D.D
|
|
Título del Test:
![]() D.D Descripción: PARCIAL 1,2,3,4 |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. V. F. El estado de necesidad puede ser un justificativo del daño. V. F. -La prelación normativa significa la regulación de las situaciones y que normas se aplican y en qué orden. V. F. El Daño se da cuando se lesiona un derecho o un interés. V. F. Aún en el caso de cosa riesgosa el agente si prueba que el daño se causó en contra de su voluntad por el uso de la cosa se libera de responsabilidad. V. F. Cuando se trata de una obligación de medios el factor de atribución aplicable es el subjetivo. V. F. El factor de atribución es el fundamento del deber de reparar. V. F. En la legislación actual el daño extrapatrimonial y el daño moral son sinónimos. V. F. Una forma de liberarse del riesgo en el factor objetivo de atribución es probando la causa ajena. V. F. El Principal responde por el Dependiente por el factor de atribución objetivo (Garantía). V. F. Un tercero puede arbitrar medidas para evitar o disminuir el daño y luego si los hizo cobrar gastos al culpable de la conducta. V. F. La imposibilidad de cumplimiento es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. V. F. La primera norma aplicable en una cuestión a considerar son las normas supletorias del Código Civil. F. V. El Código, el tema de responsabilidad, lo trata desde el resarcimiento a través de la indemnización solamente. F. V. El Consentimiento que dispone sobre los derechos personalísimos no son revocables. F. V. -En el deber de prevención del daño, NO se encuentra incluido el agravamiento del daño si está ya se produjo. F. V. El Caso Fortuito y la Fuerza Mayor siempre es eximente de responsabilidad indemnizatoria en caso de daños provocados dentro del ámbito de la responsabilidad objetiva. F. V. Cuando se atribuye un factor objetivo en la comisión de un daño es muy importante la conducta de quien dañó. F. V. Para la ley es más importante el factor subjetivo que el factor objetivo de atribución del daño ya que atañe al sujeto. F. V. Los Factores Objetivos de atribución basan su análisis en la Culpa y el Dolo. F. V. El Código trata el tema de la responsabilidad desde el resarcimiento a través de la indemnización solamente. F. V. -Cuando estamos frente a un factor objetivo de atribución el agente productor del daño se exime de responsabilidad probando que el no tuvo culpa en la producción del hecho. F. V. En el Factor Subjetivo es muy importante el riesgo creado con las cosas o por las cosas. F. V. Las consecuencias remotas del nexo causal son imputables. F. V. |




