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Título del Test:
![]() P Descripción: pinn pouden |



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Respecto al concurso de leyes: A. El concurso real tiene lugar cuando un sujeto realiza dos acciones constitutivas, una de ellas, de un delito dependiente, que pudieran ser enjuiciados en un mismo proceso. B. Tiene lugar cuando sobre un mismo supuesto de hecho puede incluirse en dos o más normas de los que solo una es aplicable, con exclusión de las demás. C. El autor principal es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal por medio de otro del que se sirve como instrumento. D. El autor mediato, sea necesario o cómplice, participa en el hecho accesorio típico. El principio de especialidad conlleva: A. El precepto especial ha de aplicarse con preferencia al general (art. 8, regla 1ª CP), es decir, cuando por ejemplo, el CP prevé la muerte de un hombre en el art. 138 (homicidio) y el art. 139 (asesinato), ha de aplicarse este último siempre que concurra alguna de las circunstancias que establece este art. 139 CP. B. Según este principio, el precepto penal más amplio o complejo absorberá a los que castiguen las infracciones consumidas en aquél (art. 8, regla 3ª CP), es decir, que la norma que prevé una conducta más amplia absorbe a aquellas que se encuentran dentro de la primera, así, por ejemplo, el homicidio absorbe las lesiones previas que dan lugar a la muerte. C. El precepto subsidiario se aplicará solo en defecto del principal (art. 8, regla 2ª CP), es decir, cuando por ejemplo, el art. 556 dice que «Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550 […]», o cuando se sanciona al cómplice, respecto del autor. D. Ninguna de las anteriores es correcta. ¿Cuándo se entiende que hay ausencia de acción?. A. Cuando hay miedo insuperable, error invencible o estado de necesidad. B. Cuando hay fuerza irresistible, movimiento reflejo o estado de inconsciencia. C. Cuando hay fuerza irresistible, dolo eventual o imprudencia grave. D. Cuando hay movimiento reflejo, legítima defensa o estado de necesidad. Dado que el Derecho penal solo actúa cuando se atacan bienes jurídicos, estos deben cumplir tres condiciones para que pueda actuar: los bienes jurídicos han de ser: A. Merecedores de protección, necesitados de protección y ser susceptibles de protección. B. Dignos de protección, proclives a protección y dependientes de protección. C. Aptos para protección, inclinados a protección y vulnerables hacia protección. D. Candidatos de protección, receptivos a protección y propensos de protección. El autor mediato: A. Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal sin intervención de terceros, actuando siempre de forma directa y personal. B. Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal por medio de otro del que se sirve como instrumento. C. Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal junto con otro, sharing ambos la ejecución material del hecho. D. Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal por medio de otro que actúa con plena autonomía y responsabilidad penal propia. El coautor: A. Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal de manera individual, sin intervención de otros sujetos. B. Es el que induce a otro a realizar la conducta descrita en el tipo penal, sin intervenir en la ejecución material del hecho. C. Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal conjuntamente con otro u otros. D. Es el que realiza la conducta descrita en el tipo penal de la Parte Especial del Código Penal por medio de otra persona que actúa como instrumento sin responsabilidad penal. El estado de necesidad: A. Es una causa de agravación de la responsabilidad criminal (art. 21 del CP) que se aplica cuando el sujeto provoca un conflicto entre bienes jurídicos para obtener un beneficio propio. B. Es una «causa eximente de la responsabilidad criminal (art. 20.5 del CP) que se aplica cuando existe un conflicto entre bienes jurídicos y el sujeto realiza el hecho constitutivo de delito (lesionando un bien o infringiendo un deber) para evitar un mal propio o ajeno». C. Es una causa de inimputabilidad del art. 20 del CP que se aplica cuando el sujeto actúa sin conflicto entre bienes jurídicos, pero bajo alteración psíquica. D. Es una causa de exclusión de la tipicidad que se aplica cuando el sujeto actúa sin realizar una conducta descrita en la ley penal, aunque exista conflicto de intereses. En relación con el ensañamiento: A. Consiste en reducir deliberadamente el sufrimiento de la víctima, evitando padecimientos innecesarios durante la ejecución del delito. B. Consiste en causar sufrimientos a la víctima únicamente cuando