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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE41- Estatutos de la Universidad de Córdoba

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Título del test:
41- Estatutos de la Universidad de Córdoba

Descripción:
Capítulo cuatro, sección primera, sección segunda

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
10/06/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 12
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Temario:
Art.41. El Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba estará formado por: Personal laboral contratado por la propia Universidad, así como por personal funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras Universidades y Administraciones públicas que presten servicios en la Universidad de Córdoba. Personal funcionario de las escalas propias de la Universidad y personal funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras Universidades y Administraciones públicas que presten servicios en la Universidad de Córdoba. Personal funcionario de las escalas propias de la Universidad y personal laboral contratado por la propia Universidad, así como por personal funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras Universidades y Administraciones privadas que presten servicios en la Universidad de Córdoba. Personal funcionario de las escalas propias de la Universidad y personal laboral contratado por la propia Universidad, así como por personal funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras Universidades y Administraciones públicas que presten servicios en la Universidad de Córdoba. .
Corresponde al Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba: Todas son correctas. El apoyo, asistencia y asesoramiento en el desempeño de las funciones que se determinen necesarias para la Universidad en el cumplimiento de sus fines. Todo ello de conformidad con la normativa vigente. La gestión técnica, económica y administrativa.
Art.42. El Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba será retribuido con cargo al: Capítulo III del Presupuesto General de la Universidad de Córdoba. Capítulo VI del Presupuesto General de la Universidad de Córdoba. Capítulo I del Presupuesto General de la Universidad de Córdoba. Capítulo IV del Presupuesto General de la Universidad de Córdoba.
La Universidad de Córdoba establecerá el régimen retributivo del personal funcionario: Dentro de los límites máximos que determine El Estado y en el marco de las bases que dicte la Comunidad Autónoma. Dentro de los límites máximos que determine la Comunidad Autónoma Andaluza y en el marco de las bases que dicte el Estado. Dentro de los límites máximos que determine el Consejo de Universidades y en el marco de las bases que dicte el Estado. Dentro de los límites máximos que determine la Entidad Local y en el marco de las bases que dicte la Comunidad Autónoma.
Las retribuciones del personal laboral serán: Ninguna es correcta. Las que vengan establecidas en el convenio colectivo o acuerdo que sea de aplicación. Las que vengan establecidas en la ley que sea de aplicación. las que vengan establecidas en los estatutos que sea de aplicación.
Art.43.La planificación de la política de Personal de Administración y Servicios corresponderá al: Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejo de Universidades, y podrá incluir, entre otras medidas, un análisis de las necesidades de personal. Consejo de Universidades, a propuesta del Consejo de Dirección, y deberá incluir, entre otras medidas, un análisis de las necesidades de personal. Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejo de Dirección, y deberá incluir, entre otras medidas, un análisis de las necesidades de personal. Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejo de Dirección, y podrá incluir, entre otras medidas, un análisis de las necesidades de personal.
Se realiza la ordenación del Personal de Administración y Servicios, de acuerdo con las necesidades de la Universidad y se señalan los requisitos para el desempeño de cada puesto: Mediante la relación de puestos de trabajo o instrumento organizativo similar. Únicamente mediante la relación de puestos de trabajo. A través de cualquier instrumento organizativo. Todas son correctas.
Dicha relación contemplará, al menos: La identificación y clasificación de los puestos de trabajo, con indicación de las unidades administrativas y orgánicas en las que estos se integran. la denominación que les corresponda. Los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Todas son correctas.
La relación de puestos de trabajo será elaborada por: La Gerencia, previa negociación con la representación del Personal de Administración y Servicios que corresponda, y elevada al Rector, junto con el informe que, en su caso, emita dicha representación, para su aprobación por el Consejo de Gobierno. La Junta de Andalucía, previa negociación con la representación del Personal de Administración y Servicios que corresponda, y elevada al Rector, junto con el informe que, en su caso, emita dicha representación, para su aprobación por el Consejo de Gobierno. El Rector, previa negociación con la representación del Personal de Administración y Servicios que corresponda, junto con el informe que, en su caso, emita dicha representación, para su aprobación por el Consejo de Gobierno. La Gerencia, previa negociación con la representación del Personal de Administración y Servicios que corresponda, y elevada al Rector, junto con el informe que, en su caso, emita dicha representación, para su aprobación por el Consejo de Universidades. .
Las relaciones comprenderán, conjunta o separadamente, los puestos de trabajo del personal funcionario y laboral de la Universidad. La relación de puestos de trabajo se revisará, al menos: Cada año. Cada cuatro años. Cada dos años. Cada seis meses.
Art.44. Con objeto de asegurar la adecuada promoción profesional de este personal y la calidad de los servicios que presta, y dentro de la ordenación de puestos de trabajo, las necesidades estructurales y las posibilidades presupuestarias, se promoverá la actualización, el perfeccionamiento y la cualificación del personal y la regulación de la carrera profesional en sus cuatro vertientes en los términos que legalmente procedan: Carrera horizontal, carrera lateral, promoción interna horizontal y promoción interna vertical. Carrera horizontal, carrera vertical, promoción interna horizontal y promoción interna vertical. Carrera horizontal, carrera vertical, promoción interna horizontal y promoción externa vertical. Carrera horizontal, carrera vertical, promoción interna horizontal y promoción interna hacia arriba. .
Mediante el desarrollo reglamentario oportuno, o mediante la ratificación, en su caso, de los acuerdos que procedan, se adoptarán los criterios y reglas generales en las que deban basarse la promoción interna y la carrera profesional del Personal de Administración y Servicios, atendiendo a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Por: La Gerencia. La Comunidad Autónoma. El Rector. El Consejo de Gobierno.
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