Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Oferta de
Empleo Público o instrumento similar deberá ser aprobada por los órganos de
Gobierno de las Administraciones Públicas: a) Cada tres años improrrogables b) Anualmente c) Anualmente salvo casos debidamente justificados, que podrá ser cada dos años. Según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos, sin
necesidad de cambiar de puesto de trabajo se denomina: a) Carrera horizontal. b) Carrera vertical c) Promoción interna horizontal. ¿Cuál de los siguientes derechos recogidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público es un derecho individual ejercido colectivamente? a) A la libre asociación profesional. b) A la libertad sindical. c) A la libertad de expresión dentro de los límites del ordenamiento jurídico. Según el artículo 46 del ACUERDO de 28 de abril de 2021, sobre condiciones de
trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de
Madrid (2021-2024), los titulares de puestos de trabajo cuyo nivel de complemento
de destino sea igual o superior a 26, y que no estén afectados por un tipo de
jornada u horario específico a) Tendrán asignada especial dedicación consistente tanto en la necesidad de realizar su
trabajo en régimen de plena disponibilidad, cuando así lo requieran las necesidades del
servicio, como en la obligación de asistir al trabajo dos tardes a la semana, con una
duración mínima de dos horas cada una de ellas. b) Tendrán asignada especial dedicación consistente tanto en la necesidad de realizar su
trabajo en régimen de plena disponibilidad, cuando así lo requieran las necesidades del
servicio, sin obligación de asistir al trabajo ninguna tarde c) Únicamente tendrán la obligación de asistir al trabajo dos tardes a la semana, con una
duración mínima de dos horas cada una de ellas. Según la ORDEN de 18 de enero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, en su artículo 15, las pagas extraordinarias y adicionales de los
trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo para el
Personal Laboral de la Comunidad de Madrid serán dos al año, y se percibirán junto
con las retribuciones de junio y diciembre, y cada paga extraordinaria será
equivalente a: a) Una mensualidad de salario base, complemento de antigüedad, y, en su caso,
complemento de puesto funcional. b) Una mensualidad de salario base, complemento de antigüedad, y, en su caso,
complemento de puesto funcional, complemento de nocturnidad, complemento de puesto
de educador, complemento de jornada específica y complemento de turno rotativo 112. c) Una mensualidad de salario base, complemento de antigüedad, y, en su caso,
complemento de puesto funcional, complemento de nocturnidad, complemento de puesto
por peligrosidad, complemento de jornada específica y complemento de turno rotativo
112. Según el artículo 2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos
Laborales, en cuanto al objeto y carácter de la misma, señala la respuesta
incorrecta. a) La Ley tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante
la aplicación de técnicas y el desarrollo de los procesos necesarios para la prevención de
riesgos derivados exclusivamente del trabajo por cuenta ajena. b) Para el cumplimiento de dichos fines, la Ley regula las actuaciones a desarrollar por las
Administraciones públicas, así como por los empresarios, los trabajadores y sus
respectivas organizaciones representativas. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en esta Ley y en sus normas
reglamentarias tendrán en todo caso el carácter de Derecho necesario mínimo
indisponible, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos. Según el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en su artículo 41, los funcionarios
de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva: a) Podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con
carácter indistinto b) No podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con
carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio para las Administraciones Públicas de
conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o
Escalas c) No podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con
carácter indistinto, salvo autorización del Departamento al que se hallen adscritos los
indicados Cuerpos o Escalas. El Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, en su artículo 10, indica que la
cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado será
obligatoria para todos los mutualistas, con excepción a) Los mutualistas jubilados y de quienes se encuentren en la situación de excedencia
voluntaria para atender al cuidado de hijos o familiares. b) Exclusivamente de los mutualistas jubilados c) Los mutualistas jubilados y de quienes se encuentren en la situación de excedencia
involuntaria. La Orden de 25 de noviembre de 1966, por la que se regula la colaboración de las
Empresas en la gestión del Régimen General de la Seguridad Social, en su artículo
4, determina las condiciones por las cuales las empresas podrán ser autorizadas
para acogerse a la forma de colaboración establecida en el apartado a) del número
1 del artículo 208 de la Ley de Seguridad Social ¿Cuál de las siguientes condiciones
es falsa a) Poseer instalaciones sanitarias propias que sean suficientemente eficaces para prestar
la asistencia sanitaria, incluida la hospitalización quirúrgica. b) Tener más de 250 trabajadores fijos afiliados y en alta en el Régimen General de la
Seguridad Social c) Observar un correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas de la legislación
social. Cuantas disposiciones transitorias tiene la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: a) Ninguna b) Dos. c) Tres.
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