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t.5

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Título del Test:
t.5

Descripción:
codig deo

Fecha de Creación: 2026/10/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 22

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1. Según el Código Deontológico de la Educación Social, la deontología profesional se define como: A) El conjunto de procedimientos técnicos y metodológicos que regulan exclusivamente la intervención socioeducativa. B) El conjunto de deberes y obligaciones con los que las y los profesionales de la Educación Social se comprometen. C) El conjunto de normas jurídicas que determinan las responsabilidades administrativas de los profesionales. D) El sistema de valores personales que cada profesional aplica autónomamente en el ejercicio de sus funciones.

2. De acuerdo con el apartado 1.1, ¿cuáles son las tres características fundamentales del ethos de la Educación Social como profesión?. A) La intervención individualizada, la evaluación continua y la coordinación institucional. B) La formación permanente, la autonomía profesional y la investigación científica. C) El cultivo del pensamiento crítico, la construcción de la relación educativa y la promoción del desarrollo comunitario. D) La prevención social, la promoción cultural y la protección de los colectivos vulnerables.

3. Según el apartado 1.2, la asimetría de capacidades existente en la relación educativa: A) Justifica una asimetría moral cuando el profesional posee conocimientos especializados. B) Debe eliminarse mediante la equiparación de conocimientos técnicos entre profesional y persona acompañada. C) Otorga al profesional una posición de superioridad moral limitada a las decisiones educativas. D) No debe convertirse en una asimetría moral, puesto que ambas personas tienen igual dignidad.

4. Conforme al Código Deontológico, ¿cuáles son las tres categorías o criterios organizadores de la práctica profesional socioeducativa?. A) Actuaciones de contexto; actuaciones de mediación y acompañamiento socioeducativo; y actuaciones comprometidas con el conocimiento mediante formación, investigación y transformación de saberes. B) Actuaciones preventivas; actuaciones asistenciales; y actuaciones de evaluación y seguimiento. C) Actuaciones de diagnóstico; actuaciones de intervención individual; y actuaciones de coordinación institucional. D) Actuaciones de promoción comunitaria; actuaciones de protección social; y actuaciones de inserción sociolaboral.

5. En relación con la fundamentación teórico-científica de la Educación Social, el Código establece que: A) La Sociología constituye su referente científico principal, complementado por la Psicología y la Pedagogía. B) La Pedagogía Social es su referente básico, incorporando otros referentes científicos como la Psicología, la Sociología, la Antropología y la Filosofía. C) La Educación Social carece de un referente científico predominante, por su carácter exclusivamente interdisciplinar. D) La Psicología Social y el Trabajo Social constituyen conjuntamente sus referentes científicos básicos.

6. Conforme al principio de justicia social, la acción socioeducativa debe: A) Priorizar la intervención ante situaciones críticas y limitar la actuación preventiva a los colectivos en riesgo. B) Fundamentarse en la beneficencia como instrumento complementario de garantía de derechos. C) Orientarse al desarrollo y bienestar integral de personas, familias, grupos y comunidades, interviniendo también en la globalidad de la vida cotidiana. D) Centrar su actuación en la provisión de servicios sociales, excluyendo los ámbitos educativo, sanitario y laboral.

7. Según el principio de igualdad de género, la perspectiva de género debe incorporarse: A) De manera transversal al diseño, implementación, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos socioeducativos y de investigación. B) Exclusivamente en los programas dirigidos a mujeres en situación de vulnerabilidad. C) En la evaluación de los programas, sin afectar a su diseño o implementación. D) En las actuaciones específicas de prevención de la violencia de género, pero no necesariamente en los demás proyectos.

8. El principio de sostenibilidad y cuidado ecológico establece que las acciones socioeducativas deben: A) Priorizar la protección del medio natural sobre cualquier otra dimensión de la intervención. B) Incorporar medidas ambientales únicamente cuando exista una obligación legal específica. C) Separar la educación ambiental de la intervención social para preservar sus respectivos objetivos. D) Basarse en planteamientos de educación ecosocial que integren las dimensiones sociales y ambientales, promoviendo condiciones de vida dignas.

9. De acuerdo con el principio de la acción socioeducativa centrada en la persona, los sujetos de la intervención deben: A) Participar en la ejecución de las actuaciones, correspondiendo las decisiones fundamentales al equipo profesional. B) Situarse en el centro de la acción socioeducativa, como protagonistas y con plena capacidad para tomar decisiones sobre sus propias vidas. C) Asumir los objetivos definidos por el profesional como condición para iniciar la intervención. D) Ejercer su autonomía únicamente después de alcanzar los objetivos educativos establecidos.

10. Según el principio de confidencialidad e información responsable, cuando sea necesario transmitir información entre profesionales o instituciones: A) Podrá compartirse toda la información disponible siempre que los destinatarios pertenezcan a servicios públicos. B) La confidencialidad dejará de ser exigible cuando exista coordinación interdisciplinar. B) La confidencialidad dejará de ser exigible cuando exista coordinación interdisciplinar. C) Deberá hacerse en beneficio de la persona, grupo o comunidad, respetando las normas legales y con conocimiento de las personas interesadas.

11. Según el principio de profesionalidad, competencia y cualificación profesional, la competencia del educador o educadora social está avalada por: A) Un título universitario específico de Grado en Educación Social o la habilitación otorgada por un Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales. B) Una titulación universitaria de cualquier disciplina social acompañada de experiencia profesional. C) Una certificación de competencias profesionales expedida por la entidad empleadora. D) Una titulación universitaria en el ámbito educativo, sin necesidad de habilitación profesional.

