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Título del Test:
53/24

Descripción:
Administración Pública Valencian

Fecha de Creación: 2026/10/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 53

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Temario:

¿Cuál es el objetivo principal de incorporar la formación en transformación digital en los planes y programas del personal empleado público?. Aumentar la eficiencia en los trámites administrativos. Mejorar la comunicación interna y externa. Fomentar la simplificación administrativa, la transformación digital y el lenguaje claro. Reducir los costes operativos de la administración.

¿Qué entidad se encarga de detectar nuevas necesidades de formación en la organización relacionadas con la transformación digital?. La Oficina de Simplificación Administrativa y Gobierno del Dato. El órgano TIC con competencias horizontales. La Sindicatura de Cuentas. El departamento de Recursos Humanos.

¿Qué son los servicios y aplicaciones comunes de transformación digital según el documento?. Herramientas específicas para cada departamento. Soluciones informáticas que estandarizan y facilitan la gestión electrónica. Plataformas de comunicación interna para empleados públicos. Sistemas de archivo y almacenamiento de datos.

¿Quiénes tienen la obligación de usar los servicios y aplicaciones comunes de transformación digital?. Solo los consorcios sanitarios. Todas las entidades del sector público instrumental de la Generalitat. La Administración y los organismos autónomos de la Generalitat. Exclusivamente las entidades que ya dispongan de un sistema que cubra dichas actuaciones.

¿Qué órgano es responsable de la contratación del software necesario para unificar el seguimiento de actuaciones en ciertas áreas para entidades del sector público instrumental (excluyendo consorcios sanitarios)?. El órgano TIC con competencias horizontales. La Oficina de Simplificación Administrativa. El departamento responsable de cada área (personal, contratación, etc.). La Sindicatura de Cuentas.

¿Quién es el responsable de autorizar el uso de los servicios y aplicaciones comunes de transformación digital por parte del sector público instrumental de la Generalitat?. Los responsables funcionales de dichos servicios y aplicaciones. Los órganos TIC con competencias horizontales. Las personas titulares de los departamentos. El órgano competente en materia de control financiero y auditoría.

¿Cómo se actualiza la relación de servicios y aplicaciones comunes de transformación digital?. Mediante una orden del Consell. Mediante una resolución de la persona titular del órgano con competencias transversales en transformación digital. A través de una propuesta de los órganos TIC. Mediante una publicación en el Boletín Oficial del Estado.

¿De quién es la responsabilidad técnica de las soluciones informáticas específicas que no forman parte de los servicios y aplicaciones comunes de transformación digital?. De los órganos con competencias TIC en dicho ámbito. Del órgano TIC con competencias horizontales. De los responsables funcionales de los servicios comunes. De la Oficina de Simplificación Administrativa.

¿Qué se define como puntos de acceso electrónico de la Generalitat?. Únicamente la sede electrónica. Conjunto de páginas web agrupadas bajo el dominio gva.es para ofrecer acceso a información, recursos y servicios. Las aplicaciones móviles de la Generalitat. Los portales institucionales de los departamentos.

¿Cuál de los siguientes NO es un punto de acceso electrónico de la Generalitat?. El portal corporativo de la Generalitat. La sede electrónica de la Generalitat (Sede PROP). Las páginas web de ayuntamientos no adscritos a la Generalitat. Las apps móviles específicas de la Generalitat.

¿Qué principios deben regir los puntos de acceso electrónico de la Generalitat?. Exclusivamente la seguridad y la accesibilidad. Veracidad, transparencia, publicidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad, interoperabilidad y actualización. Rapidez y sencillez en la navegación. La agilidad en la tramitación de procedimientos.

¿Quién es el responsable del gobierno de los puntos de acceso electrónico y de la coordinación de actuaciones comunes?. El órgano directivo con competencias en materia de simplificación administrativa. Cada departamento de forma individual. El órgano TIC con competencias horizontales. La Sindicatura de Cuentas.

¿Los departamentos del Consell son responsables de la integridad, veracidad y actualización de qué tipo de contenidos?. Todos los contenidos publicados en internet por la Generalitat. Los contenidos de su competencia que se publiquen en los puntos de acceso electrónico. Únicamente la información institucional. Los contenidos de las aplicaciones móviles.

¿Bajo qué dominio se agrupa el Portal corporativo de la Generalitat, actuando como Punto de Acceso General Electrónico?. generalitat.es. administracio.gva. gva.es. gobiernoabierto.gva.

¿Qué tipo de información, recursos y servicios ofrece el Portal corporativo de la Generalitat?. Solo información institucional y de actualidad. Únicamente acceso a la Sede PROP. Acceso a portales institucionales, apps móviles, Sede PROP, actualidad, servicios y procedimientos, información sujeta a publicidad activa, Diari Oficial, Tablón Electrónico y Carpeta ciudadana. Información sobre empleo público y formación.

¿Qué deben garantizar las condiciones de uso relativas a seguridad, privacidad y protección de datos en los puntos de acceso electrónico?. Ser visibles y de fácil acceso. Ser explicadas únicamente al personal interno. Estar sujetas a cambio sin previo aviso. Ser opcionales para el usuario.