son necesarios para la ejecución del delito, sin incremento deliberado del daño. C. Consiste en aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito». D. Consiste en aumentar accidentalmente el sufrimiento de la víctima, sin intención de provocar padecimientos adicionales en la ejecución del delito. En relación con el precio como agravante: A. La agravante de precio o recompensa puede apreciarse aunque no haya influido en la motivación del sujeto, siempre que exista un acuerdo económico previo. B. La agravante de precio o recompensa —se expone—, para poder ser apreciada, debe claramente ser el motor de la acción criminal, pues si existe un precio o recompensa, pero el mismo no ha sido lo que ha impulsado aquélla, no puede apreciarse la agravante. C. La agravante de precio o recompensa no requiere que exista ningún tipo de contraprestación, bastando con la mera ejecución del delito. D. La agravante de precio o recompensa solo se aplica cuando el sujeto actúa por venganza personal, sin que exista ningún beneficio económico o incentivo externo. En relación con el principio de legalidad: A. Significa que, a diferencia de otras ramas del ordenamiento jurídico, la única fuente del Derecho penal es la Ley. B. El principio de legalidad está recogido tanto en la Constitución Española. C. La garantía criminal (nullum crimen sine lege) exige que el delito ha de ser establecido por una ley. D. Todas las anteriores son correctas. En relación con el requisito de la agresión ilegítima como requisito de la legítima defensa: A. Es el requisito accesorio de la legítima defensa, pudiendo existir esta aunque no haya agresión previa. B. Es un elemento exclusivo de la eximente de estado de necesidad, no siendo necesario en la legítima defensa. C. Es el presupuesto y requisito esencial de la legítima defensa. También es un requisito esencial de la eximente incompleta, sin la agresión ilegítima no puede darse la justificación incompleta. D. Es un presupuesto de la culpabilidad, no de la legítima defensa ni de sus eximentes incompletas. En relación con la omisión: A. Los delitos de omisión suelen dividirse en delitos de omisión pura (o de omisión propia) y delitos de comisión por omisión (o de omisión impropia). B. La omisión propia consiste en no realizar el acto que la norma exige a un sujeto. C. En los delitos de omisión pura solo puede ser sancionado el sujeto cuando existe un tipo específico que prevea el castigo de su inactividad. D. Todas las anteriores son correctas. En relación con la tipicidad subjetiva: A. La parte subjetiva del tipo puede referirse al tipo doloso o al imprudente (art. 10 CP). B. El Código Penal establece, como regla general, que solo son punibles las acciones dolosas, puesto que las imprudentes solo son castigadas cuando expresamente así lo disponga la Ley. C. El dolo consta de dos elementos, que se basan en el conocimiento y en la voluntad de realizar el tipo penal: elemento volitivo y elemento intelectual o cognoscitivo. D. Todas las anteriores son correctas. Respecto a la prisión permanente revisable: A. La reintroducción de la «cadena perpetua» ha suscitado mayor rechazo que acogida tanto entre la doctrina como entre los operadores jurídicos especializados. B. La prisión permanente revisable sería asimismo inconstitucional al vulnerar el mandato de certeza, derivado del principio de legalidad, recogido en el art. 25.1 CE. C. La naturaleza de la prisión permanente revisable choca con el principio de humanidad de las penas. D. Todas las anteriores son correctas. En relación con los bienes jurídicos protegidos: A. Existen bienes jurídicos individuales (vida, integridad corporal, libertad, integridad moral, libertad e indemnidad sexuales, etc.) y bienes jurídicos colectivos (medio ambiente, salud pública, seguridad vial, etc.). B. Existen bienes jurídicos individuales (vida, integridad corporal, libertad, integridad moral, libertad e indemnidad sexuales, etc.) y bienes jurídicos colectivos (propiedad privada, patrimonio individual, honor, etc.). C. Existen bienes jurídicos individuales (medio ambiente, salud pública, seguridad vial, etc.) y bienes jurídicos colectivos (vida, integridad corporal, libertad, etc.). D. Existen bienes jurídicos individuales (vida, integridad corporal, libertad, etc.) y bienes jurídicos colectivos (pena, culpabilidad, responsabilidad penal, etc.). Hay alevosía cuando: A. Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas sin utilizar medios, modos o formas que aseguren la ejecución, existiendo riesgo de defensa por parte del ofendido. B. El culpable actúa exclusivamente en legítima defensa, repeliendo una agresión ilegítima con medios proporcionados. C. El culpable comete delitos contra el patrimonio empleando medios que no afectan a la defensa del ofendido ni a la ejecución del hecho. D. El culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido. La estructura del tipo nos permite conocer la acción u omisión prohibida por la norma: A. La conducta típica; los sujetos de la conducta típica: sujeto activo y pasivo; así como, los objetos: objeto material y la pena aplicable. B. La conducta típica; los sujetos de la conducta típica: sujeto activo, pasivo y el juez; así como, los objetos: objeto formal y objeto procesal. C. La conducta típica; los sujetos de la conducta típica: sujeto activo, pasivo y el Estado; así como, los objetos: objeto material y la sanción administrativa. D. La conducta típica; los sujetos de la conducta típica: sujeto activo, pasivo y el Estado; así como, los objetos: objeto material sobre el que recae la acción y el objeto jurídico o bien jurídico protegido. Respecto a las medidas de seguridad: A. Las medidas de seguridad se fundamentan en la comisión de un hecho delictivo y se fundan en la peligrosidad del sujeto. B. Estas medidas de seguridad únicamente pueden imponerse por el Juez o Tribunal competente para conocer del correspondiente delito (art. 95.1 CP) y su aplicación está bajo el control del Juez de Vigilancia Penitenciaria (art. 98 CP). C. Las medidas de seguridad no están sometidas al principio de culpabilidad propio de las penas, sino que, precisamente, se imponen a las personas que no pueden ser consideradas culpables. D. Todas las anteriores son correctas. La existencia del error del tipo: A. Supone conocer correctamente todos los elementos del tipo, mientras que el error de prohibición implica un desconocimiento de los elementos de imputabilidad del tipo. B. Supone el desconocimiento de la antijuridicidad de la conducta típica, mientras que el error de prohibición implica desconocer los elementos del tipo objetivo. C. Supone el desconocer o conocer falsamente alguno de los elementos del tipo, mientras que el error de prohibición supone desconocimiento de la antijuridicidad de la conducta típica, es decir, es un error porque el sujeto piensa que la conducta que realiza no está prohibida. D. Supone confundir la pena aplicable al delito, mientras que el error de prohibición se refiere al desconocimiento de la existencia del hecho típico. Las causas de exclusión de la antijuridicidad: A. Son aquellas que agravan la conducta descrita en la Ley como delito, aumentando su punibilidad. B. Son aquellas que excluyen la culpabilidad del sujeto, pero no justifican la conducta descrita en la Ley como delito. C. Son aquellas que determinan la existencia del delito, al confirmar la antijuridicidad de la conducta. D. Son aquellas que hacen lícita la conducta descrita en la Ley como delito, es decir, la justifican. Los elementos subjetivos del tipo son: A. Aquellos elementos contenidos en la descripción típica que describen únicamente circunstancias externas del hecho, sin atender a estados anímicos del sujeto activo. B. Aquellos elementos contenidos en la descripción típica que describen estados anímicos del sujeto pasivo, necesarios para que exista el delito. C. Aquellos elementos contenidos en la descripción típica que describen estados anímicos del sujeto activo, ánimos o fines específicos que son necesarios para que exista el delito, porque si faltan estos elementos no existe conducta delictiva. D. Aquellos elementos contenidos en la descripción típica que describen estados anímicos del sujeto activo, pero cuya ausencia no impide la existencia de la conducta delictiva. Los sujetos de la conducta típica pueden ser: A. Un sujeto activo (quien realiza la conducta delictiva), un sujeto pasivo (el titular del bien jurídico lesionado por el sujeto activo) y el Estado (titular del Ius puniendi, encargado de sancionar la conducta delictiva). B. Un sujeto activo (quien realiza la conducta delictiva), un sujeto pasivo (quien sanciona la conducta) y el Estado (titular del bien jurídico lesionado). C. Un sujeto activo (quien ejecuta la pena), un sujeto pasivo (quien realiza la conducta delictiva) y el Estado (quien ostenta el bien jurídico protegido). D. Un sujeto activo (quien realiza la conducta delictiva), un sujeto pasivo (el titular del bien jurídico lesionado) y el Estado (quien actúa como sujeto pasivo en todos los delitos). Señale la respuesta incorrecta: A. La dogmática jurídico penal se encarga del conocimiento técnico-jurídico del Derecho penal positivo (Derecho penal objetivo) como conjunto de normas. Se trata de un sistema ordenado de conocimientos capaz de evolucionar, partiendo de unas premisas elementales a modo de garantías. B. El Derecho