12. Conforme al principio de autonomía profesional, señale la respuesta correcta: A) La autonomía profesional exime de responsabilidad cuando las actuaciones se realizan siguiendo un proyecto institucional. B) La autonomía permite rechazar cualquier mecanismo de coordinación con otros profesionales. C) La autonomía profesional queda subordinada, en todos los casos, a las instrucciones de la entidad contratante. D) El profesional tiene derecho a ejercer autónomamente y sin interferencias ajenas, asumiendo las responsabilidades derivadas de las actuaciones comprendidas en sus competencias y funciones.

13. El principio de complementariedad de funciones y coordinación exige: A) Mantener una distribución estrictamente independiente de las funciones profesionales para evitar interferencias. B) Desarrollar una actuación interdisciplinar que tenga en cuenta los criterios, conocimientos y competencias de los demás integrantes del equipo o de la red. C) Priorizar las decisiones del profesional de referencia sobre cualquier criterio de otros profesionales. D) Limitar la coordinación a la transmisión de información al finalizar la intervención.

14. Según el principio de coherencia institucional, el profesional de la Educación Social debe: A) Cumplir cualquier encargo institucional, aunque contradiga los principios deontológicos, siempre que sea legal. B) Conocer exclusivamente el reglamento de régimen interno de la institución. C) Conocer y respetar la visión, misión, proyecto socioeducativo, reglamento interno y código ético de la institución, velando por la congruencia del encargo con el Código Deontológico. D) Anteponer la misión institucional a los principios profesionales cuando exista discrepancia.

15. Según el artículo 3, el profesional de la Educación Social deberá: A) Respetar las decisiones de las personas únicamente durante la fase de elaboración del proyecto educativo. B) Considerar las opiniones de las personas, aunque las decisiones definitivas correspondan siempre al profesional. C) Respetar las decisiones de las personas únicamente cuando coincidan con los objetivos del equipo. D) Tener en cuenta sus opiniones y respetar sus decisiones, o las de su representante legal, en cualquier momento del proceso educativo, incluida su finalización, siempre que la legalidad vigente lo permita.

16. De acuerdo con el artículo 4, la relación con las personas de las que el profesional es responsable educativamente debe: A) Mantener un carácter profesional, evitando relaciones de dependencia afectiva, sentimental o íntima y, de no ser así, poniéndolo en conocimiento del equipo o de la institución. B) Permitir relaciones afectivas personales cuando faciliten la consecución de los objetivos educativos. C) Evitar únicamente las relaciones íntimas, sin limitaciones respecto a la dependencia afectiva. D) Mantenerse dentro de la esfera privada del profesional, sin obligación de comunicar circunstancias que afecten a sus límites.

17. Según el artículo 7, respecto a la obligación de guardar secreto profesional: A) Finaliza cuando concluye la relación laboral con la entidad. B) Permanece incluso después de haber cesado en la prestación de los servicios profesionales. C) Se extingue cuando la persona atendida deja de participar en el programa socioeducativo. D) Se limita a los documentos escritos, sin comprender las informaciones comunicadas verbalmente.

18. De acuerdo con el artículo 7, en relación con la recogida de información personal, el profesional: A) Solicitará toda la información disponible sobre la persona para garantizar una valoración integral. B) Podrá recoger información no relacionada con la intervención cuando resulte útil para futuros programas. C) Solicitará únicamente la información necesaria para alcanzar los fines de la acción socioeducativa específica. D) Recogerá exclusivamente la información proporcionada por la institución, sin solicitarla a la persona.

19Conforme al artículo 9, el principal instrumento de la praxis profesional del educador o educadora social es: A) El proyecto individualizado de intervención, identificado mediante el número de expediente. B) El informe socioeducativo, en el que deberá identificarse con su número de colegiación. C) El diagnóstico social, validado mediante la firma de la dirección del centro. D) La memoria técnica de intervención, acompañada de la titulación académica.

20. De acuerdo con el artículo 16, cuando existan razones para ejercer el derecho a la objeción de conciencia, el profesional deberá: A) Comunicarlo exclusivamente al Colegio Profesional una vez ejercido dicho derecho. B) Solicitar autorización judicial antes de formular la objeción. C) Ponerlo previamente en conocimiento de las personas responsables del equipo, de la entidad y/o del Colegio Profesional. D) Abstenerse de comunicarlo para preservar su autonomía profesional.

23. Según el artículo 20, en relación con las decisiones adoptadas por el equipo profesional, el educador o educadora social: A) Únicamente deberá asumir aquellas decisiones con las que esté personalmente de acuerdo. B) Asumirá las decisiones contrastadas, argumentadas y acordadas, aunque no las comparta, siempre que no contradigan el Código Deontológico ni antepongan el interés personal al profesional. C) Podrá modificar unilateralmente las decisiones del equipo cuando no actúe como profesional de referencia. D) Deberá asumir todas las decisiones del equipo sin excepción, en aplicación del principio de solidaridad profesional.

22. De acuerdo con el artículo 23, cuando existan evidencias objetivas y contrastadas de irregularidades institucionales que perjudiquen la dignidad de profesionales o personas atendidas, o supongan incumplimientos de las exigencias éticas del Código: A) El profesional deberá limitarse a comunicar los hechos a la dirección de la institución. B) Deberá suspender automáticamente todas las actuaciones socioeducativas. C) Solo procederá su comunicación si existe previamente una resolución administrativa sancionadora. D) Informará al Colegio Profesional.

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