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test 6005

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Título del Test:
test 6005

Descripción:
mis test

Fecha de Creación: 2018/07/20

Categoría: Otros

Número Preguntas: 19

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El art. 59.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece que los ayuntamientos podrán establecer y exigir: El impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre actividades Económicas y el impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. El impuesto sobre bienes Inmuebles, el Impuesto sobre actividades Económicas y el Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y el Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

El IVTM: Es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualquiera que sea su clase y categoría. Es un tributo indirecto que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualquiera que sea su clase y categoría. Es un tributo real que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualquiera que sea su clase y categoría. Es un tributo personal que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualquiera que sea su clase y categoría.

Están sujetos al IVTM. Los vehículos que habiendo sido dados de baja en los Registros por antigüedad de su modelo, puedan ser autorizados para circular excepcionalmente con ocasión de exhibiciones, certámenes o carreras limitadas a los de esta naturaleza. Los vehículos provistos de permisos temporales y matrícula turística. Los remolques y semiremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 Kilogramos. Todas las respuestas son correctas.

NO están exentos del IVTM. Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos. Los vehículos matriculados en los registros públicos correspondientes y mientras no hayan causado baja en estos. Los tractores, remolques, semiremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola. Los vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera en España, que sean súbditos de los respectivos países, externamente identificados y a condición de reciprocidad en su extensión y grado.

NO están exentos del IAE. Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros periodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle aquella, siempre que la actividad referida se haya desarrollado anteriormente bajo otra titularidad. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. Las asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, sin ánimo de lucro, por las actividades de carácter pedagógico, científico, asistenciales y de empleo que para la enseñanza, educación rehabilitación y tutela de minusválidos realicen, aunque vendan los productos de los talleres dedicados a dichos fines, siempre que elimporte de dicha venta, sin utilidad para ningún particular o tercera persona, se destine exclusivamente a la adquisición de materias primas o al sostenimiento del establecimiento. La Cruz Roja Española.

Constituye hecho imponible del IAE. La venta de productos que se reciben en pago de trabajos personales o servicios profesionales. Las actividades empresariales ganaderas, cuando tengan carácter independiente. La exposición de artículos con el fin exclusivo de decoración o adorno del establecimiento. La enajenación de bienes integrados en el activo fijo de las empresas que hubieran figurado debidamente inventariados como tal inmoviizado con más de dos años de antelación a la fecha de transmitirse, y la venta de bienes de uso particular y privado del vendedor siempre que los hubiere utilizado durante igual periodo de tiempo.

Las tarifas del IAE se incluyen en el anexo I del Real Decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, la División 6. Comercio, restaurantes y hospedaje, se ubica. En la Sección Primera. En la Sección Segunda. En la Sección Tercera. Ninguna de las respuestas es correcta.

Los vehículos para personas de movilidad reducida están exentos del IVTM. Tienen tal consideración: Aquellos cuya tara no sea superior a 350 Kg, y que, por su construcción no pueda alcanzar en llano una velocidad superior a 25 KM/h, proyectado y construido especialmente para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física. Aquellos cuya tara no sea superior a 450 Kg, y que, por su construcción no pueda alcanzar en llano una velocidad superior a 45 KM/h, proyectado y construido especialmente para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física. Aquellos cuya tara no sea superior a 450 Kg, y que, por su construcción no pueda alcanzar en llano una velocidad superior a 50 KM/h, proyectado y construido especialmente para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física. Aquellos cuya tara no sea superior a 350 Kg, y que, por su construcción no pueda alcanzar en llano una velocidad superior a 45 KM/h, proyectado y construido especialmente para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física.

Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano, estarán exentos del IVTM: Siempre que tengan una capacidad de nueve plazas, incluida la del conductor. Siempre que tengan una capacidad que no exceda de nueve plazas, incluida la del conductor. Siempre que tengan una capacidad de siete plazas, excluida la del conductor. Siempre que tengan una capacidad que exceda de ochoplazas, incluida la del conductor.

Son sujetos pasivos del IVTM. Las personas físicas o jurídicas, el nombre de los cuales conste en el permiso de circulación del vehículo. Las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, el nombre de las cuales conste el permiso de circulación del vehículo. - Las personas físicas o jurídicas, el nombre de los cuales conste en el permiso de circulación del vehículo - Las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, el nombre de las cuales conste el permiso de circulación del vehículo. Todas son correctas.

Los ayuntamientos podrán incrementar las cuotas descritas en el art. 95.1 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Mediante la aplicación sobre ellas de un coeficiente, el cual no podrá ser superior 1. Mediante la aplicación sobre ellas de un coeficiente, el cual no podrá ser superior 2. Mediante la aplicación sobre ellas de un coeficiente, el cual no podrá ser superior 3. Mediante la aplicación sobre ellas de un coeficiente, el cual no podrá ser superior 4.

Las ordenanzas fiscales podrán regular, sobre la cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación del coeficiente una bonificación hasta el 100%. En función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente. Para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fecha de su fabricación, o si esta no se conociera, tomando como tal l de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar. En función de la clase de carburante que consuma el vehículo, en razón a la incidencia de la combustión de dicho carburante en el medio ambiente. Todas son correctas.

El Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, define camión, en los siguientes términos. Vehículo de motor que sirve, normalmente, para transporte de personas o cosas, o ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Automóvil con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de 9 plazas, incluido el conductor. Automóvil destinado al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, 8 plazas como máximo. Aparato apto para circular por las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en su defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

El Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, establece que la velocidad máxima por construcción de un ciclomotor es: 25 cm3. 35 cm3. 45 cm3. 50 cm3.

El Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, establece que tiene la consideración de vehículo especial: El tractor agrícola. El tractor de obras. El tractor de servicios. Todas son correctas.

El IVTM se devenga el primer día del periodo impositivo. Cuando se produce la adquisición del vehículo el primer día del periodo impositivo será: El 1 de enero. El 31 de diciembre. El día en que se produce la adquisición del vehículo. El primer día del mes siguiente al la adquisición del vehículo.

¿En qué caso el importe de la cuot del IVTM se prorrateará por meses naturales?. En todo caso. En los casos de primera adquisicón o baja definitiva del vehículo. En los supuestos de baja temporal por sustracción o robo del vehículo. En los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo o en los supuestos de baja temporal por sustracción o robo del vehículo.

La gestión, liquidación inspección y recaudación, así como la revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria, en relación con el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Corresponde al ayuntamiento del domicilio de la persona física o jurídica el nombre de las cuales conste el permiso de circulación del vehículo. Corresponde al ayuntamiento del domicilio de las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición, el nombre de los cuales conste en el permiso de circulación del vehículo. Corresponde al ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de circulación del vehículo. Corresponde al ayuntamiento del domicilio de la persona física o jurídica el nombre de las cuales conste el permiso de circulación del vehículo, y al del domicilio de las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición, el nombre de los cuales conste en el permiso de circulación del vehículo.

¿En qué caso el importe de la cuota IVTM se prorrateará por trimestres naturales?. En todo caso. En los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo. En los supuestos de baja temporal por sustracción o deterioro del vehículo. Todas son correctas.

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