penitenciario, como ciencia jurídica autónoma, es definido con mayor autoridad por García Valdés como «el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de las penas y medidas privativas de libertad». C. La medicina forense se define como el sector de la medicina al servicio de la Administración de Justicia para determinar los hechos. D. La psiquiatría criminal se define como la parte de la psicología que se ocupa de la personalidad y comportamiento del delincuente. La libertad condicional ha pasado a ser una forma de suspensión de la pena, condicionada a los siguientes requisitos: A. Que se encuentre clasificado en segundo grado, que haya extinguido la mitad de la pena impuesta y que haya observado buena conducta. B. Que se encuentre clasificado en tercer grado, que haya extinguido la totalidad de la pena impuesta y que haya cometido infracciones disciplinarias leves. C. Que se encuentre clasificado en tercer grado, que haya extinguido las tres cuartas partes de la pena impuesta y que haya observado buena conducta. D. Que se encuentre clasificado en primer grado, que haya extinguido las tres cuartas partes de la pena impuesta y que no haya observado buena conducta. Con arreglo al Código Penal, no se reputan penas: A. La prisión y la multa. B. La detención y prisión preventiva y demás medidas cautelares de naturaleza penal. C. La inhabilitación absoluta y los trabajos en beneficio de la comunidad. D. Las medidas de seguridad privativas de libertad. Señale la respuesta correcta: A. El principio de culpabilidad parte de la base de que solo puede declararse la responsabilidad de quien sea hallado culpable de un hecho y la culpabilidad es la medida de la pena. B. El Derecho penal debe sancionar todas las conductas que ataquen bienes jurídicos. C. El Derecho penal no solo actúa cuando se atacan bienes jurídicos. D. Podemos señalar que bajo el denominado principio de punibilidad pueden incluirse diferentes límites del Ius puniendi. Son elementos de la teoría jurídica del delito: A. Acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. B. Acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y responsabilidad civil. C. Acción, tipicidad, imputabilidad, culpabilidad y punibilidad. D. Acción, legalidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. El elemento cognoscitivo o intelectual: A. Requiere que el sujeto quiera su acción o, al menos, acepte el resultado que la acción va a producir. B. Consiste en conocer los elementos integrantes del tipo, tanto descriptivos como normativos. C. Consiste en aceptar los elementos integrantes del tipo, tanto descriptivos como normativos. D. Consiste en conocer los elementos integrantes del tipo, pero solo en su dimensión normativa. El desistimiento voluntario: A. Tiene lugar cuando el sujeto no realiza ninguna acción desencadenante de la causalidad, evitando desde el inicio la producción del resultado típico. B. Tiene lugar cuando el sujeto realiza todas las acciones desencadenantes de la causalidad sin que se alcance el resultado típico y desiste de insistir en la causación del resultado. C. Tiene lugar cuando el sujeto alcanza el resultado típico, aunque posteriormente decide desistir de sus efectos. D. Tiene lugar cuando el sujeto realiza acciones preparatorias, pero no llega a iniciar la ejecución del delito ni a intervenir in la causalidad. Señale la respuesta correcta: A. El concurso ideal existe cuando un solo hecho constituye dos o más infracciones (por ejemplo, una persona dispara y mata a una persona, a la vez que daña una cosa; una persona golpea a un policía en el ejercicio de su cargo causándole lesiones). B. El concurso real, al igual que en el concurso ideal, existe un solo hecho que constituye dos o más infracciones, pero, en este caso, una de ellas es medio necesario para cometer la otra. C. El concurso medial tiene lugar cuando un sujeto realiza una pluralidad de acciones constitutivas, cada una de ellas, de un delito independiente, que pudieran ser enjuiciados en un mismo proceso. D. Todas las afirmaciones anteriores son incorrectas. La tentativa: A. Se inicia en la fase interna del delito, sin necesidad de hechos exteriores, incluyendo también los actos preparatorios como parte de la ejecución. Cuando el sujeto no produce el resultado por decisión propia, existe tentativa. B. Se inicia cuando se realizan actos preparatorios indirectos, sin necesidad de comenzar la ejecución directa del delito. Existe tentativa cuando el resultado se produce parcialmente. C. Se inicia cuando se da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, es decir, queda excluida la fase interna (se necesitan «hechos exteriores») y ha de darse principio a la ejecución