producirse los hechos que constituyan infracción administrativa. Producirán efecto retroactivo... En los casos de sentencia firme. Por disposición de rango legal o reglamentario. En cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor. El principio de tipicidad especifica... Que solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por una disposición de rango legal, clasificándose en: leves, graves y muy graves. Que solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por una Ley, que las clasificará en leves, graves y muy graves. Que solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por disposición reglamentaria, clasificándose en: leves, graves y muy graves. Podrán imponerse sanciones según el principio de tipicidad: Únicamente por la comisión de cuentas. Únicamente por la comisión de sanciones administrativas. Únicamente por la comisión de infracciones administrativas. ¿Las disposiciones reglamentarias de desarrollo podrán introducir especificaciones o graduaciones?. No, por constituir nuevas infracciones o sanciones que podrán alterar la naturaleza o límites de las que la Ley contempla. Sí, cuando sin constituir nuevas infracciones o sanciones, ni alterar la naturaleza o límites de las que la Ley contempla, contribuyan a la más correcta identificación de las conductas o a la más precisa determinación de las sanciones correspondientes. Siempre y cuando constituyan nuevas infracciones o sanciones que contribuyan a la más correcta identificación de la determinación de las sanciones correspondientes. Según los principios de la potestad sancionadora, solo podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas. ¿Cuándo podrán ser sancionados los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos?. Cuando resulten responsables de los mismos por mandato legal o reglamentario. Cuando resulten inculpados por los mismos a título de dolo o culpa. Cuando una Ley les reconozca capacidad de obrar. Las responsabilidades administrativas que se deriven de la comisión de una infracción serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la indemnización por los daños y perjuicios causados, que será determinada y exigida por el órgano al que corresponda el ejercicio de la potestad sancionadora. De no satisfacerse la indemnización en el plazo que al efecto se determine en función de su cuantía, se procederá... Ambas son correctas. Si en virtud de acto administrativo hubiera de satisfacerse cantidad líquida se seguirá el procedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento de apremio. En cualquier caso no podrá imponerse a los administrados una obligación pecuniaria que no estuviese establecida con arreglo a una norma de rango legal. Cuando el cumplimiento de una obligación establecida por una norma con rango de Ley corresponda a varias personas conjuntamente, responderán de forma solidaria de las infracciones que, en su caso, se cometan y de las sanciones que se impongan. No obstante, ¿qué ocurrirá cuando la sanción sea pecuniaria?. Se estudiará la individualización en cada caso, de no darse se aplicará la sanción equitativamente. Se dictará resolución para agilizar el pago. Se individualizará en la resolución, siempre que sea posible, en función del grado de participación de cada responsable. Las leyes reguladoras de los distintos regímenes sancionadores podrán tipificar como infracción. El cumplimiento de la obligación de prevenir la comisión de infracciones administrativas por quienes se hallen sujetos a una relación de dependencia o vinculación. El incumplimiento de la obligación de prevenir la comisión de infracciones administrativas por quienes se hallen sujetos a una relación de dependencia o vinculación. El cumplimiento de la obligación de prever la comisión de infracciones administrativas por quienes se hallen sujetos a una relación de dependencia o vinculación. Según el principio de proporcionalidad. Las sanciones administrativas, que sean de naturaleza pecuniaria, no podrán implicar, privación de libertad. Las sanciones administrativas, cuando sean de naturaleza pecuniaria, podrán implicar, directa o subsidiariamente, privación de libertad. Las sanciones administrativas, sean o no de naturaleza pecuniaria, en ningún caso podrán implicar, directa o subsidiariamente, privación de libertad. Según el principio de proporcionalidad el establecimiento de sanciones pecuniarias deberá prever... Que la comisión de las infracciones tipificadas resulte beneficioso para el infractor. Que la comisión de las infracciones tipificadas no resulte más beneficioso para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas. Que la comisión de las infracciones tipificadas no resulte más perjudicial para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas. En la determinación normativa del régimen sancionador, así como en la imposición de sanciones por las Administraciones Públicas se deberá observar la debida idoneidad y necesidad de la sanción a imponer y su adecuación a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción. ¿Según que criterios?. La naturaleza de los perjuicios causados. Que las infracciones cometidas no atenten contra la libertad individual. El grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad. La producción del daño. La reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa. La continuidad o persistencia en la conducta infractora. Haya sido expresamente reconocida por reglamento orgánico. ¿En qué grado podrá imponer la sanción el órgano competente para resolver? Según el principio de proporcionalidad. En el grado inmediatamente inferior a la sanción. En el grado inferior. En el grado superior. Según el principio de proporcionalidad. Cuando de la comisión de una infracción derive necesariamente la comisión de otra u otras. ¿Qué sanción se impondrá?. Se deberá imponer únicamente la sanción correspondiente a la infracción más leve cometida. Se deberá imponer únicamente la sanción correspondiente a la infracción más grave cometida. Se impondrán en procesos separados. Según el principio de proporcionalidad, será sancionable, como infracción continuada... La realización de acción u omisión que se repita en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión. La cometida de acciones u omisiones que anulen el mismo o semejantes preceptos administrativos, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión. La realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejantes preceptos administrativos, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión. Las infracciones y sanciones, prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, éstas prescribirán... Las infracciones muy graves a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año. Las infracciones muy graves a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves a los seis meses. Las infracciones muy graves a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los dos años, las impuestas por faltas graves al año y las impuestas por faltas leves a los seis meses. ¿Cuál es el plazo de prescripción de las infracciones y sanciones? Señala la incorrecta. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el día antes en que la infracción se hubiera cometido. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla. En la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, según los Principios de la responsabilidad. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, cuando ésta cause un mal que no se pueda reparar. Los particulares no tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas, cuando la lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. En la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas. De aquellas heridas que como consecuencia de la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen. De toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen. De toda lesión que sufran en sus bienes y derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios recursos administrativos. En lo estipulado en los principios de responsabilidad, en la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas ¿Qué ocurre si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional?. Procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada. Procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, sentencia condenatoria. Procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, fallo judicial. En lo estipulado en los principios de responsabilidad, en la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas ¿Cuándo procederá la indemnización si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea?. Procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido recurso del Tribunal Europeo. Procederá su indemnización cuando el particular obtenga sentencia firme. Procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño. ¿Qué requisitos habrán de cumplirse para que se haga efectiva la indemnización si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea?. La norma ha de tener por objeto conferir derechos a los particulares. El incumplimiento ha de estar suficientemente caracterizado. Ha de existir una relación de causalidad directa entre el incumplimiento de la obligación impuesta a la Administración responsable por el Derecho de la Unión Europea y el daño sufrido por los particulares. El incumplimiento ha de estar suficientemente probado, ha de existir una relación de casualidad directa entre el cumplimiento de la obligación impuesta a la Administración responsable por el Derecho de la Unión Europea y el daño sufrido por los particulares. El incumplimiento ha de estar suficientemente probado, ha de existir una relación directa entre el incumplimiento de la obligación, la Administración responsable por el Derecho de la Unión Europea y el daño sufrido por los particulares. La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea producirá efectos. Señala la incorrecta. Desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Desde la fecha de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea». Desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o en el «Diario Oficial de la Unión Europea». Cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones públicas se derive responsabilidad en los términos previstos en la presente Ley, las Administraciones intervinientes responderán frente al particular. Por medios telemáticos, en todo caso. Según el caso. El instrumento jurídico regulador de la actuación conjunta podrá determinar la distribución de la responsabilidad entre las diferentes Administraciones públicas. En todo caso, de forma solidaria. El instrumento jurídico regulador de la actuación conjunta podrá determinar la distribución de la responsabilidad entre las diferentes Administraciones públicas. Cuando se trate de procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial, la Administración Pública competente a la que se refiere el apartado anterior, deberá consultar a las restantes Administraciones implicadas para que: En el plazo de quince días, éstas puedan atender a cuanto consideren procedente. En el plazo de quince días, éstas puedan resolver cuanto consideren procedente. En el plazo de quince días, éstas puedan exponer cuanto consideren procedente. Según la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, Serán indemnizables. Las lesiones producidas al particular provenientes de daños que éste no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. No serán indemnizables los daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar. Las lesiones producidas provenientes de daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar. Las lesiones producidas al particular provenientes de daños que éste tenga el deber jurídico de soportar. En los casos de responsabilidad patrimonial, si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional, o de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea, serán indemnizables los daños producidos en el plazo. De los cinco años posteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea. De los cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea. De los dos años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea. En los casos de responsabilidad patrimonial. La cuantía de la indemnización se calculará con referencia al día en que la lesión se comunicó al órgano instructor. La cuantía de la indemnización se calculará con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo. La cuantía de la indemnización se calculará con referencia a la gravedad de la lesión. En los casos de responsabilidad patrimonial. La indemnización procedente podrá sustituirse. Por el abono mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado. Por una compensación en saldos o abonos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado. Por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado. |