¿La Generalitat será responsable de la información obtenida o enlazada de fuentes externas que no dependan de ella?. Sí, siempre será responsable. No, no será responsable. Será responsable solo si la fuente externa es pública. Será responsable si la información es crítica.

¿Quiénes son los responsables funcionales de los portales institucionales de los departamentos del Consell y entes del sector público instrumental?. Los órganos TIC con competencias horizontales. Las subsecretarías de los departamentos o sus órganos equivalentes en las entidades. El órgano directivo con competencias en simplificación administrativa. Los responsables de comunicación institucional.

¿Qué validación se requiere para la creación o supresión de portales institucionales?. Solo la del órgano directivo de simplificación administrativa. La de los órganos con competencias en simplificación administrativa y en comunicación e imagen institucional. Un informe favorable de la Sindicatura de Cuentas. La aprobación del Consell.

¿Cómo deben ser accesibles los portales específicos?. Directamente desde el dominio gva.es. A través del Portal corporativo de la Generalitat. Mediante una búsqueda específica en internet. Exclusivamente a través de la Sede PROP.

¿Qué es el Canal Empresa?. Un portal de formación para emprendedores. El portal de internet específico de la Generalitat que unifica información sobre actualidad, servicios y procedimientos para personas titulares de actividades económicas y emprendedores. Un registro de empresas de la Generalitat. Una plataforma de subvenciones para empresas.

¿Qué tipo de servicios ofrecerá el Canal Empresa?. Exclusivamente información general. Servicios de tramitación guiada y unificada de trámites y procedimientos. Solo información sobre normativa vigente. Asesoramiento legal y financiero gratuito.

¿Quiénes podrán crear apps móviles específicas de forma excepcional?. Cualquier ciudadano. Los departamentos del Consell y los entes del sector público instrumental de la Generalitat. Solo las entidades locales. Los órganos TIC con competencias horizontales.

¿Dónde estarán disponibles las apps móviles específicas de la Generalitat?. Exclusivamente en la Sede PROP. En las tiendas de aplicaciones de las distintas plataformas móviles existentes. En el Portal corporativo de la Generalitat. Solo para personal empleado público.

¿En qué tipo de actuaciones se realizarán, con carácter general, en una sede electrónica?. Actuaciones de información general. Actuaciones que requieran la identificación o la firma de las personas interesadas en un procedimiento administrativo. Comunicaciones informales con la ciudadanía. Publicaciones en el Diari Oficial.

¿Qué característica tendrán los estándares de acceso a las sedes electrónicas?. Serán propietarios y de uso restringido. Serán compatibles con los estándares abiertos y de uso generalizado. Serán solo para navegadores específicos. Requerirán software adicional.

¿Qué garantizarán las sedes electrónicas en cuanto a la información?. Solo la disponibilidad. La disponibilidad, la autenticidad, la integridad y la confidencialidad. La actualización constante, sin importar la veracidad. La máxima difusión, sin restricciones.

¿Quiénes podrán crear sedes asociadas a la Sede PROP?. Solo las universidades públicas. La Administración y las entidades del sector público instrumental de la Generalitat. Exclusivamente los ayuntamientos. Cualquier empresa privada.

¿Qué finalidad tiene la Carpeta ciudadana de la Generalitat?. Realizar notificaciones administrativas. Facilitar el ejercicio de los derechos de la ciudadanía con la Administración y los organismos autónomos. Presentar solicitudes de empleo público. Consultar el Diari Oficial.

¿Qué tipo de información se podrá consultar en la Carpeta ciudadana?. Solo datos personales. El estado de tramitación de expedientes, solicitudes presentadas, notificaciones electrónicas y acceso a información en el registro de usuarios. Información general de la Generalitat. Listados de empleados públicos.

¿Qué se busca unificar con el Tablón Electrónico Único de Anuncios de la Generalitat (TEUA)?. La publicación de ofertas de empleo. La difusión de actos administrativos y comunicaciones que deban publicarse electrónicamente. Los procedimientos de contratación pública. La información de contacto de los departamentos.

¿Cuándo es obligatorio el uso del TEUA?. Siempre, sin excepciones. Excepto cuando las normas específicas exijan la publicación en diarios oficiales o concurran circunstancias excepcionales que justifiquen otros medios. Solo para comunicaciones internas. Cuando lo solicite el ciudadano.

¿Quién es el responsable del contenido de cada acto administrativo o comunicación publicado en el TEUA?. El órgano responsable funcional del Tablón. El órgano que lo haya emitido. El órgano TIC con competencias horizontales. El ciudadano que lo consulte.

¿Qué portal de intranet está a disposición del personal empleado público?. Servicio@GVA. Funcion@GVA. IntranetEmpleo. PortalRRHH.

¿Qué tipo de información profesional especializada se puede encontrar en el portal Funcion@GVA?. Únicamente información sobre nóminas. Información laboral, instrucciones, guías, manuales, información sobre aplicaciones, protección de datos, ciberseguridad e igualdad. Noticias de actualidad política. Ofertas de empleo público externas.

