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Título del Test:
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Puedo con esto. Ya he podido con cosas peores.

Fecha de Creación: 2026/02/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 17

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En el ámbito de aplicación de la Instrucción contable están: Todas las entidades dependientes sin distinción. Solo las entidades con presupuesto estimativo. Entidades locales, OOAA y consorcios con presupuesto limitativo. Sociedades mercantiles locales.

Las sociedades mercantiles y Entidades Públicas Empresariales Locales que apliquen la Instrucción: La aplican íntegramente. Se rigen por el PGCP adaptado a la local. Se adaptan al Código de Comercio y PGC, aplicando la Instrucción solo para rendición de cuentas. No pueden aplicar.

Constituye entidad contable: Cada área municipal. Cada servicio gestor. Cada entidad local, organismo autónomo y consorcio con presupuesto limitativo. La Intervención.

Las entidades están obligadas a rendir cuentas al: Tribunal de Cuentas. Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Pleno. Interventor.

El ejercicio contable coincide con: El ejercicio presupuestario salvo excepción. El año natural, salvo creación o disolución. 12 meses desde la aprobación del presupuesto. El mandato corporativo.

El modelo contable es: Descentralizado por áreas. Centralizado en la unidad de contabilidad. Mixto. Determinado por el Pleno.

Las cuentas anuales tienen carácter: Funcional. Parcial por servicios. Unitario para toda la entidad contable. Presupuestario exclusivamente.

La contabilidad se lleva por el método de: Cargo y data. Partida simple. Partida doble. Devengo presupuestario.

Son vinculantes los desarrollos de: Solo cuentas de primer orden. Grupos y subgrupos únicamente. Grupos, subgrupos y cuentas de 3, 4 y 5 dígitos. Solo las que determine el Pleno.

La entidad puede: Crear cualquier cuenta libremente. Crear cuentas de primer orden cuando el plan lo prevea. Modificar los grupos del plan. Suprimir cuentas obligatorias.

Puede usar cuentas de segundo y tercer orden no previstas: Nunca. Solo con autorización foral. Sí, según necesidades de gestión. Solo las previstas en el plan.

NO es destinatario de la información contable: El Pleno. Los acreedores. Los ciudadanos. Solo los órganos internos.

Son destinatarios: Solo órganos políticos. Solo órganos de control. Órganos políticos, administrativos, de control, UE, acreedores y ciudadanos. Solo el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

Corresponde al Pleno: Llevar la contabilidad. Formar la Cuenta General. Aprobar la Cuenta General. Rendir cuentas.

El Pleno aprueba las normas de procedimientos contables: De oficio. A propuesta de Tesorería. Previo informe de Intervención. A propuesta del alcalde.

El Pleno determina los criterios sobre: Clasificación presupuestaria. Dudoso cobro, amortizaciones y revalorización del inmovilizado. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija.

El Pleno establece los procedimientos de inspección de la contabilidad de: Solo organismos autónomos. Organismos autónomos, sociedades mercantiles y EPEL. Solo sociedades. Nadie.

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