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Título del Test:![]() 04R Descripción: TEST RPASO |




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¿Cuál es la Ley de Infancia y Adolescencia de Andalucía?. Ley 4/2021, de 27 de julio. Ley 3/2011, de 30 de junio. Ley 4/1994, de 10 de noviembre. Ley 14/2010, de 27 de mayo. Según la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, ¿cuál es su objeto?. Promover en la sociedad andaluza y en sus instituciones los valores de la infancia y adolescencia. Regular el ejercicio de los derechos que les son reconocidos a las niñas, niños y adolescentes y establecer procedimientos y recursos para facilitar su ejercicio. Adaptar la actuación de los poderes públicos a las necesidades de la infancia y adolescencia en Andalucía, garantizando una especial protección. Todas son correctas. ¿A quiénes se aplica la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía?. Únicamente a los niños y adolescentes menores de 16 años. A todas las personas menores de dieciocho años que se encuentren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, excepto aquellos que hayan alcanzado anteriormente la mayoría de edad según la ley que les sea aplicable. Exclusivamente a los niños nacidos en Andalucía. Solo a los adolescentes menores de 14 años. ¿Cuál es el principio inspirador en todas las políticas y actuaciones de las administraciones públicas de Andalucía, según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia?. El principio de igualdad absoluta entre todos los ciudadanos. El principio de solidaridad exclusivamente entre los adultos. El principio de autonomía individual de los menores. El interés superior del menor. Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía en su artículo 3, establece que: La normativa andaluza será elaborada y aplicada bajo el enfoque y la perspectiva de la infancia y adolescencia. Las decisiones serán tomadas valorando el impacto en las niñas, niños y adolescentes. Todas las políticas públicas estarán dirigidas hacia ellos y ellas, primando siempre su interés superior sobre cualquier otro interés legítimo con el que pueda concurrir y hubiera conflicto. Todas son correctas. Se reconoce el valor social de las niñas, niños y adolescentes como personas que realizan un aporte afectivo, cultural y ético al caudal social, y cuyo protagonismo, creatividad y posicionamiento activo enriquecen la vida colectiva. Su presencia en los espacios públicos y en las organizaciones representa: Un indicador fundamental de calidad del entorno social. Un indicador de necesidad de intervención social. Un indicador fundamental de equilibrio social. Un indicador de necesidad de intervención policial. Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, ¿cómo se define el valor social de la infancia?. Únicamente en función de su futuro como personas adultas. Exclusivamente en base a su papel en la sociedad. Se refiere tanto a su presente como niños, niñas y adolescentes, así como a su futuro como personas adultas. Se basa en su capacidad para contribuir económicamente a la sociedad. Se fomentará la participación de las niñas, niños y adolescentes en la construcción de una sociedad más justa, solidaria y democrática, el conocimiento de la realidad y el descubrimiento de los problemas que les afecten y sus posibles soluciones en todos los ámbitos: Especialmente en el ámbito familiar, social, educativo y sanitario. Especialmente en el ámbito familiar, social, educativo, sanitario y jurídico. Especialmente en el ámbito educativo. Especialmente en el ámbito familiar. Las administraciones públicas de Andalucía y, en especial, fomentarán en las niñas, niños y adolescentes, y en sus familias, los valores de tolerancia, solidaridad, respeto, igualdad y, en general, los principios democráticos de convivencia y de interculturalidad: En el ámbito educativo y el audiovisual. En el ámbito familiar. En el ámbito de las telecomunicaciones. En el ámbito social. Las administraciones públicas de Andalucía llevarán a cabo políticas inclusivas que posibiliten que todas las niñas, niños y adolescentes se desarrollen en condiciones de igualdad, apoyando intervenciones tendentes a romper los ciclos intergeneracionales de desigualdad y discriminación, para lo cual deben: Atender y compensar todo tipo de carencias y la diversidad de cualquier índole y naturaleza. Priorizar el acceso exclusivo a los recursos para aquellos que ya se encuentran en situaciones de privilegio. Ignorar las diferencias y desigualdades entre los niños, niñas y adolescentes. Establecer políticas que no perpetúen los ciclos de desigualdad y discriminación. Las administraciones públicas de Andalucía impulsarán en sus políticas, programas y acciones: Intergeneracionales que aporten experiencias a mayores y menores, propiciando la interculturalidad, la diversidad, el aprendizaje conjunto y el enriquecimiento mutuo. Exclusivamente programas que promuevan la separación entre generaciones. Acciones que desalienten el intercambio de experiencias entre diferentes grupos de edad. Programas centrados únicamente en el desarrollo de un grupo específico de la población sin considerar la diversidad intergeneracional. Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, ¿qué priorizará la ley respecto al entorno familiar de los niños, niñas y adolescentes?. La separación inmediata de la familia en cualquier circunstancia de riesgo. La búsqueda de un entorno familiar perfecto para cada menor, independientemente de la situación. La permanencia en su entorno familiar, a menos que sea contrario al interés superior del menor. La promoción de la vida independiente de los menores desde una edad temprana. Han de contribuir con las obligaciones, competencias y responsabilidades que el ordenamiento jurídico les asigna, en los ámbitos personal, familiar y social: Los padres, madres y las personas tutoras. Las personas guardadoras o acogedoras en primer término. Simultánea o subsidiariamente, todas las administraciones públicas, entidades y ciudadanía en general. Todas son correctas. Las administraciones públicas de Andalucía integrarán en sus políticas: Planes y acciones para la promoción, prevención y el apoyo a las familias. Otorgarán la protección y atención necesarias para que estas puedan asumir plenamente sus responsabilidades como grupo y medio natural para el adecuado crecimiento y bienestar de las niñas, niños y adolescentes. A) y B) son correctas. Solo B) es correcta. Promoverán que todos los ámbitos sean entornos seguros para los niños, niñas y adolescentes, y los protegerán contra cualquier forma de violencia: Las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias. Los padres y tutores. La sociedad en general. Las personas participantes en los programas de acogimiento familiar. Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, se define violencia como toda acción, omisión o trato negligente que priva a las personas menores de edad de sus derechos y bienestar, que amenaza o interfiere... Su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital. Su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital, siempre que sea ejercida por los padres, tutores o guardadores de hecho. Su ordenado desarrollo físico o psíquico, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital. Su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, dependiendo de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital. Se entenderá por violencia, Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía: El maltrato físico, psicológico o emocional, los castigos físicos, humillantes o denigrantes, el descuido o trato negligente, las amenazas, injurias y calumnias, la explotación, incluyendo la violencia sexual. La corrupción, la pornografía infantil, la prostitución, el acoso escolar, el acoso sexual, el ciberacoso, la violencia de género, la mutilación genital, la trata de seres humanos con cualquier fin, el matrimonio forzado, el matrimonio infantil, el acceso no solicitado a pornografía. La extorsión sexual, la difusión pública de datos privados, así como la presencia de cualquier comportamiento violento en su ámbito familiar. Todas las anteriores. Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, aquel que respeta los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes y promueve activamente los principios de respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democrática, solución pacífica de conflictos, derecho a igual protección de la ley, igualdad de oportunidades y prohibición de discriminación de los niños, niñas y adolescentes, se entiende por: Buen trato. Trato agradable. Trato correcto. Trato afectuoso. Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, ¿qué medidas se establecerán para abordar la violencia hacia los niños, niñas y adolescentes?. Se establecerán medidas de protección integral para prevenir, detectar, atender, reparar, sancionar y erradicar cualquier forma de violencia. Se establecerán medidas únicamente para prevenir la violencia, pero no para detectar, atender, reparar, sancionar o erradicarla. Las medidas de protección integral solo se aplicarán en casos extremos de violencia. No se establecerán medidas específicas para abordar la violencia hacia los niños, niñas y adolescentes. Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, la toma de decisiones que afecten a las niñas, niños y adolescentes: Se realizará mediante procedimientos eficaces y ágiles. Se realizará de acuerdo con los principios de economía procedimental y transparencia. Estarán adaptados a las características y necesidades de la persona menor, a sus circunstancias y a sus derechos, evitando las duplicidades y los procesos de revictimización. Todas son correctas. Las administraciones públicas de Andalucía, en los ámbitos que les son propios, articularán políticas públicas integrales encaminadas al pleno desarrollo de la infancia y adolescencia, tales como: Tener en cuenta las necesidades de las niñas, niños y adolescentes al ejercer sus competencias y establecer los mecanismos de control y seguimiento en todos los sectores que les son propios, especialmente, alimentación saludable y equilibrada, consumo, vivienda, educación, sanidad, servicios sociales, justicia, seguridad ciudadana, cultura, deporte, espectáculos, ocio y tiempo libre, medios de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación, publicidad, diseño urbanístico, transportes y espacios libres. Introducirán la diversidad funcional en la planificación, desarrollo y la evaluación de las medidas que adopten en relación con las personas menores de edad. Deberán hacer posible la implicación de la ciudadanía y sus asociaciones en la elaboración, aplicación y seguimiento de las políticas públicas integrales y de los planes transversales sobre infancia y adolescencia. Todas son correctas. Las administraciones públicas de Andalucía introducirán la perspectiva de género en la planificación, desarrollo y la evaluación de las medidas que adopten en relación con las niñas, niños y adolescentes, en todas las actuaciones y los programas dirigidos a personas menores de edad y con especial atención a: La desigualdad y/o discriminación por razón de sexo, orientación sexual e identidad de género. Únicamente el nivel socioeconómico de las personas menores de edad. Las preferencias religiosas de las personas menores de edad. Exclusivamente las opiniones de las personas adultas. En la planificación, desarrollo y la evaluación de las medidas que adopten en relación con las niñas, niños y adolescentes, en todas las actuaciones y los programas dirigidos a personas menores de edad y con especial atención a la desigualdad y/o discriminación por razón de nacionalidad, origen o situación administrativa, tanto de los niños, niñas y adolescentes como de sus familiares, en todos los ámbitos, especialmente en el ámbito familiar, sanitario, social, educativo y en el sistema de protección, las administraciones públicas de Andalucía introducirán: La perspectiva intercultural. La perspectiva multicultural. La perspectiva de género. La perspectiva intergeneracional. Según la Ley 4/2021, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, ¿qué aspectos serán prioritarios en las actuaciones relacionadas con la infancia y adolescencia a nivel presupuestario?. La erradicación de la violencia y la lucha contra la pobreza en la infancia y adolescencia. La promoción exclusiva del deporte entre los niños y adolescentes. La formación de adultos sin considerar el impacto en los menores. La protección del medio ambiente sin tener en cuenta su influencia en la infancia y adolescencia. A fin de garantizar las actuaciones en materia de promoción, prevención, protección, formación, ocio e integración de la infancia y adolescencia tendrán un carácter prioritario, con especial atención a la erradicación de la violencia y la lucha contra la pobreza en la infancia y adolescencia: Las administraciones públicas andaluzas consignarán en sus presupuestos los créditos necesarios y suficientes para la financiación de estas actuaciones. Las administraciones públicas reducirán los recursos destinados a programas relacionados con la infancia y adolescencia. Las administraciones públicas no tomarán medidas financieras para respaldar las actuaciones prioritarias en materia de infancia y adolescencia. Todas son falsas. |