71- RD 1393/2007, de 29 de octubre.
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Título del Test:![]() 71- RD 1393/2007, de 29 de octubre. Descripción: Ordenación enseñanzas universitarias oficiales. Cap3 |




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Art.12. Los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Grado serán elaborados por: Las universidades y verificados de acuerdo con lo establecido en sus estatutos. En la elaboración de los planes de estudios, la Universidad primará la especialización del estudiante. Las universidades y verificados de acuerdo con lo establecido en el presente real decreto. En la elaboración de los planes de estudios, la Universidad primará la formación básica y generalista y no la especialización del estudiante. Las universidades y verificados por el Consejo de Gobierno. En la elaboración de los planes de estudios, la Universidad primará la formación básica y generalista y no la especialización del estudiante. Las universidades y verificados de acuerdo con lo establecido en la Ley. En la elaboración de los planes de estudios, la Universidad primará la formación generalista y no la especialización del estudiante. Los planes de estudios tendrán entre: 180 y 240 créditos. 150 y 240 créditos. 100 y 200 créditos. 130 y 260 créditos. Los planes de estudios tendrán entre 180 y 240 créditos, que contendrán toda la formación teórica y práctica que el estudiante deba adquirir: Elige las correctas. Prácticas externas. Materias obligatorias u optativas. Seminarios. Trabajos dirigidos. Aspectos básicos de la rama de conocimiento. Trabajo de fin de Grado u otras actividades formativas. Prácticas internas. Las Universidades, conforme a lo establecido en el artículo 17 del presente real decreto, arbitrarán mecanismos que complementen el número de créditos de Grado con el número de créditos de Máster, de manera que se garantice que la formación del Grado es generalista y los contenidos del Máster se orienten hacia una mayor especialización: En los casos en que una titulación de Grado tenga menos de 260 créditos. En los casos en que una titulación de Grado tenga menos de 190 créditos. En los casos en que una titulación de Grado tenga menos de 240 créditos. En los casos en que una titulación de Grado tenga menos de 150 créditos. Estas enseñanzas: Concluirán con la elaboración y defensa de un trabajo de fin de Grado. No concluirán con la elaboración y defensa de un trabajo de fin de Grado. La Universidad propondrá la adscripción del correspondiente título de Graduado o Graduada a alguna de las siguientes ramas de conocimiento: Elige las correctas. Ciencias Sociales y Jurídicas. Historia. Artes y Humanidades. Ciencias. Ciencias de la Salud. Ingeniería y Arquitectura. El plan de estudios deberá contener un número de créditos de formación básica que alcance al menos: El 50 por ciento del total de los créditos del título. El 35 por ciento del total de los créditos del título. El 25 por ciento del total de los créditos del título. El 20 por ciento del total de los créditos del título. De los créditos de formación básica, al menos ___________ serán créditos vinculados a algunas de las materias que figuran en el anexo II de este real decreto para la rama de conocimiento a la que se pretenda adscribir el título y deberán concretarse en asignaturas con un mínimo de 6 créditos cada una, que deberán ser ofertadas en la primera mitad del plan de estudios. El 30 por ciento. El 50 por ciento. El 25 por ciento. El 60 por ciento. Los créditos restantes, en su caso: Podrán estar configurados por materias básicas de la misma u otras ramas de conocimiento de las incluidas en el anexo II, o por otras materias siempre que se justifique su carácter básico para la formación inicial del estudiante o su carácter transversal. Deberán estar configurados por materias básicas de la misma u otras ramas de conocimiento de las incluidas en el anexo II, o por otras materias siempre que se justifique su carácter básico para la formación inicial del estudiante o su carácter transversal. Deberán estar configurados por materias básicas de la misma u otras ramas de conocimiento de las incluidas en el anexo V, o por otras materias siempre que se justifique su carácter básico para la formación final del estudiante o su carácter transversal. Podrán estar configurados por materias básicas de la misma u otras ramas de conocimiento de las incluidas en el anexo III, o por otras materias siempre que se justifique su carácter básico para la formación intermedia del estudiante o su carácter internacional. Si se programan prácticas externas, éstas tendrán una extensión máxima del: 50 por ciento del total de los créditos del título, y deberán ofrecerse preferentemente en la segunda mitad del plan de estudios. 