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Test 5 Ley 40/2015 - Título II

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Título del Test:
Test 5 Ley 40/2015 - Título II

Descripción:
Test 5 Ley 40/2015 - Título II

Fecha de Creación: 2026/08/08

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Cuando el ejercicio del derecho de separación no conlleve la disolución del consorcio (señala la incorrecta): se calculará la cuota de separación que corresponda a quien ejercite su derecho de separación, de acuerdo con la participación que le hubiera correspondido en el saldo resultante del patrimonio neto, de haber tenido lugar la liquidación, teniendo en cuenta el criterio de reparto dispuesto en los estatutos. a falta de previsión estatutaria, se considerará cuota de separación la que le hubiera correspondido en la liquidación. se acordará por el consorcio la forma y condiciones en que tendrá lugar el pago de la cuota de separación, en el supuesto en que esta resulte negativa. la efectiva separación del consorcio se producirá una vez determinada la cuota de separación, en el supuesto en que ésta resulte positiva, o una vez se haya pagado la deuda, si la cuota es negativa.

Cuando el ejercicio del derecho de separación no conlleve la disolución del consorcio si el consorcio estuviera adscrito a la Administración que ha ejercido el derecho de separación: tendrá que acordarse por el consorcio a quien se adscribe, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que permanecen en el consorcio. tendrá que acordarse por la Administración a quien se adscribe, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que no pertenezcan al consorcio. tendrá que acordarse por el consorcio a quien se adscribe, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que no pertenezcan al consorcio. tendrá que acordarse por la Administración a quien se adscribe, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que permanecen en el consorcio.

Respecto a la disolución del consorcio no es correcto: la disolución del consorcio produce su liquidación y extinción. en todo caso será causa de disolución que los fines para los que fue creado el consorcio hayan sido cumplidos. el máximo órgano de gobierno del consorcio al adoptar el acuerdo de disolución nombrará un liquidador que será un órgano o entidad, vinculada o dependiente, de la Administración Pública a la que el consorcio esté adscrito. la responsabilidad que le corresponda al empleado público como miembro de la entidad u órgano liquidador será en todo caso directamente asumida por el propio empleado.

Respecto a la disolución del consorcio no es correcto: si no estuviera previsto en los estatutos, la cuota de liquidación que corresponda a cada miembro del consorcio se calculará de acuerdo con la participación que le corresponda en el saldo resultante del patrimonio neto tras la liquidación. se acordará por el consorcio la forma y condiciones en que tendrá lugar el pago de la cuota de liquidación en el supuesto en que ésta resulte positiva. las entidades consorciadas podrán acordar, con la mayoría que se establezca en los estatutos, o a falta de previsión estatutaria por unanimidad, la cesión global de activos y pasivos a otra entidad del sector público jurídicamente adecuada. la cesión global de activos y pasivos implicará la extinción con liquidación del consorcio cedente.

Son fundaciones del sector público estatal aquellas que: se constituyan de forma inicial, con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración General del Estado o cualquiera de los sujetos integrantes del sector público institucional estatal, o bien reciban dicha aportación con posterioridad a su constitución. el patrimonio de la fundación esté integrado en más de un 50 por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por sujetos integrantes del sector público institucional estatal con carácter permanente. la mayoría de derechos de voto en su patronato corresponda a representantes del sector público institucional estatal. todas son correctas.

Son actividades propias das fundaciones del sector público estatal las realizadas: con ánimo de lucro, para el cumplimiento de fines de interés general, con independencia de que el servicio se preste de forma gratuita o mediante contraprestación. sin ánimo de lucro, para el cumplimiento de fines de interés general, siempre que el servicio se preste de forma gratuita. sin ánimo de lucro, para el cumplimiento de fines de interés general, con independencia de que el servicio se preste de forma gratuita o mediante contraprestación. con ánimo de lucro, para el cumplimiento de fines de interés general, siempre que el servicio se preste de forma gratuita.

La fundación del sector público quedará adscrita prioritariamente, en cada ejercicio presupuestario y por todo este periodo, a la Administración Pública que: ostente el mayor porcentaje de participación en el fondo patrimonial. tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de los órganos ejecutivos. tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del personal directivo. tenga facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del patronato.