del delito «directamente», por ello, quedan excluidos los actos preparatorios. Cuando el sujeto realiza actos ejecutivos pero no produce el resultado, por causas independientes a su voluntad, existe tentativa. D. Se inicia cuando el sujeto realiza hechos exteriores no dirigidos directamente a la ejecución del delito, incluyendo actos preparatorios. Existe tentativa cuando el resultado se produce, aunque sea de forma incompleta. La omisión se define como: A. Una de las dos formas penalmente relevantes en que puede consistir el comportamiento humano (la otra es la acción), que equivale a no hacer algo que se espera por el Ordenamiento, infringiendo un deber jurídico. B. Una de las dos formas penalmente relevantes en que puede consistir el comportamiento humano (la otra es la omisión), que equivale a realizar una conducta prohibida por el Ordenamiento. C. La única forma penalmente relevante en que puede consistir el comportamiento humano, que implica hacer algo contrario al deber jurídico impuesto. D. Una de las formas penalmente irrelevantes del comportamiento humano, que consiste en no cumplir expectativas sociales sin infringir un deber jurídico. El concepto jurídico de delito en el Derecho penal español establece: A. Son delitos las acciones dolosas castigadas por la Ley, quedando excluidas las omisiones y las conductas imprudentes. B. Son delitos las acciones y omisiones voluntarias, aunque no estén penadas por la Ley. C. Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley. D. Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes, aunque no exista una sanción prevista en la Ley. El objeto material sobre el que recae la acción delictiva: A. Es siempre una persona que coincide necesariamente con el sujeto pasivo en todos los delitos, sin posibilidad de diferenciación. B. Es exclusivamente una cosa sobre la que recae la acción, sin poder coincidir en ningún caso con el sujeto pasivo. C. Es una persona o cosa, que puede coincidir o no con el sujeto pasivo (por ejemplo, en el delito de lesiones coinciden objeto material y sujeto pasivo; en el delito de daños el objeto material es el objeto dañado, mientras que el sujeto pasivo es el titular de ese objeto). D. Es una persona o cosa que coincide siempre con el sujeto activo, al ser quien realiza la conducta delictiva. Los delitos de mera actividad: A. Son aquellos en los que basta que el autor realice la acción sin que sea necesario ningún resultado, entendiendo por tal una modificación del mundo exterior diferente a la acción (por ejemplo: el falso testimonio, etc.). B. Son aquellos en los que es imprescindible que se produzca un resultado material para que exista el delito, consistente en una modificación del mundo exterior. C. Son aquellos en los que el resultado debe coincidir exactamente con la intención del autor, siendo irrelevante la realización de la acción. D. Son aquellos en los que solo se castigan los actos preparatorios, aunque no se llegue a realizar ninguna acción ejecutiva. El deber de cuidado interno: A. Obliga a advertir la presencia del peligro en su gravedad aproximada, como presupuesto de toda acción prudente. B. Obliga a ignorar la presencia del peligro, actuando sin necesidad de valorar su gravedad como presupuesto de toda acción prudente. C. Obliga a advertir la inexistencia del peligro en todo caso, presumiendo siempre la ausencia de riesgo en la conducta. D. Obliga a advertir únicamente el resultado ya producido, sin necesidad de considerar el peligro previo ni su gravedad aproximada. La conducta típica: A. Puede consistir en una acción o una omisión. A su vez se diferencia entre la parte objetiva y la parte subjetiva. En el presente tema trataremos únicamente de la parte objetiva del tipo. B. Puede consistir exclusivamente en una acción, diferenciándose únicamente entre parte objetiva y antijuridicidad, sin parte subjetiva del tipo. C. Puede consistir en una omisión, sin admitir nunca la forma de acción, y se analiza únicamente desde su parte subjetiva. D. Puede consistir en una acción o una omisión, pero no admite división entre parte objetiva y parte subjetiva del tipo, al tratarse de una única valoración global. Establece el Código Penal en relación con los menores de edad: A. Los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código. B. Los menores de dieciocho años serán responsables criminalmente con arreglo a este Código, aunque con atenuación de la pena. C. Los menores de dieciséis años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código, salvo en casos de delitos graves. D. Los menores de dieciocho años serán responsables criminalmente con arreglo a este Código únicamente si actúan con dolo directo. |




