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8- Ley 40/2015 RJSP. Cap IV de la Responsab Patrimonial

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Título del Test:
8- Ley 40/2015 RJSP. Cap IV de la Responsab Patrimonial

Descripción:
Sección 1ª. Responsabilidad patrimonial de las Admins Púb.

Fecha de Creación: 2020/04/23

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

Valoración:(7)
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La pregunta nº 9 está mal la respuesta. Es "desde la fecha de su publicación en el BOE o DOUE, según el caso, salvo que en ella se establezca otra cosa"
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Temario:

Conforme al art.32. ………………. tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas, correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley. Las personas físicas. Los particulares. Las personas con capacidad de obrar. Las personas jurídicas.

La anulación en vía administrativa o por orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas: Presupone, por sí misma, derecho a la indemnización. Puede presuponer, el derecho a la indemnización. Todas son incorrectas. No presupone, por sí misma, derecho a la indemnización.

En todo caso el daño alegado habrá de ser: Efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Eficaz, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Eficiente, evaluable económicamente y generalizado con relación a una persona o grupo de personas. Eficaz, evaluable económicamente y pluralizado con relación a una persona o grupo de personas.

Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas: De todo daño que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos legislativos de naturaleza expropiatoria de derechos que tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen. De toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos de trámite de naturaleza no expropiatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos de trámite y en los términos que en ellos se especifiquen. De toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen. De todo daño que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos de iniciación de natutaleza expropiatoria de derechos que tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos de iniciación y en los términos que en ellos se especifiquen.

La responsabilidad del Estado legislador podrá surgir también: Las dos son falsas. Cuando los daños deriven de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional. Cuando los daños deriven de la aplicación de una norma contraria al Derecho de la Unión Europea. Las dos son correctas.

Si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional, procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido: En primera instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada. En cualquier instancia, sentencia firme de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada. En cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada. En primera instancia, sentencia firme de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad anteriormente declarada.

Si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea, procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido: En cualquier instancia, sentencia firme de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la infracción del Derecho de la Unión europea posteriormente declarada. En primera instancia, sentencia firme estimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la infracción del Derecho de la Unión europea anteriormente declarada. En primera instancia, sentencia firme de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño. En cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la infracción del Derecho de la Unión europea posteriormente declarada.

Si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea, procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la infracción del Derecho de la Unión europea posteriormente declarada. Asimismo deberán cumplirse todos los requisitos siguientes: Ha de existir una relación de causalidad directa entre el incumplimiento de la obligación impuesta a la Administración responsable por el Derecho de la Unión Europea y el daño sufrido por los particulares. El cumplimiento ha de estar suficientemente caracterizado. El reglamento ha de tener por objeto conferir derechos de los particulares. Todas son correctas.

La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea producirá efectos: Desde la fecha de su publicación en el B.O.E o en el Diario oficial de la U.E. según el caso, salvo que en ella se establezca otra cosa. Desde la fecha de su publicación en el B.O.E, salvo que en ella se establezca otra cosa. Desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el B.O.E. o en el Diario oficial de la U.E. según el caso. Desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario oficial de la U.E. salvo que en ella se establezca otra cosa.

La responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento de la Administración de justicia se regirá por: Ley Orgánica 7/ 1986, 2 julio, del Poder Judicial. Ley Orgánica 6/1985, 1 julio, del Poder Judicial. Ley Orgánica 8/1987, 5 junio, del Poder Judicial. Ley Orgánica 10/1984, 20 junio, del Poder Judicial.

¿Quién fijará el importe de las indemnizaciones que proceda abonar cuando el Tribunal Constitucional haya declarado, la existencia de un funcionamiento anormal en la tramitación de los recursos de amparo o de las cuestiones de inconstitucionalidad?. El Consejo de Ministros. Las Comunidades Autónomas. EL Gobierno de la Nación. El Tribunal Constitucional.

Según el ar. 33 cuando la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones públicas se derive responsabilidad en los términos previstos en la ley 40/2015 las Administraciones intervinientes responderán frente al particular: En algunos casos, de forma solidaria. En algunos casos, de forma particular. En todo caso, de forma solidaria. En todo caso de forma particular.

En otros supuestos de concurrencia de varias Administraciones en la producción del daño, la responsabilidad se fijará para cada Administración atendiendo a los criterios de: (Elige la incorrecta). Competencia. Interés público tutelado. Intensidad de la intervención. Mayor participación.

El art. 34 nos dice que solo serán indemnizables: Las lesiones producidas al particular provenientes de daños que éste no tenga el deber de soportar. Las lesiones producidas al plural provenientes de daños y perjuicios que éste no tenga el deber de soportar. Las lesiones producidas al particular provenientes de daños que éste tenga el deber de soportar. Las lesiones producidas al plural provenientes de daños y perjuicios que éste tenga el deber de soportar.

Los daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de producción de aquéllos. Serán indmnizables. No serán indemnizables. Podrán ser indemnizables. Deberán ser indemnizables.

En los casos de responsabilidad patrimonial a los que se refiere los apartados 4 y 5 del art. 32, serán indemnizables los daños producidos en el plazo de: Tres años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. Cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. Cinco años posteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. Tres años posteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa.

La indemnización se calculará con arreglo a los criterios de valoración establecidos en: La legislación fiscal. De expropiación forzosa. Demás normas aplicables. Todas son correctas.

La cuantía de la indemnización se calculará con referencia: Al año en que la lesión efectivamente se produjo. Al día en que la lesión efectivamente se produjo. Al día en que la reclamación se produjo. Al año en que la reclamación se produjo.

La indemnización podrá sustituirse, cuando resulte más adecuado para logar la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo: Por una compensación en especie.*. Ser abonada mediante pagos periódicos.*. No podrá sustituirse. Las dos marcadas con * son correctas.

Según el art. 35. Cuando las Administraciones actúen, directamente o a través de una entidad de derecho privado, su responsabilidad se exigirá de conformidad con lo previsto: En los artículos 30 y siguientes, incluso cuando concurra con sujetos de derecho privado o la responsabilidad se exija directamente a la entidad de derecho privado a través de la cual actúe la Administración o a la entidad que cubra su responsabilidad. En los artículos 32 y siguientes, incluso cuando concurra con sujetos de derecho privado o la responsabilidad se exija directamente a la entidad de derecho privado a través de la cual actúe la Administración o a la entidad que cubra su responsabilidad. En los artículos 22 y siguientes, incluso cuando concurra con sujetos de derecho público o la responsabilidad se exija directamente a la entidad de derecho público a través de la cual actúe la Administración o la entidad que cubra su responsabilidad. En los artículos 20 y siguientes, incluso cuando concurra con sujetos de derecho privado o la responsabilidad se exija indirectamente a la entidad de derecho privado a través de la cual actúe la Administración o la entidad que cubra su responsabilidad.

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