70 por ciento del total de los créditos del título, y podrán ofrecerse preferentemente en la segunda mitad del plan de estudios. 45 por ciento del total de los créditos del título, y podrán ofrecerse preferentemente en la segunda mitad del plan de estudios. 25 por ciento del total de los créditos del título, y deberán ofrecerse preferentemente en la segunda mitad del plan de estudios. El trabajo de fin de Grado tendrá: Un mínimo de 10 créditos y un máximo del 20 por ciento del total de los créditos del título. Un mínimo de 6 créditos y un máximo del 12,5 por ciento del total de los créditos del título. Un mínimo de 5 créditos y un máximo del 8 por ciento del total de los créditos del título. Un mínimo de 6 créditos y un máximo del 12 por ciento del total de los créditos del título. De acuerdo con el artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias: Elige las correctas. Deportivas. Representación estudiantil. Solidarias. Culturales. Cooperación. Charlas Doctorales. Iniciativa. Los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. A efectos de lo anterior, el plan de estudios deberá contemplar la posibilidad de que los estudiantes obtengan un reconocimiento de al menos: 10 créditos sobre el total de dicho plan de estudios, por la participación en las mencionadas actividades. 12 créditos sobre el total de dicho plan de estudios, por la participación en las mencionadas actividades. 6 créditos sobre el total de dicho plan de estudios, por la participación en las mencionadas actividades. 8 créditos sobre el total de dicho plan de estudios, por la participación en las mencionadas actividades. Podrán obtener la adscripción al Nivel 3 (Máster) del MECES: Los títulos de Grado que por exigencias de normativa de la Unión Europea sean de al menos 150 créditos ECTS de los que un mínimo de 30 participen de las características propias de los descriptores correspondientes al nivel de Máster. Los títulos de Grado que por exigencias de normativa de la Unión Europea sean de al menos 300 créditos ECTS de los que un mínimo de 60 participen de las características propias de los descriptores correspondientes al nivel de Máster. Los títulos de Grado que por exigencias de normativa de la Unión Europea sean de al menos 100 créditos ECTS de los que un mínimo de 45 participen de las características propias de los descriptores correspondientes al nivel de Máster. Los títulos de Grado que por exigencias de normativa de la Unión Europea sean de al menos 200 créditos ECTS de los que un mínimo de 50 participen de las características propias de los descriptores correspondientes al nivel de Máster. Art.13. Además de lo establecido en el artículo 6 de este real decreto, la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de grado deberán respetar las siguientes reglas básicas: Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder. Todas son correctas. Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento un número de créditos que sea al menos el 15 por ciento del total de los créditos del título, correspondientes a materias de formación básica de dicha rama. El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos, bien en otras materias o enseñanzas cursadas por el estudiante o bien asociados a una previa experiencia profesional y los previstos en el plan de estudios o que tengan carácter transversal. Art.14. El acceso a las enseñanzas oficiales de Grado se regirá de acuerdo con lo dispuesto en: El Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, modificado por el Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo. El Real Decreto 1992/2012, de 16 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, modificado por el Real Decreto 58/2010, de 10 de mayo. El Real Decreto 1895/2009, de 10 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, modificado por el Real Decreto 555/2011, de 2 de mayo. El Real Decreto 1762/2000, de 11 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, modificado por el Real Decreto 682/2015, de 6 de mayo. Las universidades dispondrán de sistemas accesibles de información y procedimientos de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación a las enseñanzas universitarias correspondientes. Estos sistemas y procedimientos deberán incluir, en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad: Asesoramiento. Servicios de apoyo. Todas las opciones son correctas. Evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares. |