IVA
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Para efectos de IVA se consideran residentes en territorio nacional además de los señalados en el Código Fiscal de la Federación. Las personas físicas o morales con más de 10 años radicando en el país. Las personas físicas o morales residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país. Cuando más del 30% de los ingresos totales que obtenga la persona física en el año calendario tengan fuente de riqueza en México. Las personas morales que se hayan constituido de conformidad con la ley General de Sociedades Mercantiles. Al acto que se efectúa en territorio nacional, y si en le se encuentra el bien al efectuarse el envío al adquirente cuando, no habiendo envío, en el país se realiza la entrega material del bien se le denomina: Transferencia. Enajenación. Transmisión de bienes. Venta de bienes. No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes excepto por: El suelo. Libros y derechos de explotación. Partes sociales y títulos de crédito. Venta de activo fijo. ¿En qué momento de considera que se efectúa la enajenación de los bienes?. Al momento de la entrega del bien. En el momento en el que se cobren efectivamente las contraprestaciones y sobre el monto de cada una de ellas. Cuando se recibe un anticipo sobre el valor del mismo. Cuando el adquirente y el enajenante residan en territorio nacional. No se considera prestación de servicios independientes. La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen. El seguro, el afianzamiento y el reafianzamiento. Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no esté considerada por la ley como enajenación. La que se realice de manera subordinada mediante el pago de una remuneración , ni los servicios por los que se perciban ingresos que la LISR asimile a dicha remuneración. No se pagará el impuesto por la prestación de servicios excepto por: Comisiones y contraprestaciones por créditos hipotecarios. El transporte público metropolitano terrestre de personas. Operaciones financieras derivadas. Asistencia de tecnología. Tratándose de transportación aérea internacional, en relación con la prestación de servicios, ¿que porcentaje se considera que se realizó en territorio nacional?. 18%. 30%. 25%. 20%. Se considera los servicios profesionales de medicina por los que no se está obligado al pago del IVA, excepto por. Medico. Medico Veterinario. Cirujano dentista. Enfermera. Cuando se enajena un bien inmueble destinado a oficinas en Cozumel que tasa de impuesto se traslada. Exento. 11%. 16%. No objeto. La prestación de servicios que presta un rastro de sacrificio de ganado, la tasa de IVA que causa es de: Exento. 0%. 16%. No objeto. Se considera exenta la venta de bienes muebles usados enajenados por: Personas físicas con Actividad Empresarial. Personas Morales con Actividad Empresarial. Personas Físicas y Personas Morales sin Actividad Empresarial. Personas que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal. La indemnización que paga una aseguradora por un riesgo contratado ¿causa IVA o no?. 0%. 16%. Exento. No objeto. Si la Cruz Roja enajena una ambulancia que ya no le es útil ¿debe cobrar IVA por esa enajenación?. 0%. Exento. 16%. No objeto. Están obligadas al pago de Impuesto al Valor Agregado, todos los contribuyentes. Personas Físicas o Morales que en territorio nacional enajenen bienes o presten servicios. Personas Morales o Físicas que en territorio nacional realicen actividades comerciales, agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, gravadas por este impuesto. Personas Morales o Físicas que en territorio nacional realicen actos o actividades señaladas en la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Personas Físicas o Morales que realicen actos o actividades señaladas en la Ley del Impuesto del Valor Agregado. El objeto del Impuesto al Valor Agregado, lo constituye la realización de siguientes actos o actividades: Enajenación de bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, exporten bienes o servicios. Enajenación de bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso temporal de bienes, importen bienes o servicios y exporten bienes o servicios. Enajenación de bienes, presten servicios, otorguen el uso temporal de bienes, importen bienes. Enajenación de bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, importen bienes o servicios. Se entenderá por traslado del Impuesto al Valor Agregado. El cobro o cargo que el contribuyente le efectué a sus clientes. El cobro o cargo que el contribuyente le efectué a sus clientes, por un monto equivalente al impuesto establecido en la ley del Impuesto al Valor Agregado. El cobro o cargo que el contribuyente le efectué a sus proveedores, por un monto equivalente al impuesto establecido en la ley del Impuesto al Valor Agregado. El cobro que el contribuyente le efectué a sus clientes residentes en México, por un monto equivalente al impuesto establecido en la ley del Impuesto al Valor Agregado. ¿Tratándose de arrendamiento de inmuebles destinada a casa habitación con teléfonos y linea de intercomunicación, el impuesto al Valor Agregado se calculará aplicando al valor que señala la ley la tasa del?: No objeto. 0%. 16%. Es un acto exento. Corporation Inc. (empresa ubicada en los Estados Unidos que no tiene establecimiento permanente en México) contrató a una empresa residente en México para que le preste en México servicios técnicos relacionados con experiencias comerciales, pagando la corporación norteamericana mediante a transferencias de City Bank (ubicado en Boston) a la cuenta de la empresa mexicana por la cantidad de 60.000.00 dólares a $10 el TC. Para efectos de IVA: ¿a que tasa debe de causarse?: No objeto. 0%. 16%. Es un acto exento. ¿Cuales se consideran servicios profesionales de medicina por los que no esta obligado al pago de IVA?. Médico, Médico Veterinario y Cirujano dentista. Médico, Psicólogo y Cirujano dentista. Médico, Médico Veterinario. Médico, Médico Veterinario y Quiropráctico. ¿Cuándo se considera que la prestación de servicios, se realizo en territorio nacional?. Cuando en territorio nacional se lleve acabo el servicio. Cuando el servicio lo presta un residente del país. Cuando en el país se lleva acabo el servicio, parcial o totalmente por un residente en el país. Cuando quien presta el servicio y el que lo recibe son residentes en México. ¿En que casos las funciones de teatro o circo están exentos del valor agregado?. Es un acto o actividad gravada. Cuando el convenio con el estado establezca gravámenes locales superiores al 8%. Cuando se ofrezcan al público en general. Cuando el convenio con el estado establezca gravámenes locales inferior o igual al 8%. ¿Cuándo se considera que la enajenación de bienes intangibles, se realizo en territorio nacional para efectos del IVA?. Cuando el enajenante resida en territorio nacional. Cuando el adquirente y el enajenante residan en territorio nacional. Cuando el adquirente resida en territorio nacional. Cuando el adquirente y el enajenante resida en el extranjero. ¿Qué tratamiento le es aplicable a las donaciones u obsequios con fines promocionales, para efectos del IVA?. No se estará obligado al pago del IVA. Se aplicara la tasa del 16%. Se aplicara la tasa del 0%. Se encuentra exento. ¿Qué tratamiento le es aplicable a las donaciones u obsequios con fines promocionales, para efectos del IVA?. Es no objeto de IVA. Se aplicara la tasa del 16%. Se aplicara la tasa del 0%. Se encuentra exento. ¿ Qué conceptos se consideran medicinas de patente para efectos de IVA?. Todos los productos que sean vendidos en farmacias autorizadas. Las especialidades farmacéuticas, las estupefacientes, las homeopáticas y las veterinarias. Los suplementos alimenticios. Las especialidades farmacéuticas, los suplementos alimenticios, las homeopáticas y las veterinarias. ¿En que casos el faltante en los inventarios de las empresas no se considera enajenación para efectos de IVA?. Cuando se trate de personas físicas residentes en el país. Cuando se originen por caso fortuito o fuerza mayor. Cuando el faltante sea atribuido a un empleado. Cuando se trate de personas morales sin fines de lucro residentes en el país. |