Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE5. TAG LOCAL

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
5. TAG LOCAL

Descripción:
OPOSICIONES LOCALES

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
04/01/2024

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 10
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Fuera de los casos previstos en los artículos 153 y 154 de la Ley General Tributaria: Las entidades locales pueden declarar la nulidad de pleno derecho de sus actos declarativos de derechos Las entidades locales pueden revisar los actos dictados en vía de gestión tributaria. Las entidades locales no pueden anular sus propios actos declarativos de derechos, y su revisión requiere la previa declaración de lesividad para el interés público y su posterior impugnación en vía contenciosoadministrativa, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El personal al servicio de las Entidades Locales puede ser: Exclusivamente funcionarios de carrera, dado que esta es la única forma en que se respetan los principios contenidos en los artículos 23 y 103 de la Constitución española Exclusivamente funcionarios de carrera y personal contratado en régimen de derecho laboral, seleccionados en ambos casos por procedimientos de carácter objetivo Funcionarios de carrera, personal contratado en régimen derecho laboral y personal eventual, desempeñando este último tipo de personal puestos de confianza o asesoramiento especial.
La selección de todo el personal de las Entidades Locales debe realizarse de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen los principios contenidos en los artículos 23 y 103 de la Constitución, así como el de publicidad. Lo anterior se aplica: Al personal funcionario de carrera exclusivamente, dado que son los únicos que no pueden ser despedidos Al personal funcionario y al personal eventual, que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial, ya que es la única forma de asegurar que desempeñan sus funciones o puestos con objetividad, no pudiendo ser cesados libremente. Al personal funcionario y al personal laboral de las Entidades Locales, precisamente para respetar lo previsto en los artículos 23 y 103 de la Constitución, siendo este personal el que tiene vinculación permanente con la Administración.
Los sistemas de selección de personal funcionario de carrera son: Oposición, y concurso-oposición, que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. Oposición, concurso-oposición, y solo excepcionalmente concurso de méritos. Oposición, para valorar la capacidad de los aspirantes, y concurso, para valorar los méritos.
Una Administración puede optar por proveer los puestos de trabajo de personal funcionario de carrera por los siguientes métodos: Concurso, que será el procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, en el cual no es necesario permanecer durante un plazo mínimo para poder participar en otros concursos de provisión de puestos de trabajo. Libre designación con convocatoria pública, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, siendo el titular del puesto obtenido por libre designación susceptible de ser cesado discrecionalmente Como procedimiento normal de provisión, los puestos de trabajo de personal funcionario de carrera se proveerán por el sistema de concurso de méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos, aunque podrán cubrirse por el sistema de libre designación con convocatoria pública aquellos puestos que las Leyes de Función Pública determinen por su especial responsabilidad y confianza.
El personal funcionario de carrera puede encontrarse en las siguientes situaciones administrativas: Servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones Públicas, y excedencia Suspensión de funciones. Todas las anteriores, así como aquellas situaciones que regulen, en su caso, las Leyes de Función Pública.
El plazo de prescripción de las infracciones cometidas por empleados públicos es: De tres años en el caso de infracciones muy graves, dos años en el caso de las graves, y seis meses en el caso de las leves De tres años en el caso de infracciones muy graves, dos años en el caso de las graves y un año en el caso de las leves. De tres años en el caso de infracciones muy graves, dos años en el caso de las graves y tres meses en el caso de las leves.
Las subescalas en que se divide la escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional son: Secretaría, a la que le corresponden las funciones de la fe pública y asesoramiento legal preceptivo; Intervención, a la que le corresponden las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación; y Secretaría- Intervención, a la que le corresponden las funciones tanto de Secretaría como de Intervención. Secretaría, a la que le corresponden las funciones de la fe pública y asesoramiento legal preceptivo; Intervención-tesorería, a la que le corresponden las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación; y Secretaría-Intervención, a la que le corresponden todas las funciones mencionadas Secretaría, a la que le corresponden las funciones de la fe pública y asesoramiento legal preceptivo; Intervención, a la que le corresponden las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria; y Tesorería, a la que le corresponden la contabilidad, tesorería y recaudación.
Son retribuciones básicas de los funcionarios: Únicamente el sueldo asignado a cada Subgrupo o Grupo de Clasificación profesional, si éste no tuviera Subgrupo, ya que no depende del puesto que se desempeñe, ni del tiempo que lleve prestando servicios cada funcionario El sueldo asignado a cada Subgrupo o Grupo de Clasificación profesional, si éste no tuviera Subgrupo, así como los trienios, el complemento de puesto de trabajo y el complemento de carrera, al tratarse todos ellos de cantidades fijas que se abonan al personal funcionario, con independencia de su rendimiento o de los resultados que obtenga El sueldo asignado a cada Subgrupo o Grupo de Clasificación profesional, si éste no tuviera Subgrupo, así como los trienios, que consisten en una cantidad, igual para cada Subgrupo o Grupo de clasificación profesional en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, por cada tres años de servicio.
En cuanto al personal laboral fijo y el indefinido no fijo de las Administraciones Públicas: El EBEP únicamente menciona al personal laboral fijo, que se rige por la normativa de carácter laboral, siendo el denominado “indefinido no fijo” una construcción jurisprudencial, ya que no se puede declarar como personal laboral fijo de una Administración Pública a quien no haya superado el correspondiente proceso selectivo, pudiendo ser cesado dicho personal por la cobertura reglamentaria de la plaza o por la amortización de la misma. Están regulados en el EBEP, siendo ambos personal indefinido de la Administración Pública Únicamente se regula en el EBEP el personal laboral fijo, siendo el denominado “indefinido no fijo” una construcción jurisprudencial, ya que no se puede declarar como personal laboral fijo de una Administración Pública a quien no haya superado un proceso selectivo.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso