A POR EL 9
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Título del Test:![]() A POR EL 9 Descripción: A POR EL 9 - TERMINOS Y PLAZOS_01 |




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Capitulo II titulo II-De la actividad de las Administraciones Públicas. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Términos y plazos. verdadero. Salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son inhábiles. Salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles. capitulo II-terminos y plazos del titulo II. 28-32. 28-33. 29-32. 29-33. El computo de plazos. 29. 30. 31. 32. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil. verdadero. falso. Los plazos expresados por horas. se contarán de hora en hora. se contarán de hora en hora y de minuto en minuto. Los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. y no podrán tener una duración superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días. y podrán tener una duración superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles,. se excluye del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. no se excluye del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. en el caso de que los plazos se hayan señalado por días naturales. será necesario una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. será necesario que una norma lo desarrolle, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. será necesario que una ley lo determine, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones. Los plazos expresados en días se contarán. el mismo día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o el mismo en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo,. se entenderá que el plazo expira el último día del mes. se entenderá que el plazo expira el primer día del mes. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado. al primer día hábil siguiente. al primer día del mes siguiente. Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa,. dependerá de los casos. se considerará hábil en todo caso. se considerará inhábil en todo caso. La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. verdadero. falso. La declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos. no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo o el régimen de jornada y horarios de las mismas. determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo o el régimen de jornada y horarios de las mismas. la organización del tiempo de trabajo,el regimen de jornada y los horarios de las administraciones publicas viene determinado por la declaracion de un dia habil o inhabil a efectos de computo de plazos. si. no. ampliación de términos y plazos. articulo. 29. 30. 31. 32. 33. tramitacion de urgencia. articulo 30. articulo 31. articulo 32. articulo 33. Artículo 33. Tramitación de urgencia. 1. Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar,. solo de oficio. solo a instancia de parte. de oficio o a instancia de parte. Artículo 33. Tramitación de urgencia. 1. Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario,. en todos los casos. salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. Artículo 33. Tramitación de urgencia. 2. Cabrá recurso contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, así como del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento. 2. No cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento. Artículo 32. Ampliación. siempre de oficio. siempre a instancia de parte. de oficio o a instancia de parte. Artículo 32. Ampliación. 1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos,. en todo caso. salvo excepciones. El acuerdo de ampliación. deberá ser notificado a los interesados. no tiene por qué. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. Sólo en determinados casos,podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. verdadero. falso. amplicacion de plazos o sobre su negación. no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento. serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento. Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, ................, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido. la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos vencidos. la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos. computo de plazos en lso registros. 30. 31. 32. 33. El funcionamiento del registro electrónico se regirá por las siguientes reglas: Falso. a) Permitirá la presentación de documentos los días declarados hábiles en el calendario laboral oficial. b) A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil. c) El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento. El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento. Excepcionalmente, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento. La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. Las Entidades Locales comprenderá los días inhábiles de su respectivo ámbito. Las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a su ámbito territorial, a las que será de aplicación. Dicho calendario deberá publicarse ............en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado. antes del comienzo de cada año. en el primer trimestre de cada año. El registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su .........FALSO. intregridad. accesibilidad. interoperabilidad. visibilidad. La presentación en el registro electrónico podrá ser. todos los días de 9 a 14. todos los días hábiles, durante 24 horas. todos los días, durante 24 horas. la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente. salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil. en todo caso. computo en registros. 