El cambio de adscripción a una Administración Pública, cualquiera que fuere su causa, conllevará la modificación de los estatutos que deberá realizarse en un plazo no superior a: dos meses, contados desde el inicio del ejercicio presupuestario siguiente a aquél en se produjo el cambio de adscripción. dos meses, contados desde el final del ejercicio presupuestario siguiente a aquél en se produjo el cambio de adscripción. tres meses, contados desde el final del ejercicio presupuestario siguiente a aquél en se produjo el cambio de adscripción. tres meses, contados desde el inicio del ejercicio presupuestario siguiente a aquél en se produjo el cambio de adscripción.

Las fundaciones del sector público estatal se rigen por: lo previsto en esta Ley y la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. la legislación autonómica que resulte aplicable en materia de fundaciones. el ordenamiento jurídico privado, salvo en las materias en que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control económico-financiero y de contratación del sector público. todas son correctas.

La contratación de las fundaciones del sector público estatal se ajustará a lo dispuesto en: lo previsto en esta Ley. la legislación autonómica que resulte aplicable. la legislación sobre contratación del sector público. todas son correctas.

Las fundaciones del sector público estatal (señala la incorrecta): elaborarán anualmente un presupuesto de explotación y capital, que se integrará con el Presupuesto General del Estado. formularán y presentarán sus cuentas de acuerdo con los principios y normas de contabilidad recogidos en la adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. aplicarán el régimen presupuestario, económico financiero, de contabilidad, y de control establecido por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. no estarán sometidas al control de la Intervención General de la Administración del Estado.

El personal de las fundaciones del sector público estatal: incluido el que tenga condición de directivo, se regirá por el Derecho civil. salvo el que tenga condición de directivo, se regirá por el Derecho laboral. incluido el que tenga condición de directivo, se regirá por el Derecho laboral. salvo el que tenga condición de directivo, se regirá por el Derecho civil.

La creación de las fundaciones del sector público estatal o la adquisición de este carácter de forma sobrevenida se realizará por ley que establecerá en todo caso: los fines de la fundación. los recursos económicos con los que se le dota. los recursos humanos con los que se le dota. todas son correctas.

Los estatutos de las fundaciones del sector público estatal se aprobarán por: Real Decreto Ley, a propuesta conjunta del Ministerio que ejerza el protectorado. Real Decreto de Consejo de Ministros, a propuesta conjunta del titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio que ejerza el protectorado. Real Decreto Ley, a propuesta conjunta del titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio que ejerza el protectorado. Real Decreto de Consejo de Ministros, a propuesta conjunta del Ministerio que ejerza el protectorado.

No es correcto: el Protectorado de las fundaciones del sector público será ejercido por el órgano de la Administración de adscripción que tenga atribuida tal competencia. en las fundaciones del sector público estatal la mayoría de miembros del patronato serán designados por los sujetos del sector público estatal. la responsabilidad que le corresponda al empleado público como miembro del patronato será directamente asumida por el propio empleado público. ninguna es correcta.

Respecto los fondos carentes de personalidades jurídica del sector público estatal (señala la incorrecta): se crearán por Ley. la norma de creación determinará expresamente su adscripción a la Administración General del Estado y a la Administración Autonómica que corresponda. se extinguirán por norma de rango reglamentario. en su denominación deberá figurar necesariamente la indicación «fondo carentes de personalidad jurídica» o su abreviatura «F.C.P.J».

Los fondos carentes de personalidad jurídica se regirán por lo dispuesto en: esta Ley. su norma de creación. las normas de derecho administrativo general y especial que le sea de aplicación. todas son correctas.

El Título II de la Ley 40/2015 se denomina: Organización y funcionamiento del sector público institucional. Administración General del Estado. Relaciones interadministrativas. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público.

El Título II de la Ley 40/2015 tiene: 2 capítulos. 3 capítulos. 6 capítulos. 8 capítulos.

El Título II de la Ley 40/2015 comprende los artículos: 90 a 125. 87 a 116. 81 a 139. 75 a 110.

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