¿Qué tipo de acceso se realizará a través del portal Funcion@GVA?. Acceso a la Sede PROP. Acceso a portales de intranet específicos. Acceso al Diari Oficial. Acceso a la Carpeta Ciudadana.

¿Qué es el Registro electrónico de la Generalitat?. Un registro de contratos públicos. Un sistema único para la Administración y organismos autónomos para la recepción de solicitudes, comunicaciones y escritos. Un listado de todos los empleados públicos. Una base de datos de ciudadanos.

¿A través de qué se accede al Registro electrónico de la Generalitat?. Directamente a través de un enlace específico. A través de los procedimientos y servicios disponibles en la Sede PROP. Mediante una aplicación móvil. En las oficinas de registro presenciales.

¿Cuándo estará disponible el Registro electrónico?. Solo en horario de oficina. Todos los días del año, durante las veinticuatro horas del día, salvo interrupciones técnicas necesarias. De lunes a viernes, de 9 a 17 horas. Solo durante el horario de apertura de la Sede PROP.

¿Qué característica tendrá el Registro electrónico en cuanto a la interconexión con otros registros?. Será un sistema aislado. Será plenamente interoperable, garantizando compatibilidad e interconexión con los registros de otras administraciones públicas. Solo se interconectará con registros de la misma administración. La interconexión será opcional y manual.

¿Quiénes pueden presentar solicitudes, comunicaciones y escritos ante el Registro electrónico de la Generalitat?. Solo las personas físicas. Solo las personas jurídicas. Todas las personas físicas y jurídicas. Únicamente las administraciones públicas.

¿Cómo pueden presentar solicitudes las personas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos?. Únicamente por correo postal certificado. Presencialmente en oficinas de asistencia en materia de registros o mediante sistemas de atención en remoto. Solo a través de la Sede PROP. Mediante firma biométrica.

¿Qué circunstancia impediría la presentación de un escrito en el Registro electrónico?. Que la persona interesada no conste con nombre y apellidos o denominación social. Que se presente un documento con código malicioso. Que no se dirija a órganos de cualquier Administración Pública. Todas las anteriores.

¿Qué tipo de documentos no resulta posible registrar mediante el Registro electrónico según el artículo 21.4.g)?. Solicitudes de trámite. Comunicaciones administrativas. Paquetes u objetos adjuntos al escrito, salvo lo establecido. Escritos dirigidos a la administración.

¿Qué contendrá el justificante de presentación en el Registro electrónico?. Únicamente la fecha de presentación. Fecha y hora de presentación, número de registro de entrada, enumeración de documentos adjuntos y sus huellas electrónicas, código del órgano de destino y copia del escrito. Solo el código del órgano al que se dirige el escrito. La firma del empleado público que lo recibe.

¿Dónde serán accesibles las notificaciones y comunicaciones electrónicas de carácter administrativo?. Exclusivamente en el portal Funcion@GVA. Desde la Sede PROP de la Generalitat y mediante el acceso a la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú). Solo en la Carpeta Ciudadana. En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

¿Qué registrará toda notificación electrónica?. Unicamente la fecha de envío. Un apunte registral de salida en el Registro electrónico de la Generalitat. La confirmación de lectura por parte del ciudadano. La dirección IP del receptor.

¿Cómo se realizarán las notificaciones entre sujetos de la Administración y del sector público instrumental de la Generalitat?. Siempre como comunicaciones entre administraciones públicas. Solo cuando los destinatarios tengan la condición de entidad interesada en el procedimiento. Mediante correo electrónico personal. Exclusivamente a través de la Carpeta Ciudadana.

¿Qué tipo de comunicaciones no se anotarán en el Registro electrónico de la Generalitat, salvo que vayan a surtir efectos en un procedimiento administrativo?. Solicitudes de trámites. Escritos y comunicaciones entre órganos y unidades administrativas. Notificaciones electrónicas. Escritos dirigidos a la administración.

¿Qué se consideran comunicaciones de carácter informal con la ciudadanía?. Actuaciones que requieran identificación electrónica. Cualquier intercambio de información sin efecto jurídico ni necesidad de acreditación especial de identidad. Notificaciones administrativas. Presentación de solicitudes y escritos.

¿Cuál de las siguientes formas NO es una comunicación informal con la ciudadanía según el artículo 25?. Correo electrónico o teléfono. Formularios web de contacto. Redes sociales. Procedimientos administrativos regulados.

¿Qué sistema se utilizará para gestionar los procedimientos de la Administración y organismos autónomos de la Generalitat?. Sistemas gestores de expedientes específicos para cada procedimiento. El sistema tramitador corporativo de expedientes administrativos. El Registro electrónico de la Generalitat. La Sede PROP de la Generalitat.

¿Qué definirá el órgano con competencias en simplificación administrativa para garantizar la homogeneización de los procedimientos?. Flujos genéricos de tramitación de procedimientos. Software específico para cada departamento. Nuevas normativas internas. Directrices de comunicación externa.

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