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Título del Test:
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Descripción:
hamar 10

Fecha de Creación: 2019/10/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 18

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Según el DB-HR, Apéndice a Terminología, unidad de uso es un edificio o parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre si, como son: Cada dormitorio en el caso de uso vivienda. Cada dormitorio de una planta de hospitalización en uso hospitalario. Cada planta de hospitalización en uso hospitalario. Cada planta de un colegio, en uso docente.

Según el DB-HR , Apéndice a Terminología, recinto protegido es: Un recinto habitable con mejores características acústicas, como son cualquiera de las estancias un edificio residencial. Cualquier recinto habitable comprendido en edificios residenciales, exceptuando las partes destinadas a uso aparcamiento. Un recinto habitable con mejores características acústicas, como son las habitaciones y estancias en edificios residenciales (dormitorios, salones, comedores, etc.). Un recinto habitable con mejores características acústicas en edificios residenciales, como son las estancias destinadas a dormitorio, cocina, salón y demás espacios ocupables, incluyendo las zonas comunes y exceptuando los aparcamientos.

Para satisfacer las exigencias del CTE en lo referente a la protección frente al ruido deben alcanzarse unos valores limite de aislamiento acústico a ruido aéreo. Para el caso de protección frente al ruido generado en recintos pertenecientes a la misma unidad de uso en edificios de uso residencial privado: El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería no será menor que 30dBA. El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería no será menor que 33dBA. El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería no será menor que 50dBA. El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería no será menor que 55dBA.

Para satisfacer las exigencias del CTE en lo referente a la protección frente al ruido deben alcanzarse unos valores limite de aislamiento acústico a ruido aéreo. Para el caso de protección frente al ruido generado en recintos situados en dos viviendas adyacentes: el aislamiento acústico a ruido aéreo, dnt,a, entre dos dormitorios adyacentes de sendas viviendas: No será menor que 30dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas. No será menor que 33dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas. No será menor que 50dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas. No será menor que 55dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas.

Para satisfacer las exigencias del CTE en lo referente a la protección frente al ruido deben alcanzarse unos valores limite de aislamiento acústico a ruido aéreo. Para el caso de protección frente al ruido generado en recintos no pertenecientes a la misma unidad de uso: el aislamiento acústico a ruido aéreo, DNT,A, entre un dormitorio de una vivienda y un recinto de instalaciones, colindante: No será menor que 30dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas. No será menor que 33dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas. No será menor que 50dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas. No será menor que 55dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas.

Para satisfacer las exigencias del CTE en lo referente a la protección frente al ruido deben alcanzarse unos valores limite de aislamiento acústico a ruido de impacto. Para garantizar una protección frente al ruido generado en dos viviendas superpuestas, los elementos constructivos de separación horizontales deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales se cumpla: El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto protegido colindante no será mayor que 75 dB. El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto protegido colindante no será mayor que 70 dB. El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto protegido colindante no será mayor que 65 dB. El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto protegido colindante no será mayor que 60 dB.

Para satisfacer las exigencias del CTE en lo referente a la protección frente al ruido deben alcanzarse unos valores limite de aislamiento acústico a ruido de impacto. Para garantizar una protección frente al ruido generado de recintos de instalaciones o en recintos de actividad, los elementos constructivos de separación horizontales deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales se cumpla: El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto habitable colindante no será mayor que 75 dB. El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto habitable colindante no será mayor que 70 dB. El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto habitable colindante no será mayor que 65 dB. El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto habitable colindante no será mayor que 60 dB.

Para satisfacer las exigencias del CTE en lo referente a la protección frente al ruido deben alcanzarse unos valores limite de aislamiento acústico frente al ruido procedente del exterior. el aislamiento acústico a ruido aéreo, D2m,nT,Atr, entre un recinto protegido y el exterior: Se aplica a los recintos tanto protegidos como a los recintos habitables. Será un valor limitado en función del uso del edificio y de los valores del índice de ruido día, Ld. Será un valor limitado en función del uso del edificio y de los valores del índice de ruido día, Ld, que viene establecido únicamente en los mapas de ruido. Será un valor limitado en función del uso del edificio y del valor del índice de ruido día, Ld = 60dBA cuando el ruido exterior dominante sea el de aeronaves.

Según el DB-HR , el valor del índice de ruido día Ld, es: Uno de los datos fundamentales a la hora de establecer el aislamiento acústico entre un recinto protegido y el exterior, en un edificio con un uso y un emplazamiento determinados. Se expresa en dBA. El índice que establece el ruido que se genera en un recinto habitable durante el día. Se expresa en dBA. El nivel sonoro determinado a lo largo de todos los periodos día de un año en recintos ruidosos. Se expresa en dBtr. El índice que establece el ruido que se genera en una zona cuyo ruido dominante sea el del tráfico y se expresa en dBtr.

Según el DB-HR , a la hora de realizar el dimensionado de los elementos constructivos para cumplir las exigencias de aislamiento acústico a ruido aéreo y a ruido de impactos se: Deben emplear programas informáticos que se proponen desde el Ministerio de Fomento. Se debe emplear la opción simplificada recogida en el propio DB-HR. Se puede optar por realizar el dimensionado mediante la opción simplificada o mediante la opción general. Únicamente se podrá realizar mediante la opción general desde junio de 2013.