30. 31. 32. 33. Los documentos presentados en el día inhábil se reputarán posteriores, según el mismo orden, a los que lo fueran el primer día hábil posterior. verdadero. falso. La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquélla y al calendario laboral oficial, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo..... 30. 31. 29. 32. días naturales. establecido en una norma con rango de ley. establecido en una norma reglamentaria. si viene de una norma reglamentaria. días habiles. días naturales. ¿En la regulación de los términos y plazos se prevé algún tipo de asistencia a los interesados que lo necesiten respecto a la presentación electrónica de documentación?. Se preve en otros artículos de la ley, pero no precisamente en la regulación de los términos y plazos comprendida en los artículos 30 a 33. Sí, se recoge en el artículo 31.1. Se deduce que sí, pero no se regula expresamente. La empresa PATIRCA S.A. recibió notificación electrónica a las 13,00 horas y 12 minutos de un viernes, en el que le dan un plazo de 12 horas para rectificar un trámite relativo a un procedimiento administrativo específico. ¿Cuándo vence el plazo?. a las 01,12 m del día siguiente. a las 01 horas del siguiente día hábil. a las 01,12 minutos del lunes siguiente,dia laborable. La ley 39/2015 cuando regula los términos y plazos; ¿A quienes obliga respecto a los mismos?. A las Autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas con competencia en la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. A los órganos de las administraciones públicas que estén tramitando procedimientos administrativos. Al personal al servicio de las administraciones públicas y a los interesados relacionados en los procedimientos administrativos en los que se establezca su cómputo.. Un plazo expresado en días naturales requerirá. Que así se recoja en la notificación o publicación del acto administrativo que de lugar al cómputo del mismo. Habilitación legal que prevea tal excepcionalidad. Todas las respuestas son correctas. segun el artículo 30.1 los plazos expresados por horas se contarán. la hora hábil siguiente al momento en que tenga lugar la notificación o publicación del acto que se trate. la hora, minuto y segundo en que tenga lugar la notificación o publicación del acto que se trate. la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto que se trate. segun el artículo 30.7 quién fijará el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos. la Admón del Estado con sujeción al calendario laboral oficial y a nivel nacional. La Admón del Estado y las Admones CCAA, con sujeción al calendario laboral oficial y en sus respectivos ámbitos. La Admón del Estado y las Admones CCAA y los Entes Públicos Locales, con sujeción al calendario laboral oficial y en sus respectivos ámbitos. segun el artículo 31.2 el registro electrónico de cada Admón u Organismo se regirá a efectos de cómputo de plazos. por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso. por la fecha y hora del libro de registro oficial. por la fecha y hora del documento compulsado de registro. todas son correctas. cual de las siguientes reglas NO regirá el funcionamiento del registro electrónico de las Admones Públicas según el 31.2. Los documentos se considerarán presentados por el orden de hora efectiva en el que lo fueron en el día inhábil. Los documentos presentados en el día inhábil se reputarán anteriores, según el mismo orden, a los que lo fueran el primer día hábil posterior. El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento. todas son correctas. JOB ha presentado un recurso potestativo de reposición contra una resolución desestimatoria que recientemente le ha notificado electrónicamente la Dirección General de la Función Pública el pasado día 15 de febrero de 2021. ¿Cuando vence el plazo para que la DGFP resuelva?. 16 de marzo de 2021. 14 de marzo de 2021. 15 de marzo de 2021. - El pasado día 22 de enero de 2021 (viernes), fiesta local en el Municipio X, vencía el plazo para presentarse a la licitación de la obra, "Mirador de fantasía", convocada por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio. La empresa GEO presentó su oferta el lunes día 26 al ser los anteriores días inhábiles. Reunida la mesa de contratación, acuerda no admitir dicha oferta al ser presentada fuera de plazo. ¿Crees que la decisión de la Mesa de contratación se ajusta a derecho?. Sí, es ajustada a derecho ya que en materia de contratación administrativa el cómputo del plazo se fija en días naturales. Aúnque en la ley de contratos del sector público, los plazos se entenderán referidos a días naturales salvo excepciones, y que en todo caso, si el último día del plazo fuera inhábil, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, habríamos de entender no ajustada a derecho la decisión de la mesa de contratación. No, ya que al ser inhábil el último día del cómputo del plazo se traslada al siguiente hábil, es decir, el lunes 26 de enero pues el sábado y domingo son inhábiles a efectos de computos de plazo a tenor de lo establecido en la ley 39/2015. Siempre que el último día del cómputo de un plazo sea inhábil, ¿Se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente?. Si, salvo excepciones previstas legalmente. Sí, así se recoje en la ley 39/2015. No siempre. |