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JR.

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Título del Test:
JR.

Descripción:
TEMA 21.

Fecha de Creación: 2023/02/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 17

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Temario:

¿Donde se regula el proceso de Juicios Rápidos?. En el Título II, del Libro V de la LECr, aplicándose en todo lo no previsto en dicho título las normas del Procedimiento abreviado. En el Título III, del Libro IV de la LECr, aplicándose en todo lo no previsto en dicho título las normas del Procedimiento abreviado. el Título II, del Libro V de la LECr, aplicándose en todo lo no previsto en dicho título las normas del Procedimiento ordinario. el Título III, del Libro V de la LECr, aplicándose en todo lo no previsto en dicho título las normas del Procedimiento abreviado.

¿Quién es competente para la instrucción y preparación del juicio oral en los juicios rápidos?. El Juzgado de lo Penal. El Juzgado de instrucción o el de Violencia sobre la mujer. El Juzgado de Instrucción que venía conociendo las diligencias previas , en el supuesto de transformación de las diligencias previas en urgentes. El Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia.

El enjuiciamiento y fallo será competencia de: El Juzgado de lo Penal, salvo que corresponda dictar sentencia de conformidad al Juzgado de Instrucción o Violencia sobre la mujer. El Juzgado de Instrucción que conoció de las diligencias previas. El Juzgado de lo Penal exclusivamente. El Juzgado de Instrucción que corresponda.

¿Cuándo se aplicará el procedimiento de juicios rápidos?. Cuando se trate de delitos castigados con pena privativa de libertad que no exceda de cinco años, o cualquiera otras penas, cuya duración no exceda de diez años. Cuando el proceso penal se incoe en virtud de un atestado policial. Cuando la policía haya detenido a una persona y la haya puesto a disposición del Juzgado de Guardia, o Violencia sobre la mujer, o que, aun sin detenerla, la haya citado para comparecer. Todas las anteriores son correctas.

¿Cuándo deberá remitir la policía atestado al Juzgado de Guardia?. Tan pronto como el presunto responsable sea detenido o citado, y en cualquier caso, dentro de los 5 días siguientes a haber tenido conocimiento de la comisión de un delito. En el momento en que la Policía tenga conocimiento del hecho delictivo. Cuando la Policía conozca la identidad del presunto responsable. Tan pronto como el presunto responsable sea detenido o citado, y en cualquier caso, dentro de los 3 días siguientes a haber tenido conocimiento de la comisión de un delito.

¿Cuándo no será de aplicación el procedimiento por juicios rápidos?. Cuando se trate de delitos flagrantes. Cuando se trate de un delito de asesinato. Cuando se trate de delitos de hurto o robo. Cuando se trate de delitos de lesiones, coacciones, amenazas, violencia, contra las personas a que se refiere el art. 173.2 CP.

Para poder aplicar el procedimiento por juicios rápidos, ¿Es necesario que se trate de un hecho punible cuya instrucción se presuma que sea sencilla?. No, basta con que se haya cometido un hecho delictivo. Sí, cuando así lo considere la Policía Judicial. Sí, pero también se podrá aplicar a hechos cuya instrucción no se presuma sencilla. Sí, siempre.

¿Cuándo NO será de aplicación el procedimiento de juicios rápidos?. a). Cuando se trate de delitos conexos con otro, u otros delitos que no tengan acomodo en el procedimiento por juicios rápidos. b). Cuando sea procedente acordar el secreto total o parcial del procedimiento. c). Cuando se trate de hechos punibles, cuya instrucción se presuma difícil. d). La y b son correctas.

¿Qué NO deberá incluirse en el atestado de juicio rápido?. La citación a la persona que resulte denunciada. La citación a la entidades aseguradoras. La citación a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que hubieran intervenido en el atestado, cuando su declaración conste en el mismo. La citación al Ministerio Fiscal.

En el juicio rápido, ¿Quién informará de sus derechos al detenido o al investigado no detenido?. La Policía Judicial. El Juzgado de Instrucción, o de Violencia sobre la Mujer. El Juzgado de lo Penal. El Ministerio Fiscal.

¿Cómo se realizan las citaciones en el juicio rápido?. El Juzgado de Instrucción fijará el día y hora de la comparecencia coordinadamente con la Policía Judicial, y el Consejo General del Poder Judicial dictará los reglamentos oportunos para ordenación de los servicios de guardia coordinadamente con el Ministerio Fiscal. La Policía Judicial fijará el día y hora de la comparecencia coordinadamente con el Juzgado de Instrucción, y el Consejo General del Poder Judicial dictará los reglamentos oportunos para ordenación de los servicios de guardia coordinadamente con el Ministerio Fiscal. La Policía Judicial fijará el día y hora de la comparecencia coordinadamente con el Juzgado de Guardia, y el Consejo General del Poder Judicial dictará los reglamentos oportunos para ordenación de los servicios de guardia coordinadamente con la Policía Judicial. El Juzgado de lo Penal fijará el día y hora de la comparecencia coordinadamente con la Policia Judicial, y el Consejo General del Poder Judicial dictará los reglamentos oportunos para ordenación de los servicios de guardia coordinadamente con el Ministerio Fiscal.

¿Las citaciones podrán realizarse de forma verbal?. Sí, cuando la urgencia lo requiera y se deje constancia de ello. No, nunca. Sí, con la debida autorización del Juzgado de Instrucción. Sí, siempre-.

¿Qué órgano podrá incoar diligencias urgentes?. Únicamente el órgano competente para incoarlas. Cualquier órgano que reciba las diligencias, aunque sea distinto al competente. El Juzgado de Instrucción o Violencia sobre la Mujer. El Juzgado de lo Penal.

¿Cuándo se procederá a la incoación de diligencias urgentes?. Cuando el Juzgado de Guardia, tras recibir el atestado de la Policía, considere necesario incoar diligencias urgentes. Cuando el Juzgado de lo penal tenga conocimiento de un hecho delictivo. Cuando el Juzgado de Guardia tenga conocimiento de un hecho delicitivo. Cuando se inicie la fase de instrucción.

¿Cómo se incoarán las diligencias urgentes?. Por medio de sentencia, contra la que no cabe recurso. Por medio de auto, contra el que no cabe recurso. Por medio de resolución, contra la que no cabe recurso. Por medio de auto, contra el que podrá interponerse recurso de revisión.

¿En los juicios rápidos cuantos peritos o médicos forenses puede haber?. Dos peritos, o dos médicos forenses. Un perito, o un médico forense. Puede haber uno o dos, dependiendo de las circunstancias del hecho delictivo. Ninguna de las anteriores es correcta.

¿Quién realizará el ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado?. Se realizará por el Letrado, salvo que se hubiese hecho con anterioridad por la Policía. Se realizará por el Letrado igualmente, aunque se hubiese hecho con anterioridad. Se realizará por la Policía Judicial. Ninguna es correcta.

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