Según el DB-HR , para el caso de recintos habitables y recintos protegidos colindantes con otros edificios. el aislamiento acústico a ruido aéreo (d2m,nT,Atr) de cada uno de los cerramientos de una medianería entre dos edificios no sera menor que: 30Dba. 33dBA. 40dBA. 50dBA.

Según el DB-HR , para el caso de recintos habitables y recintos protegidos colindantes con otros edificios. el aislamiento acústico a ruido aéreo (D2m,nT,Atr) correspondiente al conjunto de los dos cerramientos que configuran una medianería entre dos edificios no sera menor que: 30dBA. 33dBA. 40dBA. 50dBA.

Según el DB-HR, a la hora de realizar el dimensionado de los elementos constructivos para cumplir las exigencias de aislamiento acústico a ruido aéreo y a ruido de impactos se puede realizar aplicando la opción simplifica: La opción simplificada es valida para: Únicamente para edificios de uso residencial, docente y administrativo y con estructura de hormigón o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero. Para edificios de cualquier uso y con cualquier tipo de estructura. Para edificios de cualquier uso y con estructura de hormigón o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero. Para edificios de uso residencial y con estructura de hormigón o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero.

El DB-HR , para la aplicación de la opción simplificada, clasifica los elementos de separación verticales de la siguiente manera: Tipo 1: Elementos compuestos por un elemento base de una o dos hojas de fábrica, hormigón o paneles prefabricados pesados, sin trasdosado o con un trasdosado por ambos lados y Tipo 2: Elemento de dos hojas de entramado autoportante. Tipo 1: Elementos compuestos por un elemento base de una o dos hojas de fábrica, hormigón o paneles prefabricados pesados, sin trasdosado o con un trasdosado por ambos lados, Tipo 2: Elementos de dos hojas de fábrica o paneles prefabricado pesados (Eb), con bandas elásticas en su perímetro y Tipo 3: Elemento de dos hojas de entramado autoportante. Tipo 1: Elementos compuestos por un elemento base de dos hojas de fábrica, hormigón o paneles prefabricados pesados, con un trasdosado por ambos lados, Tipo 2: Elementos de dos hojas de fábrica o paneles prefabricado pesados (Eb), con bandas elásticas en su perímetro y Tipo 3: Elemento de una hoja de entramado autoportante. Tipo 1: Elementos compuestos por un elemento base dos hojas de fábrica, hormigón o paneles prefabricados pesados, con un trasdosado por ambos lados, Tipo 2: Elementos de dos hojas de fábrica o paneles prefabricado pesados (Eb), con bandas elásticas dependiendo del tipo de encuentro y Tipo 3: Elemento de dos hojas de entramado autoportante.

El DB-HR , la aplicación de la opción simplificada establece unas condiciones mínimas de los elementos de separación verticales. con objeto de limitar las transmisiones indirectas por flancos, las fachadas o medianerías, a las que acometan cada uno de los diferentes tipos de elementos de separación verticales, deben cumplir una de las condiciones siguientes: Para la fachada o medianería pesada de dos hojas, no ventilada, la masa por unidad de superficie, m, de la hoja exterior debe ser al menos 130kg/m2. Para la fachada o medianería pesada de dos hojas, no ventilada, la masa por unidad de superficie, m, de la hoja interior debe ser al menos 200kg/m2. Para la fachada o medianería pesada de una hoja o ventilada, la masa por unidad de superficie, m, de la hoja de fábrica debe ser al menos 200kg/m2. Para la fachada o medianería pesada de una hoja o ventilada, la masa por unidad de superficie, m, de la hoja de fábrica debe ser al menos 150kg/m2.

El DB-HR, la aplicación de la opción simplificada para viviendas unifamiliares adosadas establece. condiciones mínimas de los elementos de separación verticales. en el caso de que la estructura de cada una de las viviendas fuera independiente de las demás, el elemento de separación vertical de las viviendas debe estar formado por dos hojas, cada una de ellas con un índice global de reducción acústica, ponderado A, Ra, De, al menos,. 35dBA. 45dBA. 50dBA. 55dBA.

Según el DB-HR , Apéndice a Terminología, una bancada de inercia: Es un elemento elástico (banda elástica) colocado bajo la maquinaria de instalaciones capaz de absorber los esfuerzos causados por el funcionamiento de un equipo, particularmente durante los arranques. Es un perfil de acero capaz de absorber los esfuerzos causados por el funcionamiento de un equipo, particularmente durante los arranques. Es lo mismo que una bancada de reparto. Se coloca bajo la maquinaria de instalaciones para evitar el punzonamiento. Es un perfil de acero o de hormigón reforzado con armaduras, capaz de absorber los esfuerzos causados por el funcionamiento de un equipo.

Según el DB-HR , Apéndice a Terminología, una fachada ligera es una fachada continua y anclada a una estructura auxiliar, cuya masa por unidad de superficie es menor que: 150 kg/m2. 200 kg/m2. 220 kg/m2. 250 kg/m2.

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